ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA
Fondo de Fomento al Arte
en la Educación. FAE 2024
ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA
1. Objetivo de la Convocatoria
Esta convocatoria tiene por objetivo el financiamiento total o parcial, dependiendo de la línea y modalidad a la que postules, de proyectos que contribuyan al fortalecimiento de procesos de formación artística y programas de educación en artes, de niños, niñas y adolescentes en edad escolar, impartidos por instituciones educativas o culturales, a través de programas de educación formal y no formal.
Ten presente al momento de presentar tu postulación lo siguiente
• Revisa cuidadosamente los requisitos que se solicitan para cada una de las líneas y modalidades.
• Puedes desarrollar tu proyecto a través de herramientas digitales y para ello debes indicarlo en su formulación.
• Con la finalidad de poder distribuir de mejor manera los recursos, podrás presentar sólo una postulación por establecimiento educacional, institución artística / cultural a cada modalidad de esta convocatoria; salvo la modalidad de Talentos artísticos donde podrás presentar hasta un máximo de 3 postulaciones por institución. Para estos efectos si excedes el número máximo de postulaciones, para determinar la admisibilidad se considerará el día y hora de su presentación, hasta completar el máximo permitido, siendo inadmisibles las presentadas con anterioridad. Si no podemos determinar cuáles de las postulaciones fueron presentadas al último, todas quedarán inadmisibles.
• Deberás dar estricto cumplimiento a las disposiciones contempladas en la ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual y otras leyes especiales en materia de derechos de autor y/o derechos conexos, siendo de tu exclusiva responsabilidad cualquier infracción a dicha normativa.
• Tu proyecto, independiente de la línea o modalidad a la que postules debe considerar en su diseño la incorporación de acciones y estrategias que releven al menos uno (1) de los siguientes enfoques:
- Género;
- Derechos de NNJ.
- Interculturalidad.
Para mayor información te invitamos a descargar la publicación “Enfoques Transversales para una Educación Artística Transformadora” en el siguiente link: xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxxxx-xxxx-xxx-xxxxxxxxx- artistica-transformadora/
La formulación debe dar cuenta de la integración de estas acciones y estrategias en cada una de las secciones del proyecto, según corresponda. Se sugiere revisar los criterios e indicadores de evaluación relacionadas a este aspecto, dispuestos en las rúbricas de evaluación integradas en las presentes bases.
2. Etapas de la Convocatoria
La convocatoria constará de las siguientes etapas:
▪ Registro en Perfil Cultura
▪ Postulación
▪ Admisibilidad
▪ Evaluación
▪ Selección
▪ Firma de convenio de ejecución
3. Líneas, modalidades, total de recursos y montos máximos
3.1. Líneas y Modalidades. Las líneas y modalidades comprendidas en esta convocatoria son:
3.1.1. Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos). En esta línea podrán presentar proyectos Escuelas y Liceos Artísticos del sistema escolar formal o regular, subvencionados por el Estado, con Rol Base de Datos, que cuentan con uno de los siguientes requisitos:
a. Escuelas y Liceos que imparten educación artística especializada: establecidos según la Resolución Exenta N° 4534 del 28 xx xxxxxx del 2018, del MINEDUC, o que integran la Modalidad Artística Diferenciada en cualquiera de sus ciclos (según lo establecido en los Decretos N° 03 de MINEDUC, del 5 de julio de 2007 y N° 81 de MINEDUC, del 1 de julio de 2021, según corresponda al tipo de establecimiento)1
b. Otras Escuelas y Liceos del sistema escolar formal: Escuelas y liceos subvencionados por el Estado, que NO cumplen con lo requerido en el punto 3.1.1., letra a), anterior, pero que cumplen con el siguiente requisito:
• Destinan el 50% de las horas de libre disposición JEC a la formación artística, en al menos un ciclo educativo (Primer ciclo básico, segundo ciclo básico o ciclo de educación media).
1 Decreto Supremo N°03, de 2007, del Ministerio de Educación, que complementa Decreto N° 220 de 1998, que establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para enseñanza media y fija normas generales para su aplicación, en la forma que indica: (xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx?xxXxxxxx000000&xxXxxxxx0);
Decreto Supremo N°81, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento sobre requisitos mínimos para otorgar la denominación de “escuela artística” a establecimientos educacionales reconocidos oficialmente para los efectos de la admisión escolar: (xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx?xxXxxxxx0000000).
3.1.1.1. Modalidad de Gestión Cultural Educativa: El propósito de esta modalidad es fortalecer el proyecto artístico cultural del establecimiento educacional y su relación con la comunidad educativa y su territorio, apoyando proyectos en materia de programación, gestión y extensión artística y cultural. Se entiende por gestión cultural educativa a la planificación, organización y coordinación de actividades culturales en el ámbito educativo, que colaboran activamente en la formación integral de los y las estudiantes a través de las artes y la cultura, es decir, en la formación de valores y actitudes críticas, fomento de la creatividad, desarrollo de habilidades sociales y emocionales, promoción de modelos de convivencia basados en la colaboración, y/o valoración e integración de la diversidad cultural, entre otras.
En esta modalidad podrán postular proyectos artístico-culturales como, eventos culturales, encuentros, seminarios, festivales, giras u otras actividades de programación y difusión cultural, como también proyectos de extensión artístico cultural dirigida a la comunidad escolar y territorial en donde se encuentra ubicada la institución.
Algunas actividades posibles de abordar son:
a) Producción de actividades artísticas y culturales desarrolladas por el Establecimiento Educacional (en adelante “EE”), tales como festivales, ferias u otro tipo de encuentros artísticos, tanto al interior de la comunidad escolar o en extensión con su localidad.
b) Programación artística de los elencos o agrupaciones del EE, además de la participación en actividades de extensión como giras, festivales, presentaciones, conciertos educativos, entre otros.
c) Iniciativas artísticas en colaboración con otras áreas curriculares tales como las ciencias, la tecnología, el patrimonio, u otras posibilidades que se proyecten en materia de Programación cultural para la interacción con la comunidad.
d) Proyectos de extensión artístico culturales en colaboración con otros actores territoriales tales como juntas de vecinos, centros culturales, jardines infantiles, clubes deportivos, escuelas de arte, etc.
e) Difusión de las actividades artísticas desarrolladas por los estudiantes o los elencos y talleres que pertenecen a la institución.
f) Desarrollo de capacitaciones, talleres, cursos u otro tipo de actividades formativas en materia de gestión, programación y extensión cultural, para diferentes estamentos del EE.
g) Actividades de colaboración entre diferentes instituciones que imparten formación artística en materia de extensión entre los y las estudiantes por medio de la intervención en el espacio público o digital.
h) Desarrollo de proyectos y/o iniciativas artístico-culturales propuestos por organizaciones o agrupaciones de estudiantes en materias de creación, producción y gestión artística y cultural para su comunidad, además de espacios que promuevan el intercambio de experiencia entre estudiantes de distintos establecimientos, que cuenten con el apoyo y colaboración de sus directores/as.
i) Desarrollo de proyectos y/o iniciativas artístico-culturales propuestos por equipos docentes para el fortalecimiento del proyecto artístico cultural de EE, que cuenten con el apoyo y colaboración de la dirección del EE.
j) Desarrollo de proyectos y/o iniciativas artístico-culturales propuestos por organizaciones o agrupaciones de apoderados para el fortalecimiento del proyecto artístico cultural de EE, que cuenten con el apoyo y colaboración de la dirección del EE.
3.1.1.2. Modalidad de Talentos Artísticos: Los proyectos postulados a esta modalidad buscan apoyar la formación artística especializada de estudiantes destacados/as de estos establecimientos, y están orientados a aumentar las oportunidades y mejorar condiciones de formación artística de aquellos/as estudiantes que han desarrollado conocimientos, habilidades, competencias, intereses, aptitudes sobresalientes en alguna disciplina artística. De esta manera, como Ministerio financiaremos proyectos que cubran una o algunas de las necesidades de estos/as.
Entre las necesidades/intereses a satisfacer se encuentran, por ejemplo:
a) El pago de matrícula y/o mensualidad en una entidad formadora artística especializada.
b) La adquisición de instrumentos, accesorios, herramientas, equipamiento, materiales, insumos, recursos inherentes a su estudio y práctica artística sistemática
c) El financiamiento de gastos operacionales vinculados a su proceso formativo (pasajes, alimentación, alojamiento).
d) Participación en cursos complementarios, talleres formativos, seminarios, concursos, presentaciones u otros eventos que inciden en su formación.
e) La contratación de un/a especialista que se haga cargo de la enseñanza artística individualizada cuando ello sea necesario.
f) La continuidad de estudios en organismos especializados, entre otros aspectos.
Si estás interesado en postular a esta modalidad considera que serán beneficiarios del proyecto, niños, niñas y jóvenes que tengan entre ocho y diecisiete años (ambas edades inclusive) al momento de la postulación y que estén matriculados/as en una escuela/liceo que se encuentre habilitado para postular proyectos en esta línea.
3.1.2. Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal. En esta línea podrán presentar proyectos instituciones y organismos de formación no escolar, cuya misión es la formación artística especializada de niños/as y jóvenes, en edad escolar, y que, por ende, desarrollan
procesos sistemáticos de formación en este ámbito (por ejemplo: academias, conservatorios, escuelas de arte y cultura de teatro, danza, música, plástica, circo, etc.). Dichas instituciones y organismos deberán estar constituidas como personas jurídicas chilenas de derecho público o privado, sin fines de lucro, o en su defecto, ser representadas por aquellas de las cuales dependen administrativamente y cuentan con personería jurídica de derecho público o privado sin fines de lucro. A modo de ejemplo, en el caso de los conservatorios municipales, academias municipales, escuelas de arte municipales, centros culturales municipales y otras entidades municipales similares que cumplan con las características señaladas en esta línea, pero que no tengan personalidad jurídica, deberán postular a través del municipio.
3.1.2.1. Modalidad de Formación y Perfeccionamiento: Los proyectos presentados en esta modalidad buscan fortalecer las capacidades en las instituciones por medio de la profundización, generación y actualización de conocimientos técnicos o metodológicos de la enseñanza artística. Las propuestas se pueden orientar a la formación interna o externa. Solo los proyectos de formación interna podrán tener a estudiantes, que pertenezcan a la institución, como beneficiarios/as, siempre y cuando la propuesta presentada complemente o profundice contenidos o metodologías de algún taller o curso del ámbito artístico, que ya esté siendo impartido por la institución.
• Formación interna: Dirigida a docentes, directivos, artistas educadores/as, paradocentes. Será requisito fundamental que la propuesta formativa presentada, guarde estricta relación con el programa formativo de la institución postulante. También se podrán presentar proyectos de Formación destinados a estudiantes en materias complementarias o de colaboración con la oferta formativa artística permanente que está en ejecución.
• Formación externa: Dirigida a equipos de profesionales de otras instituciones distintas a la postulante (docentes, directivos, artistas educadores, paradocentes, mediadores). Será requisito fundamental que la propuesta formativa presentada, guarde estricta relación con el programa formativo de la institución postulante. En el caso de la formación externa, no se aceptarán postulaciones destinadas a NNJ.
En el caso de presentar proyectos de formación interna o externa, destinados a educadores/as y/o directivos, algunos contenidos posibles de abordar son:
• formación en distintos enfoques teóricos de la enseñanza de las artes.
• formación para el dominio técnico y conceptual de los aspectos disciplinares y pedagógicos asociados a los diferentes lenguajes artísticos.
• formación en la didáctica específica de los lenguajes artísticos (teatro, música, danza, artes visuales, etc.).
• formación para el conocimiento y selección de metodologías y estrategias efectivas de enseñanza artística (especializada o general).
• formación en el uso de materiales educativos para el aprendizaje de las artes.
• formación para el desarrollo de habilidades y competencias artísticas.
• formación para el manejo del marco curricular de los diferentes niveles y sus diferenciaciones.
• formación para el conocimiento y manejo de softwares especializados para la enseñanza artística, gestión y producción cultural.
• capacitación en nuevas formas de abordar el aprendizaje mediante perspectivas integrales donde confluyan las miradas de las artes y los aportes de diversas disciplinas.
• formación en evaluación de las artes (enfoques, criterios, procedimientos, instrumentos).
• formación en los aspectos teóricos técnicos sobre el aporte de las artes al desarrollo integral de las personas; su contribución a la comprensión de la diversidad para fortalecer la vida democrática, desarrollar capacidades para trabajar en equipo, resolver problemas desde perspectivas múltiples.
• intercambio de experiencias y prácticas educativas profesionales en el ámbito de las artes y la cultura, entre otros.
En el caso de presentar proyectos de formación interna para estudiantes, estos deben ser complementarios o de colaboración con la oferta formativa de la institución postulante. Solo se financiarán proyectos de formación que complementen, fortalezcan o profundicen contenidos o metodologías de algún taller o curso del ámbito artístico, que ya esté siendo impartido por la institución. Algunos contenidos posibles de abordar son:
a) Herramientas digitales para la Educación Artística
b) Gestión cultural
c) Reforzamientos de técnicas, entre otros
Los mecanismos para el logro de los propósitos de los proyectos de formación son: cursos de perfeccionamiento, capacitación, congresos, seminarios, pasantías, diplomados, residencias artísticas; intercambio de experiencias profesionales, entre otros. Se podrán contratar los servicios de formación de instituciones y/o profesionales especializados en las materias declaradas en el proyecto.
Si estás interesado en postular a esta modalidad tu propuesta deberá considerar un plan de transferencia que indique claramente cómo los contenidos y conocimientos se pondrán a disposición de los/las estudiantes y de otros/as docentes del establecimiento, (sí corresponde), que no participaron del proceso formativo.
El plan de transferencia debe, a lo menos, indicar: (i) objetivos y aprendizajes esperados, (ii) identificación de beneficiarios/as directos, y (iii) descripción de las estrategias y detalle de las actividades a desarrollar para cumplir con los objetivos. Ten presente que este plan de transferencia debe ser coherente con el proyecto formativo de la institución postulante.
Si tu proyecto se orienta a la formación externa, o interna para estudiantes, el plan de transferencia corresponderá al documento en donde se detalla la planificación de contenidos, metodología y didáctica a utilizar para la formación que se entregará.
Recuerda que tu proyecto solo podrá tener como beneficiario directo a estudiantes cuando:
✓ Sea un proyecto de formación interna, y
✓ Refuerce contenidos o metodologías de cursos o talleres que ya se encuentran en ejecución.
3.1.2.2. Modalidad de Gestión del Currículum: Los proyectos presentados en esta modalidad buscan potenciar el currículum y/o proyecto formativo artístico que ofrecen estas instituciones, y la gestión de éste por parte de los equipos directivos, docentes y artísticos. Estas instituciones también pueden postular proyectos que contemplen procesos de asesoría curricular a establecimiento/s educacional/es del sistema escolar formal, con RBD, dependientes de municipalidades, sostenedores particulares subvencionados, o servicios locales de educación pública.
Algunos contenidos/temas a abordar en los proyectos, son:
a. La revisión y/o reformulación del Proyecto Formativo de la institución y/u otros instrumentos de gestión asociados al currículum que ésta ofrece.
b. El conocimiento y apropiación del currículo y/o proyecto formativo vigente, a través del estudio o la reflexión sobre propuestas curriculares pertinentes al proyecto institucional.
c. El mejoramiento de sus propuestas curriculares: adecuaciones, ajustes, innovaciones curriculares de programas de estudio de artes oficiales/propios; formulación o reformulación de planes y/o programas propios de formación artística; diseño de estrategias y acciones complementarias al plan de formación artística; modelos de planificación de la enseñanza artística; formulación y aplicación de unidades didácticas; diseño de guías didácticas; elaboración de materiales de apoyo al proceso de enseñanza de las artes; contenidos curriculares orientados al desarrollo de capacidades estudiantiles en el ámbito de la producción, la apreciación y gestión artística cultural; incorporación de las nuevas tecnologías en el proceso de enseñanza artística y cultural; conocimiento y apropiación de enfoques, criterios e instrumentos de evaluación de los aprendizajes artísticos, entre otros.
d. El diseño de contenidos de una propuesta curricular para la incorporación de uno o más lenguajes artísticos nuevos, de manera independiente o integrada con otros lenguajes artísticos o asignaturas/disciplinas de la formación general.
e. Conocimiento, diseño de aplicaciones sobre enfoques socioculturales, criterios, procedimientos, instrumentos de evaluación de los aprendizajes artísticos; formulación de rúbricas; aplicación de escalas de evaluación.
Todo lo anterior con referencia a su propio marco curricular, planes y programas de estudio.
Los mecanismos para el logro de esos propósitos señalados anteriormente pueden ser: contratación de asesorías externas especializadas; sesiones de estudio de la propuesta curricular vigente, intercambio profesional de experiencias de diseño e implementación curricular intra e interinstitucionales, entre otras no conducentes a certificación.
Recuerda que el énfasis de los proyectos postulados en la modalidad de Gestión del Currículum está en la construcción de contenidos, estrategias, planes y objetivos curriculares. Los proyectos que durante su ejecución contemplen el despliegue de acciones formativas para estudiantes, docentes, directivos u otros profesionales, deberán postular en la modalidad de Formación y Perfeccionamiento.
