MODELO DE CONTRATO
Anexo 4
MODELO DE CONTRATO
CONSEJO CONSULTIVO TÉCNICO DEL PROCESO DE SUMINISTRO Y CONTRATACIÓN.
Subdirección de Contratación y Servicios Coordinación de Administración y Servicios
Gerencia de Abastecimientos
Sesión Ordinaria No. [ ] de fecha [ ] de [ ]de 20[ ]
Modelo de Contrato en Materia de Bienes
CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES CELEBRADO ENTRE CFE DISTRIBUCIÓN, EPS, A LA QUE EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ “LA EMPRESA
CONTRATANTE” REPRESENTADA POR [nombre del servidor público], EN SU CARÁCTER DE [cargo designado], Y POR LA OTRA, [nombre de la persona física o razón social y/o denominación de la empresa], A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR” REPRESENTADA POR [nombre del representante legal], EN SU CARÁCTER DE [cargo designado], Y EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES” E INDIVIDUALMENTE “PARTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES.
I. LA EMPRESA CONTRATANTE declara:
I.1 Es una empresa productiva del Estado de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios y goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
I.2 Tiene por objeto prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, por cuenta y orden del Estado Mexicano, así como llevar a cabo las actividades relacionadas con la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, en términos de lo establecido en el artículo 5 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
I.3 Tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario, en términos del artículo 4 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
NOTA: En aquellos instrumentos en los que sea necesario incluir las facultades de los representantes de CFE, será necesario incluir la declaración siguiente:
I.4 El/La Sr.[a] [ ], en su carácter de [ ], cuenta con las facultades legales suficientes para comparecer a la celebración del presente (Contrato,
Convenio, etc.), lo cual acredita con el testimonio de la Escritura Pública No.
[ ]
[ ]
, de fecha [ ], de [ ], de
, otorgada ante la fe del Lic. [ ], Notario Público No. [ ], de [ ], el cual está vigente en los términos en que fue otorgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
I.5 El Pliego de Requisitos para el Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio No. CFE-0001-CAAAT-00XX-2023, fue publicado con fecha [ ], en el [ ].
I.6 Que tiene la necesidad de llevar a cabo la adquisición de los bienes objeto de este Contrato (en su caso, precisar la existencia y/o inexistencia de los bienes en almacén).
I.7 El presente Contrato para la adquisición de bienes, en cuanto a sus entregables y vigencia excede de un ejercicio fiscal y desde su formalización implica para LA EMPRESA CONTRATANTE, la xxxxxxxx de obligaciones concretas y determinadas de pago con cargo a los presupuestos de cada uno de los ejercicios subsecuentes en los que estará vigente; [En su caso].
I.8 Que el procedimiento de contratación se realizó legal y válidamente a través del Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio No. CFE-0001- CAAAT-00XX-2023, mediante [fallo o decisión de Adjudicación] el [Nombre del Área], notificó el fallo el día [ ], de [ ] de 20[ ].
I.9 En el Pliego de Requisitos, consta que se decidió [En su caso], exigir a EL PROVEEDOR
que presente la garantía de [ ] ,para la presente contratación.
[Para la Empresa Productiva Subsidiaria].
I.1 Es una Empresa Productiva Subsidiaria de Comisión Federal de Electricidad, la cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, según lo dispuesto en el artículo [ ], del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada [ ].
I.2 Tiene por objeto realizar las actividades necesarias para [ ], así como llevar a cabo, entre otras actividades, [ ].
I.3 Para el cumplimiento de su objeto [nombre de la EPS] tendrá las funciones a que se refiere el artículo [ ] del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva Subsidiaria de la Comisión Federal de Electricidad, denominada [ ].
I.4 El/La Sr.[a] [ ], en su carácter de Apoderado (General / Especial según sea el caso), cuenta con las facultades legales suficientes para comparecer a la celebración del presente Contrato, lo cual acredita con el testimonio de la Escritura Pública No. [ ], de fecha [ ] de [ ] de [ ], otorgada ante la fe del [ ], Titular de la Notaria No. [ ] de la Ciudad de [ ].
I.5 Que el procedimiento de contratación se realizó legal y válidamente a través [Concurso Abierto/Invitación Restringida/Adjudicación Directa] No. [ ], mediante [fallo o decisión de Adjudicación] el [Nombre del Área], notificó el fallo el día [ ] de [ ] de 20[ ].
1.6 Que cuenta con la capacidad financiera suficiente para cumplir con sus obligaciones de conformidad con el presente Contrato.
I.7 Que el procedimiento de contratación se realizó legal y válidamente a través del Concurso Abierto Internacional Bajo la Cobertura de los Tratados de Libre Comercio No. CFE-0001- CAAAT-00XX-2023, mediante [fallo o decisión de Adjudicación] el [Nombre del Área], notificó el fallo el día [ ] de [ ] de 20[ ].
I.8 Para el presente ejercicio fiscal, cuenta con la autorización presupuestal correspondiente, de acuerdo con el oficio No. [ ], de fecha [ ], emitido por la Dirección Corporativa de Finanzas y con los fondos necesarios para hacer las erogaciones que se motiven con la adquisición objeto del presente Contrato, con cargo a la partida presupuestal: Posición Financiera [ ], Centros Gestores [ ], Fondos [ ], Centros de Costos [ ], de [ ], de LA EMPRESA CONTRATANTE.
II. EL PROVEEDOR declara que:
NOTA: En el supuesto de que la contratación se realice con PROVEEDORES NACIONALES, PERSONA FÍSICA deberá utilizarse lo siguiente:
II.1. El/La Sr.[a] [Nombre], es de nacionalidad [señalar país de origen] según lo acredita con
[acta de nacimiento, o carta de naturalización].
II.2. Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para suministrar los bienes objeto del presente Contrato.
NOTA: En el supuesto de que la contratación se realice con PROVEEDORES NACIONALES, PERSONA MORAL, deberá utilizarse lo siguiente:
II.1. Es una Sociedad [tipo de sociedad] legalmente constituida de conformidad con la legislación mexicana, según consta en Escritura Pública número [ ], otorgada ante la fe del Lic. [Nombre], [Notario x Xxxxxxxx] Público No. [ ], de la Ciudad de [lugar], e inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de [Ciudad que corresponda] folio mercantil [número] de fecha [día, mes y año].
II.2. El/La Sr.[a] [nombre del representante] en su carácter de [cargo designado] cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir este Contrato en su representación, de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública No. [ ], de fecha [día, mes
y año], pasada ante la fe del Lic. [nombre]. Notario Público No. [ ], de la Ciudad de
[Ciudad que corresponda],
NOTA: En el supuesto de que la contratación se realice con PROVEEDORES EXTRANJEROS PERSONA MORAL.
II.1. [Nombre de la persona moral] es una persona moral extranjera, constituida conforme a las leyes de [país de origen], como acredita con copia de la siguiente documentación [indicar la documentación que presenta EL PROVEEDOR] debidamente apostillada o legalizada y traducida al español por perito oficial:
II.2. El/La Sr.[a] [nombre del representante] en su carácter de [cargo designado], es de nacionalidad [señalar nacionalidad], según lo acredita con Xxxxxxxxx No. [ ], expedido el [día, mes, año], cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir este Contrato en su representación, según consta en Escritura Pública número [ ], otorgada ante la fe del Lic. [Nombre], [Notario x Xxxxxxxx] Público No. [ ], de la Ciudad de [lugar] inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de [Ciudad que corresponda] folio mercantil [número] de fecha [día, mes y año].
NOTA: En el supuesto de que la contratación se realice con PROVEEDORES QUE PRESENTARON OFERTA MANCOMUNADA, se deberá mencionar a cada uno de sus integrantes:
II.1. Es una Sociedad [tipo de sociedad] legalmente constituida de conformidad con la legislación mexicana, según consta en escritura pública número [ ], otorgada ante la fe del Lic. [Nombre], [Notario x Xxxxxxxx] Público No. [ ], de la Ciudad de [lugar], e inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de [Ciudad que corresponda], folio mercantil [número], de fecha [día, mes y año].
II.2. El/La Sr.[a] [nombre del representante], en su carácter de [cargo designado], cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir este Contrato en su representación, de conformidad con el testimonio de la Escritura Pública No. [ ], de fecha [día, mes y año], pasada ante la fe del Lic. [nombre]. Notario Público No. [ ], de la Ciudad de [Ciudad que corresponda].
NOTA: En el supuesto de que la contratación se realice con PROVEEDORES QUE PRESENTARON OFERTA MANCOMUNADA y constituyan nueva sociedad:
II.1. Es una Sociedad [tipo de sociedad] legalmente constituida de conformidad con la legislación mexicana, según consta en Escritura Pública número [ ], otorgada ante la fe del Lic. [Nombre], [Notario x Xxxxxxxx] Público No. [ ], de la Ciudad de [lugar] inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de [Ciudad que corresponda] folio mercantil [número] de fecha [día, mes y año].
II.2. El/La Sr.[a] [nombre del representante] en su carácter de [cargo designado] cuenta con las facultades legales suficientes para suscribir este Contrato en representación de la nueva sociedad, de conformidad con el testimonio de la de fecha [día, mes y año], pasada ante la fe Escritura Pública No. [ ], del Lic. [nombre], [Notario] Público No.[ ], de la Ciudad de [Ciudad que corresponda].
II.3. Tienen capacidad jurídica para contratar y cuentan con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para suministrar los bienes objeto del presente Contrato.
[Numerales de aplicación general].
II.2. Tiene capacidad jurídica para contratar y cuenta con los recursos técnicos, financieros y humanos idóneos, para suministrar los bienes objeto del presente Contrato.
II.3. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta[n] que no se encuentra[n] en alguno de los supuestos establecidos por el artículo 78, fracción VI de la Ley de la CFE y la Disposición 15 de las Disposiciones Generales.
II.4. Conocen las medidas preventivas y de penalizaciones establecidas en la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), mismas que se encuentran mencionadas en el [Pliego de Requisitos], del cual deriva el presente Contrato.
II.5. Que se encuentra al corriente de sus obligaciones patronales como son, entre otras, el pago de cuotas de seguridad social, del INFONAVIT, así como todas sus obligaciones laborales y tributarias a que están obligados.
Expuesto lo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR, celebran el presente Contrato al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS.
CLÁUSULA [PRIMERA]. - OBJETO DEL CONTRATO.
El presente Contrato tiene por objeto la Adquisición de “Vehículos chasis con equipo hidráulico (Grúas) PD”, para LA EMPRESA CONTRATANTE, consistentes en [especificar detalle de la contratación] [Es importante que en esta cláusula se haga una descripción pormenorizada de los bienes conforme al Pliego de Requisitos y la oferta de EL PROVEEDOR durante el procedimiento de contratación]. [Y se adjunten los Anexos de la Oferta para constituir el Anexo 1 del Contrato].
El presente Contrato tiene por objeto la adquisición de bienes consistentes en [especificar detalle de la contratación]. [Es importante que en esta cláusula se haga una descripción pormenorizada de los bienes conforme al Pliego de Requisitos y la oferta de EL PROVEEDOR durante el procedimiento de contratación], entregando la cantidad mínima y máxima de los bienes y su importe unitario respectivo que a continuación se describen:
NOTA: Para el caso en el que se indiquen cantidades:
[ ]
[ ].
• Cantidad mínima de [bienes]:
Con un precio unitario de: .
• Cantidad máxima de [bienes]: [ ].
NOTA: Para el caso en el que se indiquen montos:
• Monto mínimo: [ ].
• Monto máximo: [ ].
Los bienes objeto de este concurso serán adquiridos, bajo la modalidad de contratación bajo demanda, conforme a lo establecido en las disposiciones 33 fracción III y 52 de las Disposiciones Generales.
El primer requerimiento corresponde al mínimo indicado, posteriormente se solicitarán ampliaciones entre el mínimo y el máximo e incrementos de acuerdo a las necesidades de CFE Distribución EPS.
La ampliación entre el mínimo y el máximo de las cantidades serán de acuerdo a los requerimientos de las Gerencias Divisionales de CFE Distribución EPS, iniciarán a partir del día natural siguiente de la formalización de las órdenes de suministro, de conformidad a lo establecido en la disposición 52 de las Disposiciones Generales, siempre y cuando el pago no rebase el ejercicio fiscal 2025.
Las cantidades dentro del máximo podrán requerirse a través de solicitud por escrito por el Administrador del Contrato, emitiéndose órdenes de suministro con cargo al contrato bajo demanda formalizado, el plazo de entrega iniciará a partir de la formalización de la orden de suministro.
La fecha límite para la formalización de órdenes de suministro y ampliaciones entre el mínimo y el máximo se realizarán en las condiciones de entrega conforme el Anexo 1 y deberán ser entregadas y pagadas durante ...
CLÁUSULA [SEGUNDA].- IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO.
El precio unitario del [bien] es $ [ ] [número, letra, y tipo de moneda] [cuando se trate de más de una partida deberá indicarse el precio unitario de cada partida].
NOTA: En el supuesto de Contratos bajo demanda, el texto será el siguiente:
LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR convienen que el importe mínimo de este Contrato es por la cantidad de $ [____________], [número, letra] pesos [número/100 M.N.] y el importe máximo es por la cantidad de $ [ ]
[número, letra] pesos [número/100 M.N.] [número, letra] pesos [número 0/100 M.N.], más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), respectivo.
LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR convienen que los precios de los bienes cotizados sean [fijos o sujetos a ajuste].
NOTA: En caso de que los precios sean sujetos a ajuste el mismo indicar que se realizará conforme a la fórmula descrita en el Pliego de Requisitos.
