LISTA DE ESPERA. El Administrador del Programa podrá establecer las listas de espera que considere convenientes. Sólo aquellos Miembros que estén al corriente en el pago de las cuotas y cualquier cantidad adeudada respecto del Programa, podrán calificar para ser parte de una lista de espera. El Administrador del Programa tiene el derecho de limitar el número de Miembros que puedan ser parte de una lista de espera.
LISTA DE ESPERA. En caso que se hayan asignado todos los recursos disponibles y existan proyectos elegibles, la comisión de especialistas podrá elaborar una lista de espera con proyectos elegibles ordenados de mayor a menor puntaje. De aprobarse un aumento en los recursos disponibles, éstos serán asignados a los proyectos que se encuentren en dicha lista, en orden de prioridad. Lo anterior será formalizado mediante el respectivo acto administrativo dictado por la jefatura de Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes. En caso que opere la lista de espera, sólo se financiarán proyectos cuya formulación permita dar cabal cumplimiento a las obligaciones que se establezcan en los convenios de ejecución de proyectos, esto es, a modo ejemplar, cumplir con las fechas de ejecución cuando éstas deban ser en un período determinado según la naturaleza del proyecto, dar crédito al Ministerio en las respectivas actividades (uso de logo), cumplir con la rendición de recursos, etc., lo que será revisado caso a caso por la Subsecretaría en conjunto con los responsables. Si al operar la lista de espera, los recursos disponibles son inferiores a los solicitados por el/la responsable del proyecto que corresponda según el orden de prioridad de la lista, éste deberá indicar en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos a contar de la notificación de la resolución que lo formalice como seleccionado en lista de espera, si acepta el monto menor, comprometiéndose a financiar la diferencia de los recursos y a ejecutar íntegramente el proyecto. En caso de negativa, los recursos pasarán al siguiente responsable de la lista de espera. La nómina de proyectos seleccionados y no seleccionados se publicará en la página web institucional xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, indicando el nombre del proyecto, las personas u organizaciones responsables de los mismos y los montos asignados. Dicha publicación se realizará en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de la tramitación total del acto administrativo que selecciona los proyectos. Asimismo, la Subsecretaría notificará los resultados de la convocatoria dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la dictación de la resolución respectiva, a los responsables que hayan sido seleccionados y no seleccionados, de acuerdo a la forma señalada en las presentes bases.
LISTA DE ESPERA. Conforme a lo dispuesto en el Anexo XII del texto de condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral al servicio del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx, a partir de esta convocatoria podrá constituirse una lista de espera, integrada por aquellos aspirantes que no resulten seleccionados y que alcancen o superen el nivel mínimo fijado por el tribunal y que acredite la idoneidad de los candidatos, ordenados por orden de puntuación total obtenida en los ejercicios eliminatorios. Dicha lista de espera sustituye y deja sin efecto a cuantas listas de espera pudieran existir con anterioridad para dichos nombramientos o contrataciones, teniendo vigencia hasta la aprobación de nuevas listas surgidas a partir de los procesos selectivos de acceso a la Función Pública del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx. LEGISLACIÓN APLICABLE. En todo lo no previsto en los presentes criterios será de aplicación lo dispuesto en las Bases Generales por las que han de regirse los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx (BOCM Núm. 222 de 18 de septiembre de 2009); en la normativa legal vigente de aplicación. Asimismo, será de aplicación lo previsto en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del personal funcionario y laboral al servicio del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx. ANEXO I BÁREMO DE MÉRITOS
LISTA DE ESPERA. En aquellos casos en que el número de postulantes seleccionados supere el número de becas disponibles, se generará una lista de espera. En caso de no completarse las vacantes ofrecidas, es decir, que los seleccionados no materialicen el pago de su matrícula en los plazos establecidos para ello, la lista de espera correrá de acuerdo a los criterios de priorización establecidos para cada programa.