3.1.2.3. Modalidad de Gestión Cultural Educativa: El propósito de esta modalidad es fortalecer el proyecto artístico cultural de la institución y su relación con la comunidad educativa y su territorio, apoyando proyectos en materia de programación, gestión y extensión artística y cultural. Se entiende por gestión cultural educativa a la planificación, organización y coordinación de actividades culturales en el ámbito educativo, que colaboran activamente de la formación integral de los y las estudiantes a través de las artes y la cultura.
En esta modalidad podrán postular proyectos artístico-culturales como, eventos culturales, encuentros, seminarios, festivales, giras u otras actividades de programación y difusión cultural, como también proyectos de extensión artístico cultural dirigida a la comunidad institucional y territorial en donde se encuentra ubicada la institución.
Algunas actividades posibles de abordar son:
a. Producción de actividades artísticas y culturales desarrolladas por la institución, tales como festivales, ferias u otro tipo de encuentros artísticos, dirigidas a la comunidad institucional o en extensión hacia la comunidad territorial.
b. Programación artística de los elencos o agrupaciones de la institución, además de la participación en actividades de extensión como giras, festivales, presentaciones, conciertos educativos, entre otros.
c. Proyectos de extensión artístico culturales en colaboración con otros actores territoriales tales como juntas de vecinos, centros culturales, jardines infantiles, clubes deportivos, escuelas de arte, etc.
d. Difusión de las actividades artísticas desarrolladas por los estudiantes o los elencos y talleres que pertenecen a la institución.
e. Desarrollo de capacitaciones, talleres, cursos u otro tipo de actividades formativas en materia de gestión, programación y extensión cultural.
f. Actividades de colaboración entre diferentes instituciones que imparten formación artística en materia de extensión entre los y las estudiantes por medio de la intervención en el espacio público o digital.
g. Desarrollo de proyectos y/o iniciativas artístico-culturales propuestos por organizaciones o agrupaciones de estudiantes en materias de creación, producción y gestión artística y cultural para su comunidad, además de espacios que promuevan el intercambio de experiencia entre estudiantes de distintos establecimientos, que cuenten con el apoyo y colaboración de sus directores/as.
h. Desarrollo de proyectos y/o iniciativas artístico-culturales propuestos por equipos docentes para el fortalecimiento del proyecto artístico cultural de la institución, que cuenten con el apoyo y colaboración de la dirección de esta.
3.1.2.4. Modalidad de Talentos Artísticos: Los proyectos postulados a esta modalidad buscan apoyar la formación artística especializada de estudiantes destacadas/os de estas instituciones, y están orientados a aumentar las oportunidades y mejorar condiciones de formación artística de aquellos/as estudiantes que han desarrollado conocimientos, habilidades, competencias, intereses, aptitudes artísticas sobresalientes en alguna disciplina artística. Como Ministerio financiaremos proyectos que cubran una o algunas de las necesidades de estos/as. Entre las necesidades/intereses a satisfacer están, por ejemplo:
a) Pago de matrícula y mensualidad en una entidad formadora artística especializada. Adquisición de instrumento, accesorios, herramientas, equipamiento y/o, materiales, insumos, recursos inherentes a su estudio y práctica artística sistemática.
b) Financiamiento de gastos operacionales vinculados a su proceso formativo (pasajes, alimentación, alojamiento).
c) Participación en cursos complementarios, talleres formativos, seminarios, concursos, presentaciones u otros eventos que inciden en su formación.
d) La contratación de un/a especialista, mentor/a, que se haga cargo de la enseñanza artística individualizada cuando ello sea necesario.
e) La continuidad de estudios en organismos especializados, entre otros aspectos.
Serán beneficiarios del proyecto, niños, niñas y jóvenes que al momento de la postulación tengan entre ocho y dieciséis años (ambas edades inclusive) y que asisten a cursos especializados de artes, ofrecidos por instituciones no escolares habilitadas para para postular proyectos en la Línea 2 (conservatorios, escuelas de artes, academias de artes, danza, teatro, música, etc.). Además, deberán acreditar que son alumnos/as regulares de algún establecimiento educacional que recibe subvención del Estado.
3.1.3. Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales. En esta línea podrán presentar proyectos instituciones y organismos de creación, producción y/o difusión de las artes y culturas, que desarrollan procesos sistemáticos de educación y/o mediación artística con NNJ o con establecimientos educacionales que reciben subvención del Estado incluidos jardines infantiles. Estas instituciones y organizaciones artísticas y culturales (centros culturales, teatros, museos, galerías de
arte, cines, festivales, bienales y ferias de arte, etc.), son sin fines de lucro y deben contar con una trayectoria de a lo menos dos (2) años continuos (a partir del año 2015), en el desarrollo de procesos sistemáticos de educación, formación o mediación artística destinados a niños, niñas y jóvenes, o en colaboración con establecimientos educacionales.
3.1.3.1. Modalidad de Formación y Perfeccionamiento: Los proyectos presentados en esta modalidad buscan fortalecer las capacidades profesionales en las instituciones por medio de la profundización y/o actualización de conocimientos técnicos y metodológicos de la enseñanza artística. Los proyectos en esta modalidad se pueden orientar en dos aspectos diferenciados de acuerdo con el tipo de beneficiario:
• Formación interna: Dirigida a los equipos profesionales que trabajan en la institución postulante (artistas educadores, mediadores, directivos, docentes). Será requisito fundamental que la propuesta formativa que se recibirá guarde estricta relación con las materias propias de la institución postulante.
• Formación externa: Dirigida a equipos de profesionales de otras instituciones distintas a la postulante (docentes, directivos, artistas educadores, paradocentes, mediadores) tales como: establecimientos educacionales subvencionados por el Estado, incluidos jardines infantiles que reciben financiamiento del Estado de manera permanente (Junji, Integra, VTF, SLE, Municipal, o Particular subvencionado). Será requisito fundamental que la propuesta formativa que se entregará guarde estricta relación con las materias propias de la institución postulante.
Los proyectos de formación y perfeccionamiento deben ser en áreas o materias propias de la institución postulante.
Debes considerar dentro del equipo de trabajo a formadores/as de las instituciones postulantes, pudiendo ser complementados con personas (jurídicas o naturales) de otras instituciones, en aquellas materias en donde fuera necesario para precisar la formación ofrecida. Por ejemplo, un espacio cultural que desarrolla programas xx xxxxx puede presentar un proyecto de capacitación en danza inclusiva para un equipo docente de una escuela especial y para ello podrá complementar su equipo formativo, con profesionales de otra institución, especialista en materias de inclusión.
Algunos contenidos de proyectos de formación y/o perfeccionamiento son:
a) La apropiación y aplicación de distintos enfoques didácticos de educación artística en la enseñanza no formal.
b) Conocimiento y dominio técnico y conceptual de aspectos disciplinares y pedagógicos asociados a diferentes lenguajes y/o manifestaciones artísticas.
c) El conocimiento o actualización en didácticas específicas de mediación artística.
d) Capacitación en curatoría educativa.
e) Conocimiento y selección de métodos y estrategias efectivas de educación artística en la enseñanza no formal y su colaboración con la enseñanza formal.
f) Conocimientos y orientación para el diseño e implementación de materiales educativos, en diferentes formatos y plataformas, para la implementación de proyectos y programas de aprendizaje, apreciación y/o reflexión crítica en artes.
g) Conocimiento y manejo de softwares especializados para la enseñanza artística, mediación, gestión y producción cultural, tanto presenciales como virtuales.
h) Capacitación en nuevas formas de abordar el aprendizaje mediante perspectivas integrales donde confluyan las miradas de las artes y los aportes de diversas disciplinas.
i) Capacitación en modelos e instrumentos de evaluación de los procesos de aprendizaje en la educación artística no formal (enfoques, criterios, procedimientos, instrumentos).
j) El aporte de las artes al desarrollo integral de las personas; su contribución a la comprensión de la diversidad para fortalecer la vida democrática, desarrollar capacidades para trabajar en equipo, resolver problemas desde perspectivas múltiples.
k) Procesos de investigación, sistematización y reflexión crítica de sus prácticas educativas (estudios, jornadas de análisis y reflexión).
l) El intercambio de prácticas y experiencias profesionales en materia de educación y/o mediación artística entre áreas educativas de estas instituciones, nacionales e internacionales.
Además de los ámbitos de formación señalados anteriormente, podrán ampliar el contenido de sus propuestas a los ámbitos artísticos y culturales propios de la especialización del espacio u organización.
Los mecanismos para el logro de los propósitos señalados más arriba son: cursos de perfeccionamiento, capacitación, actualización; congresos, seminarios, pasantías, diplomados, residencias artísticas pedagógicas; intercambio de experiencias profesionales en educación y formación, entre otros. Se pueden contratar los servicios de formación en artes y educación de instituciones y/o profesionales especializados en esta materia.
3.1.3.2. Modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural: Los proyectos postulados a esta modalidad se orientan a la formación artística de niños, niñas y jóvenes, a través del acceso mediado y la participación en manifestaciones artístico-culturales, a través de diversas estrategias de aprendizaje, mediación y formación de públicos escolares. Se busca también, fortalecer las áreas de educación y mediación artística de espacios y organizaciones artísticas y culturales.
Los proyectos postulados a esta modalidad pueden ser desarrollados al interior de los espacios de estas instituciones u organizaciones, como también en lógica de extensión y/o colaboración con comunidades educativas, en otros espacios, lo que puede incluir a jardines infantiles que reciben financiamiento del Estado de manera permanente (Junji, Integra, VTF, SLE, Municipal, o Particular subvencionado).
Algunos proyectos o programas para desarrollar al interior de los espacios para esta modalidad son:
a) Programas de mediación de los contenidos de exposiciones y/o de la programación de los espacios u organizaciones, para estudiantes y docentes.
b) Materiales y dispositivos de mediación y formación de públicos escolares y en educación inicial, en diferentes formatos.
c) Proyectos y talleres artísticos con estudiantes (de creación, expresión, apreciación, reflexión crítica, etc.).
d) Materiales de apoyo pedagógico para docentes (recursos educativos, cuadernos pedagógicos, herramientas digitales).
e) Programación especial para público escolar y educación inicial (conciertos educativos, funciones para estudiantes), con un propósito educativo explícito.
f) Visitas guiadas de estudiantes a exposiciones o recorridos patrimoniales de los centros (presenciales y virtuales), con un propósito educativo explícito.
g) Apoyo a proyectos de agrupaciones auto gestionadas de niños, niñas y jóvenes, que usan recursos del centro para actividades de creación, difusión, apreciación y/o reflexión artística.
Si el programa de mediación lo requiere, se financiará la compra de equipamiento (instrumentos, materiales, accesorios, equipos de registro y/o reproducción de audio, imagen, herramientas para prácticas artísticas, etc.) y habilitación de espacios x xxxxx didácticas para realizar actividades planificadas.
Algunos proyectos o programas para desarrollar fuera de los espacios para esta modalidad son:
a) Procesos y proyectos de colaboración con establecimientos educacionales (incluidos jardines infantiles); programas y actividades de formación de docentes y educadores/as (seminarios, charlas, talleres, conversatorios).
b) Diseño y elaboración de programas educativos artísticos – culturales no presenciales (digitales, radiales, televisivos, etc.).
c) Proyectos de extensión programática para estudiantes (exposiciones, conciertos u otro tipo de programación y presentación de obras en escuelas), que colaboren con los procesos y/o programas educativos de los establecimientos.
d) Itinerancias y residencias artísticas en establecimientos educacionales.
e) Desarrollo de ferias o encuentros escolares formativos.
3.1.3.3. Modalidad de Talentos Artísticos: Los proyectos postulados a esta modalidad buscan apoyar la formación artística especializada de estudiantes destacadas/os de estas instituciones, y están orientados a aumentar las oportunidades y mejorar
condiciones de formación artística de aquellos/as estudiantes que han desarrollado conocimientos, habilidades, competencias, intereses, aptitudes artísticas sobresalientes en alguna disciplina artística. Como Ministerio financiaremos proyectos que cubran una o algunas de las necesidades de estos/as. Entre las necesidades/intereses a satisfacer están, por ejemplo:
• Pago de matrícula y mensualidad en una entidad formadora artística especializada. Adquisición de instrumento, accesorios, herramientas, equipamiento y/o, materiales, insumos, recursos inherentes a su estudio y práctica artística sistemática.
• Financiamiento de gastos operacionales vinculados a su proceso formativo (pasajes, alimentación, alojamiento).
• Participación en cursos complementarios, talleres formativos, seminarios, concursos, presentaciones u otros eventos que inciden en su formación.
• La contratación de un/a especialista, mentor/a, que se haga cargo de la enseñanza artística individualizada cuando ello sea necesario.
• La continuidad de estudios en organismos especializados, entre otros aspectos.
Serán beneficiarios de un proyecto de Talentos Artísticos, niños, niñas y jóvenes que al momento de la postulación tengan entre ocho y dieciséis años (ambas edades inclusive) y que asisten a talleres o cursos ofrecidos por instituciones no escolares de fomento del arte y la cultura tales como: conservatorios, escuelas de artes, academias de artes, danza, teatro, música, etc. habilitadas para para postular proyectos en la Línea 3. Además, deberán acreditar que son alumnos/as regulares de algún establecimiento educacional que recibe subvención del Estado.
3.2. Total de recursos y montos máximos
Contamos con un presupuesto total estimado de $600.000.000.- (seiscientos millones de pesos chilenos), que corresponden al año 2024 para el financiamiento total o parcial de los proyectos seleccionados en esta convocatoria, los cuales se encuentran sujetos a disponibilidad presupuestaria, ya que aún no se encuentra aprobada la ley de presupuesto de dicho año.
Seleccionaremos un proyecto de cada región, independiente de la línea o modalidad a la que haya postulado, específicamente, a aquel elegible que hubiese obtenido el más alto puntaje en su evaluación.
Una vez cumplido con lo anterior, el remanente de los recursos se dividirá entre las tres líneas que contempla esta convocatoria, de la manera que se indica a continuación:
● Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos): 30% de los recursos disponibles.
● Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal: 40% de los recursos disponibles.
● Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales: 30% de los recursos disponibles.
Se debe considerar que, por cada Línea de postulación, se podrá asignar como máximo el 30% de los recursos a responsables de proyectos cuya residencia sea la Región Metropolitana, esto calculado sobre el monto remanente luego de la selección de un proyecto por región.
Del total estimado, las líneas y modalidades de la presente convocatoria tendrán los siguientes montos máximos por proyecto:
● Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos):
o Modalidad de Gestión Cultural Educativa: $12.000.000.- (doce millones de pesos chilenos)
o Modalidad de Talentos Artísticos: $7.000.000.- (siete millones de pesos chilenos).
● Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal:
o Modalidad de Formación y Perfeccionamiento: $12.000.000.- (doce millones de pesos chilenos).
o Modalidad de Gestión del Currículum: $12.000.000.- (doce millones de pesos chilenos).
o Modalidad de Gestión Cultural Educativa: $12.000.000.- (diez millones de pesos chilenos).
o Modalidad de Talentos Artísticos: $7.000.000.- (diez millones de pesos chilenos).
● Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales:
o Modalidad de Formación y Perfeccionamiento: $12.000.000.- (doce millones de pesos chilenos).
o Modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural: $12.000.000.- (doce millones de pesos chilenos).
o Modalidad de Talentos Artísticos: $7.000.000.- (siete millones de pesos chilenos)
4. Gastos Financiables
Para la ejecución de tu proyecto financiaremos gastos en personal, operación e inversión, sólo financiaremos en los ítems que te señalamos, según se indica a continuación:
- Los gastos en personal: Comprende, en general, todos los gastos por concepto de remuneraciones, aportes del empleador y otros gastos necesarios para el pago del personal en actividad” Ten presente que los gastos en personal, deberán cumplir lo siguiente:
o En las líneas 2 y 3, si como postulante eres una institución universitaria, no podrás dentro de dichos gastos considerar a personas que tengan una relación contractual con la universidad, para lo cual deberás acreditar que las personas que percibirán remuneración por medio del financiamiento del Fondo no mantienen cualquier tipo de contrato, indefinido o a plazo fijo, con dicha institución.
o Contratación de los/as trabajadores/as de artes y espectáculos. Por favor recuerda que esta contratación, deberá realizarse de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.889. Esto es fundamental, ya que son normas dictadas en favor del sector.
o Si eres una persona jurídica no podrás recibir asignación del responsable, por lo que en caso que tu proyecto considere la participación de una persona natural a cargo de su ejecución, su pago debe realizarse como honorario, sueldo o sueldo empresarial, cumpliendo con la normativa vigente.
- Los gastos de operación: Comprende, en general, los gastos necesarios para el cumplimiento de las funciones y actividades para que fueron otorgados los recursos.” En este ítem se contempla lo siguiente:
o Gastos de difusión ligados a la promoción de las actividades artísticas objeto del proyecto y sus resultados.
o Gastos necesarios para la contratación de un seguro de accidente, en caso que sea pertinente con tu proyecto.
o Alojamiento, alimentación y traslados tanto de tu equipo de trabajo, como de aquellas personas que tengan una relación directa con la ejecución de tu proyecto. Ten presente que estos deben tener una relación directa con la ejecución de tu proyecto y en el marco del buen cumplimiento de sus objetivos y deberán realizarse en los plazos de ejecución de éste.
o Compra de materiales, insumos diversos, necesarios para el buen funcionamiento del proyecto (papelería, artículos de librería).
o Contratación de servicios necesarios para la implementación del proyecto (amplificación, iluminación, registros documentales, arriendo de espacios para su ejecución, etc.).
