LISTA DE ESPERA Cláusulas de Ejemplo

LISTA DE ESPERA. El Administrador del Programa podrá establecer las listas de espera que considere convenientes. Sólo aquellos Miembros que estén al corriente en el pago de las cuotas y cualquier cantidad adeudada respecto del Programa, podrán calificar para ser parte de una lista de espera. El Administrador del Programa tiene el derecho de limitar el número de Miembros que puedan ser parte de una lista de espera.
LISTA DE ESPERA. En aquellos casos en que el número de postulantes seleccionados supere el número de becas disponibles, se generará una lista de espera. En caso de no completarse las vacantes ofrecidas, es decir, que los seleccionados no materialicen el pago de su matrícula en los plazos establecidos para ello, la lista de espera correrá de acuerdo a los criterios de priorización establecidos para cada programa.
LISTA DE ESPERA. Conforme a lo dispuesto en el Anexo XII del texto de condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral al servicio del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx, a partir de esta convocatoria podrá constituirse una lista de espera, integrada por aquellos aspirantes que no resulten seleccionados y que alcancen o superen el nivel mínimo fijado por el tribunal y que acredite la idoneidad de los candidatos, ordenados por orden de puntuación total obtenida en los ejercicios eliminatorios. Dicha lista de espera sustituye y deja sin efecto a cuantas listas de espera pudieran existir con anterioridad para dichos nombramientos o contrataciones, teniendo vigencia hasta la aprobación de nuevas listas surgidas a partir de los procesos selectivos de acceso a la Función Pública del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx. LEGISLACIÓN APLICABLE. En todo lo no previsto en los presentes criterios será de aplicación lo dispuesto en las Bases Generales por las que han de regirse los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx (BOCM Núm. 222 de 18 de septiembre de 2009); en la normativa legal vigente de aplicación. Asimismo, será de aplicación lo previsto en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del personal funcionario y laboral al servicio del Ayuntamiento de Xxxxxx xx Xxxxxxx. ANEXO I BÁREMO DE MÉRITOS
LISTA DE ESPERA. A partir del concurso convocado se elaborará una lista de espera con posibles candidatos para aquellas contrataciones de urgencia que puedan surgir en dicho área de conocimiento. La Comisión Juzgadora, con el fin de confeccionar la citada lista de espera, realizará, además de la valoración realizada para la adjudicación de la plaza, otra valoración de méritos de los candidatos aplicando el baremo correspondiente y teniendo en cuenta exclusivamente el área de conocimiento de la plaza objeto de concurso. La lista de espera estará conformada por todos los candidatos, en orden de prelación, que hayan sido valorados en la plaza convocada. No obstante, la Comisión Juzgadora podrá optar por excluir de la lista a los candidatos que no alcancen el porcentaje de la puntuación del baremo que determine, en su caso, la Comisión Juzgadora. Dicho porcentaje no podrá superar en ningún caso el 20 % de la puntuación del baremo. Este acto de la Comisión Juzgadora deberá motivarse, reflejándose en el acta de la sesión, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 30/92. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja. _______________ No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Logroño, 22 de octubre de 2007. EL RECTOR, P.A. El Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado (Resolución nº 934/2004 de 00 xx xxxxx xx 0000), X.Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Aldana. RELACIÓN DE PLAZAS CONVOCADAS. CURSO 2007- 2008 CÓD.PLAZA Nº PLAZA FIGURA CONTRACTUAL DEDICACIÓN AREA DE CONOCIMIENTO PERFIL DE LA PLAZA DEPARTAMENTO DURACIÓN CONTRATO D03ATP315 49 PROFESOR ASOCIADO P3+3 Derecho Financiero y Tributario Derecho Financiero y Tributario DERECHO Hasta el 30/09/2008 RÉGIMEN DE DEDICACIÓN: P3+3: Tiempo Parcial 3 horas (9 créditos anuales y 3 horas semanales de tutorí...