LISTA DE ESPERA. A partir del concurso convocado se elaborará una lista de espera con posibles candidatos para aquellas contrataciones de urgencia que puedan surgir en dicho área de conocimiento. La Comisión Juzgadora, con el fin de confeccionar la citada lista de espera, realizará, además de la valoración realizada para la adjudicación de la plaza, otra valoración de méritos de los candidatos aplicando el baremo correspondiente y teniendo en cuenta exclusivamente el área de conocimiento de la plaza objeto de concurso. La lista de espera estará conformada por todos los candidatos, en orden de prelación, que hayan sido valorados en la plaza convocada. No obstante, la Comisión Juzgadora podrá optar por excluir de la lista a los candidatos que no alcancen el porcentaje de la puntuación del baremo que determine, en su caso, la Comisión Juzgadora. Dicho porcentaje no podrá superar en ningún caso el 20 % de la puntuación del baremo. Este acto de la Comisión Juzgadora deberá motivarse, reflejándose en el acta de la sesión, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 30/92. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja. _______________ No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Logroño, 22 de octubre de 2007. EL RECTOR, P.A. El Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado (Resolución nº 934/2004 de 00 xx xxxxx xx 0000), X.Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Aldana. RELACIÓN DE PLAZAS CONVOCADAS. CURSO 2007- 2008 CÓD.PLAZA Nº PLAZA FIGURA CONTRACTUAL DEDICACIÓN AREA DE CONOCIMIENTO PERFIL DE LA PLAZA DEPARTAMENTO DURACIÓN CONTRATO D03ATP315 49 PROFESOR ASOCIADO P3+3 Derecho Financiero y Tributario Derecho Financiero y Tributario DERECHO Hasta el 30/09/2008 RÉGIMEN DE DEDICACIÓN: P3+3: Tiempo Parcial 3 horas (9 créditos anuales y 3 horas semanales de tutorí...
LISTA DE ESPERA. 34. En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa portuaria canaria, en aquellos puertos donde exista una demanda de atraques, varada o fondeo no atendida por limitaciones en la capacidad de ocupación, Puertos Canarios procederá a habilitar una lista de espera para garantizar el derecho de acceso a los servicios, dando publicidad de su apertura a través de su página web.
LISTA DE ESPERA. 6.1. Formación de listas de espera. Los candidatos idóneos que figuren en el orden de prelación de la propuesta de la comi- sión de selección pasarán a formar parte de una lista de espera, por plaza, para suplir la po- sible eventualidad ante una renuncia o baja definitiva por cualquier otra causa del candidato propuesto y para atender otras necesidades sobrevenidas. La contratación de profesorado mediante este instrumento se hará de acuerdo con lo pre- visto en el apartado cuarto del mencionado Acuerdo de 23 xx xxxxx de 2023, del Consejo de Gobierno de la Universidad xx Xxxxxxxx. Estas listas de espera solo tendrán validez hasta finalizar el curso académico 2023-2024.
LISTA DE ESPERA. 1. Finalizado el procedimiento, el Tribunal de Selección elevará a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública la relación de los/as aspirantes que van a formar parte de la lista de espera, por orden de puntuación obtenida, quien dispondrá su publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
LISTA DE ESPERA. 1. Finalizado el procedimiento, el Tribunal de Selección elevará al titular de la Dirección Gene- ral de Función Pública de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Adminis- tración Pública la relación de los/as aspirantes que van a formar parte de la lista de espera, por orden de puntuación obtenida, quien dispondrá su publicación en el tablón de anuncios de la Vicepresidencia Primera Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. En caso de empate en la calificación final, el mismo se dirimirá atendiendo al orden alfabé- tico, dando comienzo por la letra “P”, resultante del sorteo público que se halla vigente y celebrado en cumplimiento del artículo 29 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Resolución de 16 de febrero de 2022 de la Dirección General de Función Pública, publicada en el DOE n.º 36, de fecha 22 de febrero de 2022).
LISTA DE ESPERA. 1.-Normas generales Se constituirá una lista de espera con los restantes aspirantes siguiendo el orden de puntuación de los candidatos.