- Los gastos de inversión: Corresponde, en general, al gasto por concepto de adquisición de mobiliario, vehículos, máquinas, equipos, hardware, software cuando estén relacionados con
el proyecto aprobado. Respecto de este ítem, evaluaremos la pertinencia de imputar el 100% del gasto a tu proyecto, según la adquisición de que se trate, su justificación y la naturaleza del proyecto.
Ten presente respecto de los gastos
• Al momento de postular debes considerar todos los gastos necesarios para la ejecución de tu proyecto y presupuestarlos debidamente.
• Para nosotros como Ministerio, es imprescindible que como responsable del proyecto consideres la contratación de las y los trabajadoras/es de la cultura que participarán cumpliendo distintas funciones, efectuando el cálculo correcto para el pago de las obligaciones laborales y previsionales. Considera que los contratos de trabajo permiten que tu equipo de trabajo pueda acceder a los beneficios de la seguridad social en relación a su salud, cesantía, accidentes, entre otros.
• En ese sentido, te sugerimos revisar la “Guía para una correcta contratación” en este link: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx donde puedes chequear los principales gastos asociados a los contratos de trabajadores/as que debes incluir en el ítem gastos de personal.
5. Cofinanciamiento
Dependerá de la línea y modalidad a la que postules:
En las líneas 1 y 2, Modalidad de Gestión Cultural Educativa, Formación y Perfeccionamiento, Gestión del Currículum deberás aportar necesariamente cofinanciamiento, que deberá cumplir con las siguientes características:
● Al menos deberá corresponder al 10% sobre el monto que nos solicites;
● Podrá ser propio o de terceros;
● Deberás aportarlo en dinero, bienes o en servicios valorados adecuadamente según precio xx xxxxxxx;
● Finalmente considera que deberás cubrir todos los gastos necesarios y que no sean financiados por nosotros para la ejecución de tu proyecto.
En la línea 3, Modalidad de Formación y Perfeccionamiento, Mediación y Formación Artística Cultural, deberás aportar necesariamente cofinanciamiento, que deberá cumplir con las siguientes características:
● Al menos deberá corresponder al 25% sobre el monto que nos solicites;
● Podrá ser propio o de terceros;
● Deberás aportarlo en dinero, bienes o en servicios valorados adecuadamente según precio xx xxxxxxx;
● Finalmente considera que deberás cubrir todos los gastos necesarios y que no sean financiados por nosotros para la ejecución de tu proyecto.
En la Modalidad de Talentos Artísticos de cualquiera de las líneas de financiamiento de esta convocatoria no te exigiremos cofinanciamiento, pero deberás cubrir todos los gastos necesarios y que no sean financiados por nosotros para la ejecución de tu proyecto.
6. Duración y ejecución de los proyectos
Tu proyecto deberás comenzar a ejecutarlo en cualquier mes del año 2024, pero a contar del mes xx xxxxx de dicho año. De esta manera, no podrá tener principio de ejecución en los meses de enero, febrero o marzo; y deberás ejecutarlo en un plazo máximo de 8 meses, de acuerdo a lo que indiques en tu cronograma y a lo establecido en el respectivo Convenio de Ejecución que suscribirás en caso de que seas seleccionado.
Por ejemplo, si contemplas como mes de inicio abril de 2024, deberás contemplar como plazo máximo para finalizar tu proyecto el mes de diciembre de 2024.
Considera además que su ejecución no podrá extenderse más allá xx xxxxx del 2025, por lo que, por ejemplo, si tu proyecto comenzara en diciembre de 2024, deberás contemplar un plazo máximo de 3 meses para su ejecución, para poder terminar en marzo de 2025.
VISTA GENERAL DE ANTECEDENTES DE LA CONVOCATORIA | ||||||
Línea | Modalidad | Número máximo de proyecto s a postular | Monto Xxxxxx | Xxxxxx financiables | Co financia miento obligatorio | Duración máxima |
Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimient os educacionales | Modalidad de Gestión Cultural Educativa | 1 | $12.000.00 0.- (doce millones de pesos chilenos) | Personal, operación e inversión | 10% | Hasta 8 meses |
Modalidad de Talentos Artísticos | 3 | $7.000.000. - (siete millones de | No aplica |
con RBD (Rol base de datos) | pesos chilenos) | |||||
Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal | Modalidad de Formación y Perfeccionamient o | 1 | $12.000.00 0.- (doce millones de pesos chilenos) | 10% | ||
Modalidad de Gestión del Currículum | 1 | |||||
Modalidad de Gestión Cultural Educativa | 1 | |||||
Modalidad de Talentos Artísticos | 3 | $7.000.000. - (siete millones de pesos chilenos) | No aplica | |||
Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales | Modalidad de Formación y Perfeccionamient o | 1 | $12.000.00 0.- (doce millones de pesos chilenos) | 25% | ||
Modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural | 1 | |||||
Modalidad de Talentos Artísticos | 3 | $7.000.000.- (siete millones de pesos chilenos) | No aplica |
II. POSTULACIÓN A LA CONVOCATORIA
Es importante que tengas claridad acerca de cada una de las etapas a las cuales será sometido tu proyecto, ya que eso ayuda a entender de mejor manera los resultados de este proceso, por ello a
continuación te mostramos un cuadro resumen con las etapas de postulación, evaluación y selección y firma del respectivo convenio de ejecución:
POSTULACIÓN | EVALUACIÓN Y SELECCIÓN | FIRMA DE CONVENIO DE EJECUCIÓN |
Inscripción del/de la responsable y el equipo de trabajo, según corresponda, en "perfil cultura" | Evaluación técnica regional (excepto modalidad de talentos artísticos) | Presentación de los antecedentes necesarios para la firma de convenio |
Selección de convocatoria en xxxxxxxxxxxxxxx.xx | ||
Evaluación Nacional por Comisión de Evaluación Nacional | Firma de convenio | |
Completar el FUP y adjuntar los Documentos de postulación Validar y enviar la postulación | Selección realizada por la Comisión de Evaluación Nacional Publicación de los resultados | Entrega de los recursos para la ejecución del proyecto |
Recuerda
En cada una de las etapas antes descritas, hasta la firma de convenio de ejecución inclusive, constataremos el cumplimiento de los requisitos de postulación, ya que si comprobamos algún incumplimiento por parte de tu postulación, ésta quedará fuera de convocatoria.
1. Quiénes pueden postular
Dependerá de la línea a la cual postules:
• Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos):
a. Establecimientos Educacionales, Escuelas y Liceos que imparten educación artística especializada: Servicios Locales de Educación Pública, Municipalidades, Corporaciones Municipales y sostenedores todos a cargo y en representación de establecimientos educacionales que imparten educación artística especializada, con RBD y que reciben subvención educacional del Estado, establecidos según la Resolución Exenta N° 4534 del 28 xx xxxxxx del 2018, del MINEDUC, o que integran la Modalidad Artística Diferenciada en cualquiera de sus ciclos (según lo establecido en los Decretos N° 03 de MINEDUC, del 5 de julio de 2007 y N° 81 de MINEDUC, del 1 de julio de 2021, según corresponda al tipo de establecimiento)2
b. Otras Escuelas y Liceos del sistema escolar formal: Servicios Locales de Educación Pública, Municipalidades, Corporaciones Municipales y sostenedores todos en representación de escuelas y/o liceos del sistema escolar formal, subvencionados por el Estado, que NO cuentan con el reconocimiento formal de “artísticas” establecido en la Resolución Exenta N° 4534 del 28 xx xxxxxx del 2018, del MINEDUC, y que NO integran la Modalidad Artística Diferenciada en cualquiera de sus ciclos (según lo establecido en los Decretos N° 03 de MINEDUC, del 5 de julio de 2007 y N° 81 de MINEDUC, del 1 de julio de 2021, según corresponda al tipo de establecimiento), pero que cumplen con el siguiente requisito:
• Destinan el 50% de las horas de libre disposición JEC a la formación artística, en al menos un ciclo educativo (Primer ciclo básico, segundo ciclo básico o ciclo de educación media).
• Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal: instituciones y organismos de formación no escolar, sin fines de lucro, cuya misión es la formación artística especializada de niños/as y jóvenes, en edad escolar, y que, por ende, desarrollan procesos sistemáticos de formación en este ámbito (por ejemplo: academias, conservatorios, escuelas de arte y cultura de teatro, danza, música, plástica, circo, etc.)
Dichas instituciones y organismos deberán estar constituidas como personas jurídicas chilenas de derecho público o privado, sin fines de lucro, o en su defecto, ser representadas por aquellas de las cuales dependen administrativamente y cuentan con personería jurídica de derecho público o privado sin fines de lucro. A modo de ejemplo, en el caso de los conservatorios municipales, academias municipales, escuelas de arte municipales, centros culturales municipales y otras entidades municipales similares que cumplan con las
2 Decreto Supremo N°03, de 2007, del Ministerio de Educación, que complementa Decreto N° 220 de 1998, que establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para enseñanza media y fija normas generales para su aplicación, en la forma que indica: (xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx?xxXxxxxx000000&xxXxxxxx0);
Decreto Supremo N°81, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento sobre requisitos mínimos para otorgar la denominación de “escuela artística” a establecimientos educacionales reconocidos oficialmente para los efectos de la admisión escolar: (xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxx?xxXxxxxx0000000).
características señaladas en esta línea, pero que no tengan personalidad jurídica, deberán postular a través del municipio.
• Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales: instituciones y organismos de creación, producción o difusión de las artes y culturas, que desarrollan, como parte de programa, procesos sistemáticos de educación, formación o mediación artística con NNA o docentes o establecimientos educacionales.
Estas instituciones y organizaciones artísticas y culturales (centros culturales, teatros, museos, galerías de arte, cines, festivales de arte y cultura, bienales de arte, ferias de arte y creación, etc.), deben ser personas jurídicas, de derecho público o privado, sin fines de lucro y deben acreditar una trayectoria de a lo menos dos (2) años continuos (a partir del año 2015), en el desarrollo de procesos sistemáticos de educación, formación o mediación artística destinados a niños, niñas y adolescentes, o en colaboración con establecimientos educacionales.
Dichas instituciones y organismos deberán estar constituidos como personas jurídicas chilenas de derecho público o privado, sin fines de lucro. En caso que no cuenten con personalidad jurídica, deberán postular a través de la persona jurídica de la cual dependen administrativamente, la cual en todo caso debe ser una persona jurídica chilena de derecho público o privado, sin fines de lucro. A vía de ejemplo, en el caso de museos municipales, bibliotecas municipales, centros culturales municipales y otras entidades municipales similares que cumplan con las características señaladas en esta línea, pero que no tengan personalidad jurídica, deberán postular a través del municipio.
2. Quienes no pueden postular (incompatibilidades)
No podrán postular o ser parte de tu proyecto de ninguna forma las siguientes personas:
a. Personas jurídicas con fines de lucro.
b. Personas jurídicas sin fines de lucro en que tengan participación social (constituyente, socio/a o afiliado, etc) alguna(s) de las siguientes personas:
● Autoridades del Ministerio.
● Trabajadores/as de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (contratados/as bajo el régimen de planta, contrata y Código del Trabajo).
● Trabajadores/as de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes y de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio contratados/as bajo el régimen de honorarios, siempre y cuando sus contratos a honorarios prohíban su participación en convocatorias públicas.
● Personas que cumplan labor de miembros de la Comisión Técnica Regional de Evaluación o de la Comisión Nacional.
Al momento de postular, debe individualizarse al constituyente, socios o afiliados u otros que formen parte de la persona jurídica que postula.
c. Personas jurídicas con o sin fines de lucro, siempre que en los proyectos presentados tengan como equipo de trabajo a algunas de las personas referidas en la letra b). Al momento de postular, deberá individualizarse al equipo de trabajo del proyecto.
d. Los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, Órganos y Servicios Públicos (incluyendo la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales y las Empresas Públicas creadas por Ley). Se exceptúan de esta restricción las Municipalidades, los servicios locales de educación y Establecimientos de Educación Superior Estatales.
Al momento de presentar tu postulación deberás suscribir una declaración que estará consignada en el FUP (Formulario Único de Postulación) en la que señales que tu proyecto no incluye a persona(s) que tenga(n) alguna de las calidades referidas anteriormente, ya que debemos garantizar el cumplimiento de las normas de probidad en nuestros procesos.
Como orientación, tienen calidad de autoridades del Ministerio los/as integrantes del Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, del Consejo de Fomento de la Música Nacional, del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, del Consejo Nacional de las Artes Escénicas y del Consejo Nacional del Libro y la Lectura.
Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa alguna incompatibilidad que te afecte para presentar tu proyecto, estarás habilitado para postular, pudiendo presentar tu postulación mientras esté abierto el periodo de recepción de proyectos siempre y cuando no hayas postulado con antelación al cese de tu incompatibilidad.
Como Subsecretaría revisaremos, durante todo el proceso y hasta la firma del Convenio de Ejecución inclusive, que no te encuentres en alguna situación de incompatibilidad.
Te recomendamos tener precaución con lo anterior, ya que tu proyecto quedará fuera de convocatoria en caso que no lo cumplas.
Lo anterior, sin perjuicio del deber de abstención que les compete a todas las autoridades y trabajadores/as del Ministerio que intervengan en el proceso, cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respecto de alguno de los/as responsables de los proyectos.
3. Cuándo y dónde postular
El Cierre de la convocatoria será hasta las 17:00 horas de Santiago de Chile del día de cierre considerando los 30 días hábiles desde su apertura.
No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.
Ten presente
• Si postulas materialmente, deberás entregar o enviar por correo certificado tu proyecto en las sedes de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
• En caso de envío por correo certificado tu fecha de presentación será la estampada en el sobre por parte de la oficina de correos de origen. El costo de envío de tu proyecto deberá ser solventado por ti, ya que si envías tu postulación por pagar la consideraremos como no presentada.
III. DE LOS PROYECTOS
1. Documentos de Postulación
Al momento de postular, deberás adjuntar al FUP los siguientes documentos: mínimos de postulación y necesarios para la evaluación.
Ten presente
• Los antecedentes deberás presentarlos en idioma español, si acompañas antecedentes en otro idioma, debes presentar una traducción simple, ya que de otra forma los consideraremos como no presentados.
• Si no acompañas los antecedentes con las formalidades requeridas los consideraremos como no presentados.
Deberás adjuntar al FUP los documentos mínimos de postulación a fin de respaldar tu postulación. Estos documentos resguardan aspectos mínimos de cada uno de los proyectos postulados, por lo que deberás presentarlos únicamente en la etapa de postulación.
A continuación te indicamos la lista de documentos, la cual tiene carácter taxativo, por lo que en caso de faltar cualquiera de ellos, tu proyecto será declarado inadmisible, así que te aconsejamos revisar detenidamente que tu postulación cuente con todos estos documentos antes de enviarla.
2. Documentos mínimos de postulación
Deberás adjuntar al FUP los documentos mínimos de postulación a fin de respaldar tu postulación. Estos documentos resguardan aspectos mínimos de cada uno de los proyectos postulados, por lo que deberás presentarlos únicamente en la etapa de postulación.
A continuación te indicamos la lista de documentos, la cual tiene carácter taxativo, por lo que en caso de faltar cualquiera de ellos, tu proyecto será declarado inadmisible, así que te aconsejamos revisar detenidamente que tu postulación cuente con todos estos documentos antes de enviarla.
x. Xxxxxx de compromiso de los/as integrantes del “equipo de trabajo” (si corresponde): deberás acompañar una carta de compromiso firmada o un correo con pie de firma institucional, por cada uno de los/as integrantes del equipo de trabajo incluidos dentro de la postulación, donde se indique claramente su aceptación y participación dentro del proyecto postulado.
b. Autorización de derechos de autorales (si corresponde): si tu proyecto comprende el uso de obras protegidas por el derecho de autor y/o interpretaciones, ejecuciones, fonogramas o emisiones protegidos por derechos conexos cuyos titulares son personas, naturales o jurídicas, distintas a ti, deberás adjuntar una autorización expresa del titular de los derechos de autor y/o conexos, la que deberá manifestar de manera precisa la facultad de incluir dichas obras, interpretaciones, ejecuciones, fonogramas o emisiones en el proyecto presentado. Esta autorización deberá contener, al menos, la identidad de quien otorga la autorización y la de quien la recibe, la facultad expresa y específica de utilizar la obra, interpretación, ejecución, fonograma o emisión en el proyecto postulado, incluyendo todas las utilizaciones que implica el desarrollo del proyecto, el plazo de duración de la autorización (que debe comprender al menos el período de desarrollo del proyecto), el territorio (que debe al menos coincidir con aquél en el que se desarrollará el proyecto) la remuneración y forma de pago o si se trata de una autorización gratuita, el número mínimo o máximo de espectáculos para los cuales se autoriza (que debe comprender al menos el número contemplado en el proyecto) y todas las demás cláusulas que acuerden las partes, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual.
c. Carta de consentimiento de Comunidad Indígena (si corresponde): si tu proyecto considera actividades que se ejecuten en territorios habitados por algún pueblo originario, deberás adjuntar la documentación (cartas simples firmadas) que dé cuenta del conocimiento de la ejecución de las actividades de tu proyecto en ese territorio.
d. Carta(as) de compromiso(s) (si corresponde): firmada(s) por el/la directora/a (es/as) de todos los Establecimientos Educacionales con RBD que participan de la ejecución de proyecto. En caso de los proyectos de la línea 3 que contemplen como beneficiario/s a jardines infantiles, su carta deberá identificar el ID o RBD de dicha institución. Siendo válido también para estos efectos un correo institucional de los/as directores/as.
x. Xxxxx de compromiso firmada por el/la director/a o representante legal del establecimiento educacional o institución responsable del proyecto, según corresponda, que señale su conocimiento y compromiso con el proyecto a postular.
f. Carta de compromiso del cofinanciamiento proveniente de terceros (Aplica para todas las modalidades, excepto Talentos Artísticos) Si tu proyecto contempla cofinanciamiento obligatorio de terceros, deberás acompañar una carta firmada por quien compromete el aporte, donde se establezca el bien o servicio aportado con su valoración o el monto del aporte en dinero, según el tipo de cofinanciamiento que se esté acreditando y el destino que se les dará a estos. El aporte deberá ser expresado en pesos chilenos. Si se
presenta en moneda extranjera, deberás indicar su equivalencia en pesos chilenos en la fecha que la carta fue extendida. En caso de que no se indique conversión a pesos chilenos, se calculará de acuerdo al valor de la moneda extranjera el día en que se efectuó la postulación, de acuerdo a la información que conste en el Banco Central. En caso de que se trate de cofinanciamiento obligatorio propio, como responsable deberás declararlo en el FUP.
g. Certificado de vigencia de persona jurídica sin fines de lucro: de la institución responsable del proyecto. Solo se exceptúan las instituciones públicas como: universidades estatales y Municipalidades.
