Contract
CONVENIO DE APORTACIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO XX XXXX, GUANAJUATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL MUNICIPIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA XX XXXX; Y POR LA OTRA PARTE, LA ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA FESTIVAL INTERNACIONAL DE GLOBOS XX XXXX, A.C., REPRESENTADA POR EL C. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ASOCIACIÓN”; Y CUANDO SE HAGA REFERENCIA DE AMBOS SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, QUIENES SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I.- Declara “EL MUNICIPIO” a través de su representante:
I.1. Ser una institución de orden público, autónomo para su gobierno interior y para la administración de su hacienda, que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, así como con las atribuciones que la legislación vigente le confiere, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 106 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 2 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
I.2. La Secretaría para la Reactivación Económica xx Xxxx, es una dependencia centralizada de la Administración Pública Municipal, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 fracción VII del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal xx Xxxx, Guanajuato; y para la suscripción del presente convenio cuenta con las atribuciones establecidas en el artículo 129 fracciones X, XII, XIII, XIV, XVIII y XIX; haciendo mención de que a su cargo se encuentra la Dirección General de Hospitalidad y Turismo, de conformidad con el artículo 130 fracción III; encargada de brindar puntual seguimiento del acuerdo asumido, misma que a su vez cuenta con atribuciones y estructura señaladas en los artículos 138 fracciones II, III, IV, VI y VIII; 139 fracción I; y, 140 fracciones II y X; del citado Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal xx Xxxx, Guanajuato, así como con la autorización que le otorga el acuerdo tomado en sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha de del 2024.
I.3. El Lic. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Titular de la Secretaría para la Reactivación Económica xx Xxxx, acredita la personalidad jurídica con que comparece con el nombramiento de fecha 12 de noviembre de 2021, signado por la Presidenta Municipal de conformidad con el artículo 77 fracción XV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. Así como la autorización del H. Ayuntamiento para la suscripción del presente convenio, por acuerdo de fecha de de 2024 en el punto del orden del día, tomado en sesión del día de de 2024.
I.4. En sesión del H. Ayuntamiento de fecha de de 2024, se autorizó la celebración del presente convenio y el monto de la correspondiente aportación económica.
I.5. Señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionadas con el presente convenio, el ubicado en Blvd. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx esquina Blvd. Xxxxxxxxx Xxxxx 1er. Piso Poliforum, Colonia Oriental,
C.P. 37510, León, Guanajuato, México.
I.6. Está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo la cédula fiscal número MLE850101TS0.
I.7. Dentro del Programa de Gobierno del H. Ayuntamiento xx Xxxx para los años 2021-2024, bandera (eje) “Vivir Tranquilo”, subprograma de Atracción y Promoción de Eventos Turísticos, Artísticos y Culturales, ha quedado incluida la vigésima tercera edición del Festival Internacional del Globo, año 2024, en lo subsecuente “FIG 2024”, un evento único en su tipo, que hoy por hoy se mantiene como uno de los eventos más importantes de aerostación en el mundo.
Cabe destacar que para esta vigésima tercera edición permanecerá como sede del evento el Parque Metropolitano xx Xxxx, lugar donde se presentarán despegues masivos de 200 globos aerostáticos por la mañana y noches mágicas al terminar el día (Como parte de las noches mágicas se presentarán artistas de gran impacto internacional, manteniendo la calidad del evento), con increíbles figuras especiales y un programa lleno de música y color, que ha logrado posicionar a la ciudad xx Xxxx, Guanajuato, como sede de grandes eventos; estimando un impacto de 40’000,000 de espectadores online por medio de las plataformas digitales del FIG, influencers, patrocinadores, personalidades e invitados especiales, así como un alcance de 400 mil personas en su formato presencial, lo que provocará una derrama económica estimada de 850 millones de pesos durante los días del festival.
I.8. Cuenta con recursos suficientes para cubrir los conceptos acordados en el presente instrumento jurídico, mismos que se encuentran depositados en la combinación contable número: 01-52311030001- 999999-04- 3110-371-T75-F100256-43901-1-11-11AA01-3100, asignada a la UR 3110 Dirección General de Hospitalidad y Turismo Partida 43901 Otros Subsidios.