LISTA DE ESPERA. Las solicitudes que no puedan acceder a la adquisición del derecho de uso de las plazas de estacionamiento, por haber completado la reserva de unidades en esta modalidad, o por haberse cumplido la fecha de finalización del periodo inicial de solicitudes, quedarán integrados en una lista de espera que será custodiada y gestionada por la EMV o el Ayuntamiento xx Xxxxxx, según el caso, si hubiere concluido el periodo de encomienda de gestión de aquélla. A esta lista de espera se añadirán cuantas solicitudes de plazas se vayan presentando a partir del 29 xx xxxx de 2009, fecha del cierre de la convocatoria, y desde la que el concesionario podrá disponer libremente de las plazas vacantes.
LISTA DE ESPERA. Art. 23.- Se admitirá no obstante, de manera permanente, la presentación de solicitudes una vez finalizado el plazo de tres meses fijado para la adjudicación inicial. Las solicitudes presentadas de este modo se valorarán en la fecha en que la lista de espera creada en el proceso de valoración y adjudicación anterior se agote, pasando a formar una nueva lista de espera integrada por todas las solicitudes presentadas y no valoradas hasta esa fecha. En ningún caso se incorporarán o intercalarán solicitudes a una lista de espera existente, confeccionándose listas de espera sucesivas que incluirán, valoradas y ordenadas, todas las solicitudes pendientes existentes en la fecha en la que se proceda a su realización.
LISTA DE ESPERA. Aquellas solicitudes que, aún siendo aptas, no resultasen adjudicatarias por existir otras que hubieran obtenido mayor puntuación, integrarán la lista de espera a la que se recurrirá para cubrir posibles vacantes.
LISTA DE ESPERA. La lista de solicitantes que permanecen en expectativa de plaza tendrá vigencia hasta el 15 de octubre del mismo año de la convocatoria. La cobertura de vacantes se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento: Vacantes ordinarias: Las vacantes existentes una vez concluido el proceso de admisión o durante el curso escolar hasta el 15 de octubre, se cubrirán con la lista de solicitantes en expectativa de plaza por riguroso orden de puntuación. Los inscritos en esta lista que renuncien fehacientemente a ocupar la vacante ofertada serán excluidos definitivamente de la misma. Cuando se dispongan de plazas vacantes y no exista lista de solicitantes en expectativa de plaza, se procederá a la apertura de una convocatoria extraordinaria, que se regirá por las mismas normas que la ordinaria. Las plazas que, sin causa justificada, no se hayan cubierto a los quince días naturales de iniciado el curso, se considerarán como vacantes. Las vacantes que se puedan producir serán notificadas, por riguroso orden de puntuación, a las familias de los niños que permanecen en la lista de solicitantes en expectativa de plaza. Si transcurridos cinco días hábiles desde la comunicación no se hubiera realizado la correspondiente matrícula, la vacante se ofertará a la siguiente de la lista por el mismo procedimiento. Se procederá a la pérdida de la condición de usuario del centro por una de las siguientes causas: - Baja voluntaria. - Superar la edad de admisión. - Por causas derivadas de la aplicación del régimen sancionador establecido en el presente reglamento.
LISTA DE ESPERA. 1. Finalizado el procedimiento, el Tribunal de Selección elevará al titular de la Dirección Gene- ral de Función Pública de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Adminis- tración Pública la relación de los/as aspirantes que van a formar parte de la lista de espera, por orden de puntuación obtenida, quien dispondrá su publicación en el tablón de anuncios de la Vicepresidencia Primera Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura. En caso de empate en la calificación final, el mismo se dirimirá atendiendo al orden alfabé- tico, dando comienzo por la letra “P”, resultante del sorteo público que se halla vigente y celebrado en cumplimiento del artículo 29 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Resolución de 16 de febrero de 2022 de la Dirección General de Función Pública, publicada en el DOE n.º 36, de fecha 22 de febrero de 2022).
LISTA DE ESPERA. 1. Finalizado el procedimiento, el Tribunal de Selección elevará a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública la relación de los/as aspirantes que van a formar parte de la lista de espera, por orden de puntuación obtenida, quien dispondrá su publicación en el tablón de anuncios de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.