EVALUACIÓN Y SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN. Cuando se soliciten propuestas formales de las empresas enumeradas en una lista breve, se manifestarán claramente en la invitación para propuestas, los criterios de evaluación de las mismas. Por lo general, la evaluación de consultores se basará solamente en consideraciones técnicas, incluyendo en forma enunciativa, mas no limitativa, su experiencia en trabajos semejantes, las cualidades del personal clave designado para realizar el trabajo y la conveniencia y calidad del plan de trabajo. En el caso de algunos trabajos de una naturaleza estrictamente técnica, se puede tomar en cuenta el precio de los servicios, pero la calidad seguirá siendo el factor primordial de selección. Si el precio es un factor en la evaluación, se utilizará un proceso de dos etapas en que se realizará la evaluación técnica independientemente y libre de la influencia del precio. Las propuestas de precio no se pondrán a la disposición de los evaluadores hasta después de que haya terminado la evaluación técnica. Cuando se hayan solicitado propuestas formales en que el precio no sea un factor en la evaluación, el consultor que presente la mejor propuesta calificada se invitará a negociar un contrato con el prestatario. Cuando se hayan solicitado propuestas formales en que el precio sea un factor en la evaluación, al consultor que presenta la mejor propuesta evaluada se le invitará a celebrar un contrato con el prestatario.
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN. Confidencialidad de la información / propiedad intelectual Penalidades Formatos A: Lista de Chequeo El presente documento tiene carácter de Declaración Jurada, no puede ser modificado ni alterado, dado que será causal de desaprobación legal. Antes de enviar su Proyecto sírvase verificar que cumple con los siguientes requisitos y condiciones de elegibilidad. Si no cumple con algunos de ellos, abstenerse de participar porque su solicitud será descartada en alguna etapa de la convocatoria. Asimismo, este formato no puede ser modificado.
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN. Confidencialidad de la información / propiedad intelectual Penalidades Formatos A: Lista de Chequeo El presente documento tiene carácter de Declaración Jurada, no puede ser modificado ni alterado, dado que será causal de desaprobación legal. Antes de enviar su Proyecto sírvase verificar que cumple con los siguientes requisitos y condiciones de elegibilidad. Si no cumple con algunos de ellos, abstenerse de participar porque su solicitud será descartada en alguna etapa de la convocatoria. Asimismo, este formato no puede ser modificado. Requisitos Legales de la Entidad Solicitante en Modalidad B Si cumple Que la ES califique como Entidad Articuladora de acuerdo a lo señalado en el Anexo 1 y el numeral 12 de las bases, estando legalmente constituidas en el país e inscritas en los Registros Públicos y que cuenten con el RUC activo Que, la ES tenga un (01) año de funcionamiento continuo, contados retroactivamente desde la fecha de cierre de la convocatoria y acorde a la información del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT. Que, la ES no registren deudas coactivas en la página web de la SUNAT4 ni presenta deudas coactivas con el Estado por contribuciones (obligaciones de seguridad social de los trabajadores) y otras obligaciones no tributarias (sólo aplicables a entidades privadas)5 Que, la ES no se encuentren sancionadas con inhabilitación temporal o definitiva para contratar con el Estado mientras dure tal sanción- este requisito también es aplicable al representante legal. Que el Representante Legal de la ES no haya sido sentenciado por delito cometido en agravio del Estado. Que, no se encuentren observadas por ProInnóvate u otra fuente de financiamiento a la que se tenga acceso, que descalifica a la Entidad Solicitante