II.- Declara “LA ASOCIACIÓN” a través del Presidente del Consejo Directivo, bajo protesta de decir verdad:
II.1.- Ser una asociación civil constituida conforme a las leyes mexicanas denominada FESTIVAL INTERNACIONAL DE GLOBOS XX XXXX, A.C., lo que acredita con el acta constitutiva contenida en escritura pública número 28,043 de fecha 11 xx xxxxx de 2002, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Notario Público número 94 en legal ejercicio en esta ciudad xx Xxxx, Guanajuato, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad de esta ciudad bajo el número de folio civil V20*001128 de fecha 22 del mes xx xxxxx de 2002.
II.2.- Que dentro de su objeto entre otras cosas se contempla el organizar, producir, fomentar, promover, impulsar, coordinar y operar el desarrollo del “Festival de Globos de Cielo de Colores”, y los eventos alternos al mismo que tengan lugar en la Ciudad xx Xxxx, Guanajuato.
II.3.- Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número de cédula:
FIG0204116V5.
II.4.- Que para los efectos del presente convenio señala como su domicilio el ubicado en Blvd. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxx xx xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx.
II.5.- Que el C. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Presidente del Consejo Directivo, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente convenio mismas que no le han sido revocadas, restringidas o limitadas. Lo que se acredita con la escritura pública número 18,210 de fecha 13 xx xxxxx de 2008, otorgada ante la fe del Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Notario Público número 22 en legal ejercicio en esta ciudad xx Xxxx, Guanajuato, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el folio civil V20*1128, en fecha 19 xx xxxxx de 2008.
II.6. - Que sus asociados no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés.
III.- Declaran “LAS PARTES” lo siguiente:
III.1.- De conformidad con lo anterior, declaran “LAS PARTES” su voluntad de celebrar el presente convenio a efecto de unir esfuerzos para coordinar acciones encaminadas a organizar, producir, fomentar, promover, impulsar y operar el desarrollo de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”.
III.2.- Manifiestan “LAS PARTES” que se reconocen la personalidad con la que se ostentan, así como su voluntad de celebrar el presente convenio al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA - OBJETO. El objeto del presente convenio consiste en establecer las bases y mecanismos mediante los cuales “EL MUNICIPIO” apoyará a “LA ASOCIACIÓN” para cubrir pagos que se generen por concepto de montaje, audio, video y programa del evento de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”, que se llevará a cabo en esta ciudad del 15 al 18 de noviembre de 2024, bajo la programación general que se detalla en el anexo denominado: “Programa oficial Festival Internacional del Globo 2024”.
SEGUNDA. - APORTACIÓN DE LOS RECURSOS. “EL MUNICIPIO” se compromete a aportar recursos económicos a “LA ASOCIACIÓN” por un monto total de $7’000,000.00 (Siete millones de pesos 00/100 M.N.) No genera I.V.A., destinados al cumplimiento del objeto señalado en la CLÁUSULA PRIMERA del presente instrumento, sin que esto sea impedimento para que “LA ASOCIACIÓN” pueda gestionar apoyos diversos con diferentes instituciones, siempre y cuando los mismos no tengan la misma comprobación de recurso, de lo contrario, se atenderá a lo que disponga la normatividad aplicable en la materia, sin perjuicio para “EL MUNICIPIO”.
TERCERA. - FORMA DE LA APORTACIÓN DE LOS RECURSOS. Convienen “LAS PARTES” que la
cantidad antes referida será cubierta por conducto de la Tesorería Municipal, mediante transferencia bancaria realizada a la cuenta que para el efecto proporcione “LA ASOCIACIÓN”, con la finalidad de que la misma cuente con recurso suficiente para cubrir gastos de la vigésima tercera edición del “FIG” 2024. Aportación que se realizará bajo los siguientes términos:
Una única ministración por la cantidad de $7’000,000.00 (Siete millones de pesos 00/100 M.N.) No genera I.V.A., cuyo pago podrá efectuarse una vez firmado el presente instrumento jurídico y hasta antes de concluir el mes xx xxxxxx de la presente anualidad, previa entrega del recibo fiscal correspondiente y de la evidencia enmarcada en los puntos 1, 3, 4 y 6 de la cláusula SEXTA, misma que deberá contar con el visto bueno de la Dirección General de Hospitalidad y Turismo.