Solo para la Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos), deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Establecimientos Educacionales, Escuelas y Liceos que imparten educación artística especializada: Plan de estudios modalidad diferenciada artística. Documento firmado por el director del establecimiento postulante que acredite que aplica el plan diferenciado, indicando el año de inicio del plan y el estado de avance en su implementación. Se exceptúan de la presentación de este documento aquellas instituciones que forman parte de la resolución 4534 de MINEDUC.
b. Otras Escuelas y Liceos del sistema escolar formal: Formulario proyecto pedagógico jornada escolar completa, documento oficial actualizado presentado a MINEDUC que describe cómo el establecimiento educacional organiza toda la JEC de cada nivel y curso.
Solo para la Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Plan de formación artística: que ofrece la institución que postula que contenga en detalle: cursos/programas, asignaturas, horas semanales, dotación de profesionales a cargo de cada asignatura.
Solo para la Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Certificación de experiencia: documento que acredite que la institución cuenta con al menos dos años trayectoria en procesos sistemáticos de formación y educación artística o cultural, destinados a niños, niñas y jóvenes en edad escolar. El documento no podrá tener una extensión mayor a 3 planillas (tamaño fuente: 11), de lo contrario se evaluará con el menor puntaje.
Solo para la Modalidad de Talentos Artísticos, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
x. Xxxxx de autorización: para participar en el proyecto firmada por la madre, el padre, o quien/es el tribunal le(s) haya otorgado el cuidado personal del/de la niño/a.
b. Carta del director/a: documento firmado por el director/a del establecimiento educacional donde certifique que el niño, niña o joven postulado/a en esta modalidad tiene entre ocho
(8) y diecisiete (17) años de edad.
c. Acreditación de matrícula: certificado de alumno regular que acredite que él o la beneficiario/a del proyecto se encuentra matriculado/a en un establecimiento educacional que recibe subvención del Estado
3. Documentos necesarios para la evaluación
Deberás adjuntar al FUP los documentos necesarios para la etapa de evaluación a fin de respaldar tu postulación. Estos documentos son indispensables para la correcta ejecución de tu proyecto considerando el contenido del mismo, la naturaleza de la presente convocatoria y los criterios de evaluación y selección señalados en las presentes bases, por lo que deberás presentarlos únicamente en la etapa de postulación.
A continuación te indicamos la lista de documentos, la cual tiene carácter taxativo, por lo que en caso de faltar cualquiera de ellos, afectará el puntaje de evaluación de tu proyecto, así que te aconsejamos revisar detenidamente que tu postulación cuente con todos estos documentos antes de enviarla.
a. Cotizaciones por bienes y/o servicios señalados: Documento entregado por el proveedor del bien o servicio que justifique la solicitud financiera, precisando el bien o servicio a entregar y su valor por unidad. (Para las cotizaciones de gastos en traslado que impliquen compra de combustible y pago de peajes, se recomienda utilizar el formato del servicio en línea xxxxxxxxxxx.xx).
Solo para la Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos), Modalidad de Gestión Cultural Educativa, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Portafolio de la agrupación o elenco (según corresponda): Si el proyecto considera la participación de agrupaciones o elencos de la institución postulante en una actividad de extensión, se deberá incluir portafolio o documento que dé cuenta de su trayectoria (registros audiovisuales, fotográfico, de audio, noticias, premios, etc.).
b. Plan de gestión cultural: Documento que describe una planificación didáctica de contenidos en el ámbito de la gestión cultural del EE, en donde se indique el propósito formativo y, al menos los roles y tareas que asumirán los/as estudiantes en la planificación, ejecución y evaluación de la actividad de difusión o extensión artística cultural. La no presentación de este antecedente será evaluada con el mínimo puntaje.
Solo para la Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal, Modalidad de Formación y Perfeccionamiento deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Propuesta formativa: documento que exponga con claridad y detalle los contenidos objetivos, y estrategias del proceso formativo propuesto. En caso de contratarse los servicios de una ATE (organismo especializado y reconocido por el MINEDUC para prestar Asistencia Técnica en Educación), es obligatorio adjuntar la acreditación de esta entidad.
b. Currículum de quien realiza la formación: con antecedentes que acrediten lo señalado en él: documento que acredite el nivel de preparación y trayectoria de la/s persona/s o institución (según corresponda) que realizará la actividad formativa. En caso de tratarse de una ATE, es obligatorio adjuntar la acreditación.
Solo para la Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal, Modalidad de Gestión del Currículum deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Currículum de quien realiza la asesoría (cuando corresponda): documento que acredite la especialidad y trayectoria de la institución o persona que realizará la asesoría. En caso de contratarse los servicios de una ATE (organismo especializado y reconocido por el MINEDUC para prestar Asistencia Técnica en Educación), es obligatorio adjuntar la acreditación de esta entidad.
b. Programa de trabajo curricular a desarrollar: documento que exponga con claridad y detalle los contenidos del trabajo curricular a realizar y la metodología a utilizar. En caso de contratarse los servicios de una ATE (organismo especializado y reconocido por el MINEDUC para prestar Asistencia Técnica en Educación), es obligatorio adjuntar la acreditación de esta entidad.
Solo para la Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal, Modalidad de Gestión Cultural Educativa deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Portafolio de la agrupación o elenco (según corresponda): Si el proyecto considera la participación de agrupaciones o elencos de la institución postulante en una actividad de extensión, se deberá incluir portafolio o documento que dé cuenta de su trayectoria (registros audiovisuales, fotográfico, de audio, noticias, premios, etc.).
b. Plan gestión cultural: Documento que describe una planificación didáctica de contenidos en el ámbito de la gestión, en donde se indique al menos los roles y tareas que asumirán los/as estudiantes en la planificación, ejecución y evaluación de la actividad de difusión o extensión. La no presentación de este antecedente será evaluada con el mínimo puntaje.
Solo para la Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales, Modalidad de Formación y Perfeccionamiento, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Propuesta formativa: documento que exponga con claridad y detalle los contenidos objetivos, y estrategias del proceso formativo propuesto. En caso de contratarse los servicios de una ATE (organismo especializado y reconocido por el MINEDUC para prestar Asistencia Técnica en Educación), es obligatorio adjuntar la acreditación de esta entidad.
b. Currículum de quien realiza la formación: con antecedentes que acrediten lo señalado en él: documento que acredite el nivel de preparación y trayectoria de la/s persona/s o institución (según corresponda) que realizará la actividad formativa. En caso de tratarse de una ATE, es obligatorio adjuntar la acreditación.
Solo para la Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales, Modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
a. Programa formativo: Adjuntar la planificación de mediación y formación artística- educativa a trabajar con los/as estudiantes que detalle y desarrolle: los contenidos que abordarán, la metodología de trabajo y los aprendizajes que se espera alcanzar. Cuando el proyecto de mediación y formación a desarrollar solicite recursos para equipamiento o habilitación de espacios, la formulación del programa de mediación y formación artística debe guardar estricta relación con los objetivos y asegurar que el/la evaluador/a tenga a la vista la mayor cantidad de antecedentes técnicos que justifiquen esa petición.
b. Currículum del/la profesional/especialista o entidad encargada de realizar la actividad de mediación y formación que acredite la especialidad y trayectoria en la materia del objetivo fundamental del proyecto.
Para la Modalidad de Talentos Artísticos en todas sus líneas, deberás acompañar además de los documentos ya indicados, los siguientes:
x. Xxxxx firmada por el o la estudiante: manifestando su motivación para continuar su desarrollo artístico.
b. Portafolio con material que evidencie las habilidades xxx xxxx, xxxx o joven postulado/a: se debe adjuntar material que dé cuenta de las habilidades sobresalientes xxx xxxx, xxxx o joven que se postula; por ejemplo, material audiovisual, fotográfico, de audio, noticias, premios, etc. Resguardar que los medios de verificación permitan verificar con plenitud el área a desarrollar por el o la estudiante postulado/a.
c. Informe de respaldo a la postulación del/la estudiante: documento elaborado por un/a artista profesional o entidad especializada (conservatorio, academias u otras similares) que desarrollen procesos de formación desde hace más de tres años en la disciplina artística postulada, en el que se señale las habilidades del estudiante y las características que justifiquen su selección.
d. Currículum de la persona o entidad encargada de realizar las actividades formativas: con un mínimo de tres años de experiencia en educación artística (si corresponde). Este documento debe adjuntarse si el proyecto contempla procesos de formación.
4. Forma de postular los proyectos
Para postular digitalmente deberás seguir los siguientes pasos:
1. Inscribirte junto a todos/as los/as integrantes de tu equipo de trabajo, en caso que éste exista, en “Perfil Cultura”, plataforma de registro habilitada en xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Para estos efectos deberás requerir una clave en el sitio web indicado y deberás completar todos los campos obligatorios;
2. Posteriormente debes seleccionar la Convocatoria a la que postularás;
3. Luego deberás completar el FUP de acuerdo a las condiciones y requisitos dispuestos en el mismo y en las presentes bases, lo que incluye adjuntar los Documentos de postulación (mínimos de postulación y necesarios para la evaluación); y
4. Finalmente deberás validar y enviar tu postulación.
Después de completar los pasos anteriores, podrás enviar tu postulación a través de la plataforma digital dispuesta en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Antes del envío de tu postulación, la plataforma revisará que los campos obligatorios del FUP los hayas completados y luego exigirá que valides y consientas el envío.
Los documentos incluidos en tu postulación deberás adjuntarlos y sin comprimir, es decir, no podrás adjuntarlos en ficheros de archivos como ZIP, RAR, TAR, DMG, 7Z u otro análogo.
Los documentos adjuntados en extensión PDF podrán contener más de una página siempre y cuando todas sean parte de un mismo archivo.
El tamaño individual de cada archivo adjuntado no podrá exceder los 100 MB.
La postulación se entenderá completada con su envío a través de la plataforma digital por lo que deberás verificar antes del envío que tu postulación cumpla con lo requerido. La plataforma, emitirá un certificado de recepción, indicando la fecha, hora y número de Folio correspondiente. Este certificado no implica que tu proyecto cumpla con las bases.
Ten presente
• Los archivos que no cumplan con los requisitos deberemos considerarlos como no adjuntados.
• No podrás adjuntar los antecedentes señalados en las presentes bases a través de links.
Considerando las distintas condiciones de acceso a internet, también podrás postular materialmente.
Si postulas materialmente deberás hacerlo a través de la versión descargable del FUP, que está disponible en xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o retirarlo en las sedes de las Secretarías Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Para postular materialmente deberás seguir los siguientes pasos:
1. Acompañar el FUP al comienzo de la postulación con sus campos completados de forma clara y legible. En caso que lo hagas en manuscrito te pedimos hacerlo en letra imprenta;
2. Forma parte del FUP el formulario de registro en “Perfil Cultura”, el cual debes completarlo obligatoriamente como responsable junto con los/as integrantes de tu equipo de trabajo.
3. Deberás también incorporar todos los antecedentes obligatorios que establece el registro en “Perfil Cultura” y adicionales que se estimen convenientes;
4. Tu proyecto impreso debe incorporar los Documentos de postulación (mínimos de postulación y necesarios para la evaluación) en caso que se soliciten en las bases;
5. Te sugerimos numerar las páginas; y
6. Debes entregar 3 copias del proyecto, con todos sus antecedentes.
Los documentos en archivos de sonido o video u otros que por su naturaleza no sean impresos deberás adjuntarlos en CD, DVD o soporte con puerto USB. Estos medios de respaldo de información deberás acompañarlos en cada una de las copias. En el caso de CD o DVD deberás indicar tu nombre como responsable y el del proyecto en sus respectivas carátulas.
Como responsable deberás preocuparte que los soportes de información y las copias no se separen, utilizando mecanismos de resguardo que eviten su extravío, tales como fundas archivadoras para documentos y/o sobres tamaño carta u oficio anillados.
IV. ADMISIBILIDAD
1. Examen de admisibilidad
Una vez que se cierre el periodo de postulación, revisaremos que tu postulación cumpla con los siguientes requisitos de admisibilidad:
● Que como responsable seas del tipo de persona que puede postular.
● Que como responsable o alguna de las personas que forma parte del proyecto no estés(n) afectos/as a alguna situación de incompatibilidad.
● Que tu postulación sea pertinente al Fondo, línea y modalidad elegidos.
● Que tu proyecto cumpla con las condiciones de duración dispuestas en estas bases.
● Que tu proyecto adjunte los documentos mínimos de postulación de acuerdo a lo dispuesto en estas bases.
● Que tu postulación haya sido presentada dentro del periodo de postulación.
● Que el FUP lo hayas acompañado y llenado completamente.
● Que tu postulación cumpla con el cofinanciamiento obligatorio de la manera indicada en las presentes bases, lo que incluye adjuntar el antecedente condicional en caso que corresponda.
● Que como responsable cumplas con el número máximo de tres postulaciones a la Modalidad de Talentos Artísticos. Si excedes dicho número, para determinar la admisibilidad se considerará sólo las tres últimas postulaciones de acuerdo al día y hora en que la presentaste, siendo inadmisibles las restantes.
● Que como establecimiento educacional, institución artística / cultural cumplas con el número máximo de una postulación en la Modalidad de Gestión Cultural Educativa, Modalidad de Formación y Perfeccionamiento, Modalidad de Gestión del Currículum, Modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural. Si excedes dicho número, para determinar
la admisibilidad se considerará sólo tu última postulación de acuerdo con el día y hora en que la presentaste, siendo inadmisibles las restantes.
● Que tu postulación material cumpla con las formalidades dispuestas en estas bases, en caso que haya postulado de dicha forma.
V. EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
1. Antecedentes de la Evaluación y Selección
Las postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de convocatoria, serán oportunamente puestas a disposición de las instancias de evaluación y selección por parte del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura. Esto no impide que tu proyecto pueda posteriormente quedar fuera de convocatoria durante las siguientes etapas del procedimiento de la convocatoria, en caso de detectarse o sobrevenir una causal de las establecidas en las bases.
Tu proyecto será evaluado y seleccionado de la siguiente manera:
▪ Los proyectos serán evaluados en 2 etapas: (i) Evaluación Técnica Regional y (ii) Evaluación Nacional, con excepción de los proyectos postulados a la Modalidad de Talentos Artísticos, que sólo serán evaluados en la etapa de Evaluación Nacional.
▪ La evaluación Técnica Regional será llevada a cabo por uno/a o más profesionales designados/as por los/as respectivos/as Seremis, considerando el domicilio de la institución/establecimiento que forma parte de tu proyecto, previa comunicación a la jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura, en su calidad de Coordinador Nacional FAE. Los/as Evaluadores/as Técnicos/as Regionales deben contar con experiencia en el desarrollo y evaluación de proyectos artísticos en el mundo escolar y/o educativo no formal.
▪ Las/os Seremis deberán aprobar la evaluación efectuada por el(los) profesional(es) designado(s) como evaluador/as técnicos/as regional(es).
▪ La evaluación Nacional estará a cargo de una comisión integrada por a lo menos tres (3) profesionales con experiencia en formación y/o evaluación de proyectos de formación en arte y cultura. Los/as especialistas que integren esta Comisión serán designados/as mediante resolución administrativa dictada por la autoridad competente de la Subsecretaría.
▪ El proceso de selección estará a cargo de la misma Comisión a cargo de la evaluación nacional.
En la sesión de evaluación y selección se requerirá un quórum de mayoría absoluta de los miembros de la Comisión de Evaluación Nacional, para sesionar y adoptar acuerdos. Sus decisiones deberán contener los fundamentos de la evaluación, selección o no selección y de la asignación de recursos. Al finalizar la etapa de selección se levantará un acta que incluirá la individualización de los proyectos seleccionados, no seleccionados y la determinación del monto asignado para su ejecución. Ésta tendrá validez con la firma de todos los asistentes a la respectiva sesión. En caso de empate resolverá su presidente, quien será elegida/o por votación simple de los demás miembros al comienzo de la
primera sesión. Las decisiones que adopte la Comisión se expresarán en una resolución que la Subsecretaría dictará para tal efecto.