por: Un mal desempeño y capacidad de gestión de un proyecto culminado o en ejecución, ya sea como Entidad Solicitante o Entidad Asociada. Haber suscrito un convenio o contrato de adjudicación de recursos y haberse resuelto por incumplimiento de la entidad solicitante. Haber desistido del proceso de adjudicación después de haber sido evaluado y aprobado el Proyecto de la Categoría 1 y 2 en convocatorias anteriores a la presente. Sin embargo, la ES podrá presentar un sustento de los motivos de desistimiento, los cuales serán evaluados por ProInnóvate. Que, la ES acredita experiencia en la administración de proyectos y de innovación Que, la ES cuente con con la participación de una gran o mediana empresa que cumpla con las caracterís...
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN. La selección de las celebraciones que serán objeto del apoyo económico previsto, estará a cargo de un jurado compuesto por CINCO (5) miembros: UN (1) representante del MINISTERIO DE CULTURA con rango no inferior a director, UN (1) representante del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES con rango no inferior a director, UN (1) gestor cultural con trayectoria en el ámbito público y acreditada idoneidad en la organización de celebraciones populares, y DOS (2) productores y/o curadores o programadores, con amplia trayectoria en la organización de festivales y antecedentes vinculados a alguna/s de las industrias culturales relacionadas (música, danza, teatro, editorial, cine, etc). El jurado evaluará, en primer término, los formularios y la documentación contenida en cada presentación verificando que se encuentre completa, con el formato y la información exigida en el presente reglamento. Las presentaciones que no superen el requisito de admisibilidad formal, por ausencia de documentación, y/o debido a la existencia de documentación faltante o incompleta, y/o cualquier otro motivo reglamentario, no serán evaluadas en lo sustancial. En segundo lugar, el jurado procederá a validar o reubicar, según corresponda, la categoría en la que se han postulado las celebraciones con público presencial, de conformidad con lo estipulado en el apartado 2) de este reglamento. Finalmente, y a los fines de seleccionar las celebraciones que serán apoyadas en esta convocatoria, el jurado evaluará cada presentación considerando los siguientes factores de ponderación: ● Aporte de la fiesta o celebración para la preservación y difusión del patrimonio cultural material e inmaterial de la localidad y su entorno regional. ● Inclusión de actividades que trasciendan el momento escénico, como clínicas, talleres, conversatorios, ferias, o instancias de vinculación que promuevan la participación cultural comunitaria y la actividad de los/as efectores ligados a las industrias culturales de la región. ● Interés del ente organizador en la promoción de propuestas artísticas emergentes. ● Aptitud e importancia de la celebración para la promoción de las economías y productos regionales. ● Volumen de asistentes y análisis de la información vinculada a la promoción del turismo cultural originado en la celebración. ● Capacidad técnica, logística e infraestructural dispuesta por el ente organizador. ● Análisis y valoración de la grilla artística propuesta para la edición. ● Adecuación de los fundamentos de ...
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN. Para contrataciones superiores a cincuenta (50) SMMLV, previamente el usuario de la contratación debe definir los criterios de evaluación con sus respectivas ponderaciones. Si el monto es superior a cincuenta (50) SMMLV, éstos deberán reflejarse en los términos de referencia de la invitación privada o en los términos de referencia de la invitación publica para las contrataciones superiores a quinientos
EVALUACIÓN Y SELECCIÓN. 3.2.1 Evaluación No cumple con el criterio Deficiente Regular Bueno Muy bueno Sobresaliente

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  • EVALUACIÓN TÉCNICA Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

  • Evaluación 11.1 La Comisión de Evaluación revisará la existencia de posibles errores aritméticos en las Ofertas y los corregirá; en función a los montos corregidos, ordenará las Ofertas de menor a mayor. Eventualmente, el CONTRATANTE solicitará, por escrito, información o aclaraciones consideradas subsanables (información de carácter histórico o cuestiones que no afecten a aspectos sustanciales de la Oferta). 11.2 La corrección de errores aritméticos se realizará de la siguiente manera: (i) si existiera una diferencia en el precio total como producto del precio unitario multiplicado por la cantidad requerida, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido; (ii) si existiera un error en el precio total por una suma de los subtotales, prevalecerán los subtotales y se corregirá el precio total; (iii) si existiera una discrepancia entre el precio expresado de manera literal y el precio expresado de manera numeral, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (i) y (ii) más arriba; (iv) si el Formulario B-1 no consigna uno o más de los ítems solicitados, será considerado como omisión, dando lugar al rechazo de la Oferta; sin embargo, si es que no se cotizara uno o más ítems, pero se los incluyera en el listado, el CONTRATANTE asumirá que su precio está contenido dentro de otros ítems, y el Licitante estará obligado a su ejecución, en caso de adjudicarse el contrato. De determinarse que la propuesta económica contiene errores relacionados a gastos impositivos, mano de obra u honorarios profesionales, se procederá de la siguiente manera: a) Gastos Impositivos que difieran de los valores vigentes aplicables: el oferente deberá absorber la diferencia correspondiente. b) Mano de Obra por debajo de los valores mínimos de las escalas salariales vigentes para el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable: el oferente deberá absorber la diferencia correspondiente hasta alcanzar el valor mínimo establecido para las respectivas escalas salariales. c) Honorarios Profesionales por Representación Técnica u otros Honorarios Profesionales aplicables por debajo de los valores mínimos vigentes, establecidos por el Colegio de Ingenieros/Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires: la diferencia resultante por haber cotizado dichos honorarios por debajo del mínimo vigente deberá ser absorbida por el oferente. En los incisos a) b) y c) mencionados, el Oferente no podrá y no se aceptará ningún cambio en el precio originalmente ofertado. Se deja constancia que los parámetros establecidos en los supuestos anteriores deberán ser los vigentes al momento de la apertura de ofertas. En todos los supuestos citados, se procederá a informar al Oferente. 11.3 Al concluir la revisión de las Ofertas, si existieron errores aritméticos que dieron lugar a la corrección del precio de las Ofertas, el CONTRATANTE consultará a los Licitantes la aceptación o no de las correcciones. Las Ofertas de los Licitantes que no acepten las correcciones realizadas serán rechazadas y se podrá aplicar lo indicado en el párrafo 8 de esta Sección.

  • EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

  • Evaluación Oferta Económica El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado. Sección IV Adjudicación‌

  • Evaluación y Comparación de las Ofertas 30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.

  • EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 38.1. El Contratante evaluará todas las ofertas que cumplan los requisitos esenciales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. 38.2. Los valores, puntajes y los criterios aplicables a la evaluación técnica y económica deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad. 38.3. Así mismo, en el PBC deberá identificar y expresar con claridad y de forma expresa los documentos probatorios que permitan valorar la capacidad del oferente y la calidad del bien o servicio a adquirir. 38.4. La oferta técnica presentada será evaluada aplicando el método cumple o no cumple, sin asignar puntaje adicional al que exceda el mínimo requerido. 38.5. Si los bienes son estandarizables, el criterio de selección será únicamente el precio, en caso contrario, se deberá ponderar precio con calidad. 38.6. Para evaluar las ofertas, el Contratante utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en el PBC, so pena de nulidad. 38.7. Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente: (a) el precio cotizado (b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos (c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos (d) ajustes debidos a la aplicación de criterios de evaluación, 38.8. Al evaluar una oferta el Contratante excluirá y no tendrá en cuenta: (a) en el caso de bienes producidos o de origen en Nicaragua, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (b) en el caso de bienes no producidos en o de origen fuera de Nicaragua, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato si estuviese estipulado en la oferta. 38.9. Podrá permitirse a los Oferentes cotizar precios separados por uno o más lotes, y al Contratante adjudicar uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la mejor oferta, está detallada en la Sección III, Criterios de Calificación y Evaluación.

  • EVALUACIÓN DE LA OFERTA Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.

  • EVALUACIÓN DE OFERTAS A continuación la mesa de contratación efectuará las siguientes actuaciones en las sesiones que resulten necesarias: 18.1.- Comprobará si las ofertas incurren en alguna de las causas de rechazo establecidas en la cláusula 14.1 de condiciones generales y adoptará, en su caso, el consiguiente acuerdo de rechazo. 18.2.- Comprobará si las ofertas admitidas rebasan los límites establecidos, en su caso, en la cláusula 22.3 de cláusulas específicas del contrato y, si alguna los rebasa, realizará las actuaciones previstas en el art. 18.3.- Calculará las puntuaciones de las ofertas y determinará cuál es la mejor mediante la suma de los puntos obtenidos por cada una de ellas en todos y cada uno de los criterios de adjudicación.

  • EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos