Contract
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACION MEDIANTE CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACION ORDINARIA, PARA EL ARRENDAMIENTO CON OPCION DE COMPRA Y MANTENIMIENTO DE UN SISTEMA DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS VÍA GPS CON DESTINO EN LA SECCION DE LIMPIEZA.
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del presente contrato el arrendamiento de un sistema de localización de vehículos cuyas características técnicas se describen en el Pliego de Prescripciones Técnicas adjunto al presente pliego, teniendo ambos documentos carácter contractual. Dicho arrendamiento será con la opción de compra al finalizar el contrato por el valor residual de dicho sistema de localización de vehículos vía GPS.
En cuanto a la descripción de las características técnicas así como programa de mantenimiento se especifica en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
A todos los efectos el contrato incluye el mantenimiento de los sistemas GPS durante el período de vigencia del mismo.
La necesidad del presente expediente viene determinada por el motivo de ejercer un mayor control de los equipos móviles, dado el incremento en la dotación de estos equipos y en la superficie de la ciudad.
SEGUNDA.- PRESUPUESTO Y TIPO DE LICITACION DEL CONTRATO. CREDITO PRESUPUESTARIO.
El presupuesto de licitación máximo anual es de 11.500 euros (IVA incluido), y 500 euros, (IVA incluido) de mantenimiento.
El importe de este suministro referido al presente ejercicio se satisfará con cargo al crédito existente en el presupuesto municipal. La partida presupuestaria es la que figura en el certificado de existencia de crédito que es la partida 442.22722, con una dotación de 25.358 euros. En cuanto a las sucesivas anualidades se consignará el crédito correspondiente en el presupuesto de cada ejercicio.
TERCERA.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION DEL SUMINISTRO
La forma de adjudicación de este contrato será mediante concurso procedimiento abierto, en virtud de los arts. 85.b) y 180.2 del T.R.L.C.A.P.
CUARTA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. (art. 15 y ss. del T.R.L.C.A.P.), así como las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, según lo dispuesto en el art. 24 del T.R.L.C.A.P., que teniendo plena capacidad para contratar no estén incursas en ninguna de las causas contenidas en el artículo 20 del T.R.L.C.A.P.
QUINTA.- GARANTIAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
No se exigirá garantía provisional en virtud de la posibilidad que permite el artículo 35.1 en relación con el art. 177.2 del T.R.L.C.A.P.
El adjudicatario deberá acreditar en el plazo de quince días contados desde que se le notifique la adjudicación del contrato, y por cualquiera de los medios que permite el T.R.L.C.A.P. y su normativa de desarrollo, la constitución de la garantía definitiva por importe del 4% del importe de adjudicación, por considerarlo más adecuado para el cumplimiento de los fines de este contrato.
SEXTA.- PLAZO DE DURACION.
El contrato en cuanto se refiere al arrendamiento tendrá una duración de CUATRO AÑOS a contar desde que se reciba el sistema de localización de vehículos vía GPS.
SEPTIMA.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACION
Las proposiciones se deberán presentar en sobre cerrado, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, de 9 a 14 horas, durante el término de 16 días desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el B.O.P. Si el último día de presentación de proposiciones fuese festivo o Sábado se entenderá prorrogado e incluido el siguiente día hábil siempre que no sea festivo ni Sábado.
El plazo antes citado se prorrogará en los supuestos contemplados por el art. 78 del Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas, facultándose a la Alcaldía para que adopte la resolución oportuna fijando el plazo de prórroga y debiendo exponerse la resolución en el tablón de anuncios.
Se presentarán en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción de "PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION MEDIANTE CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACION ORDINARIA DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA DE UN SISTEMA
DE LOCALIZACIÓN DE VEHÍCULOS VÍA GPS CON DESTINO EN LA SECCION DE LIMPIEZA”.
Dentro de este sobre mayor se contendrán dos sobres A y B, cerrados con la misma inscripción referida en el apartado anterior y un subtítulo. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido enunciado numéricamente.
El SOBRE A se subtitulará DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA, y contendrá los siguientes documentos, originales o debidamente compulsados:
a) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales.
b) Escritura de Constitución o modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si la empresa fuera persona jurídica.
c) Poder Notarial, en caso de actuar en representación de otra persona o entidad, debidamente legalizado e inscrito en el Registro Mercantil, y bastanteado por el Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local o cualquier otro fedatario público (art. 21 del R.G.L.C.A.P.).
d) Alta en el I.A.E. del epígrafe que le faculte para contratar, referida al ejercicio corriente, completada con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto o último recibo del mismo.
e) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme a los arts. 15 a 20 del T.R.L.C.A.P. En la misma declaración se hará constar que el licitador se haya al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, locales y con la Seguridad Social, ante notario público, autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de este requisito deba exigirse antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles.
f) Los documentos que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica de los empresarios, según se señala en el art. 16 y 18 de la T.R.L.C.A.P.
g) Cuando varias empresas acudan a la licitación, constituyendo una Unión Temporal cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar, mediante presentación de la documentación reseñada. En el caso de que la adjudicación sea a la Unión de Empresas deberá acreditarse la formalización de las mismas en Escritura Pública. Deberán indicar los nombres y circunstancias de los que constituyen la UTE, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.
h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de
modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Asimismo presentarán la documentación traducida en forma oficial al castellano de acuerdo con el art. 23 del R.C.A.P.
