Contract
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ECONOMICO- ADMINISTRATIVAS QUE HABRA DE REGIR PARA LA GESTIÓN MEDIANTE CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE BAR Y MANTENIMIENTO, CONSERVACION, LIMPIEZA Y ATENCION DE LAS INSTALACIONES DE LAS PISCINAS MUNICIPALES XX XXXXXX EN LA TEMPORADA 2019.
1º.-OBJETO DEL CONTRATO.- El objeto del contrato es la gestión indirecta, por la modalidad de concesión, del servicio público de piscina pública que el Ayuntamiento de Canal xx Xxxxxx presta en las instalaciones deportivas municipales sitas en la localidad xx Xxxxxx, que tendrá por objeto el mantenimiento, conservación, limpieza y atención de las instalaciones de las piscinas municipales xx XXXXXX durante la temporada 2.019, que específicamente se corresponden con:
- Limpieza, cuidado y mantenimiento de las instalaciones, incluyendo las zonas verdes, vestuarios, aseos y bar- terraza/recreo.
- Apertura y cierre de las mismas durante todos los días de la temporada, que comprenderá las fechas que puntualmente se determinarán, en horario de 12 a 20:30 horas, excepto el día que hacen uso del servicio la Escuela xx Xxxxxx, que la apertura se adelantará a las 11:30. Este horario podrá ser modificado de mutuo acuerdo, entre ambas partes, teniendo en cuenta la intensidad de utilización o con motivo de algún acto que se celebre en las mismas.
- Este horario será el mismo y se tendrán en cuenta las mismas condiciones tanto en la zona deportiva, como en el bar/recreo.
- Expedición y control diario de bonos y entradas.
- Atención de las instalaciones del bar/recreo.
- Comunicar cualquier anomalía al Ayuntamiento, así como los desperfectos que se produzcan en las instalaciones.
- Ejecutar las órdenes que adopte el Ayuntamiento por cualquier motivo que se considere beneficioso para ambas partes.
- Vigilancia del orden y corrección en su caso, del buen uso de las instalaciones por los usuarios.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
En todo caso, atendida su cuantía, el contrato es considerado como contrato menor.
La gestión y explotación del servicio público será realizada por el contratista a su propio riesgo y xxxxxxx, con arreglo a lo dispuesto
en el contrato, del que el presente pliego forma parte, en el reglamento de funcionamiento del servicio y en la legislación aplicable.
Duración del contrato: la temporada 2019 comprende: desde el 20 xx xxxxx al 31 xx xxxxxx, inclusive. Por causas meteorológicas se podrá variar la apertura y el cierre adelantarlo o retrasarlo, esta variación deberá ser comunicada con una semana de antelación por parte del representante municipal.
Salvo que por el Órgano competente y en función de otras circunstancias pudieran fijarse otras fechas (ampliando o reduciendo), siempre previa consulta con el adjudicatario.
2º.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto simplificado, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula duodécima.
3º EL PERFIL DEL CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso en la página web siguiente: xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx
4º.- CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA
La contraprestación económica a percibir por el contratista consistirá en la suma de los siguientes dos conceptos:
A) Pago directo de un precio por parte del Ayuntamiento, cuyo importe vendrá determinado por el resultado de la licitación y que se abonará en tres partes iguales por cada mensualidad de la temporada.
El precio de salida para la licitación del contrato y sobre la que se admitirán ofertas a la baja es de 2.000,00 euros más el I.V.A correspondiente (420,00 €), es decir, 2.420,00 euros.
Este pago se efectuará de forma mensual, en la primera semana del mes siguiente al mes vencido.
B) Rendimiento íntegro obtenido directamente por el contratista de los usuarios de la piscina en el servicio de bar-terraza. El servicio de bar-terraza se limitará a la expedición de bebidas y alimentos preparados que no exijan manipulación y, en cuanto al horario, al de apertura y cierre de la piscina.
C) El adjudicatario recibirá el 5% del total recaudado por entradas diarias en concepto de pago por la expedición y control diario de bonos y entradas que será abonado por el Ayuntamiento al fin de la prestación del servicio.