Es importante que tengas claridad acerca de cada una de las etapas a las cuales será sometido tu proyecto, ya que eso ayuda a entender de mejor manera los resultados de este proceso.
2. Procedimiento de Evaluación
La evaluación de los proyectos se realizará en dos etapas: Evaluación Técnica Regional y Evaluación Técnica Nacional. Para su ejecución, la Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura remitirá los proyectos a los profesionales a cargo de cada etapa.
La evaluación será realizada en función de indicadores de evaluación diferenciados por etapa y modalidad.
El puntaje máximo para cada etapa de evaluación es de 100 puntos. El puntaje de cada proyecto resulta del promedio de los productos entre los puntajes y los ponderadores de cada indicador. Al final de cada etapa, el puntaje total obtenido por tu proyecto se ponderará en relación al valor asignado a cada una de ellas, siendo de 40% para Evaluación Técnica Regional y de 60% para la Evaluación Técnica Nacional, excepto para la modalidad de Talentos artísticos, que solo será sometido a la etapa de evaluación Nacional. Así, el puntaje total del proyecto resultará de la suma de los puntos obtenidos y ponderados por cada etapa.
Instrumentos de Evaluación: A continuación, se presentan los instrumentos que se utilizarán para la evaluación de los proyectos, que constan de una matriz general asociada a una escala de puntaje y rúbricas diferenciadas por etapa y modalidad.
Matriz: Describe las características específicas que se espera observar en los proyectos según las distintas exigencias de cada indicador y los asocia a una escala de puntaje.
Descriptor | Escala |
No cumple: Los elementos (información/es, evidencia/s o argumento/s) que se debe/n observar en el proyecto, no se presenta/n o es/son insuficiente/s en forma y fondo, anulando la coherencia y afectando la eficacia, cuantitativa y/o cualitativa, frente al marco de acción del indicador de rendimiento asociado. | 1 |
Cumple deficientemente: | 2 |
Los elementos (la/s información/es, evidencia/s y/o argumento/s) que se debe/n observar en el proyecto es/son equívoca/s y/o defectuosa/s en forma y/o fondo, afectando la coherencia y debilitando su eficacia, ya sea cualitativa o cuantitativa, frente al marco de del indicador de rendimiento asociado. | |
Cumple parcialmente: Los elementos (la/s información/es, evidencia/s y/o argumento/s) que se deben observar en el proyecto, es/son incompleta/s y/o parcial/es en forma y/o fondo, afectando su coherencia en un grado que deja dudas sobre su eficacia, ya sea cuantitativa y/o cualitativa, frente al marco de acción del indicador de rendimiento asociado. | 3 |
Cumple suficientemente: Los elementos (la/s información/es, evidencia/s y/o argumento/s) observar en el proyecto es/son adecuada/s y suficiente/s, cuantitativa y/o cualitativamente, mostrando una coherencia tal que, sin sobresalir, demuestra buen nivel de eficacia frente al marco de acción del indicador de rendimiento asociado. | 4 |
Cumple Contundentemente: Los elementos (la/s información/es, evidencia/s y/o argumento/s) que se debe/n observar en el proyecto es/son completa y sobresaliente en forma y fondo, y encierra una adecuada coherencia cuantitativa y cualitativa, no dando lugar a dudas sobre su nivel de eficacia frente al marco de acción del indicador de rendimiento asociado. | 5 |
Evaluación Técnica Regional
Línea 1, Línea 2 y Línea 3, todas las Modalidades, excepto Talentos Artísticos:
Criterio | Indicador | Ponderador indicador | Ponderador etapa |
El diagnóstico identifica a los/las beneficiarios/as | |||
y evidencia claramente una necesidad vinculada | 15 | ||
a la realidad local y/o de éstos/as. | |||
Pertinencia del | |||
proyecto | |||
El proyecto es una propuesta pertinente para la | |||
realidad de la educación artística de la | 15 | ||
comunidad local o destinataria. | |||
El proyecto contribuye al desarrollo de procesos | |||
de formación artística y de educación en artes, | 20 | ||
de niños, niñas y jóvenes. | |||
40% | |||
Impacto en el desarrollo de la educación artística | El proyecto es una propuesta relevante para resolver las necesidades de los/las beneficiarios/as, en el ámbito de la educación artística. | 10 | |
Las estrategias educativas que contempla el | |||
proyecto fomentan nuevos aprendizajes en el ámbito la educación artística de los/as | 10 | ||
beneficiarios/as. | |||
10 | |||
Hay evidencias que muestran un respaldo y | |||
compromiso hacia el proyecto, por parte de |
Sustentabilidad del proyecto | los/as, participantes, beneficiarios/as y otros/as actores. | ||
El proyecto fortalece la asociatividad entre la entidad ejecutora, la comunidad y otros/as actores y/o entidades relevantes en el ámbito artístico y cultural del territorio. | 20 | ||
TOTAL | 100 | 100*0.4 |
El resultado final de la evaluación de cada proyecto en esta etapa corresponderá al 40% del total de la evaluación del proyecto.
Evaluación Nacional
Línea 1: Formación artística especializada en la enseñanza formal o regular en establecimientos educacionales con RBD (Rol base de datos),
Modalidad de Gestión Cultural Educativa
Criterios | Indicadores | Ponderador indicador | Ponderador Etapa |
Coherencia del proyecto | El proyecto presentado es coherente con la modalidad postulada según los términos establecidos en las bases. | 5 | 60% |
El diagnóstico evidencia claramente necesidades en el ámbito de la Gestión Cultural Educativa. | 5 | ||
Existe coherencia entre el diagnóstico, los objetivos, las actividades, el presupuesto y los resultados esperados del proyecto. | 5 | ||
La descripción del proyecto está hecha con precisión y permite tener total claridad teórica y operativa de las acciones que se llevarán a cabo. | 5 | ||
Los resultados esperados están descritos con precisión, indicando los medios de verificación. | 5 | ||
El proyecto vincula explícitamente uno o varios enfoques/s (derechos, intercultural, género) en su propuesta, y lo/s integra/n coherentemente en el diseño del proyecto. (Considerándolo/s en el diagnóstico, los objetivos, la descripción del plan de trabajo y los resultados). | 5 |
Análisis económico de la propuesta | Los bienes o servicios solicitados y declarados en el proyecto son pertinentes al desarrollo de los objetivos. | 5 | |
Las cotizaciones presentadas respaldan la solicitud financiera en forma y fondo, guardando estricta relación con el/los productos/s y/o servicio/s esperado/s | 5 | ||
El desglose del presupuesto es preciso y coherente en relación con cada gasto y asegurando la ejecución total de los recursos del proyecto. | 10 | ||
Desarrollo proyecto artístico y cultural | Las actividades sugeridas están orientadas al fortalecimiento de la institución como un espacio de acción y gestión cultural para la comunidad escolar y territorial. | 15 | |
El proyecto fomenta la participación y colaboración de la comunidad educativa con su territorio y/o vínculos con otros actores u organismos del ámbito del arte y la cultura, en las distintas etapas de este. | 10 | ||
El proyecto propone claramente formas de integrar la cultura y/o las artes en el proceso educativo de los/as estudiantes para una formación integral. | 15 | ||
El proyecto presenta en su plan acciones orientadas a entregar o transferir a los/as estudiantes herramientas en el ámbito de la acción y/o gestión cultural. | 10 | ||
Total | 100 | 100*0.6=60 |
Línea 2: Formación artística especializada para niños, niñas y jóvenes en edad escolar del sistema de enseñanza no formal
• Modalidad de Formación y Perfeccionamiento
Criterios | Indicadores | Ponderador indicador | Ponderación Etapa |
Coherencia del proyecto | El proyecto presentado es coherente con la modalidad postulada según los términos establecidos en las bases. | 5 | 60% |
El diagnóstico evidencia claramente las necesidades de formación en ámbitos de educación artística de los/as beneficiarios/as. | 5 | ||
La propuesta formativa responde a las necesidades presentadas en el diagnóstico. | 5 | ||
Existe coherencia entre la modalidad, el diagnóstico, los objetivos, las actividades, los resultados esperados, el presupuesto y el plan de transferencia del proyecto. | 5 |
Los resultados están descritos con precisión, indicando los medios de verificación. | 5 | ||
El proyecto aborda a lo menos dos enfoques (derechos, intercultural, género) en su propuesta, y lo/s integra explícita y coherentemente en el diseño del proyecto. | 5 | ||
Análisis económico de la propuesta | Los bienes o servicios solicitados y declarados en el proyecto son pertinentes al desarrollo de los objetivos. | 5 | |
Las cotizaciones presentadas respaldan la solicitud financiera en forma y fondo, guardando estricta relación con el/los productos/s y/o servicio/s esperado/s. | 5 | ||
El desglose del presupuesto es preciso y coherente en relación a cada gasto y asegurando la ejecución total de los recursos del proyecto. | 10 | ||
Formación y perfeccionami ento | La propuesta formativa es coherente con el diagnóstico presentado y permite avances concretos en el fortalecimiento del proyecto educativo de la/s institución/es beneficiarias. | 20 | |
Los contenidos y estrategias del proceso formativo permiten proyectar una mejora en el ámbito de la educación artística y cultural para los/las beneficiarios/as en relación con la problemática planteada en el diagnóstico. | 10 | ||
El organismo/profesional ejecutor del proceso formativo cuenta con los conocimientos y experiencias para asegurar un perfeccionamiento profesional en el ámbito presentado. | 10 | ||
El plan de transferencia presenta un diseño metodológico y didáctico completo y bien articulado con los contenidos de la formación. | 10 | ||
Total | 100 | 100*0.6=60 |
• Modalidad de Gestión del Currículum
Criterios | Indicadores | Ponderador indicador | Ponderador Etapa |
Coherencia del proyecto | El proyecto presentado es coherente con la modalidad postulada según los términos establecidos en las bases. | 5 |
El diagnóstico evidencia claramente las necesidades de la institución en el ámbito del desarrollo y/o la gestión curricular, considerando las necesidades educativas y formativas de los/as estudiantes. | 5 | 60% | |
Existe coherencia entre el diagnóstico, los objetivos, las actividades y los resultados esperados y el presupuesto del proyecto. | 5 | ||
La descripción del proyecto está hecha con precisión y permite tener total claridad teórica y operativa del proceso curricular que se llevará a cabo. | 5 | ||
Los resultados esperados están descritos con precisión, (asociados a una metodología) indicando los medios de verificación. | 5 | ||
El proyecto aborda a lo menos dos enfoques (derechos, intercultural, género) en su propuesta, y lo/s integra explícita y coherentemente en el diseño del proyecto. | 5 | ||
Análisis económico de la propuesta | Los bienes o servicios solicitados y declarados en el proyecto son pertinentes al desarrollo de los objetivos. | 5 | |
Las cotizaciones presentadas respaldan la solicitud financiera en forma y fondo, guardando estricta relación con el/los productos/s y/o servicio/s esperado/s. | 5 | ||
El desglose del presupuesto es preciso y coherente con relación a cada gasto y asegurando la ejecución total de los recursos del proyecto. | 10 | ||
Currículum | La propuesta de gestión curricular contribuye a potenciar el currículum de educación artística de la institución beneficiaria. | 10 | |
La propuesta de gestión curricular contribuye al fortalecimiento de aspectos que implican una mejora para en el ámbito artístico cultural de la institución. | 10 | ||
La propuesta de gestión curricular se articula con el marco curricular correspondiente. | 10 | ||
El programa de trabajo curricular expone y detalla con claridad los contenidos y la metodología a utilizar en el desarrollo del proyecto. | 10 | ||
Los conocimientos, y experiencias previas del/los ejecutor/es son suficientes para asegurar la calidad del resultado esperado. | 10 | ||
Total | 100 | 100*0.6=60 |
• Modalidad de Gestión Cultural Educativa
Criterios | Indicadores | Ponderador indicador | Ponderador Etapa |
El proyecto presentado es coherente con la modalidad postulada según los términos establecidos en las bases. | 5 | ||
El diagnóstico evidencia claramente necesidades en el | 5 | ||
ámbito de la Gestión Cultural Educativa. | |||
Existe coherencia entre el diagnóstico, los objetivos, las | |||
actividades, el presupuesto y los resultados esperados del proyecto. | 5 | ||
Coherencia del proyecto | La descripción del proyecto está hecha con precisión y permite tener total claridad teórica y operativa de las acciones que se llevarán a cabo. | 5 | |
Los resultados esperados están descritos con precisión, | 5 | ||
indicando los medios de verificación. | |||
El proyecto vincula explícitamente uno o varios | |||
enfoques/s (derechos, intercultural, género) en su | |||
propuesta, y lo/s integra/n coherentemente en el diseño del proyecto. (Considerándolo/s en el | 5 | ||
diagnóstico, los objetivos, la descripción del plan de | |||
trabajo y los resultados). | |||
Los bienes o servicios solicitados y declarados en el proyecto son pertinentes al desarrollo de los objetivos. | 5 | 60% | |
Análisis | Las cotizaciones presentadas respaldan la solicitud | ||
económico de la | financiera en forma y fondo, guardando estricta relación con el/los productos/s y/o servicio/s | 5 | |
propuesta | esperado/s | ||
El desglose del presupuesto es preciso y coherente en | |||
relación a cada gasto y asegurando la ejecución total de los recursos del proyecto. | 10 | ||
Las actividades sugeridas están orientadas al | |||
fortalecimiento de la institución como un espacio de acción y gestión cultural para la comunidad escolar y | 15 | ||
territorial. | |||
El proyecto fomenta la participación y colaboración de | |||
Desarrollo proyecto artístico y | la comunidad educativa con su territorio y/o vínculos con otros actores u organismos del ámbito del arte y la cultura, en las distintas etapas del mismo. | 10 | |
cultural | El proyecto propone claramente formas de integrar la | ||
cultura y/o las artes en el proceso educativo de los/as | 15 | ||
estudiantes para una formación integral. | |||
El proyecto presenta en su plan acciones orientadas a | |||
entregar o transferir a los/as estudiantes herramientas en el ámbito de la acción y/o gestión cultural. | 10 |
Total | 100 | 100*0.6=60 |
Línea 3: Educación y Mediación Artística implementada por Espacios Culturales
• Modalidad de Formación y Perfeccionamiento
Criterios | Indicadores | Ponderador indicador | Ponderación Etapa |
Coherencia del proyecto | El proyecto presentado es coherente con la modalidad postulada según los términos establecidos en las bases. | 5 | 60% |
El diagnóstico evidencia claramente las necesidades de formación en ámbitos de educación artística de los/as beneficiarios/as. | 5 | ||
La propuesta formativa responde a las necesidades presentadas en el diagnóstico. | 5 | ||
Existe coherencia entre la modalidad, el diagnóstico, los objetivos, las actividades, los resultados esperados, el presupuesto y el plan de transferencia del proyecto. | 5 | ||
Los resultados están descritos con precisión, indicando los medios de verificación. | 5 | ||
El proyecto aborda a lo menos dos enfoques (derechos, intercultural, género) en su propuesta, y lo/s integra explícita y coherentemente en el diseño del proyecto. | 5 | ||
Análisis económico de la propuesta | Los bienes o servicios solicitados y declarados en el proyecto son pertinentes al desarrollo de los objetivos. | 5 | |
Las cotizaciones presentadas respaldan la solicitud financiera en forma y fondo, guardando estricta relación con el/los productos/s y/o servicio/s esperado/s. | 5 | ||
El desglose del presupuesto es preciso y coherente en relación a cada gasto y asegurando la ejecución total de los recursos del proyecto. | 10 | ||
Formación y perfeccion amiento | La propuesta formativa es coherente con el diagnóstico presentado y permite avances concretos en el fortalecimiento del proyecto educativo de la/s institución/es beneficiarias. | 20 |
Los contenidos y estrategias del proceso formativo permiten proyectar una mejora en el ámbito de la educación artística y cultural para los/las beneficiarios/as en relación con la problemática planteada en el diagnóstico. | 10 | ||
El organismo/profesional ejecutor del proceso formativo cuenta con los conocimientos y experiencias para asegurar un perfeccionamiento profesional en el ámbito presentado. | 10 | ||
El plan de transferencia presenta un diseño metodológico y didáctico completo y bien articulado con los contenidos de la formación. | 10 | ||
Total | 100 | 100*0.6=60 |
• Modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural
Criterios | Indicadores | Puntaje indicador | Ponderador etapa |
Coherencia del proyecto | El diagnóstico evidencia necesidades específicas de los beneficiarios en el ámbito de la formación artística, que pueden ser abordadas desde la mediación. | 5 | 60% |
Existe evidencia de la participación de la/s institución/es focalizada/s y/o público beneficiario, en la elaboración del diagnóstico presentado | 5 | ||
Existe coherencia entre el diagnóstico, los objetivos, las actividades, el presupuesto y los resultados esperados del proyecto. | 5 | ||
La descripción del proyecto está hecha con precisión y permite tener total claridad teórica y operativa de las acciones de formación y mediación que se llevarán a cabo. | 5 | ||
Los resultados esperados están descritos con precisión, indicando los medios de verificación. | 5 | ||
El proyecto aborda explícitamente uno o varios de los enfoques/s (derechos, intercultural, género) en su propuesta, y está/n integrado/s coherentemente en el diseño del proyecto. | 5 |
Análisis económico de la propuesta | Los bienes o servicios declarados en el proyecto son adecuados para el desarrollo de los objetivos. | 5 | |
El monto solicitado más el aporte de la institución asegura la ejecución total del proyecto. | 10 | ||
Los recursos solicitados son consecuentes con el/los productos/s y/o servicio/s esperado/s. | 5 | ||
Relevancia y calidad de la propuesta formativa | El objetivo, la estrategia formativa y las actividades propuestas, contribuyen a generar una experiencia significativa o un vínculo nuevo entre los/las estudiantes y las manifestaciones artísticas y culturales. | 15 | |
El plan de trabajo presentado desarrolla un proceso formativo más allá del acceso a actividades y/o producciones artísticas, integrando las necesidades y características de la población beneficiaria. | 20 | ||
El plan de trabajo considera la colaboración con otros actores o instituciones del arte, la cultura y la educación, que aportan solidez a la propuesta. | 15 | ||
Total | 100 | 100*0.6=60 |
El resultado final de la evaluación nacional de cada proyecto postulado en las modalidades indicadas previamente corresponderá a un 60% del total de la evaluación del proyecto.
● Modalidad de Talentos Artísticos para las líneas 1, 2 y 3.
Criterios | Indicadores | Puntaje indicador | Ponderador Etapa |
Coherencia de la propuesta | El diagnóstico da cuenta de la trayectoria, el potencial artístico del/de la estudiante y el/los factores/es inhibidores de dicho potencial. | 10 | 100% |
Existe coherencia entre diagnóstico, objetivos, el plan de estudios (cuando corresponda), el presupuesto y los resultados esperados. | 5 | ||
Se describen claramente los aprendizajes esperados en un tiempo acotado, indicando los medios de verificación. | 5 | ||
Análisis económico de la propuesta | Los bienes o servicios solicitados y declarados en el proyecto son pertinentes al desarrollo de los objetivos. | 5 |
Las cotizaciones presentadas respaldan la solicitud financiera en forma y fondo, guardando estricta relación con el/los productos/s y/o servicio/s esperado/s. | 5 | ||
El desglose del presupuesto es preciso y coherente en relación con cada gasto y asegurando la ejecución total de los recursos del proyecto. | 10 | ||
Desarrollo artístico del/la postulante | Los medios de verificación aportados evidencian capacidades artísticas sobresalientes del/ de la estudiante postulado/a. | 10 | |
El/la estudiante manifiesta interés en potenciar su desarrollo artístico y se compromete con el desarrollo del proyecto. | 15 | ||
Relevancia de la propuesta | El currículo del profesional/ entidad certificadora/a es adecuado en relación a la disciplina artística postulada. | 10 | |
El programa, la/s persona/s, la entidad y/o recurso solicitado contribuye a un fortalecimiento en los aprendizajes artísticos del/el estudiante postulado/a. | 10 | ||
La institución que postula al o la estudiante propone mecanismos para dar continuidad a su proceso formativo. | 15 | ||
Total | 100 |
El resultado final de la evaluación nacional de cada proyecto postulado en la Modalidad de Talentos Artísticos corresponderá a un 100% del total de la evaluación del proyecto.
Puntaje Final:
El puntaje final de evaluación de tu proyecto corresponderá a la suma de las calificaciones obtenidas para cada etapa (excepto modalidad de Talentos que tiene solo Etapa Nacional). Serán elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje final igual o superior a 80 puntos. Estos pasarán a la etapa de selección, lo que no implica que estén en calidad de proyectos seleccionados. Las decisiones que se adopten estarán debidamente fundamentadas en la FUE, proporcionando a los responsables argumentos justificados que faciliten la comprensión de éstas.
Nuestro objetivo es que tengas claridad y transparencia de la evaluación de tu proyecto.
3. Procedimiento de Selección
El proceso de selección consiste en la definición de proyectos ganadores por parte de la Comisión de Evaluación Nacional a partir de la lista de proyectos elegibles en función de la disponibilidad presupuestaria y del o los criterios de selección respectivos.
En virtud de lo anterior se elaborará una nómina de todos los proyectos elegibles con su respectivo puntaje independiente de la línea o modalidad a la que postularon, en orden de mayor a menor, y se procederá a realizar el proceso de selección del proyecto de cada región que hubiese obtenido el más alto puntaje en su evaluación, aplicando los criterios de desempate señalados a continuación:
(i) Se privilegiará, en primera instancia, a aquellos proyectos postulados a las modalidades que indicamos en el siguiente orden: (i) modalidad de Gestión del Currículum; (ii) modalidad Formación y Perfeccionamiento; (iii) modalidad de Talentos Artísticos; (iv) modalidad de Mediación y Formación Artística Cultural; (v) modalidad de Gestión Cultural Educativa.
(ii) Si persiste la igualdad, se privilegiará los proyectos postulados a las líneas que indicamos en el siguiente orden: (i) Línea 2; (ii) Línea 1; y (iii) Línea 3.
(iii) En caso de persistir la igualdad de prioridad y en caso de que todos los proyectos empatados sean de la modalidad de Talentos Artísticos, se privilegiará en primera instancia a los proyectos que tengan más alto puntaje en el criterio Relevancia de la propuesta del/de la postulante y luego a aquellos proyectos con mayor puntaje en el criterio Desarrollo Artístico. Para el resto de las modalidades, en caso de persistir el empate, se privilegiará en primera instancia el criterio de Impacto en el desarrollo de la educación artística y cultural y luego el criterio de Pertinencia del proyecto.
Posteriormente a eso, se confeccionará una nómina por cada línea, ordenando en ella los proyectos de mayor a menor puntaje, asignando los recursos hasta agotar el presupuesto por línea, de acuerdo a los porcentajes indicado en el punto “Total de recursos y montos máximos” de las presentes bases. Si la selección de un proyecto, cuyo responsable tiene como residencia la Región Metropolitana, significa sobrepasar la asignación máxima del 30% de los recursos disponibles en la línea para dicha región, este no podrá ser seleccionado. En este caso se procederá a seleccionar el siguiente en puntaje de una región distinta a la Metropolitana. En caso de no existir más proyectos seleccionables en la línea de regiones distintas a la Metropolitana, se podrá seleccionar proyectos de dicha región, aunque esto signifique sobrepasar el 30% de los recursos asignados a la Línea de postulación.
En caso de igualdad en puntaje, para dirimir el orden de prioridad se aplicarán los mismos criterios de desempate mencionados anteriormente. Asimismo, se deberá dejar constancia del fundamento de la decisión para cada proyecto en la FUE, basándose en una opinión fundada y consensuada.
Previo a formalizar la selección, la Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura revisará que los proyectos cumplan con los requisitos y condiciones de postulación conforme a las presentes bases. De constatarse algún incumplimiento a estos requisitos, la postulación
quedará fuera de convocatoria, dejándose constancia en la respectiva FUE y formalizándose a través del respectivo acto administrativo.
VI. LISTA DE ESPERA
En caso que se hayan asignado todos los recursos disponibles para la línea y existan proyectos elegibles, la Comisión de Evaluación Nacional podrá elaborar una lista de espera con un máximo de 20 proyectos elegibles, ordenados de acuerdo a los criterios de selección señalados en estas bases, que no dependerá de la región de residencia del responsable. De aprobarse un aumento en los recursos disponibles, éstos serán asignados a los proyectos que se encuentren en dicha lista, en orden de prioridad.
En caso que opere la lista de espera, sólo se financiarán proyectos cuya formulación permita dar cabal cumplimiento a las obligaciones que se establezcan en los convenios de ejecución de proyectos, esto es, a modo ejemplar, cumplir con las fechas de ejecución cuando éstas deban ser en un período determinado según la naturaleza del proyecto, dar crédito al Ministerio en las respectivas actividades (uso de logo), cumplir con la rendición de recursos, etc., lo que será revisado caso a caso por la Subsecretaría en conjunto con los/as responsables.
Si al operar la lista de espera, los recursos disponibles son inferiores a los solicitados por el responsable que corresponde según el orden de prioridad de la lista, éste deberá indicar en un plazo máximo de 5 días de notificada la selección como parte de la lista de espera, si acepta el monto menor, comprometiéndose a financiar la diferencia de los recursos y a ejecutar íntegramente el proyecto. En caso de negativa, los recursos pasarán al siguiente responsable de la lista de espera.
VII. PUBLICACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS
La nómina de proyectos seleccionados y no seleccionados se publicará en la página web institucional xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, indicando el nombre del proyecto, las personas u organizaciones responsables de los mismos y los montos asignados. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona los proyectos. Asimismo, la Subsecretaría notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los/as responsables que hayan sido seleccionados/as y no seleccionados/as, de acuerdo a la forma señalada en las presentes bases.
VIII. CONVENIO DE EJECUCIÓN
1. Firma del convenio de Ejecución
Si eres seleccionado tendrás 30 (treinta) días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar días festivos) contados desde la fecha de publicación de los resultados de la convocatoria, para firmar un convenio de ejecución con la Subsecretaría, representada a través del/a respectivo/a SEREMI. En éste se estipularán los derechos y obligaciones de ambas partes y los términos y condiciones para la ejecución de tu proyecto. Deberás acompañar la documentación legal correspondiente.
En caso que tengas alguna dificultad para gestionar la garantía, esto no será inconveniente para que puedas suscribir el convenio y que nosotros lo aprobemos administrativamente, pero ten en cuenta que sí será requisito para que podamos entregarte los recursos.
Como sabes, los recursos que te fueron asignados son públicos, por lo que por exigencia de la ley debes entregarnos una garantía para que te los podamos transferir.
En el convenio se acuerda la entrega de recursos y se establecen los mecanismos de supervisión por parte de la Subsecretaría para asegurar la correcta ejecución de tu proyecto.
2. Restricciones para la firma de convenio
Previo a la firma del convenio, se deberá revisar que tu proyecto cumpla con los requisitos y condiciones señalados en estas bases.
En caso de que se constate alguna incompatibilidad para postular u otro incumplimiento de los requisitos de postulación, tu proyecto quedará fuera de convocatoria, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa de la autoridad competente, previa audiencia del interesado. Esto en conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N°19.880.
No podrán suscribir convenio aquellos responsables de proyectos que no hayan efectuado entrega de la rendición de cuentas de recursos otorgados con anterioridad por el Ministerio y dicha obligación ya se haya hecho exigible, de conformidad a lo establecido en la Resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas.
Si no se da solución a lo anterior en el plazo establecido para la suscripción de convenio, se entiende que el responsable renuncia automáticamente a la selección de su proyecto.
Se deja expresa constancia que para personas jurídicas con fines de lucro que tengan como directores, administradores, representantes, constituyentes y/o socios titulares xxx xxxx por ciento o más de los derechos, a personas con contrato a honorarios vigente con la Subsecretaría a la época de suscripción del convenio de ejecución y que se encuentren en situación de compatibilidad para postular, no podrán suscribir convenio o constituir caución con la Subsecretaría por un monto igual o superior a 200 UTM.
3. Contenido del Convenio
Dentro del convenio de ejecución se deben establecer los derechos y obligaciones de las partes respecto a la forma de entrega de los recursos, destino de los recursos, actividades, plazos de duración y ejecución del proyecto, deber de reconocimiento al Ministerio, informes de avance, si corresponden, e informe final del proyecto, rendición de recursos, mecanismos de supervisión, caución, sanciones por incumplimiento y certificado de ejecución total.
Asimismo, deberás cumplir con las demás obligaciones que establece la respectiva Ley de Presupuesto, las cuales, en el caso que existan, serán consignadas en el convenio de ejecución de proyecto.
4. Documentación obligatoria para la firma de Convenio
Para firmar convenio deberás presentar todos los antecedentes legales mencionados a continuación.
a. Documento que acredite la personería vigente del representante legal del responsable, con una vigencia no superior a un año contado hacia atrás desde la fecha de presentación al Ministerio.
b. Documento que acredite la existencia legal del responsable, con una vigencia no superior a 180 (ciento ochenta) días corridos contados hacia atrás desde la fecha de presentación al Ministerio. En el caso que el responsable sea una persona jurídica sin fines de lucro, dicho certificado deberá contemplar la individualización de su Directorio. Este requisito no se exigirá para las municipalidades, ni para los establecimientos de educación superior estatales o servicios locales de educación.
c. Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la persona jurídica responsable del proyecto.
d. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad vigente del representante de la persona jurídica responsable del proyecto.
e. Comprobante de inscripción en el Registro Único de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos (disponibles en xxx.xxxxxxxxx00000.xx).
f. Documento que acredite domicilio legal (inicio de actividades, etc.). Este requisito no se exigirá para las municipalidades ni para los establecimientos de educación superior estatales ni para los servicios locales de educación que sean responsables de un proyecto.
g. Certificado del Director/a o cargo equivalente de la institución, que acredite que los honorarios percibidos por los/as trabajadores/as con recursos solicitados a la Subsecretaría, corresponden a actividades o servicios desarrollados fuera de la jornada y labores establecidas en su contrato; en caso de que existan personas que no pertenecen a la institución responsable pero que igualmente perciban honorarios con recursos solicitados a la Subsecretaría, se deberá adjuntar un certificado por parte del/de la director/a de la institución.
h. Certificado de la institución universitaria (si corresponde) que dé cuenta que las personas que percibirán honorarios por medio del financiamiento del Fondo no mantienen un contrato ya sea indefinido o a plazo fijo con dicha institución.
i. Certificado de “Consulta inhabilidades para trabajar con menores de edad”, que dé cuenta que se encuentra habilitado/a para trabajar con NNA. Dicho documento deberá ser presentado por cada persona natural que participe del proyecto. Para las personas jurídicas, contratadas por el responsable, se solicitará una declaración jurada donde comprometa que las personas naturales puestas a disposición de la ejecución del proyecto se encuentran habilitadas para trabajar con NNA.
Solo Modalidad de Formación y Perfeccionamiento:
x. Xxxxx de compromiso de beneficiarios: individual o colectiva donde conste el nombre, firma y Rut de cada uno de los/as beneficiarios/as indicados en la formulación del proyecto. (el total de cartas individuales o el listado colectivo debe coincidir con número de beneficiarios indicados en la formulación del proyecto, de lo contrario será evaluado con el mínimo puntaje).
Todo lo anterior es sin perjuicio de otros documentos que el propio convenio de ejecución precise. En caso que no presentes dicha documentación no podrás suscribir el convenio, quedando la selección sin efecto.
5. Garantías
Los recursos que se te otorguen para la ejecución de tu proyecto deberás caucionarlos mediante una letra de cambio autorizada ante Notario, vale vista, boleta de garantía o póliza de seguro, por igual monto y extendida a favor de la Subsecretaría, RUT N° 00.000.000-0, la cual podrás entregar al
momento de la suscripción de tu convenio o con posterioridad. Sin embargo, como te lo señalamos anteriormente sí será un requisito indispensable para que te podamos efectuar la transferencia.
Todo lo anterior de conformidad con lo que establezca el respectivo convenio de ejecución. Los gastos que se realicen para el otorgamiento de esta garantía no podrás imputarlos como gastos de tu proyecto.
6. Entrega de los recursos asignados
Ten presente que dentro de los 30 días siguientes a contar de la fecha en que se encuentre aprobado administrativamente tu convenio te serán entregados los recursos como responsable en una o más cuotas, dependiendo de lo que disponga la respetiva ley de presupuestos del año 2023. Considera que para que podamos realizar la transferencia nos deberás haber otorgado correctamente la respectiva garantía.
Para lo anterior, te pedimos considerar los plazos que cada uno de estos trámites administrativos involucra, teniendo presente que como Ministerio actuaremos con la mayor celeridad posible porque nos interesa que tu proyecto se ejecute en óptimas condiciones.
7. Bases Administrativas
Se deja constancia que los demás aspectos administrativos a los cuales se sujetará la presente convocatoria se encuentran regulados en las bases administrativas que se encuentran publicadas en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Por lo anterior, si estás interesado en postular, deberás revisarlas.