CUARTA. - DEL LUGAR DEL EVENTO. “LAS PARTES” convienen en relación al lugar donde se habrá de desarrollar el festival, que “LA ASOCIACIÓN” será enteramente responsable de la elección que mejor se adecúe a los requerimientos de espacio, infraestructura, seguridad, salubridad y demás aspectos necesarios para el correcto desarrollo de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”; por lo que “EL MUNICIPIO” se
deslinda de toda responsabilidad, gestión, negociación, contratación, obligación y en sí a cualquier acto jurídico que de ello derive.
QUINTA. - VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen que el presente convenio iniciará su vigencia a partir de su suscripción y terminará el 15 de diciembre del 2024.
En virtud de que el presente instrumento sobrepasa el término de la presente Administración Municipal 2021-2024, la subsecuente, podrá ratificarlo o en su caso modificarlo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 118 fracción III de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.
SEXTA. - EVIDENCIA. “LA ASOCIACIÓN” se obliga con “EL MUNICIPIO” a la entrega de un informe final de actividades y de los comprobantes fiscales que justifiquen la correcta aplicación del recurso económico aportado, que invariablemente incluya los siguientes conceptos:
1. Carta petición dirigida a la Mtra. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Presidenta del H. Ayuntamiento, mediante la cual solicita el apoyo para el evento;
2. Carta agradecimiento dirigida a la Mtra. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Presidenta del H. Ayuntamiento, sobre el apoyo otorgado para el evento;
3. Ficha técnica del evento;
4. Programa del evento;
5. Ficha del informe de resultados, que señale de manera pormenorizada los conceptos y montos a los cuales se destinó el apoyo recibido, acompañada de un reporte fotográfico general del evento, que narre con imágenes los momentos más emblemáticos durante su desarrollo;
6. Comprobante fiscal que ampare la cantidad del apoyo otorgado; y,
7. Copia de los comprobantes fiscales que justifiquen la aplicación del recurso económico otorgado con los testigos fotográficos de los mismos de acuerdo al objeto del presente convenio, establecido en la cláusula primera.
Todo lo anterior, deberán contar con el visto bueno de la Dirección General de Hospitalidad y Turismo.
SÉPTIMA. - RESPONSABILIDAD. “LA ASOCIACIÓN” se obliga de manera unilateral a tramitar, gestionar y obtener los permisos, licencias, autorizaciones y/o concesiones que conforme a la normatividad aplicable (Normas Oficiales Mexicanas, Legislación Federal, Estatal y Municipal) sean necesarios para la realización de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”, así como asegurar que se cumpla previo y durante su desarrollo con las medidas de seguridad pública, privada, primeros auxilios y/o prevención que dicho festival requiera para salvaguardar la integridad de los asistentes y participantes, los cuales deberán estar validados y autorizados por la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado de Guanajuato, Dirección General de Salud del municipio xx Xxxx, Dirección General de Protección Civil del municipio León, según aplique, y/o todas aquellas que resulten competentes para una correcta y segura ejecución del festival. Para tal efecto, una vez obtenidas las autorizaciones o validaciones correspondientes por la autoridad competente “LA ASOCIACIÓN” se compromete a entregar de forma inmediata, una copia íntegra del documento obtenido a la Dirección General de Hospitalidad y Turismo para conocimiento.