5º.-FIANZA.- En concepto de responsabilidad al cumplimiento de las obligaciones derivadas al suscribir el contrato, el adjudicatario depositará una fianza por importe de 150 euros.
6º.-REQUISITOS DE LOS LICITADORES/ ACREDITACION
DE LA APTITUD PARA CONTRATAR- Podrán presentar proposiciones, las personas naturales o jurídicas que teniendo plena capacidad de obrar no se encuentren comprendidas en algunas de las circunstancias de incapacidad o incompatibilidad señaladas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 9/2017 de 8 de noviembre y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Atendido el objeto y cuantía del contrato se considerarán solventes económica, técnica y profesionalmente todas las ofertas presentadas por personas mayores de edad con plena capacidad de obrar, no siendo necesaria la acreditación de especiales conocimientos o experiencia.
7º.- PRESENTACION DE PROPUESTAS
Opción A: Presentación Electrónica
La presente licitación tiene carácter electrónico. Los licitadores deberán preparar y presentar sus ofertas obligatoriamente de forma electrónica a través de la herramienta de preparación y presentación de ofertas de la [Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP].
La utilización de estos servicios supone:
La preparación y presentación de ofertas de forma telemática por el licitador.
La custodia electrónica de ofertas por el sistema.
La apertura y evaluación de la documentación a través de la plataforma.
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva se presentarán, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante, exclusivamente de forma electrónica a través de la Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas que la [Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP] pone a disposición de candidatos y entidades licitadoras para tal fin.
Por este motivo, para participar en esta licitación, es importante que los licitadores interesados se registren, en el supuesto de que no lo estén, en la [Plataforma de Contratación del Sector Público/Sistema de información equivalente de la Comunidad Autónoma/otra herramienta de licitación electrónica que cumpla con los requisitos de la Disposiciones adicionales 16 y 17ª de la LCSP].
La oferta electrónica y cualquier otro documento que la acompañe deberán estar firmados electrónicamente por alguno de los sistemas de firma admitidos por el artículo 10 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
Para garantizar la confidencialidad del contenido de los sobres hasta el momento de su apertura, la herramienta cifrará dichos sobres en el envío.
Una vez realizada la presentación, la Herramienta proporcionará a la entidad licitadora un justificante de envío, susceptible de almacenamiento e impresión, con el sello de tiempo.
Opción B: Presentación Manual
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Canal xx Xxxxxx, Plza. Santa Xxxxxxx, nº6, en horario de atención al público (8 a 15 horas), dentro del plazo de 15 días hábiles desde la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos tres días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
7.B La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Información a los licitadores
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
8º.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre cerrado firmado por el licitador y con indicación del nombre, domicilio a efectos de notificaciones y teléfono de contacto, haciendo constar la leyenda «Proposición para la licitación del contrato de gestión de la piscina pública xx Xxxxxx 2019
». Dentro del sobre se contendrán, a su vez, otros dos sobres cerrados y firmados por el licitador, identificados con las letras “A” y “B”, de la siguiente forma:
– Sobre «A»: Documentación Administrativa.
– Sobre «B»: Proposición Económica.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
- Fotocopia del D.N.I. o de la escritura de constitución en caso de personas jurídicas.
b) Documentos que acrediten la representación.
– Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación.
– Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
– Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) Declaración responsable, firmada, de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establece el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 9/2017 de 8 de noviembre.
d) Manifestación, firmada, de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la formalización del contrato, por el adjudicatario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Certificado de estar al corriente de pago en las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social).
e) Xxxxx inscrito en la Seguridad Social o, en su caso, si se tratase de empresario individual, afiliado y en alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda, por razón de la actividad, o declaración jurada de obtenerlo en caso de resultar adjudicatario/a antes de firmar el contrato.
f) Haber afiliado, en su caso, y dado de alta a los trabajadores que tengan a su servicio y estar al corriente en el pago de las cuotas y otras deudas con la Seguridad Social, o declaración jurada de
obtenerlo en caso de resultar adjudicatario/a antes de firmar el contrato.
g) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas que le autorice a ejercer la actividad objeto de la adjudicación, o bien declaración jurada de obtenerla, en caso de resultar adjudicatario, antes de firmar el contrato.
Los documentos a incluir en el sobre “A” podrán ser fotocopias, salvo las declaraciones y manifestaciones firmadas que deberán ser originales, y ello sin perjuicio de la aportación de los originales por parte de quien obtenga la mejor clasificación entre todas las ofertas.
SOBRE B: OFERTA ECONOMICA
Se presentará cerrado y contendrá la propuesta económica formulada de acuerdo con el siguiente modelo de proposición
MODELO DE PROPOSICIÓN
«D./Dña. , con domicilio a efectos de notificaciones en , C/
, n.º , Código Postal , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado/a de la licitación del contrato para la gestión por concesión de la piscina pública de Canal xx Xxxxxx y xxx Xxxxxx de las Clausulas de explotación que han de regir para adjudicar la explotación del servicio de las piscinas municipales xx Xxxxxx mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, declaro solemnemente que deseo participar en dicho proceso, que cumplo con los requisitos exigidos y que me comprometo a llevar a cabo la gestión conforme a la propuesta que presento y que se especifica a continuación :
A) Propuesta económica:
PRECIO SIN IVA: euros IVA (21%): euros
PRECIO TOTAL CON IVA: euros
B) Plan de gestión, las actividades de animación que se comprometa a organizar y otras que el licitador considere. Memoria comprensiva de las formas y características de la prestación del servicio (programa de trabajo, medios personales y materiales)
En , a de de 20 . Firma del licitador,
Fdo.: ».
Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, en horario de atención al público (de 8 a 15 horas).
9.-GARANTÍA PROVISIONAL
No se exige.
10.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un los siguientes criterios de adjudicación con las valoraciones que se indican:
Propuesta económica: Que será el precio del contrato descrito en la letra A) de la cláusula Cuarta del presente pliego a razón de 0,25 ptos por cada 100€ a la baja del canon inicial.
Los puntos se adjudicaran a aquellos licitadores que ofrezcan el precio más bajo entre las ofertas que no sean consideradas desproporcionadas o anormales según los criterios establecidos en el artículo 85 del Reglamento de la Ley de Contratos de las Administración Públicas aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
El precio de salida, sobre el que se admitirán las ofertas a la baja, es de 2.000,00 euros más el I.V.A., es decir, de 2.420,00 euros.
NOTA: no se prorrateará la puntuación entre los tramos de 100 euros.
Plan de gestión
-Por instalación de Televisión 0,20 hasta un máximo de 0.40.
-Por instalación sistema wifi en zona piscina/cafetería: 0.50 ptos
-Por organización de torneos, 0.20 puntos por torneo hasta un máximo de 0.80ptos
-Por tener juegos xx xxxx a disposición de los usuarios 0.20 ptos total (un mínimo de tres juegos a disposición)
-Por mejoras en la infraestructura 0.20 ptos por mejora hasta un máximo de 0.80ptos.
-Otros varios a razón de 0.15 ptos
Se acreditarán estos criterios de la forma prevista en la cláusula relativa a la documentación administrativa y oferta económica.
En caso de existir más de una oferta que cumpla con el criterio de adjudicación, el desempate se resolverá mediante sorteo.
11º APERTURA DE PROPOSICIONES
Que tendrá lugar dentro de los tres días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de ofertas y en la hora y día indicados mediante anuncio en el perfil de contratante a la apertura de los Sobres.
La apertura de las proposiciones es Pública para todo el que quiera asistir.
En este acto se procederá a la adjudicación provisional.
Realizada la propuesta de adjudicación, la mesa de contratación procederá, en el mismo acto, a comprobar en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas que la empresa está debidamente constituida, que el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139.1 LCSP, la presentación de las proposiciones supone la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos en un Estado miembro de la Unión Europea.
12º PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de
ésta.
18º APERTURA DE LAS PROPOSICONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La Administración podrá declarar desierto el concurso, motivando, en todo caso, su resolución con referencia los criterios de adjudicación que figuran en este pliego.
El órgano de contratación, en presencia de la Secretaría- Intervención, procederá dentro de los tres días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de ofertas y en la hora y día indicados mediante anuncio en el perfil de contratante a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
A continuación se procederá a la apertura de los sobres «B».
El Órgano de contratación realizará la clasificación de las ofertas recibidas de mayor a menor puntuación y requerirá a aquél licitador que ocupe el primer lugar en dicha clasificación para que en el plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación provisional aporte los siguientes documentos acreditativos:
Durante el plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación provisional, el adjudicatario deberá aportar los documentos acreditativos:
-Estar inscrita en la Seguridad Social o, en su caso, si se tratase de empresario individual, afiliado y en alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda, por razón de la actividad, (en caso de haber presentado declaración jurada de obtenerlo en caso de resultar adjudicatario/a )
- Documento de estar afiliado, en su caso, y dado de alta a los trabajadores que tengan a su servicio y esta al corriente en el pago de las cuotas y otras deudas con la Seguridad Social, ( en caso de haber presentado declaración jurada de obtenerlo en caso de resultar adjudicatario/a )
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas que le autorice a ejercer la actividad objeto de la adjudicación, o bien declaración jurada de obtenerla, en caso de resultar adjudicatario, antes de firmar el contrato.
-Resguardo o copia compulsada de la concertación de un Seguro de Responsabilidad Civil.
-Resguardo de haber depositado la fianza en el Ayuntamiento.
Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para cumplimentar lo señalado anteriormente.
Una vez presentada la documentación, el plazo para la adjudicación definitiva será dentro de los siguientes cinco días hábiles.
Para el caso de que el adjudicatario estuviera tramitando el alta en los regímenes de autónomos y de seguridad social, deberá acreditar el alta antes de iniciar la ejecución del contrato, siendo responsable del retraso que por dicha causa pueda producirse en la apertura de las instalaciones, lo que podrá ser causa de resolución del contrato por parte del Ayuntamiento.
19ª GARANTÍA DEFINITIVA
La garantía definitiva consistirá en el 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
20º FORMALIZACIÓN
El adjudicatario deberá suscribir, dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la adjudicación definitiva, el correspondiente documento de formalización del contrato.
La formalización se notificará al resto de licitadores y se publicará en el perfil de contratante.
Dicho documento será administrativo. No obstante, el contrato se formalizará en Escritura Pública si así lo solicita el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento, en cuyo caso el contratista viene obligado a la entrega de una copia autorizada.
21º DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Obligaciones del Contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
· La apertura y el cierre xxx xxxxxxx, permaneciendo en el mismo en cumplimiento de sus funciones.
· El contratista vendrá obligado a cumplir con las condiciones establecidas en el plan de gestión y en el listado de precios, así como las recogidas en este Pliego y en el contrato que se firme
· El contratista deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Seguridad e Higiene en el Trabajo y, en general, deberá cumplir todas las obligaciones que le correspondan en virtud de la normativa aplicable al caso, en especial en lo relativo a la venta de bebidas alcohólicas a menores y la venta de tabaco, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. El servicio deberá permanecer abierto al público todos los días de la semana desde las 12:00 hasta las 20:30 horas. El bar-terraza no podrá servir fuera del citado horario.
· Durante las horas de apertura al público no se podrán realizar las tareas de acondicionamiento del mismo, éstas se realizarán siempre con anterioridad o posterioridad a la hora señalada para su apertura o cierre, respectivamente.
· Serán del cargo del contratista la realización de todas las tareas de acondicionamiento, mantenimiento y limpieza diarias que exija el recinto y todas sus instalaciones, incluido el cortado del césped. Las labores de mantenimiento que exijan mayores conocimientos serán realizadas por los servicios municipales, que deberán ser requeridos por el contratista sin demora cuando sea necesaria su intervención para el mantenimiento de la prestación del servicio.
· Serán x xxxxx del contratista el abono del material de limpieza e higiene necesario para el mantenimiento de las instalaciones.
· El contratista se hará cargo de la expedición, cobro, contabilización y control de los abonos y de las entradas suministradas por el ayuntamiento según los importes establecidos en la ordenanza reguladora. Anotará con detalle diario en las fichas suministradas al efecto el número de visitantes, el tipo de entrada o abono expedido y las sumas ingresadas, conservando las matrices de los talonarios de entradas. Comunicará sin demora y anotará también todos aquellos hechos que, por su incidencia sobre el servicio o las instalaciones, deban ser puestas en conocimiento del
ayuntamiento. En cualquier momento podrá el Sr. Alcalde solicitar la muestra de las fichas diarias.
· El contratista custodiará bajo su responsabilidad la recaudación obtenida por las entradas y abonos e ingresará la misma como mínimo cada semana en cualquiera de las cuentas de titularidad municipal abiertas en las entidades bancarias con sucursal en Berdún, con aportación al Ayuntamiento del justificante del ingreso. Con dicha aportación acompañará las fichas de anotaciones diarias, así como las matrices de los talonarios agotados.
· Cuidará de que las actividades se realicen con normalidad de acuerdo a las normas xxx xxxxxxx. Dará cuenta inmediata a los servicios municipales de los desperfectos o averías que puedan producirse.
· Velará por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones, vestuarios, duchas, etc.
· Procurará la conservación de las piscinas, sus instalaciones y zona de playa, realizará los controles analíticos del agua diariamente y el cuidado de las condiciones higiénico sanitarias exigidas. Velará por el cumplimiento de la normativa sanitaria y de seguridad aplicable. Custodiará y realizará la llevanza de los libros y documentos sanitarios de control y de los carteles informativos. Xxxxxxxx, informará y prestará toda su colaboración a las inspecciones sanitarias, informando inmediatamente a Alcaldía del resultado de las mismas.
· Gestionará el bar-terraza a su riesgo y xxxxxxx, limitándose a la expedición de bebidas y alimentos preparados que no exijan manipulación, y nunca fuera del horario de apertura y cierre xxx xxxxxxx. Deberá evitar el uso xx xxxxxxx en el recinto de la piscina. El adjudicatario deberá comprometerse a la apertura del bar xxx xxxxxxx, si bien la prioridad será siempre la atención de las obligaciones directamente relacionadas con el servicio de piscina.
· Atenderá las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen trasladándolas al Sr. Alcalde.
· Prestará el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas, sin discriminación alguna.
· Cuidará el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración.
· Indemnizará los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración.
· Respetará el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos.
· Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
· El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en la legislación de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación.
Obligaciones de la Administración
· Pondrá a disposición del contratista con antelación suficiente los medios necesarios para la prestación del servicio: utensilios, herramientas, productos químicos, mobiliario, abonos, entradas, etc, salvo aquellos que estén exclusivamente relacionados con el servicio de bar-terraza.
· Tendrá acondicionados los vasos de las piscinas y operativas todas las instalaciones con la debida antelación a la fecha de apertura, que podrá retrasarse hasta el día 10 xx xxxxx.
· Abonará el precio del contrato mediante tres pagos iguales, uno en cada mes de los que componen la temporada, deducidas las sumas que por cualquier concepto se adeuden por el adjudicatario al Ayuntamiento.
22º REVISIÓN DE PRECIOS
Dado que el contrato tiene establecido un plazo de ejecución de duración inferior al año, no procede la revisión de precios.
23º RIESGO Y XXXXXXX
La ejecución de la gestión se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados como consecuencia de la misma, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que no exista actuación imprudente por su parte.
Si, al concluir el contrato, al contratista le resultare un coste superior a la cantidad fijada como aportación municipal, éste no tendrá derecho a ninguna indemnización ni a que se cubran por parte
del Ayuntamiento las pérdidas generadas como consecuencia del normal desempeño de la gestión.
24º EJECUCION DEL CONTRATO
El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo
En todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate.
25º SUBCONTRATACIÓN
Se prohíbe expresamente la posibilidad de subcontratar la gestión de las piscinas municipales, debiendo desempeñar la misma la persona, física o jurídica, que haya resultado adjudicataria y en las condiciones establecidas en su oferta y en el Pliego y demás documentos que rigen el contrato.
26º RÉGIMEN DE SANCIONES
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo.
En el caso de no cumplir con el plazo fijado por causas ajenas a su voluntad, tendrá derecho a percibir la parte proporcional de la aportación económica fijada en el contrato.
Cuando no cumpla con el plazo fijado por razones atribuibles a una mala gestión u otras imputables al contratista, éste no tendrá derecho a percibir cantidad alguna en concepto de aportación municipal.
Los actos u omisiones que supongan un cumplimiento defectuoso se considerarán, a los efectos de esta cláusula, como leves, graves y muy graves.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el Ayuntamiento se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el incumplimiento no va a afectar a la ejecución material de los trabajos de manera grave o que el inicio del expediente de penalización puede perjudicar más a la marcha de la ejecución del contrato que beneficiarla, podrá iniciarse dicho expediente en
cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la penalización, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por considerarse ingreso de derecho público.
Las penalidades correspondientes serán las siguientes:
- leves: 100 euros
- graves: 150 euros
- muy graves: 250 euros
Corresponderá la imposición de penalidades leves por los actos y omisiones siguientes:
a) Falta de la debida atención al mantenimiento del césped.
b) Falta de la debida atención al mantenimiento de la limpieza de las instalaciones exteriores e interiores.
c) Falta de diligencia o puntualidad en la llevanza, dación de cuenta e ingreso de las cuentas relativas a las entradas y abonos.
d) El cumplimiento defectuoso de cualquiera de las obligaciones recogidas en la cláusula Decimosexta, cuando no tenga prevista penalidad grave o muy grave.
Corresponderá la imposición de penalidades graves por los actos y omisiones siguientes:
a) Incumplimiento de los horarios de apertura y cierre de las instalaciones.
b) Prestar servicio de bar-terraza fuera de los horarios de apertura y cierre de las instalaciones.
Corresponderá la imposición de penalidades muy graves por los actos y omisiones siguientes:
a) Falta de diligencia en el análisis y control de los diferentes niveles y componentes del agua de los vasos de las piscinas.
b) Falta de diligencia en la llevanza y custodia de los libros de control analítico.
c) Falta de diligencia en el control de cualquier exigencia impuesta por la normativa sobre higiene y seguridad que se refleje en las actas de inspección levantadas por los agentes administrativos competentes.
Las penalidades impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos parciales mensuales y de la garantía definitiva constituida.
El pago de penalizaciones no exime al contratista de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento como consecuencia del cumplimiento defectuoso del contrato.
En todo caso, el ayuntamiento podrá optar por la resolución del contrato cuando el cumplimiento defectuoso sea generalizado o reiterado.
Si del incumplimiento por parte del contratista se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
27º RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego y en los fijados en los artículos 211 y 313 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista.
Además el contrato podrá ser resuelto por el órgano de contratación cuando se produzcan incumplimiento del plazo total o de los plazos parciales fijados para la ejecución del contrato que haga presumiblemente razonable la imposibilidad de cumplir el plazo total, siempre que el órgano de contratación no opte por la imposición de las penalidades de conformidad con la cláusula 30.
Asimismo serán causas de resolución del contrato al amparo del artículo 211 f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
28º DOCUMENTOS CONTRACTUALES
Son documentos contractuales el Pliego de cláusulas administrativas particulares, el Plan de Gestión y el listado de precios.
19º RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente pliego fue aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 34/2019 de fecha 6 xx xxxx de
2.019 y que el plazo para la presentación de propuestas se inicia el 9 xx xxxx finalizando el día 29 xx xxxx las 15:00 horas.
18042294J XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX (R: P2207300A)
Firmado digitalmente por 18042294J XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX (R: P2207300A) Fecha: 2019.05.13 10:58:02
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