BASES ADMINISTRATIVAS
Como ya leíste las bases técnicas y estás interesado en postular, te invitamos a revisar las bases administrativas que regulan la presente convocatoria. Sabemos que a veces las tramitaciones administrativas pueden no ser fáciles de entender, por lo que te recomendamos que leas con detención lo que se señala a continuación:
I. DE LA POSTULACIÓN
1. Conceptos y definiciones
Para efectos de las presentes bases, te pedimos que consideres los siguientes conceptos y definiciones:
a. Ministerio: Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
b. Subsecretaría: Subsecretaría de las Culturas y las Artes.
c. Xxxxxx: Secretario(a) Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
d. Fondo: Fondo de Fomento del Arte en la Educación.
e. Personas jurídicas: Son personas ficticias, constituidas conforme a la legislación vigente, capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones, y de ser representadas judicial y extrajudicialmente.
f. Representante legal: Quien actúa en nombre de una persona jurídica y la representa de un modo reconocido legalmente. Para efectos de la postulación en digital, el representante legal cumplirá las funciones de administrador de la cuenta de la persona jurídica correspondiente.
g. Sociedades de hecho: Aquellas sociedades que no han sido constituidas en forma legal, y por tanto carecen de personalidad jurídica.
h. Parentesco por consanguinidad: Es el que existe entre dos personas en el que una desciende de la otra o en el que ambas descienden de un antepasado común. Así, existe parentesco por consanguinidad entre el hijo y el padre, porque el primero desciende del segundo, y entre dos hermanos, porque ambos descienden del padre común. La adopción es tratada igualmente que el parentesco por consanguinidad.
i. Línea de Parentesco por Consanguinidad: El parentesco por consanguinidad puede ser en línea recta o en línea colateral. Parentesco por consanguinidad en línea recta es el que existe entre dos personas en el que una desciende de la otra, y parentesco por consanguinidad en línea colateral es el que existe entre dos personas en el que no obstante que una no desciende de la otra, ambas descienden de un antepasado común. Así, existe parentesco por consanguinidad en línea recta entre el hijo y el padre, porque el primero desciende del segundo, y entre el nieto y el abuelo, porque igualmente el primero desciende del segundo, y existe parentesco por consanguinidad en línea colateral entre dos hermanos, porque uno no desciende del otro, pero ambos descienden del padre común, y entre dos primos, porque igualmente uno no desciende del otro, pero ambos descienden del abuelo común.
j. Grado de Parentesco por Consanguinidad: El parentesco por consanguinidad en línea recta y en línea colateral se mide en grados. Así, dos personas pueden ser parientes por
consanguinidad en línea recta o en línea colateral en 1º, 2º, 3º, 4º o mayor grado. El grado de parentesco por consanguinidad entre dos personas se cuenta por el número de generaciones que existe entre ambas. Para determinar el grado de parentesco por consanguinidad en línea recta entre dos personas, se debe contar el número de generaciones que existe entre ambas, contando desde una a la otra. Así, el hijo y el padre son parientes por consanguinidad en línea recta en 1º grado, porque entre el primero y el segundo existe una generación, y el nieto y el abuelo son parientes por consanguinidad en línea recta en 2º grado, porque entre el primero y el segundo existen dos generaciones. Para determinar el grado de parentesco por consanguinidad en línea colateral entre dos personas, igualmente se debe contar el número de generaciones que existe entre ambas, pero contando desde una al antepasado común y luego desde el antepasado común a la otra. Así, dos hermanos son parientes por consanguinidad en línea colateral en 2º grado, porque del primero al padre común hay un grado y del padre común al segundo hay otro grado, y dos primos son parientes por consanguinidad en línea colateral en 4º grado, porque del primero al abuelo común hay dos grados y del abuelo común al segundo hay igualmente dos grados.
k. Responsable: Persona jurídica que presenta un proyecto a esta convocatoria, identificándose como responsable del proyecto en el FUP y que suscribirá el convenio de ejecución del proyecto en caso de ser seleccionado.
l. Equipo de trabajo: Las personas naturales y jurídicas que participan en un proyecto postulado al presente concurso y que se identifican como integrantes del equipo de trabajo de éste en el Formulario Único de Postulación.
m. Perfil Cultura: Registro único de personas naturales y jurídicas que permite acceder a la oferta programática y postular a las convocatorias públicas del Ministerio. Los(as) postulantes, con sus respectivos equipos de trabajo, deberán inscribirse obligatoriamente en este registro para poder acceder al FUP digital y al de soporte material.
n. FUP (Formulario Único de Postulación): El FUP es el único formato válido para la formulación de proyectos, el cual permite una disposición ordenada y unificada de la información requerida al proveer al postulante de los campos necesarios para la exposición de su proyecto. El FUP se encuentra disponible en la página web institucional: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
o. FUE (Ficha Única de Evaluación): La FUE es el documento en el cual consta la evaluación del proyecto postulado. En dicha ficha se registrará además si el proyecto es declarado inadmisible, fuera de convocatoria, no elegible, seleccionado o no seleccionado. La FUE se encuentra disponible en la página web institucional: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
p. Proyecto: Contenido expuesto por el(la) responsable en su postulación y los antecedentes condicionales y obligatorios de evaluación acompañados. Se deja constancia que el proyecto incluye todas las actividades que en él hubiesen sido comprometidas, sea que éstas se financien con recursos propios, de terceros o con los que son entregados por el Ministerio.
q. Enseñanza formal o regular: Es aquella que está estructurada y se entrega de manera sistemática y secuencial. Está constituida por niveles y modalidades que aseguran la unidad del proceso educativo y facilitan la continuidad del mismo a lo largo de la vida de las personas. (LEGE Art 2°)
r. Enseñanza No Formal: La enseñanza no formal es todo proceso formativo, realizado por medio de un programa sistemático, no necesariamente evaluado y que puede ser reconocido
y verificado como un aprendizaje de valor, pudiendo finalmente conducir a una certificación. (LEGE Art 2).
La educación no formal, al igual que la educación formal (pero contrariamente al aprendizaje informal, imprevisto o aleatorio), es la educación institucionalizada, intencionada y organizada por un proveedor de educación. La característica que define la educación no formal es que representa una alternativa o complemento a la educación formal de las personas dentro del proceso de aprendizaje a lo largo de la vida. Con frecuencia se plantea como una forma de garantizar el derecho a la educación para todos. Atiende a todos los grupos de edad si bien su estructura no implica necesariamente una trayectoria continua. (UNESCO, Clasificación Internacional Normalizada de la Educación CINE 2011).
s. Formación artística especializada en la enseñanza formal: Se refiere a la desarrollada por establecimientos educacionales del sistema escolar formal (con RBD) como componente principal de su proyecto educativo institucional y se distingue por contar con: planes y programas de estudio orientados al desarrollo de disciplinas artísticas; una dotación de docencia especializada; una asignación de tiempo específico para la enseñanza artística por sobre la definida en bases curriculares; equipamiento e infraestructura en cantidad y calidad suficiente para atender la enseñanza especializada; una red de alianzas estratégicas en el ámbito artístico y cultural; y elencos artísticos.
t. Enfoque: Un enfoque es un punto de vista, una forma de mirar particular, que permite analizar una situación y buscar maneras de resolverla. Dependiendo del enfoque desde el cual analicemos una situación, encontraremos diferentes respuestas. Así, un mismo fenómeno puede ser percibido desde diferentes puntos de vista y al momento de querer abordarlo, las formas de hacerlo variarán dependiendo del enfoque escogido.
u. Enfoque de género: El género es una categoría que explora y cuestiona las relaciones sociales de subordinación e inequidad entre mujeres, hombres y disidencias sexuales a lo largo de sus trayectorias de vida. Este concepto permite comprender cómo las diferencias biológicas se han traducido en desigualdades sociales, económicas y políticas, que no pueden ser explicadas por características físicas o corporales. El enfoque de género es herramienta de análisis que busca visibilizar y desnaturalizar las desigualdades de poder establecidas entre las diferentes identidades sexuales y de género, modificando las prácticas y, fundamentalmente, las representaciones que reproducen esa desigualdad a través del proceso de enseñanza-aprendizaje (XXXXX UAH y FUSUPO, 2017), donde la educación artística debe jugar un rol protagónico.
v. Enfoque de derechos: Enfoque que emana directamente de la Convención de los derechos de los/las niños/as y la declaración universal de derechos humanos. Desde este enfoque las políticas públicas dirigidas a los niños, niñas y adolescentes deben entenderlos como sujetos de derecho y, por tanto, como actores con capacidad de participación e incidencia. A través del enfoque de derechos se pretende justamente poner la atención en ellos y ellas y ofrecer una mirada y prácticas pedagógicas desde la educación artística que los consideren como sujetos de derechos; en otras palabras, comprenderlos como personas capaces de ejercer y exigir sus derechos, y por ende, capaces de incidir en el camino de sus aprendizajes.
w. Enfoque Intercultural: Habitamos espacios en los que conviven personas diversas. Existen diferencias generacionales, otras asociadas al género, a la sexualidad, diversidad de culturas, lenguas, religiones, clases sociales, entre muchas otras. El enfoque intercultural propone una forma de abordaje de la diversidad que no superpone una forma de ver el mundo por sobre otra. El acento no está puesto en un sistema cultural de uno/a o de otro/a, sino en el que se crea cuando ambos se relacionan. En este contexto propone un intercambio con otros/as en igualdad de condiciones, aceptando y valorando la diversidad. Este enfoque nos invita a tomar conciencia de los prejuicios etnocéntricos que frecuentemente permean los contenidos, metodologías e interacciones de los procesos educativos y, así, intentar revertirlos.
2. Cómputo de los plazos
Como postulante debes tener presente que los plazos de días establecidos en las bases de convocatoria son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, los domingos y los festivos.
Los plazos deberás calcularlos desde el día siguiente a aquél en que se te notifique el respectivo acto administrativo. Por ejemplo, si te notificamos un día viernes, el primer día que debes contar es el lunes siguiente en caso que éste sea hábil. Asimismo, cuando el último día del plazo sea inhábil, por ejemplo, sábado x xxxxxxx éste se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, en este caso, hasta el lunes.
3. Notificaciones de la convocatoria
Deberás indicar en el FUP el medio preferente de notificación de las distintas etapas de la Convocatoria, esto es, para la selección o no selección, los recursos interpuestos y la declaración de fuera de convocatoria. Para esto, podrás señalar como forma de notificación el envío del respectivo acto administrativo a través de tu correo electrónico o mediante carta certificada. En caso que nada indiques, entenderemos que optas por notificación por carta certificada.
Estamos preocupados/as en asegurarte la debida comunicación de los resultados de la postulación, por lo que si optas por notificación vía correo electrónico deberás indicar dos direcciones distintas, pero debes tener presente que es tu responsabilidad el mantener dichos correos en buen estado para su recepción y revisar de manera constante tu bandeja de correos spam, ya que no depende de nosotros el asegurarte que nuestros correos no sean derivados a dicha bandeja.
Asimismo, si optas por notificación vía carta certificada, deberás indicar tu domicilio, debiendo informarnos de cualquier cambio del mismo, ya que mientras no nos avises te seguiremos notificando a tu antiguo domicilio.
Considera que en el caso de la notificación por carta certificada, ésta se entenderá efectuada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos de tu domicilio; y en el caso de la notificación por correo electrónico, ésta se entenderá practicada el día hábil siguiente a su válido envío por parte de la Subsecretaría.
Te solicitamos preferir la forma de notificación vía correo electrónico debido a la contingencia nacional e internacional.
4. Orientación e información
Tus consultas en relación a las bases podrás realizarlas a través de los mecanismos que te informaremos oportunamente a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Es muy importante que sepas que son las bases las que regulan todos los aspectos necesarios para que puedas presentar tu postulación de manera adecuada.
Por tanto, asegúrate xx xxxx completamente las presentes bases para no incurrir en errores al momento de postular.
5. Declaración de inadmisibilidad
En caso que tu postulación no cumpla con alguno de los requisitos de admisibilidad, deberemos declararlo inadmisible a través de una resolución administrativa que dictará la Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura, la cual te notificaremos según te lo indicamos en el punto 3 anterior.
Para revisar los mecanismos administrativos con los cuales cuentas en caso que estimes que existió un error en la declaración de inadmisibilidad de tu postulación, por favor revisa lo que se señala en el punto que viene a continuación.
En caso que acojamos un recurso que hayas presentado en contra de la declaración de inadmisibilidad de tu proyecto, no te preocupes, porque tu postulación será incluida dentro del proceso de la convocatoria por la Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura para ser evaluada junto con las demás postulaciones admisibles de la convocatoria, en forma simultánea.
6. Constatación del cumplimiento de bases
La constatación del cumplimiento de los requisitos de postulación será realizada por la Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura desde la recepción de las postulaciones hasta la firma de convenio de ejecución inclusive, es decir, operan durante toda la Convocatoria.
Si constatamos algún incumplimiento por parte de tu postulación, ésta quedará inmediatamente fuera de convocatoria. Dicha circunstancia operará a través de:
• La Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura, si se comprueba antes de la selección de tu postulación. Dejaremos constancia de esto en la FUE, lo que formalizaremos a través del respectivo acto administrativo dictado por la mencionada
jefatura. Dicho acto administrativo te lo notificaremos según te lo indicamos en el punto 3 anterior.
• La autoridad competente, si fuera con posterioridad a la selección de tu postulación, a través de la dictación de la respectiva resolución administrativa, previa audiencia del/la interesado/a, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N°19.880.
Si se constata la presentación de postulaciones que evidencien el mismo contenido (aun cuando existan diferencias formales en lo concerniente al Fondo, Línea, Modalidad, Fuente del Cofinanciamiento u otro o en relación al financiamiento de otras entidades públicas) sólo consideraremos la última postulación presentada, según la hora y fecha en que se efectuó la postulación, considerándose las demás fuera de convocatoria. Si quieres modificar una postulación que ya presentaste no te preocupes, ya que, dentro del periodo de postulación, podrás eliminar las postulaciones que hayas enviado a través de la herramienta habilitada en la plataforma y formular una nueva, pero siempre que el periodo de postulación esté abierto.
7. Aceptación de condiciones y deber de veracidad
Para nosotros es importante que sepas que por la sola presentación de postulaciones a esta convocatoria declaras que conoces y aceptas el contenido íntegro de las presentes bases.
Además, deberás dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la ejecución de tu proyecto.
Considera también que, al momento de presentar tu postulación, declaras bajo juramento que toda la información contenida en ella es verídica y das fe de su autenticidad.
Ten presente que nos reservamos el derecho de verificar dicha información y en caso que constatemos que contiene elementos falsos, deberemos declarar fuera de convocatoria tu postulación.
8. Ajustes al presupuesto solicitado
En la instancia de selección de esta convocatoria, se determinará la asignación de recursos a los proyectos seleccionados hasta agotar los recursos disponibles para la línea.
Asimismo, al momento de seleccionar proyectos, se tendrá la facultad de rebajar la asignación de cada proyecto hasta en un 10% (diez por ciento) por debajo del total de recursos solicitados al Fondo, cuando ello resulte factible conforme al plan de financiamiento que hayas presentado en tu proyecto. En otras palabras, sólo procederá la rebaja si la Comisión de Evaluación Nacional
estima que tu proyecto lo puedes ejecutar de la misma manera y con el mismo resultado, considerando esa rebaja que como máximo puede ser de un 10%.
Si tienes una rebaja en el monto asignado en relación a lo solicitado, deberás presentar una readecuación presupuestaria que se ajuste al financiamiento adjudicado al momento que firmes el convenio.
La Comisión de Evaluación Nacional deberá ceñirse a los ítems y montos disponibles en estas bases. De esta manera la Comisión entregará recursos de acuerdo a los ítems y topes financiables estipulados en bases, por lo que cualquier monto que supere lo establecido, así como cualquier ítem adicional que no sea financiable, será rebajado por la Comisión en la instancia de selección. En caso que la rebaja antes mencionada no se realice en la etapa de selección, ésta deberá ser realizada en la etapa de formalización de selección por parte de la Subsecretaría descontando de los recursos asignados el monto e ítem que se excede o bien en la etapa de suscripción del respectivo convenio por parte de la respectiva Secretaría Regional Ministerial.
Para estos efectos, en caso que se trate de un gasto no financiable de acuerdo a las bases, la rebaja se hará directamente por parte del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura o por quien ejerza sus funciones, para posteriormente ser formalizado/a por parte del Subsecretario en la resolución que fija la selección del proyecto. En caso que se exceda el tope financiable por bases, el proyecto deberá ser remitido a la Comisión de Evaluación Nacional para que realice la rebaja correspondiente, ajustándose a lo establecido en las bases.
En caso que lo anterior se constate en la etapa de firma de convenio por parte del/la Seremi, dicho proyecto será remitido al Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura o quien ejerza sus funciones, para que éste/a revise los antecedentes y emita su pronunciamiento, y en caso que sea pertinente, se proceda en conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 53 de la Ley N°19.880.
Una vez concluido el procedimiento anterior, tu proyecto deberá ser remitido a la Comisión de Evaluación Nacional para que proceda al ajuste presupuestario, lo que será formalizado a través del respectivo acto administrativo por parte del Subsecretario, debiendo procederse a la firma de convenio en la respectiva región, una vez ejecutoriada la resolución.
En caso que se te rebaje algún ítem y/o montos asignados en tu proyecto, de conformidad con el párrafo anterior, deberás solventar ya sea con recursos propios o de terceros la parte que no será financiada con recursos del Ministerio, comprometiéndote a la íntegra y total ejecución del proyecto en los términos que consta en tu propuesta seleccionada o bien en la readecuación de actividades que hubiese sido aprobada.
9. Normas de Probidad
Las personas a cargo de la evaluación y selección estarán sujetas a las normas de probidad y abstención establecidas en los artículos 52 y 53 de la Ley N° 18.575 y en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, respectivamente, prescindiendo de factores externos que puedan restarle imparcialidad. Además, estarán obligados a guardar la debida confidencialidad sobre las postulaciones que les corresponda conocer.
Si se configura una incompatibilidad o se produce un hecho que afecte la imparcialidad producto de la concurrencia de algún interés directo o indirecto (si le afecta moral o pecuniariamente) en tu postulación, el/la involucrado/a deberá informarlo a la Jefatura del Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura y a los/as demás integrantes del órgano, absteniéndose de conocer del asunto, de todo lo cual se deberá dejar constancia en el acta respectiva.
A vía de ejemplo: un evaluador no podrá tomar parte en algún asunto que afecte algún pariente (hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad), ya sea el/la responsable o en el caso de personas jurídicas, tener dicha relación con constituyentes, socios, accionistas o representante legal de dichas personas.
Las personas a cargo de la evaluación y/o selección de postulaciones no podrán participar a título remunerado o gratuito en: la elaboración de la postulación a evaluar y seleccionar, ni en la ejecución de un proyecto seleccionado en esta convocatoria.
En el caso que tu postulación contravenga las normas de probidad, deberá ser dejada fuera de la convocatoria.
10. Recursos Administrativos
En caso que tu postulación sea declarada inadmisible o fuera de convocatoria, no haya sido seleccionada o se hayan realizado ajustes al presupuesto solicitado conforme al artículo 59 de la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, tienes derecho de interponer, en contra de la respectiva resolución, alguno de los siguientes recursos:
● Recurso de Reposición: es aquel que se interpone ante la autoridad que firme la resolución;
● Recurso de Reposición con jerárquico en subsidio: es aquel que se interpone ante la autoridad que firma la resolución para que el/la superior/a jerárquico/a de aquella autoridad lo conozca solo en el caso que el recurso de reposición sea rechazado; y
● Recurso Jerárquico: es aquel que se interpone ante el/la superior jerárquico/a de la persona que firma la resolución.
Debes tener presente que interpuesto cualquiera de los tres recursos indicados anteriormente, no podrás volver a interponer otro recurso en contra de la misma resolución.
El plazo de presentación con que cuentas para presentar el recurso es de cinco días hábiles administrativos (de lunes a viernes, sin contar los días festivos) a contar de la notificación de la resolución. Todo lo anterior, sin perjuicio de los demás recursos que establezca la ley.
Recuerda revisar la forma de computar los plazos que te señalamos en el numeral 2 de estas bases.
11. Recursos remanentes
Se generarán recursos remanentes en una línea cuando no existan proyectos elegibles o bien, cuando estos no sean suficientes para agotar los recursos disponibles, declarándose por la instancia de selección desierto todo o parte de la convocatoria, sin que exista obligación de indemnizar.
La Comisión de Evaluación Nacional podrá reasignar estos recursos remanentes para financiar una mayor cantidad de proyectos elegibles, para lo cual se elaborará una nómina con dichos proyectos ordenados de mayor a menor puntaje, con independencia de la Línea a la que postularon, asignándose los recursos en dicho orden.
12. Aumento de disponibilidad presupuestaria
Si tu proyecto está en lista de espera, ten presente que la Subsecretaría, en caso que cuente con recursos, podría aumentar la disponibilidad presupuestaria de la presente convocatoria, con la finalidad de financiar una mayor cantidad de proyectos elegibles.
II. EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS CONVENIOS
1. Restricciones para la ejecución de los gastos
Es muy importante que en la ejecución de tu proyecto consideres lo siguiente, ya que como sabes los recursos con que financiamos tu proyecto son públicos, por lo que debemos asegurar la transparencia en el gasto y seguir los lineamientos que entrega la Contraloría General de la República al respecto:
● Podrás solicitar financiamiento para la ejecución del proyecto postulado, debiendo para tal efecto tener presente los gastos y montos máximos financiados por el Fondo para cada proyecto.
● Todo aporte deberás identificarlo en el FUP.
● Deberás ejecutar totalmente el proyecto.
● Deberás destinar los recursos asignados exclusivamente a las actividades y objetivos previstos en el proyecto.
● Deberás facilitar y colaborar con las acciones de supervisión y control de la ejecución del proyecto que le corresponden al Ministerio.
● Deberás asegurar la vigencia del instrumento de garantía mientras se ejecute el proyecto. Se entenderá como un grave incumplimiento el vencimiento de la garantía mientras esté vigente el convenio.
● Los gastos para el otorgamiento de la garantía no los podrás imputar como gastos de tu proyecto.
● Deberás dar cumplimiento a la normativa respecto del Depósito Legal, establecida en la Ley N° 19.733, por lo que en los casos que corresponda, deberás acompañar un comprobante de entrega de los ejemplares respectivos, ya sea en la Biblioteca Nacional o en las Bibliotecas Públicas regionales, acreditando de esta forma el cumplimiento de esta obligación legal; y en caso de no acreditación, se entenderá incumplimiento de convenio, por lo que no podremos entregarte el certificado de ejecución total.
● Deberás adjuntar al Informe Final un medio de verificación de ejecución de tu proyecto, sea registro audiovisual, fotográfico, un ejemplar del producto del proyecto, o cualquier otro medio que permita verificar la fiel ejecución del proyecto, según la naturaleza del mismo. Los materiales o soportes entregados como medios de verificación quedarán en el expediente de tu proyecto, sin te sean devueltos. Asimismo, no podrán ser utilizados por el Ministerio para ningún otro uso distinto del de verificación de ejecución, salvo que nos otorgues una autorización.
● Deberás financiar, ya sea con recursos propios o de terceros, todos los gastos necesarios para la ejecución de tu proyecto que no son financiados por el Ministerio de conformidad con lo establecido en las bases.
● Como responsable deberás designar un(a) representante legal en caso en que ejecutes tu proyecto en el extranjero o residas fuera de Chile.
● En caso que posteriormente a la suscripción del convenio de ejecución tu proyecto comprometa, afecte y/o incluya la utilización total o parcial de obras protegidas por el Derecho de Autor y/u otros elementos protegidos por derechos conexos cuyos(as) titulares sean personas distintas a
ti como responsable, las respectivas autorizaciones, otorgadas conforme a la Ley N° 17.336, deberás acompañarlas en el Informe Final que se contemple en el convenio.
● Recuerda que estás obligado a cumplir con la legislación nacional en materia de derechos de autor y a respetar de forma estricta los derechos xxxxxxx y patrimoniales de los autores, artistas, intérpretes, ejecutantes y cualquier otro sujeto de este tipo de derechos. En caso que la ejecución de tu proyecto involucre la utilización de obras protegidas por derechos de autor y/o la de otros elementos protegidos por derechos conexos, deberás obtener, previo a las referidas utilizaciones, las respectivas autorizaciones y/o realizar los pagos de los derechos que correspondan conforme a y en la forma que establezcan la Ley N° 17.336, la Ley N° 20.243, la Ley N° 20.959 y cualquier otra ley especial en la materia. Asimismo, en caso que para la ejecución de tu proyecto sea necesaria la utilización de otros elementos protegidos por propiedad intelectual o propiedad industrial, tales como marcas comerciales, deberás obtener las licencias que sean necesarias para su utilización, cuando corresponda. Recuerda que serás única y exclusivamente responsable frente a conflictos que pudieran derivarse de la infracción a la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual o a otras leyes especiales en la materia, liberando expresamente al Ministerio de responsabilidad en caso de cualquier reclamación u acción ejercida por terceros, autores(as), artistas, intérpretes, ejecutantes y/o entidades que cautelen derechos de esa naturaleza, en contra de éste, reclamando derechos de autor, propiedad intelectual o industrial, sobre alguna de las obras, interpretaciones, ejecuciones o cualquier otro elemento utilizado en la ejecución del proyecto siendo responsable también de cualquier cobro, perjuicio y daño directo o indirecto que se cause por este concepto.
● En todos los documentos tributarios electrónicos que incluyas en la rendición de cuentas, referida a tu proyecto, deberás solicitar al proveedor, que incorpore en la columna detalle de la factura electrónica o boleta electrónica, lo siguiente: "Proyecto financiado por el Ministerio” indicando el número de resolución y fecha que aprobó el convenio; o el número de Folio del
Proyecto; o el nombre del Proyecto”.
● Por regla general, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República, sólo se aceptarán como parte de la rendición de cuentas de tu proyecto, los desembolsos efectuados con posterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo convenio de ejecución de proyecto. En casos calificados por el Ministerio podrán incluirse en la rendición de cuentas gastos ejecutados con anterioridad a la total tramitación del mencionado acto y realizados en fecha posterior a aquel que formaliza la selección de los proyectos, siempre que existan razones de continuidad o buen servicio, las que deberán constar en el instrumento que dispone la entrega de los recursos (Convenio de Ejecución de Proyecto).
● No se solventarán gastos posteriores a la ejecución de tu proyecto, ni gastos asociados a la preparación de tu proyecto para ser presentado a esta convocatoria. Tampoco solventaremos ningún tipo de gastos correspondientes a alcohol o tabaco.
● No requerirás de autorización para la redistribución presupuestaria dentro de un mismo ítem presupuestario, con excepción de lo relativo a gastos de alojamiento, alimentación y traslado.
● Todas las entidades adjudicatarias de recursos del FAE podrán registrarse y difundir sus proyectos en la página xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/
● Todas las personas naturales contratadas para ser parte de la ejecución del proyecto, tendrán que presentar el certificado de “inhabilidades para trabajar con menores edad” que dé cuenta que se encuentra habilitado/a para trabajar con NNA.
Todo lo anterior es sin perjuicio de otras obligaciones que se establezcan en el respectivo convenio que suscribirás o que estén contempladas en la normativa vigente a la época de su aprobación administrativa.
2. Ejecución y término del convenio
Las actividades que se señalen en tu proyecto, deberás iniciarlas y efectuarlas dentro del plazo estipulado en el convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes bases.
Se hace presente que, respecto de proyectos hábiles, luego de la suscripción de convenio y durante la ejecución del mismo, las autoridades y trabajadores/as del Ministerio, cualquiera sea su situación contractual (planta, contrata, contratados/as por el Ministerio bajo el Código del Trabajo o a honorarios), no podrán recibir ningún tipo de beneficio del proyecto, ni participar en forma posterior en él. De no dar cumplimiento a lo anterior, será rechazada toda actividad y su consiguiente rendición de recursos, en lo pertinente a dicha persona.
Asimismo, de no cumplir con lo señalado en las cláusulas del convenio, la autoridad encargada del seguimiento del proyecto podrá poner término al convenio y/o suspender parcial o totalmente los aportes estipulados, junto con ejecutar las garantías comprometidas.
No obstante lo anterior, el Ministerio se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados.
Ten presente que eres responsable de la veracidad, integridad y legibilidad de la información acompañada a la respectiva postulación y declarada en el FUP; y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases o la falta de veracidad en la postulación, será causal de término anticipado del respectivo convenio de ejecución de proyecto, sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que sean pertinentes por parte del Ministerio.
3. Periodo de ejecución
Tu proyecto deberá ejecutarse de conformidad con los plazos señalados en las presentes bases y con el cronograma presentado en tu postulación.
Sólo en casos fundados y debidamente justificados, podrás solicitar al Ministerio prórroga de los plazos de ejecución de tu proyecto señalados en el mismo, quien resolverá discrecionalmente sobre su aceptación o rechazo. La solicitud deberás presentarla antes del vencimiento del plazo establecido para la ejecución de tu proyecto. En la solicitud deberás explicar de forma clara, breve y concisa las
razones por las cuales requieres la prórroga, adjuntando toda la documentación que permita respaldar tu solicitud.
Para suscribir el anexo modificatorio, deberás renovar la caución otorgada conforme a las presentes bases de convocatoria y al convenio de ejecución de tu proyecto y aceptarla en los mismos términos allí señalados. En este caso, sólo entregada la nueva garantía podrás suscribir el anexo modificatorio.
La prórroga se considerará concedida en los términos y en los plazos establecidos expresamente en el anexo modificatorio y se entenderá concedida sólo una vez que el referido anexo se encuentre aprobado administrativamente.
4. Seguimiento de los proyectos
La Subsecretaría velará por el adecuado control y supervisión de la ejecución de los proyectos seleccionados, verificando el estricto cumplimiento de las bases de convocatoria, convenios de ejecución, leyes, reglamentos y las normas sobre rendición de cuentas.
Para lo anterior, deberás hacer entrega al Ministerio de un informe final que contenga la rendición de cuentas y la información de las actividades ejecutadas.
Te reiteramos que por tratarse de recursos públicos estamos en la obligación de velar por su adecuado uso, para lo cual podremos realizar auditorías internas en la Subsecretaría, para lo cual, en caso que sea necesario, deberás prestarnos tu colaboración y entregarnos la información que eventualmente te sea requerida.
5. Rendición de cuentas
Conforme a la Resolución N° 30 de 2015, de la Contraloría General de la República fija las Normas sobre procedimiento de Rendición de Cuentas, el contenido de los expedientes de Rendiciones de Cuentas estará constituida por la siguiente documentación:
a. El o los informes de rendición de cuentas;
b. Los comprobantes de ingresos con la documentación auténtica o la relación y ubicación de ésta cuando proceda, que acrediten los ingresos percibidos por cualquier concepto;
c. Los comprobantes de egresos con la documentación auténtica o la relación y ubicación de esta cuando proceda, que acrediten todos los desembolsos realizados;
d. Los registros a que se refiere la ley Nº 19.862, cuando corresponda.
El detalle respecto a la modalidad, mecanismos y periodicidad de las rendiciones de cuentas será establecida en los respectivos Convenios de ejecución de proyecto.
6. Informe de actividades
Se refiere a la relación completa de las actividades realizadas, ordenadas cronológicamente y en concordancia con las contempladas en tu postulación adjuntando además todos los antecedentes
que acrediten la realización del proyecto. Deberás incluir toda circunstancia suscitada a partir del inicio de ejecución del convenio que no se encontrare contemplada originalmente en el mismo.
7. Cierre anticipado de los proyectos y sanciones por incumplimiento
En caso que incurrieras en incumplimiento parcial o total de las obligaciones contraídas por el convenio de ejecución de tu proyecto, el Ministerio a través de el/la SEREMI estará facultado para suspender total o parcialmente los aportes al proyecto, para ejercer las acciones necesarias para obtener el reintegro de los recursos entregados, hacer efectivos los mecanismos de resguardo de los recursos entregados y para dar término al convenio.
Te recordamos que se trata de recursos públicos, por lo que debemos verificar el adecuado uso de ellos.
8. Vigencia del convenio de ejecución
El convenio de ejecución del proyecto tendrá vigencia a contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo del Ministerio que lo apruebe y regirá hasta la ejecución total del proyecto, la que será certificada por el/la SEREMI, quien para tal efecto emitirá un documento denominado Certificado de Ejecución Total, lo cual será formalizado por medio de la dictación del respectivo acto administrativo.
Será este certificado el único documento que acredite el término de la relación contractual entre el Ministerio y tú, en tu calidad de responsable. A su turno, dicho certificado se emitirá una vez que se hayan ejecutado íntegramente todas las actividades comprometidas en el convenio o en su respectiva readecuación debidamente autorizada y se hayan rendido satisfactoriamente los recursos adjudicados, incluido el cofinanciamiento.
9. Reconocimiento al Ministerio
Las obras o actividades originadas por los proyectos seleccionados, deberán indicar de manera visible y clara que son financiadas con aporte del Fondo, en la forma que se regule en el respectivo Convenio de Ejecución.
10. Normativa legal y reglamentaria
La Ley se presume conocida por todos/as los/as habitantes del país, aplicando especialmente para estos efectos las disposiciones relativas a Derecho de Autor y de Propiedad Intelectual, normas que regulan la Contratación de Trabajadores/as de Artes y Espectáculos, de Contratación de Trabajadores/as Extranjeros/as, el Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT, Ley de Monumentos Nacionales; y en general, toda la legislación relativa a fondos de cultura.
Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que en caso que el proyecto financiado contemple una intervención en un bien que constituye Patrimonio Cultural Material Protegido, el/la responsable de éste debe obtener las autorizaciones correspondientes otorgadas por las autoridades
competentes, de manera que es responsable de cualquier daño o deterioro que cause en un bien que constituye Patrimonio Cultural Material Protegido en razón de una intervención no autorizada.
Para mayor información podrás recurrir, entre otras, a las siguientes normativas:
• Ley N° 21.045, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
• Ley N° 17.336, de Propiedad Intelectual (Derechos de Autor).
• Ley N° 19.889, que regula las condiciones de Trabajo y Contratación de los Trabajadores de Artes y Espectáculos.
• Ley N° 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo.
• Ley N° 17.288 de la Ley de Monumentos Nacionales
• Ley N° 18.985, de Donaciones con fines culturales
• Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la información pública.
• Ley N° 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
• Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
• Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
• Reglamento de la Ley N° 19.862, que Establece Registros de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
• Reglamento de la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la información Pública.
• Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la OIT.
• Resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República.
13. Publicidad de las postulaciones
La publicidad de las postulaciones, hayan sido o no seleccionadas, se regirá de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública.
14. Renuncia a la postulación de proyectos
Desde el envío de la postulación hasta la firma del convenio de ejecución, podrás renunciar a la postulación a la presente convocatoria, lo cual deberás solicitar al Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura. Una vez que se haya dado cumplimiento a tu requerimiento te será notificada dicha circunstancia de conformidad a las presentes bases.
15. Retiro de documentos materiales
Los responsables de los proyectos no seleccionados podrán retirar personalmente o a través de un tercero especialmente autorizado para tal efecto, la documentación física de su proyecto, durante los 30 días siguientes a la publicación de resultados.
En caso de ser un tercero quien retire el proyecto, deberá acompañar un poder simple junto a la fotocopia de la cédula de identidad del mandante y del mandatario. Para la devolución, deberá presentar en el Departamento de Educación y Formación en Artes y Cultura una carta firmada por el responsable, que contenga la respectiva solicitud.
Una vez publicado los resultados de la convocatoria y transcurridos treinta (30) días hábiles de ello, la subsecretaría devolverá la documentación relativa a proyectos no seleccionados, inadmisibles o fuera de convocatoria, a los domicilios que los responsables informen en su postulación. En caso de que por alguna razón no sea posible realizar esta devolución, se procederá al respectivo archivo de la documentación.