OCTAVA. – COMPROMISOS DE “LA ASOCIACIÓN” EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL.
a) “LA ASOCIACIÓN” otorgará todas las facilidades y dará respuesta oportuna a las peticiones que “EL MUNICIPIO”, a través de la Dirección General de Hospitalidad y Turismo, realice para oportuna atención de
la rueda de Prensa Nacional o cualquier otro evento de difusión que se organice con motivo de la presentación y difusión del programa oficial del evento “FIG 2024”, y que garanticen que el mismo se lleve a cabo de la mejor manera y sin ningún contratiempo.
b) “LA ASOCIACIÓN”, garantizará que para el acto inaugural “Opening” de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”, se proporcionen un total de siete globos aerostáticos (entre los cuales no podrá faltar el globo propiedad del Municipio xx Xxxx), siendo el número necesario para que dicho acto inaugural, cumpla con los estándares de calidad y evaluación que año con año se han satisfecho, procurando incluso, que se superen atendiendo al cumulo de experiencias que su trayectoria le brinda.
c) Atendiendo a una parte crucial del Plan de Trabajo de la presente administración pública, centrada en la atención de grupos prioritarios, “LA ASOCIACIÓN”, se obliga por lo que resta de la anualidad 2024, a llevar a cabo aquellas gestiones necesarias, para colaborar con la activación del Programa “Mi Barrio Habla”, proporcionando en caso de que se le requiera por “EL MUNICIPIO” de forma gratuita un globo aerostático que se adecue a las circunstancias específicas del lugar donde se llevará acabo la asamblea prevista en dicho programa, permitiendo con dicha acción que en cada una de las asambleas que se realicen, niñas, niños y adolescentes, puedan vivir la experiencia de abordar un globo aerostático bajo una modalidad de vuelo cautivo.
d) “LA ASOCIACIÓN” se compromete a hacer válida en beneficio de los habitantes del Municipio xx Xxxx, Guanajuato, la promoción de boletos con pase doble a precio de boleto general, para el evento “FIG 2024”, de uso exclusivo al día de la inauguración, siendo el pase cortesía únicamente válido en un horario de 05:00 a 09:00 horas, cabe precisar, que dicho beneficio sólo se podrá conceder a aquellos que comprueben ser residentes del municipio a través de credencial de elector y/o licencia de conducir, haciendo de conocimiento a los beneficiarios que para efectos de verificación deberán conservar el boleto respectivo, asimismo se informa que su venta estará disponible en todas las tiendas “OXXO” de la ciudad xx Xxxx, Guanajuato (no aplica para la adquisición de compra en línea), y su cupo estará limitado hasta agotar el aforo permitido para el evento, siendo “LA ASOCIACIÓN” la única responsable en la ejecución de dicho beneficio en cuanto logística y verificación.
e) “LA ASOCIACIÓN” Dará de manera gratuita acceso al personal aplicador de las encuestas del estudio base para medir el comportamiento del visitante, implementado como indicador durante la anualidad 2023, el cual tiene como propósito, acudir a eventos de ciudad, y a través de herramientas digitales y de analytics, poder conocer de los asistentes, el perfil sociodemográfico, los mercados emisores, así como la experiencia y satisfacción obtenida por la visita, los resultados obtenidos podrán ser compartidos a “EL MUNICIPIO”, a petición que realice a través de la Dirección General de Hospitalidad y Turismo.
NOVENA. - IMAGEN. Incluir en la publicidad de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”, el logotipo de “EL MUNICIPIO” como distintivo de la ciudad, debiendo sujetarse a los lineamientos y criterios de imagen de la Dirección General de Comunicación Social de “EL MUNICIPIO”, asegurándose de que su uso se haga con la mayor diligencia, pericia, eficacia, probidad y buena fe, en tal forma que en ningún momento se perjudiquen los derechos, la seriedad, la imagen y el prestigio de “LAS PARTES”.