El SOBRE B se subtitulará OFERTA ECONOMICA con el siguiente modelo: D. ......................., con domicilio en ........., calle .............., nº .........., con D.N.I ,
en su propio nombre o en representación de ..............., con C.I.F , enterado xxx
Xxxxxx de Condiciones Económico-Administrativas que rige la contratación mediante Concurso, Procedimiento Abierto, tramitación ordinaria, el suministro por medio de arrendamiento de un sistema de localización de vehículos vía GPS, con destino a la sección de limpieza, con la opción de compra al finalizar el contrato, por el valor residual del sistema, se compromete a efectuar dicho arrendamiento, de conformidad con el presente Pliego y con arreglo a los siguientes extremos:
Desglose del importe del alquiler anual euros.
Desglose del importe del alquiler por mantenimiento euros.
Importe valor residual del sistema euros.
Xxxxx, fecha y firma del proponente, acompañando los siguientes documentos:
a) Mejoras que en su caso se ofrezcan en relación con las estipulaciones xxx Xxxxxx de Condiciones.
b) Documentación acreditativa para el baremo del concurso.
Todos los documentos de los que se aporte copia deberá ser previamente compulsado por el Ayuntamiento de Ciudad Real o autenticado por cualquier otro fedatario o funcionario público.
OCTAVA.-APERTURA DE PLICAS. MESA DE CONTRATACION.
A las doce horas del primer día hábil siguiente, salvo que fuera Sábado, en cuyo caso se prorrogará al siguiente día hábil, a la terminación del plazo de presentación de plicas, se procederá a la apertura de las presentadas, en acto público, ante la Mesa de Contratación, presidida por el Sr. Concejal delegado de tal presidencia, acompañado del Titular de la Asesoría Jurídica, el Interventor o funcionarios que los sustituyan, el Jefe de Servicio de Medio Ambiente, y la Técnico de Gestión de Contratación, actuando como Secretaria.
La mesa, previamente al acto público, procederá a la calificación de la documentación presentada en tiempo y forma, y si se observaran defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo de tres días hábiles para que el licitador repare el error. En caso de que el licitador esté presente en el acto dicho plazo comenzará a contar desde el día siguiente al momento
en que se le comunique verbalmente; en caso de que no esté presente el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al del recibo de la notificación. De todo lo anterior se dejará constancia en el acta de la Mesa de Contratación.
Una vez abiertos los sobres que contienen las proposiciones las plicas serán valoradas por el Jefe de Servicio de Medio Ambiente, y posteriormente la Mesa de Contratación efectuará una propuesta de adjudicación a favor del contratista cuya oferta sea mas ventajosa, valoradas de acuerdo con los criterios que constan en el presente pliego.
NOVENA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA. RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA.
El plazo máximo de instalación del sistema de localización de vehículos vía GPS será de SESENTA DIAS a partir de la fecha de formalización del contrato.
En el plazo de UN MES desde la instalación del sistema de localización de vehículos vía GPS, el Ayuntamiento deberá llevar a cabo un acto de recepción o conformidad para la constatación de la entrega. Si el sistema de localización no se haya en estado de ser recibido se hará constar así en el acto anteriormente descrito y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
El contratista estará obligado a entregar e instalar el sistema de localización de vehículos vía GPS, objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato de conformidad a las cláusulas del presente pliego. La xxxx del contratista no precisará de previa intimación por parte de la administración. En caso de demora en la entrega e instalación y con independencia de las causas de resolución por incumplimiento que sean de aplicación se podrán imponer las penalidades por demora total o parcial previstas por el art. 95 del T.R.L.C.A.P., calculándose la proporción correspondiente en caso de incumplimiento parcial.
Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Los gastos de la entrega, transporte e instalación del sistema de localización de vehículos vía GPS al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
Se establece un plazo de garantía de UN AÑO y comenzará a partir de la recepción formal del sistema de localización de vehículos vía GPS. Si el ayuntamiento estimase durante este plazo que el sistema de localización no es apto para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al adjudicatario, y exista el fundado temor de que la reposición de dicho sistema de localización no será bastante para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar
dicho plazo, rechazarlo dejándolo de cuenta del adjudicatario y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho en su caso a la recuperación del precio satisfecho.
En caso de optar por la compra del sistema de localización de vehículos vía GPS objeto de este contrato se requerirá en su momento acuerdo expreso del órgano de contratación previo informe técnico, todo ello a los efectos de su posterior elevación e inscripción en el registro oficial que corresponda.
Concluido el plazo de garantía se verificarán las liquidaciones que procedan y si el adjudicatario está exento de responsabilidad se le devolverá la fianza.
DECIMA.- CRITERIOS DE ADJUDICACION.
El presente contrato se otorgará mediante concurso público y la licitación versará sobre los siguientes extremos, aplicándose los siguientes criterios de valoración:
a) Características técnicas del equipo, hasta un 60 %.
b) Oferta económica, hasta un 40%.