CLÁUSULA [TERCERA]. - TÉRMINOS Y CONDICIONES EN QUE SE REALIZARÁ EL PAGO Y MONEDA.
1. LUGAR DE RECEPCIÓN DE FACTURAS.
Precisar el lugar de recepción de las facturas, [área responsable, domicilio, horarios y días hábiles o naturales para su recepción, teléfono y dirección de correo electrónico institucional].
Una vez que LA EMPRESA CONTRATANTE haya recibido y aceptado los bienes consignados en la CLÁUSULA PRIMERA, EL PROVEEDOR, presentará la factura para revisión, autorización y trámite de pago al Administrador del Contrato o Coordinador de Administradores, en las direcciones que se especifican en el Anexo 2-C “Domicilios de recepción de facturas”.
Documentos que se deberá(n) anexar a la(s) factura(s):
Anticipo:
a) Copia del oficio de aceptación de la garantía de anticipo;
b) Copia de la garantía de anticipo.
c) Copia del contrato.
d) Solicitud de pago mediante Transferencia (Anexo 9.4 xxx Xxxxxx de Requisitos)
Pago de bienes:
a) Copia del oficio de aceptación de la garantía de cumplimiento del contrato y de la calidad vigente;
b) Copia del contrato en la primera factura;
c) Copia de la evidencia de entrega y aceptación de los bienes (Remisión, lo que aplique), en su caso, con el sello, nombre, firma autógrafa, RPE del servidor público designado en el almacén y la fecha de recepción de los mismos;
d) Copia del aviso de pruebas del LAPEM;
e) Copia de la Garantía del fabricante, o su cesión de derechos;
f) En su caso, copia de la documentación que compruebe la legal internación de los bienes conforme a lo establecido en el Artículo 146 fracción III de la Ley Aduanera y lo previsto en losartículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación;
g) Solicitud de pago mediante transferencia (anexo 9.4); y
h) En caso de bienes importados, deberá entregar los documentos a la Gerencia de Créditos, conforme se establezca el oficio de términos de pago y financiamiento.
i) Copia del oficio emitido por el Administrador del Contrato dónde conste que la capacitación fue recibida acorde a lo establecido y a satisfacción de CFE Distribución EPS acompañado de la lista de los participantes.
En caso de que la (s) factura (s) entregadas por EL PROVEEDOR para trámite de pago, presente(n) errores o deficiencias, el área responsable de la recepción y validación, dentro de los 3 días hábiles siguientes, indicará mediante correo electrónico o por escrito, a EL PROVEEDOR, las deficiencias que deba corregir.
2. PLAZO DE PAGO.
LA EMPRESA CONTRATANTE realizará el pago a los 30 (treinta) días naturales siguientes a la entrega y aceptación de los bienes y de las facturas correspondiente a su entera satisfacción
El periodo que transcurra a partir de que se le indique las deficiencias y hasta que el concursante adjudicado presente la[s] factura[s] corregida[s], interrumpirá el plazo establecido para el pago.
3. FORMAS DE PAGO.
Las formas de pago en los Contratos podrán ser [se adecuará al caso en concreto conforme al Pliego de Requisitos].
Opciones para la forma de pago:
A. Pago posterior a la entrega de los bienes.
B. Pago contra la entrega de los bienes.
C. Otra (ejemplo pago de pólizas de garantía, anuncios entre otros).
Por su parte, EL PROVEEDOR acepta que LA EMPRESA CONTRATANTE cubra el precio convenido, deduciendo del importe de la facturación las cantidades que procedan a cargo del mismo, entre otras las siguientes: penas convencionales, gastos financieros, ajustes de calidad por resolución de controversias, así como Impuestos.
4. MEDIOS DE PAGO.
Los pagos a EL PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica.
• Transferencia electrónica: Banco:
No. de Cuenta (CLABE/SWIFT):
Sucursal:
No. de Plaza y Lugar:
Titular de la Cuenta:
LA EMPRESA CONTRATANTE no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia bancaria.
Dentro de dicho plazo, LA EMPRESA CONTRATANTE podrá publicar en Cadenas Productivas los pagos, a efecto de que EL PROVEEDOR pueda ejercer la opción de adelantar el cobro de sus facturas mediante factoraje electrónico.
5. MONEDA DE PAGO.
En el caso de que EL PROVEEDOR sea nacional, el pago se hará conforme a la Ley Monetaria mediante transferencia electrónica en pesos mexicanos.
En el caso de que EL PROVEEDOR sea extranjero, y el pago se realice en territorio Nacional, será conforme a la Ley Monetaria. Si es en el extranjero se hará mediante transferencia electrónica o carta de crédito en caso de aplicar financiamiento (el costo del establecimiento de la carta de crédito debe ser cubierto por EL PROVEEDOR), con la moneda establecida en el Contrato.
6. LUGAR DE PAGO.
Domicilio del área responsable de ejecutarlo, generalmente la Caja o Tesorería de LA EMPRESA CONTRATANTE, la Sede del Corporativo o de las Empresas Subsidiarias.
7. CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO.
Los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, no podrán ser transferidos por EL PROVEEDOR a favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de LA EMPRESA CONTRATANTE.
EL PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
I. La notificación o en su caso el aviso de la cesión sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha al Administrador de este Contrato dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la celebración del Convenio de Cesión respectivo. En esta notificación o aviso, EL PROVEEDOR deberá declarar, que no ha celebrado con anterioridad otra cesión de derechos o acto jurídico que se traduzca en cesión a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existir una cesión anterior, deberá expresarlo así y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
II. Conformidad expresa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE respecto de la solicitud del punto anterior.
III. Que en el convenio de cesión de derechos que el cedente celebre con el cesionario se incluya lo siguiente:
a) La declaración del cedente en la que señale la contratación llevada a cabo por LA EMPRESA CONTRATANTE, en el cual participó y resultó ganador.
b) El número y fecha del Contrato celebrado por el cedente con LA EMPRESA CONTRATANTE, mediante el cual se obligó a entregar los bienes materia de dicho Contrato y que continúa surtiendo todos sus efectos.
c) El importe incluyendo el I.V.A., de los bienes entregados entre LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR.
d) La manifestación expresa del cesionario, en el sentido de que conoce en todas sus partes el Contrato respecto al cual se ceden los derechos de cobro.
e) La estipulación expresa, entre cedente y cesionario, de que la materia de la cesión de derechos que celebran, es única y exclusivamente respecto de los derechos de cobro del Contrato celebrado con LA EMPRESA CONTRATANTE, indicando el importe parcial o total de la propia cesión.
f) Que el cesionario manifieste su conformidad en que LA EMPRESA CONTRATANTE, descuente del importe del crédito a favor de EL PROVEEDOR, los cargos que en su caso adeude, relacionados con el Contrato respecto del cual se realiza la cesión, incluyendo el monto xx xxxxx convencionales y gravámenes fiscales que correspondan.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx Xxxxxxxx x Xxxxxxx Público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente LA EMPRESA CONTRATANTE, a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
V. Queda expresamente convenido y así lo admite EL PROVEEDOR, que LA EMPRESA CONTRATANTE no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del Convenio o Acto Jurídico, convenio o acto jurídico a través del cual EL PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
En caso de que EL PROVEEDOR decida operar sus pagos mediante el Programa xx Xxxxxxx Productivas, LA EMPRESA CONTRATANTE otorga su consentimiento, para que EL PROVEEDOR pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero.
Cuando se presenten circunstancias imputables a EL PROVEEDOR que pongan en riesgo el cumplimiento del Contrato y se pueda generar un daño y/o perjuicio a LA EMPRESA CONTRATANTE, ésta podrá autorizar o instruir la cesión de los demás derechos y obligaciones derivados de los mismos, en favor de terceros que cumplan con los requisitos establecidos en el Pliego de Requisitos, así como los términos en los que se seleccionará la persona a la que se cederán los derechos y obligaciones previstos en el presente Contrato.
En este caso, el servidor público que haya firmado el Contrato o quien lo sustituya, elaborará una justificación que incluya los beneficios que se obtendrán como consecuencia de la cesión y, previa opinión del Consejo Consultivo Técnico, dicho servidor público autorizará o instruirá la cesión del Contrato.
8. PAGOS EN EXCESO.
Cuando LA EMPRESA CONTRATANTE haya realizado pagos en exceso a EL PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que para tal efecto se establezca en el Contrato que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación vigente en el ejercicio fiscal de que se trate, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los interese se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por Días Naturales desde la fecha del pago, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA EMPRESA CONTRATANTE.
Cuando EL PROVEEDOR sea el mismo, LA EMPRESA CONTRATANTE tendrá la facultad de realizar compensaciones entre Contratos, a efecto de extinguir las deudas.
Para que haya lugar a la compensación, se requiere que las deudas sean igualmente liquidas y exigibles.
9. IMPUESTOS. [EN SU CASO].
Cada una de LAS PARTES del presente Contrato convienen en cumplir con las obligaciones fiscales que les correspondan y en pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales a su cargo de conformidad con la legislación a las operaciones celebradas al amparo del presente Contrato, durante el plazo de ejecución del cumplimiento del mismo.
EL PROVEEDOR deberá defender, indemnizar y mantener a salvo a LA EMPRESA CONTRATANTE respecto de cualquier reclamación, pérdida, perjuicio o gasto (incluyendo gastos legales), derivados del incumplimiento de las obligaciones fiscales de EL PROVEEDOR en relación con el Contrato, así como de cualquier interés, multa, actualización o sanción sobre los mismos que pudieran ser determinados por cualquier autoridad competente.
Si LA EMPRESA CONTRATANTE recibe un requerimiento de autoridad competente solicitando el pago de contribuciones o impuestos de los tipos referidos en esta Cláusula y/o de intereses, actualizaciones o penalizaciones sobre los mismos, derivado de la contratación de EL PROVEEDOR, LA EMPRESA CONTRATANTE deberá de comunicarlo inmediatamente a EL PROVEEDOR a efecto de que éste último lleve cualquier acción legal o promueva los recursos que proceden en contra de dicho requerimiento, debiendo sacar en paz y a salvo a LA EMPRESA CONTRATANTE de cualquier responsabilidad que se le pudiere
fincar por la contratación de EL PROVEEDOR a sus obligaciones fiscales al amparo del presente Contrato.
Si en última instancia LA EMPRESA CONTRATANTE es apercibida para realizar cualquier pago por los conceptos antes señalados, podrá recuperar de EL PROVEEDOR la totalidad de cualesquier montos, gastos (incluyendo gastos legales) y costos actualizados en que hubiere incurrido derivado de lo dispuesto en el presente párrafo.
LAS PARTES acuerdan que LA EMPRESA CONTRATANTE efectuará las retenciones de impuestos que proceden de conformidad con la legislación fiscal aplicable y, en su caso, con los Tratados para evitar la Doble Tributación que mantengan celebrados los países en donde residan, y EL PROVEEDOR estará obligado a presentar la documentación que se requiera para la aplicación de los citados Tratados en caso de que resulten aplicables a las operaciones realizadas al amparo del presente Contrato.
LAS PARTES acuerdan que LA EMPRESA CONTRATANTE realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
El Administrador del Contrato, será el responsable de dar cumplimiento a los Lineamientos para la Aplicación de Retenciones a Proveedores Residentes en el Extranjero.
10. ANTICIPO
En este procedimiento se otorgará un anticipo del 50% (cincuenta por ciento) del monto mínimo del contrato conforme a la disposición 54 de las Disposiciones, sin incluir el IVA.
El anticipo será otorgado contra la presentación y aceptación de la Garantía por el 100% (cien por ciento) del monto total del anticipo incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de la factura correspondiente debidamente aceptada por el Administrador del Contrato.
En caso de que el concursante adjudicado sea de nacionalidad mexicana debe presentar la factura de forma electrónica “CFDI’s (xml y pdf’s) a los correos electrónicos indicados en el Anexo 2-C “Direcciones para recepción de facturas”.
Una vez aceptada la garantía del anticipo y presentada la factura correspondiente, el anticipo será entregado dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la aceptación de la factura.
El atraso en la entrega del anticipo diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor.
La garantía otorgada se cancelará cuando el Concursante Adjudicado haya amortizado el importe total del mismo, previa manifestación por escrito de CFE Distribución EPS. En caso de que el Concursante Adjudicado no haya amortizado el anticipo en la fecha de la última factura, podrá hacerse efectiva la garantía.
El anticipo deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, los cuales no podrán ser menos de dos.
En el plazo programado para la entrega de los bienes está considerado el tiempo de la entrega del anticipo. No obstante, los días en que se exceda CFE, de los plazos citados para revisar la garantía o pagar el anticipo serán computados para prorrogar la fecha de la entrega de los bienes.
El Concursante adjudicado deberá entregar la Factura del anticipo en las oficinas de pagos indicadas en el Anexo 2-C “Direcciones para recepción de facturas”.
En caso de recisión del contrato o terminación anticipada, éste deberá reintegrar el anticipo que haya recibido, más los intereses correspondientes, el cual será calculado desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de CFE Distribución EPS, según corresponda considerando el cómputo de los días como naturales. Los intereses serán calculados conforme a la tasa que será igual a la establecida por el artículo 8 la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales.
CLÁUSULA [CUARTA].- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
a. GARANTÍA DE ANTICIPO.
De conformidad con lo dispuesto por la disposición 55 fracción II, de las Disposiciones Generales, el Concursante Adjudicado entregará como garantía del anticipo una póliza de fianza otorgada por institución de fianzas autorizada por la SHCP o Carta de Crédito Standby (Anexo 8-A y Anexo 8-A bis) por una cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del monto total del anticipo incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). La entrega de la garantía del anticipo será dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de formalización del contrato en el Departamento de Contratos, Garantías y Facturas, ubicado en Xxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxx 0x, xxxx 000 (cuyo acceso será por Río Xxxxxx No. 14), Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06598, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 hrs., de lunes a viernes.
En caso de que el concursante adjudicado sea nacional y presente fianza electrónica, está deberá ser remitida a los siguientes correos electrónicos: xxxx.xxxxx@xxx.xx y xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xx en archivos *.pdf y *.xml.
b. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DE LA CALIDAD.
La garantía de cumplimiento del contrato deberá ser divisible (disposición 55 fracción III de las Disposiciones Generales) y por una cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin incluir el IVA (anexos 8-B y 8-B bis).
Como garantía de calidad de los bienes (disposición 55 fracción IV de las Disposiciones Generales) por una cantidad equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato sin incluir el IVA (anexos 8-B y 8-B bis).
Ambas garantías deberán presentarse en un sólo instrumento, el cual podrá ser una póliza de fianza otorgada por una institución de fianzas autorizada por la SHCP o Carta de Crédito Standby, en lo que se refiere a las operaciones de fianza en moneda extranjera, éstas se sujetarán a las reglas generales emitidas por la SHCP. Dicho instrumento se deberá presentar dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de formalización del contrato, en el Departamento de Contratos, Garantías y Facturas, ubicado en Xxx Xxxxxx Xx. 00, Xxxx 0x, xxxx 000 (cuyo acceso será por Río Xxxxxx No. 14), Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06598, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 15:00 hrs., de lunes a viernes.
La garantía de cumplimiento del contrato y de la calidad será divisible y, la garantía de la calidad tendrá vigencia a partir de la fecha de firma del contrato y hasta por 2 años contados a partir de la última entrega de los bienes objeto del procedimiento, a entera satisfacción de CFE Distribución EPS.
En caso de que el concursante adjudicado sea nacional y presente fianza electrónica, está deberá ser remitida a los siguientes correos electrónicos xxxx.xxxxx@xxx.xx y xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxx.xx archivos *.pdf y *.xml.
c. GARANTÍA DEL FABRICANTE.
El Proveedor deberá entregar, junto con los bienes, la garantía emitida por el fabricante a nombre de CFE Distribución EPS, con una vigencia mínima de 24 meses a partir de la entrega por CFE Distribución EPS, en caso de que el Proveedor sea distinto al fabricante
del bien adquirido, deberá entregar la garantía del fabricante con una cesión de derechos a nombre de CFE Distribución EPS
2. PENAS CONVENCIONALES.
Se pactarán penas convencionales a cargo del Proveedor por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, las cuales en su conjunto no podrán exceder el 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, sin incluir el IVA.
El factor de penalización que CFE Distribución EPS aplicará será del 1% (uno por ciento) diario del monto total de los bienes entregados con atraso, conforme a la formula indicada.
El importe de la penalización se deducirá de la factura que presente para su cobro. La penalización se aplicará de acuerdo a la siguiente fórmula:
fórmula: (Pd) x (Nda) x (Vbea) = Pca
donde:
Pd: (1%)
penalización diaria Nda:
número de días de atraso
Vbea: valor de los bienes entregados con atraso Pca: pena convencional aplicable
CFE Distribución EPS, una vez que exista incumplimiento por parte del Proveedor, podrá rescindir con efectos inmediatos el contrato sin necesidad de declaración judicial, mediante simple notificación por escrito a el Proveedor, en el que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste.
3. DEDUCCIONES. NO APLICAN.
4. MODIFICACIONES AL CONTRATO
El presente Contrato podrá ser modificado, por las causas que se mencionan a continuación, de manera enunciativa más no limitativa:
• Modificaciones a la cantidad, monto plazo o vigencia
• Circunstancias económicas de Tipo General
• Cancelación de partidas
• Diferimiento de obligaciones contractuales
• Prórroga de obligaciones contractuales
• Suspensión de Obligaciones contractuales
• Sustitución de bienes durante la vigencia del Contrato
• Terminación Anticipada y extinción del Contrato por razones diferentes a su cumplimiento
• Cambio de Destino
• Modificación derivada de aplicación de Medios Alternativos de Solución de Controversias
• Discrepancias
• Modificación al Contrato cuando se determine que la rescisión resulta más inconveniente.
El PROVEEDOR, deberá formalizar el Convenio Modificatorio dentro de los quince días hábiles posteriores a la solicitud por parte del Administrador del Contrato.
5. RESCISIÓN
LAS PARTES acuerdan que, LA EMPRESA CONTRATANTE una vez que exista incumplimiento por parte de EL PROVEEDOR, podrá rescindir con efectos inmediatos el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial o arbitral, mediante simple notificación por escrito a EL PROVEEDOR, en el que se especifique(n) la(s) obligación(es) incumplida(s) por éste y para tal propósito, se seguirá el procedimiento que se indica a continuación:
1. LA EMPRESA CONTRATANTE preparará un oficio dirigido a EL PROVEEDOR notificando el inicio de la rescisión, en el que se establezcan los presuntos incumplimientos en que haya incurrido y se le comunique la intención de LA EMPRESA CONTRATANTE de rescindir el Contrato.
Del oficio previsto en este numeral, se deberá enviar copia a la institución que haya emitido la garantía de cumplimiento, cuando resulte procedente.
2. EL PROVEEDOR contará con un plazo de 15 (quince) días hábiles para manifestar a LA EMPRESA CONTRATANTE lo que estime conveniente, contados a partir del día siguiente de la notificación del inicio de la rescisión.
3. Transcurrido el término anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE tendrá hasta 15 días hábiles para resolver lo conducente y notificar su decisión a EL PROVEEDOR.
Transcurrido el plazo señalado en el numeral 2 que antecede, EL PROVEEDOR perderá el derecho para manifestar lo que a su derecho convenga y se le tendrá por aceptada la rescisión del presente Contrato en todos sus términos.
Dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior, LA EMPRESA CONTRATANTE elaborará un dictamen sobre las consecuencias de llevar a cabo la rescisión del Contrato.
En el evento de que LA EMPRESA CONTRATANTE rescinda el Contrato, de conformidad con esta Cláusula, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, LA EMPRESA CONTRATANTE procederá a:
a) Formular el finiquito correspondiente compensando cualquier adeudo que se genere a cargo de EL PROVEEDOR y de LA EMPRESA CONTRATANTE.
b) En su caso, hacer efectiva la garantía a que se refiere el numeral 1 de la presente cláusula.
Si LA EMPRESA CONTRATANTE decide no rescindir el Contrato, se observará lo previsto en el sexto y séptimo párrafo, respectivamente, de la Disposición 66 de las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias.
El servidor público facultado para llevar a cabo la rescisión será quien haya firmado el Contrato, quien lo sustituya o un servidor público con nivel jerárquico superior.
Cuando EL PROVEEDOR sea quien decida rescindir el Contrato por causa(s) imputable(s) a LA EMPRESA CONTRATANTE, será necesario que éste acuda ante los Tribunales Federales competentes a demandar dicha rescisión.
6. DERECHOS INHERENTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.
EL PROVEEDOR asume la responsabilidad total para el caso de que en cumplimiento del presente Contrato se infrinjan derechos de terceros sobre patentes o marcas, o se violen derechos de autor.
LAS PARTES acuerdan que los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven del objeto del presente Contrato, invariablemente se constituirán a favor de LA EMPRESA
CONTRATANTE, según corresponda, en términos de las disposiciones legales aplicables.
[en su caso].
7. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS.
EL PROVEEDOR asume la responsabilidad total de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario para la adquisición de bienes correspondientes.
8. RELACIONES LABORALES.
EL PROVEEDOR como patrón del personal que ocupe con motivo de los trabajos materia de este Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia laboral y seguridad social. EL PROVEEDOR conviene, por lo mismo en responder de las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de LA EMPRESA CONTRATANTE, en relación con la adquisición objeto de este Contrato.
9. DISCREPANCIAS.
LAS PARTES convienen que, en caso de existir discrepancias entre el Pliego de Requisitos, sus Anexos y las Actas de las Sesiones de Aclaraciones con lo previsto en el presente Contrato, prevalecerá lo estipulado en el Pliego de Requisitos, sus Anexos y las Actas de las Sesiones de Aclaraciones.
La modificación al Contrato por discrepancias que se realice deberá preservar que las cláusulas deben de interpretarse las unas por las otras.
10. CONFIDENCIALIDAD.
EL PROVEEDOR no podrá divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, la información que le proporcione LA EMPRESA CONTRATANTE, ni los datos y resultados obtenidos de la adquisición objeto de este Contrato, sin autorización previa y por escrito de LA EMPRESA CONTRATANTE.
EL PROVEEDOR tomará las medidas necesarias para que el personal que ocupe con motivo de la adquisición objeto de este Contrato observe la confidencialidad establecida en el párrafo anterior.
En el caso de que EL PROVEEDOR sea el que otorgue información confidencial a LA EMPRESA CONTRATANTE, para la realización del objeto del Contrato, LAS PARTES se obligan a guardar reserva respecto de la información que conozcan con motivo del presente Contrato o que deriven de su ejecución, en los términos de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, en lo aplicable y en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
CLÁUSULA [QUINTA]. - DATOS GENERALES DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
LA EMPRESA CONTRATANTE designa a [nombre, Cargo y área del servidor público designado], quien fungirá como responsable de administrar y verificar el cumplimiento del Contrato con domicilio en [calle y número, Colonia, Código Postal, Delegación o Municipio, Entidad Federativa, correo electrónico, teléfonos].
CLÁUSULA [SEXTA].- FORMA Y TÉRMINOS DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES.
1. CONDICIONES DE ENTREGA.
El concursante adjudicado entregará los bienes, conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalados en los Anexos 1, 2, 2-A y 2-B.
Los concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP (Delivered Duty Paid), entregados con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2020, en destino final. Las entregas de los bienes se realizarán conforme al resumen de entregas (Anexo 2-A “Programa de Entregas”) y directorio de Almacenes de los Centros de CFE Distribución EPS (Anexo 2-B “Directorio de almacenes”).
Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final serán por cuenta del Concursante Adjudicado.
Los concursantes adjudicados deberán notificar, con al menos 5 días hábiles de anticipación al Administrador del Contrato la fecha de entrega de los bienes.
Se aceptan entregas anticipadas de equipos completos, previa autorización por escrito del Administrador del Contrato o Coordinador de Administradores, de acuerdo al plazo de entrega que corresponda y su correspondiente documentación para pago.
El concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados.
En su caso, los concursantes adjudicados, a la entrega deberá presentar a CFE Distribución EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega.
Para la aceptación de los bienes, CFE Distribución EPS, representada por el LAPEM, tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar y probarlos, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones y normas descritas en esta convocatoria y referenciadas en el contrato.
Los cargos que se originen por inspección de los bienes serán por cuenta y cargo del concursante adjudicado.
En caso de que el concursante adjudicado sea del extranjero y LAPEM no pueda salir del país, el concursante adjudicado deberá contratar a un laboratorio acreditado igual que LAPEM, y enviarán la documentación correspondiente a LAPEM para su validación documental.
En caso de que las inspecciones o pruebas las realice un tercero, CFE Distribución EPS, notificará por escrito al Proveedor el (los) nombre(s) de la(s) persona(s) que la(s) realizará(n).
Los tiempos considerados como parte de la responsabilidad de servicio imputable a LAPEM inician desde la fecha del pago reflejada en el estado financiero de CFE correspondiente, hasta la fecha en que se emite el Aviso de Prueba, siempre y cuando los bienes sean aceptados. La ejecución de la inspección se realizará y contabilizará a partir de la fecha de validación del LAPEM del pago realizado por el proveedor y dentro de los tiempos establecidos en la tabla 3.1.4.4 del procedimiento PE-K3000-03.
Los bienes motivo de la presente adquisición están sujetos a pruebas de laboratorio por lo que, no deberán considerarse para el computo de la penalización, los días que permanecieron los bienes en el laboratorio, siempre que estos hayan sido aprobados, entiéndase por lo anterior, desde el día que se solicita el aviso de prueba hasta el día en que los bienes hayan sido liberados, se incluyen en este supuesto.
En caso de que el concursante resulte adjudicado deberá contactarse con el LAPEM, el cual se ubica en Av. Xxxxxxxxxx Xx. 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxx Poniente, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, C.P.03020, Tel. 00-00-00-00 Ext. 7377, para la coordinación de las pruebas e inspecciones requeridas, la falta de respuesta o el atraso en la misma por parte del LAPEM respecto a la notificación del Proveedor, no será impedimento para que éste inicie la fabricación. El costo de la inspección es con cargo al concursante adjudicado.
El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción.
El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento del bien muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.
El Proveedor debe de entregar en el almacén copia del contrato identificando la partida suministradas y copia del pedimento de importación en caso de que los bienes sean de fabricación extranjera.
2. RECEPCIÓN, ACEPTACIÓN, DEVOLUCIÓN O RECHAZO DE LOS BIENES ENTREGADOS EN EL ALMACÉN.
LA EMPRESA CONTRATANTE designa al [nombre(s) y cargo(s) del(os)servidor(es) público(s)] como responsable[s] de verificar que la entrega y recepción de los bienes cumplan con lo establecido en el pliego de requisitos
3. CONTENIDO NACIONAL [EN SU CASO].
En la última entrega de cada partida EL PROVEEDOR entregará un escrito mediante el cual manifiesta, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados.
4. INSPECCIÓN O PRUEBAS [EN SU CASO].
Los bienes objeto de este Contrato, estarán sujetos a las inspecciones y/o pruebas que se establecen en el Pliego de Requisitos.
Para tal efecto, EL PROVEEDOR acudirá al Laboratorio que señale LA EMPRESA CONTRATANTE, para que se le indique el lugar en que se llevarán a cabo dichas
inspecciones o pruebas, en el entendido de que por sí mismo EL PROVEEDOR deberá obtener el aviso de pruebas de los bienes, para estar en posibilidad de entregarlos, proporcionando copia del mismo al almacén receptor.
Si los bienes probados no cumplieran con las normas y especificaciones indicadas en el Pliego de Requisitos LA EMPRESA CONTRATANTE los rechazará y EL PROVEEDOR deberá, sin cargo para LA EMPRESA CONTRATANTE, reemplazarlos o modificarlos en la medida necesaria.
En caso de que LA EMPRESA CONTRATANTE determine que no cumplen con las mismas, deberán ser sustituidos, en el entendido de que las penas convencionales por atraso, los gastos, incluyendo impuestos, aseguramiento, fletes, entre otros, correrán a cargo y cuenta de EL PROVEEDOR.
CLÁUSULA [SÉPTIMA]. -TÉRMINOS PARA LA APLICACIÓN DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS POR DESAVENENCIAS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
LAS PARTES acuerdan que cuando para la solución de las controversias derivadas de la interpretación a las cláusulas de este Contrato por cuestiones relacionadas con su ejecución y cumplimiento, determinen necesario recurrir a uno o más medios alternativos de solución de controversias, tales como la negociación; mediación; conciliación, o arbitraje, podrán celebrar un convenio en el que se estipulen las condiciones de tiempo, lugar y forma en que se desarrollarán los medios alternativos señalados, de acuerdo a los Lineamientos Internos para Llevar a cabo Medios Alternativos de Solución de Controversias en la Comisión Federal de Electricidad y sus Empresas Productivas Subsidiarias, emitidos por el Consejo de Administración de fecha 21 xx xxxxx de 2016.
CLÁUSULA [OCTAVA]. - FECHA O PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS BIENES.
1. PLAZO DE ENTREGA.
• Primera entrega: 100 grúas a los 540 días posteriores a la formalización del contrato, se aceptan entregas anticipadas.
• Segunda entrega: 85 grúas adicionales a los 780 días posteriores a la formalización del contrato, para llevar un acumulado de 185 grúas a los 780 días; se aceptan entregas parciales y anticipadas.
En caso de existir suministro simultaneo:
1) Para el proveedor con el 90% de los bienes adjudicados:
• Primera entrega: 90 grúas a los 540 días posteriores a la formalización del
contrato; se aceptan entregas parciales y anticipadas.
• Segunda entrega: 76 grúas adicionales a los 780 días posteriores a la formalización del contrato, para llevar un acumulado de 166 grúas a los 780 días; se aceptan entregas parciales y anticipadas.
2) Para el proveedor con el 10 % de los bienes adjudicados:
• Primera entrega: 10 grúas a los 540 días posteriores a la formalización del contrato; se aceptan entregas parciales y anticipadas.
• Segunda entrega: 9 grúas adicionales a los 780 días posteriores a la formalización del contrato, para llevar un acumulado de 19 grúas a los 780 días; se aceptan entregas parciales y anticipadas. El detalle de los plazos de entrega según centro de entrega será de acuerdo con al Anexo 2-A "Programa de Entregas".
2. LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES.
EL PROVEEDOR entregará los bienes en los Almacenes Divisionales de CFE Distribución EPS, Especificados en el Anexo 2-B.
Responsables de la recepción de los bienes: Los responsables de la recepción de los bienes Se encuentran en el Anexo 2C “Domicilios de la recepción de facturas”.
Contrato Bajo demanda y Plurianual - Necesidad Año 2023, 2024 y 2025
CLÁUSULA [NOVENA]. - TERMINACIÓN ANTICIPADA.
LAS PARTES acuerdan dar por terminado anticipadamente este Contrato, cuando:
a) Se presente caso fortuito o fuerza mayor por el cual se extinga la necesidad de LA EMPRESA CONTRATANTE o si LA EMPRESA CONTRATANTE ó EL PROVEEDOR quedan imposibilitados para dar cumplimiento a las obligaciones objeto del Contrato.
En este caso, el Administrador del Contrato, deberá solicitar mediante escrito a Área Contratante la modificación al Contrato, acompañando la siguiente documentación:
Conformidad de EL PROVEEDOR, misma que podrá ser por escrito o a través de correo electrónico.
Documento con las razones fundadas y explícitas elaboradas por parte del Administrador del Contrato y suscritas por el Servidor Público que suscribió el Contrato, debidamente acreditadas, en las que indique el caso fortuito o fuerza mayor que extingue la necesidad o genere la imposibilidad para dar cumplimiento a las obligaciones objeto del Contrato.
b. Se presente caso fortuito o fuerza mayor a consecuencia del cual EL PROVEEDOR quede imposibilitado para dar cumplimiento a las obligaciones objeto del Contrato.
Cuando el plazo requerido para dar atención al caso fortuito o de fuerza mayor del que se trate sea superior a 90 días naturales.
En este supuesto, el Administrador del Contrato, deberá solicitar mediante escrito al Área Contratante la modificación al Contrato, acompañando la siguiente documentación:
Escrito de EL PROVEEDOR dirigido al Administrador del Contrato describiendo detalladamente el caso fortuito o de fuerza mayor que le impida cumplir con las obligaciones.
Documento con las razones fundadas y explícitas elaboradas por parte del Administrador del Contrato y suscritas por el Servidor Público que suscribió el Contrato, con las cuales considera procedente la solicitud de EL PROVEEDOR, anexando la documentación proporcionada por EL PROVEEDOR que acredite el caso fortuito o de fuerza mayor que impida dar cumplimiento a las obligaciones objeto del Contrato.
c. Exista resolución emitida por la instancia colegiada responsable de resolver el recurso de reconsideración; en la que se ordene la reposición total o parcial del procedimiento de contratación.
En este caso, el Administrador del Contrato, deberá solicitar mediante escrito al Área Contratante la modificación al Contrato, acompañando las razones fundadas y explícitas firmadas por el Servidor Público que suscribió el Contrato de origen, quien lo sustituya o por un Servidor Público de nivel jerárquico superior, que incluya copia de la resolución emitida por la instancia colegiada responsable de resolver el recurso de reconsideración.
d. Por acuerdo entre LA EMPRESA CONTRATANTE y EL PROVEEDOR se determine dar por terminado el Contrato, por así convenir a sus intereses.
En este supuesto, el Administrador del Contrato, deberá solicitar mediante escrito al Área Contratante la modificación al Contrato, acompañando las razones fundadas y explícitas elaboradas por parte del Administrador del Contrato y suscritas por el Servidor Público que suscribió el Contrato, así como por el representante legal de EL PROVEEDOR.
Para efectos de lo previsto en este inciso, en el pliego de requisitos y en los Contratos se deberán establecer los términos conforme a los cuales EL PROVEEDOR, en caso de que la
terminación se dé por así convenir a sus intereses, resarcirá a LA EMPRESA CONTRATANTE o, en el supuesto de que sea por convenir a LA EMPRESA CONTRATANTE, la forma en que compensará a EL PROVEEDOR por aquellas erogaciones no recuperables que haya realizado, las cuales deberán estar directamente relacionadas con el cumplimiento objeto del Contrato y debidamente comprobadas.
e. Por razones de interés general.
La terminación anticipada podrá realizarse en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, por así convenir al interés de LAS PARTES.
CLÁUSULA [DÉCIMA]. - SUSPENSIÓN DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES.
LAS PARTES acuerdan que podrán suspender los plazos previstos en este Contrato, cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor que impida a LA EMPRESA CONTRATANTE o a EL PROVEEDOR el cumplimiento de sus obligaciones, se podrá suspender total o parcialmente su cumplimiento durante el tiempo que dure dicho impedimento. En este caso ningunas de LAS PARTES estará obligada al pago de daños y perjuicios, ni xx xxxxx convencionales, exclusivamente durante el tiempo que dure la suspensión.
El periodo de suspensión no podrá exceder la vigencia del Contrato, excepto que el caso fortuito o fuerza mayor implique trascender al ejercicio fiscal siguiente, en cuyo caso se requerirá la autorización del área de finanzas.
Una vez concluido el periodo de suspensión, LA EMPRESA CONTRATANTE, podrá optar por continuar con el cumplimiento del Contrato o darlo por terminado. Cualquier suspensión deberá formalizarse a través de un Convenio Modificatorio.
Cláusula [DÉCIMA PRIMERA]. - Notificaciones.
Para todos los efectos derivados del presente Contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, LAS PARTES convienen en señalar como sus domicilios, los siguientes:
EL PROVEEDOR: [ ].
LA EMPRESA CONTRATANTE: [ ].
Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.
LAS PARTES acuerdan que cuando cualquiera de ella cambie su domicilio, lo notificará en forma fehaciente a la otra, dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a que ocurra dicho cambio, en caso contrario se tendrán por realizadas en el domicilio señalado inicialmente.
Cláusula [DÉCIMA SEGUNDA]. - Caso Fortuito O Fuerza Mayor.
El caso fortuito es referente a todo hecho de la naturaleza, que impida de manera absoluta, el cumplimiento de la obligación contraída, la fuerza mayor es todo acto del hombre, que constituya un obstáculo insuperable para el cumplimiento de la obligación contraída. A todo lo anterior se agrega que las dos figuras contienen como características análogas que el hecho o acto derive la imposibilidad en cumplir con alguna o todas las obligaciones contraídas en este Contrato y éstas deben ser necesariamente imprevisibles e inevitables, sin culpa o negligencia de alguna de LAS PARTES. En la inteligencia de que los aspectos a que se refiere este párrafo, deberán ser perfectamente acreditables.
Entre los casos fortuitos o de fuerza mayor pueden determinarse de manera enunciativa, más no limitativa, los siguientes eventos:
• Incendios;
• Terremotos;
• Guerras;
• Inundaciones;
• Sabotajes;
• Huelgas Declaradas;
• Ciclones;
• Motines o Disturbios;
• Catástrofes de Transportes Marítimos, Ferroviarios, Aéreos o Terrestres;
• Paro de Fábrica (s) por Causas No Imputables a EL PROVEEDOR.
Adicionalmente el reconocimiento de un evento de caso fortuito o fuerza mayor queda sujeto a lo siguiente:
a. Que LA PARTE que sufra el caso fortuito o fuerza mayor no haya dado causas o contribuido a que se produjera.
b. Que la PARTE que sufra el caso fortuito o fuerza mayor lo notifique de inmediato a la otra parte y adopte las medidas urgentes tendientes a evitar la extensión de sus efectos o daños a las personas o bienes de la otra PARTE.
c. Que la PARTE que sufra el caso fortuito o fuerza mayor, acredite a satisfacción de la otra PARTE mediante las constancias idóneas, la existencia, duración y efectos de dicho caso fortuito o fuerza mayor.
Cuando cualquiera de LAS PARTES por efecto de caso fortuito o fuerza mayor dejare de cumplir con sus respectivas obligaciones, quedará liberado de la responsabilidad consecuente a dicho incumplimiento, relativa a la indemnización de los daños y perjuicios causados a la otra PARTE, siempre que en tal evento se cumplan las condiciones previstas en esta Cláusula.
En caso de que EL PROVEEDOR se encuentre en esta situación, deberá notificar por escrito a LA EMPRESA CONTRATANTE, previamente a la fecha de entrega pactada en el presente Contrato.
LA PARTE que no sufra el caso fortuito o fuerza mayor se abstendrá de exigir indemnización alguna o de aplicar sanciones por el incumplimiento en que incurra LA PARTE que lo sufra, si se satisfacen las condiciones indicadas en esta cláusula, incluyendo las penas convencionales previstas en el presente Contrato, y de ser aplicable se establecerá de común acuerdo nueva fecha de entrega de los bienes correspondientes.
Cada PARTE reportará individualmente las consecuencias económicas que produzcan en sus respectivos patrimonios el caso fortuito o fuerza mayor.
En el evento de que un caso fortuito o fuerza mayor haga imposible la entrega del bien, LAS PARTES están de acuerdo en que LA EMPRESA CONTRATANTE levantará acta circunstanciada donde haga constar el estado que guarda el cumplimiento del Contrato en dicho momento.
Cláusula DÉCIMA TERCERA].- Vigencia del Contrato.
El presente Contrato estará vigente a partir de la fecha de su firma y [poner fecha de vigencia].
CLÁUSULA [DÉCIMA CUARTA]. – LEGISLACIÓN.
LAS PARTES se obligaron a sujetarse estrictamente para la entrega de bienes objeto de este Contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a lo establecido en la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, a las Disposiciones Generales en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratación de Servicios y Ejecución de Obras de la CFE y sus Empresas Productivas Subsidiarias, a la legislación mercantil o civil y demás disposiciones aplicables.
CLÁUSULA [DÉCIMA QUINTA]. – JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES.
Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, LAS PARTES se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, [en su caso], de la Ciudad de México,
por lo tanto EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiese corresponderle por cualquier causa.
El presente Contrato se firma, en tres tantos, por LAS PARTES en la Ciudad de [lugar], el día
[ ] de [mes] de 2023.
LA EMPRESA CONTRATANTE EL PROVEEDOR
[FIRMA] [FIRMA]
NOMBRE Y CARGO NOMBRE Y CARGO