DÉCIMA. - AUSENCIA DE RELACIONES LABORALES. “LA ASOCIACIÓN” reconoce que como patrón
del personal que ocupe con motivo de la vigésima tercera edición del “FIG 2024”, será la única responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de Trabajo y
Seguridad Social, por lo que se obliga a responder por todas las reclamaciones y/o accidentes de trabajo que sus colaboradores o trabajadores llegaran a presentar en contra de “EL MUNICIPIO” con relación al festival objeto del presente convenio; reconociendo expresamente “LA ASOCIACIÓN” que la responsabilidad, supervisión, dirección, administración y evaluación del personal que contraten o involucren en la organización y ejecución del “FIG 2024” correrá a su cargo únicamente
Así mismo, en atención a la naturaleza jurídica de la relación que se pacta en el presente instrumento, “LA ASOCIACIÓN” se compromete a dejar libre ante terceros de cualquier responsabilidad ya sea laboral, civil o penal o de cualquier otra índole, ante cualquier persona o autoridad a “EL MUNICIPIO”, por lo que “LA ASOCIACIÓN” expresamente lo exime de cualquier responsabilidad que en su caso pudiera llegar a generarse con motivo de la realización de la vigésima tercera edición del “FIG 2024” y a protegerlo mediáticamente ante cualquier situación.
DÉCIMA PRIMERA. - DEL SEGUIMIENTO. - “EL MUNICIPIO” por medio de la Dirección General de Hospitalidad y Turismo, a través de su titular la Lic. Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, en coordinación con el Director de Desarrollo y Operación Turística, C.P. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, y/o quienes los sustituyan en el cargo, darán supervisión y seguimiento a los compromisos adquiridos por “LA ASOCIACIÓN” dentro del presente convenio, Por su parte “LA ASOCIACIÓN” atenderá y dará seguimiento a los compromisos adquiridos en el presente convenio designando a la C. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx, Directora General del Festival Internacional del Globo.
DÉCIMA SEGUNDA. - REINTEGRO. - “LA ASOCIACIÓN” se obliga a reintegrar a “EL MUNICIPIO” los recursos transferidos y no ejercidos o sobre los cuales no se haya comprobado el gasto o destino pactado en este convenio. Dicho reintegro deberá incluir los rendimientos que se hayan generado conforme a la tasa de interés más alta que fije el Banco de México para valores xx xxxxx fija, calculados durante el periodo en que se hubieran aportado los recursos. El reintegro deberá realizarse en un plazo no mayor de 30 días naturales contados a partir de la notificación que realice “EL MUNICIPIO” del incumplimiento.
DÉCIMA TERCERA. - CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA. “LAS PARTES” convienen en que
serán causas de terminación anticipada del presente convenio sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad para “EL MUNICIPIO”, las siguientes:
1. La voluntad de una o ambas partes.
2. El caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible el cumplimiento del convenio.
3. Por ser imposible la realización del objeto del mismo.
4. Por contravenir las leyes y demás disposiciones administrativas que regulan el presente convenio.
5. Por incumplimiento respecto de las obligaciones derivadas de este instrumento jurídico.
En caso de presentarse alguno de los supuestos antes enunciados, “LA ASOCIACIÓN” deberá reintegrar lo aportado conforme a la CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA del presente instrumento, con excepción del punto 2 que nos habla del caso fortuito o fuerza mayor, supuesto en el cual “LA ASOCIACIÓN” podrá elegir previo diálogo y acuerdo con “EL MUNICIPIO” por el reintegro de referencia o bien una reprogramación del festival una vez que las circunstancias así lo permitan.
DÉCIMA CUARTA.- SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO. En caso de que “LA ASOCIACIÓN” incurra en
incumplimiento de alguno o la totalidad de los compromisos pactados o contravenga las obligaciones
derivadas del presente instrumento jurídico, se obliga a pagar a “EL MUNICIPIO” una sanción convencional equivalente al 30% del valor de la aportación total indicada en la CLÁUSULA SEGUNDA.
DÉCIMA QUINTA. - ALCANCES. “LAS PARTES” están de acuerdo que el presente instrumento no crea sociedad, asociación, ni alguna otra figura jurídica similar, por lo que cada parte es responsable los sus actos que con independencia a los compromisos pactados en el presente convenio realicen.
DÉCIMA SEXTA. - CONFIDENCIALIDAD. “LAS PARTES” se obligan a respetar la confidencialidad los datos personales y demás información clasificada que se haya proporcionado para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio, así como de toda aquella información que se genere durante el cumplimiento de su objeto, lo anterior, de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
El incumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior será causal de recisión del presente convenio con las consecuencias aquí establecidas y sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal que de ello resulte.
DÉCIMA SÉPTIMA. - VERIFICACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS. “LA ASOCIACIÓN” se obliga con “EL
MUNICIPIO” y demás autoridades de fiscalización y control de los recursos públicos, entre ellos la Contraloría Municipal, a conceder toda clase de facilidades y permisos para comprobar el correcto destino y aplicación de la aportación económica que se le otorga, además a rendirles cuentas que comprueben el destino para el cual se otorgaron dichos recursos, proporcionando toda la documentación e información que le solicite cualquiera de ellos, lo anterior de conformidad con los artículos 24, 65, 69 y 71 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato.
DÉCIMA OCTAVA. - DE LAS MODIFICACIONES Y PRÓRROGAS. El presente convenio se podrá adicionar o modificar en todo tiempo, siempre de común acuerdo entre “LAS PARTES”; determinando desde ahora que las referidas adiciones o modificaciones sean congruentes con el objeto del presente instrumento jurídico y no contravengan las disposiciones legales aplicables al mismo. En estos casos deberá seguirse el mismo procedimiento y se observarán las disposiciones jurídicas aplicables y demás formalidades que dieron origen a su suscripción.
DÉCIMA NOVENA. - DE LA SOLUCIÓN AMIGABLE DE CONTROVERSIAS. El presente convenio es
producto de la buena fe y voluntad de “LAS PARTES”, por ende se deberá privilegiar ante cualquier problema en la interpretación de su clausulado o en la ejecución de las actividades materia del mismo, la resolución de común acuerdo entre “LAS PARTES” y de manera amigable.
VIGÉSIMA. - DE LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. En caso de no poder resolver cualquier controversia de común acuerdo, “LAS PARTES” convienen que para el caso de incumplimiento e interpretación del presente convenio se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad xx Xxxx, Guanajuato, renunciando a los que por razón de domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
VIGÉSIMA PRIMERA. - AUSENCIA DE VICIOS. Manifiestan “LAS PARTES” expresamente en forma xxxx y llana, sin coacción alguna, que en la celebración y firma del presente convenio no existe error, dolo, mala fe, violencia, lesión ni vicio alguno que pudiera invalidarlo, por lo que se obligan a estar y pasar por él en todo tiempo y lugar.
Leído y entendido que fue el presente convenio por “LAS PARTES” y comprendiendo su alcance y fuerza legal, lo ratifican y firman por triplicado en la ciudad xx Xxxx, Guanajuato, el día de del año 2024.
POR “EL MUNICIPIO”.
LIC. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX TITULAR DE LA SECRETARÍA PARA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA XX XXXX
POR “LA ASOCIACIÓN”.
C. XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX
PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO FESTIVAL INTERNACIONAL DE
GLOBOS XX XXXX, A.C.
RESPONSABLES DE SEGUIMIENTO POR “EL MUNICIPIO”.
LIC. XXXXXX DE XXXXX XXXXXX XXXXX DIRECTORA GENERAL DE HOSPITALIDAD Y TURISMO
C. P. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
DIRECTOR DE DESARROLLO Y OPERACIÓN TURÍSTICA
RESPONSABLE DE SEGUIMIENTO POR “LA ASOCIACIÓN”.
C. XXXXXXXX XXXXX ALLE
DIRECTORA GENERAL FESTIVAL INTERNACIONAL DEL GLOBO
La presente hoja forma parte del convenio de aportación de recursos económicos para la realización del Festival Internacional del Globo FIG 2024, que celebran por una parte el Municipio xx Xxxx, Guanajuato a través de la Secretaría para la Reactivación Económica xx Xxxx y la Asociación Civil denominada Festival Internacional de Globos xx Xxxx, A.C., en fecha de del 2024.