UNDECIMA.- ADJUDICACION Y FORMALIZACION.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 88 del T.R.L.C.A.P. elevará las proposiciones presentadas junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
La administración tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa sin atender necesariamente al valor económico de la misma o declarará desierto el concurso.
La adjudicación del concurso se efectuará con sujeción a los criterios de valoración establecidos en la cláusula anterior que por orden decreciente de importancia y ponderación se establecen en la cláusula anterior.
El contrato se formalizará en documento administrativo, dentro del término de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
DECIMOSEGUNDA.- FORMA DE PAGO. REVISION DE PRECIOS.
El pago del contrato se efectuará contra facturas mensuales debidamente conformadas presentadas por el contratista.
En su caso, el pago de la adquisición del sistema de localización de vehículos vía GPS por su valor residual en ejercicio de la opción de compra se verificará en un único abono una vez que se cumplan los requisitos necesarios para ello.
En cuanto a la revisión de precios y a tenor del art. 103.2 del T.R.L.C.A.P. no tendrá lugar en los contratos cuyo pago se concierte mediante el sistema de arrendamiento financiero o de arrendamiento con opción a compra.
DECIMOTERCERA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
A) Obligaciones del empresario:
El empresario está obligado a entregar e instalar el sistema de localización de vehículos vía GPS en los plazos establecidos en este pliego.
La entrega se entenderá realizada cuando el sistema de localización de vehículos vía GPS haya sido efectivamente recibido por el Ayuntamiento, mediante la formalización del acta de recepción.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, o averías o perjuicios ocasionados en el suministro antes de su entrega al Ayuntamiento, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al recibirlos.
Los gastos de la entrega e instalación y del transporte del sistema de localización de vehículos vía GPS al lugar convenido, serán de cuenta del adjudicatario.
Responder de los vicios o defectos del sistema de localización de vehículos vía GPS objeto de este contrato que pudieran acreditarse durante el plazo de garantía, quedando obligados a la reposición de los defectos producidos.
Reposición del sistema de localización de vehículos vía GPS por otra de similares características cuando por avería o suministro de repuestos el sistema de localización de vehículos vía GPS haya de permanecer parada más de siete días naturales. La reposición tendrá lugar desde el momento en que se conozca que la duración del período de inactividad del equipo vaya a ser superior a siete días y a lo sumo el octavo día contado a partir del momento en que se comunicara la incidencia al suministrador y su incumplimiento dará lugar a la detracción del importe correspondiente al período de inactividad desde el día en que se comunicara la incidencia.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos derivados del anuncio o anuncios de la licitación y de la formalización del contrato. En cuanto a los gastos de publicación y de acuerdo con la posibilidad que permite el art. 75 del R.C.A.P., serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos de publicidad, a excepción de las aclaraciones o rectificaciones de los anuncios, que serán de cuenta de la administración.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.).
El contratista deberá guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que no siendo públicos o notorios estén relacionados con el objeto del contrato, y de los que tengan conocimiento con ocasión del mismo.
B) Derechos del Empresario.
- Al abono del precio del sistema de localización de vehículos vía GPS suministrado y efectivamente entregado e instalado y formalmente recibido por el ayuntamiento, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
DECIMOCUARTA.- RESOLUCION DEL CONTRATO.
Serán causas de resolución del contrato todas las especificadas en los arts. 111 y 192 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
DECIMOQUINTA.- EFECTOS DE LA RESOLUCION DEL CONTRATO.
Los efectos de la resolución del contrato son los que se determinan en los arts. 113 y 193 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
DECIMOSEXTA.- PRERROGATIVAS Y FACULTADES DE LA ADMINISTRACION.
La administración gozará de las prerrogativas de interpretación, modificación y resolución del contrato por razones de interés público a tenor de lo dispuesto en el art. 59 del T.R.L.C.A.P.
El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del sistema de localización de vehículos vía GPS que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas que se vayan a emplear, establecer
sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
DECIMOSEPTIMA.- TRIBUNALES COMPETENTES Y REGIMEN JURIDICO.
En lo no previsto en las cláusulas del presente pliego y su documentación anexa y técnica regirán las normas de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el T.R.L.C.A.P. y su reglamento de desarrollo, así como el Texto Refundido de Régimen Local, en cuanto no se oponga a la anterior, y será además aplicable la demás normativa administrativa y en su defecto la normativa aplicable de derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes durante la vigencia del contrato, a través de los órganos correspondientes al domicilio o jurisdicción propios de este Ayuntamiento.
Ciudad Real a 5 de Diciembre de 2.007
EL CONCEJAL DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE
Fdo. Xxxx Xxxxxxxxx de la Calle
INFORME TECNICO
No existe inconveniente desde el punto de vista técnico para la aprobación xxx Xxxxxx de Condiciones antes transcrito, y en especial en cuanto se refiere a la necesidad, características e importe calculado de las prestaciones objeto del contrato.
Ciudad Real a 5 de Diciembre de 2.007
EL JEFE DE SERVICIO DE MEDIO AMBIENTE
Fdo. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx