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Definición de Acuerdo OTC

Acuerdo OTC significa el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, que forma parte del Acuerdo sobre la OMC;
Acuerdo OTC el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, que se recoge en el anexo 1A del Acuerdo de la OMC; territorio: el territorio en que se aplica el presente Acuerdo, según lo dispuesto en el artículo 1.3; tercer país: un país o territorio que está fuera del ámbito geográfico de aplicación del presente Acuerdo; Acuerdo sobre los ADPIC: el Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio, que se recoge en el anexo 1C del Acuerdo de la OMC; Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados: la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, hecha en Viena el 23 xx xxxx de 1969; OMC: la Organización Mundial del Comercio; y Acuerdo de la OMC: el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, hecho el 15 xx xxxxx de 1994.
Acuerdo OTC el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, que se recoge en el anexo 1A del Acuerdo de la OMC; Acuerdo sobre los ADPIC: el Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio, que se recoge en el anexo 1C del Acuerdo de la OMC; Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados: la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, hecha en Viena el 23 xx xxxx de 1969; Acuerdo de la OMC: el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, hecho el 15 xx xxxxx de 1994.

Examples of Acuerdo OTC in a sentence

  • El artículo 1.8.2 (Alcance de las obligaciones) no se aplicará a los artículos 3, 4, 7, 8 y 9 del Acuerdo OTC, tal como se incorpora en el presente Acuerdo.

  • Excepto cuando el presente Acuerdo, incluidas las disposiciones del Acuerdo OTC con arreglo al artículo 4.2, defina o dé un significado a un término, los términos generales relativos a la normalización y los procedimientos de evaluación de la conformidad tendrán generalmente el significado que les dan la definición adoptada dentro del sistema de las Naciones Unidas y los organismos internacionales de normalización, teniendo en cuenta su contexto así como el objeto y la finalidad del presente capítulo.

  • Las Partes afirman sus derechos y obligaciones respectivos vigentes en virtud del Acuerdo OTC, que se incorpora en el presente Acuerdo y pasan a ser parte integrante del mismo.

  • A los efectos del presente capítulo, se aplicarán las definiciones del anexo I del Acuerdo OTC.

  • Sin perjuicio de las disposiciones de los artículos 47 y 48 del presente Acuerdo, con respecto a los reglamentos técnicos relativos a las condiciones de etiquetado o marcado, las Partes reafirman los principios del capítulo 2.2 del Acuerdo OTC según los cuales tales condiciones no se elaboran, adoptan o aplican con objeto o con efecto de crear obstáculos innecesarios al comercio internacional.

  • Sin perjuicio de las disposiciones de los artículos 173 y 174 del presente Acuerdo, con respecto a los reglamentos técnicos relativos a las condiciones de etiquetado o marcado, las Partes reafirman los principios del capítulo 2.2 del Acuerdo OTC según los cuales tales condiciones no se elaboran, adoptan o aplican con objeto o con efecto de crear obs­ táculos innecesarios al comercio internacional.

  • El presente capítulo se aplica a la elaboración, la adopción y la aplicación de reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la conformidad, tal como se definen en el Acuerdo OTC, que puedan afectar al comercio de mercancías entre las Partes.

  • Las Partes reafirman sus derechos y obligaciones existentes con respecto a cada una en virtud del Acuerdo OTC, que se incorpora y forma parte integral del presente Acuerdo.

  • Cada Parte, directamente o a través de la Secretaría de la OMC, transmitirá electrónicamente a los puntos de contacto, establecidos en el artículo 10 del Acuerdo OTC, sus proyectos de reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad, o aquellos adoptados para atender problemas urgentes de seguridad, salud, protección del medio ambiente o seguridad nacional que se presenten o amenacen presentarse, de conformidad con el Acuerdo OTC.

  • Las Partes reiteran, como se indica en el artículo 1 del anexo 1 del Acuerdo OTC, que un reglamento técnico podrá incluir o tratar exclusivamente sobre requisitos de marcado y etiquetado, y acuerdan que, en caso que sus reglamentos técnicos exijan cualquier requisito de marcado o etiquetado, se observen los principios del artículo 2.2 del Acuerdo OTC.

Related to Acuerdo OTC

  • Acuerdo Admitir a trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 168 del Reglamento del Senado y encomendar su conoci- miento a la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación; asimismo, dar traslado al Gobierno, publi- car en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES y noti- ficar este acuerdo a su autor. En ejecución de dicho acuerdo, se ordena la publica- ción de conformidad con el artículo 191 del Reglamento de la Cámara. Xxxxxxx del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Senador por Córdoba, perte- neciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en los artículos 160 y 168 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente pregunta al Gobierno, para la que desea respuesta oral en la Comisión de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación. ¿Qué alternativas defiende el Gobierno ante la pro- puesta de reforma de la OCM del azúcar (Reglamento CE nº 2038/1999), presentada por la Comisión? Xxxxxxx del Senado, 24 de noviembre de 2000.—Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx. Pregunta oral en Comisión. 681/000070.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Cumplimiento significa que el Proveedor ha completado la prestación de los Servicios Conexos de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el Contrato.

  • Comité de Compras y Contrataciones Órgano Administrativo de carácter permanente responsable de la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los Pliegos de Condiciones Específicas, del Procedimiento de Selección y el dictamen emitido por los peritos designados para evaluar ofertas.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.

  • Unidad Independiente Apartamento o casa de vivienda, local u oficina independiente con acceso a la vía pública o a las zonas comunes de la unidad inmobiliaria.

  • Plazo Es el tiempo computado desde el inicio de la obra hasta la recepción provisional.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Actividad BAJANTE DE PVC 3" UNIDAD: M MONEDA: BOLIVIANOS ITEM Nro 15 GRUPO NRO DESCRIPCION 1 MATERIALES EXTERNOS UNIDAD CANTIDAD PRECIO TOTAL PEGAMENTO PARA PVC LT 0,03 ABRAZADERA DE 3" PZA 1 TORNILLO MAS RAMPLUG DE 2"X6MM PZA 3 CODO PVC DESAGÜE 3" PZA 1 TUBO PVC DESAGÜE 3" M 1,05 TOTAL MATERIALES EXTERNOS 2 MATERIAL APORTE PROPIO UNIDAD CANTIDAD PRECIO TOTAL MATERIAL APORTE PROPIO A TOTAL MATERIALES (1+2) 3 MANO DE OBRA CONTRATADA UNIDAD CANTIDAD PRECIO ALBAÑIL HR 0,2 SUBTOTAL MANO DE OBRA CONTRATADA 4 MANO DE OBRA APORTE PROPIO UNIDAD CANTIDAD PRECIO AYUDANTE HR 0,4 SUBTOTAL MANO DE OBRA APORTE PROPIO 5 CARGA SOCIAL MANO DE OBRA CONTRATADA (INCIDENCIA% de 3) 55.00% 6 IVA (INCIDENCIA% de 3+5) 14.94% B TOTAL MANO DE OBRA (3+4+5+6) 7 EQUIPO MAQUINARIA UNIDAD CANTIDAD PRECIO SUBTOTAL EQUIPO MAQUINARIA 8 HERRAMIENTAS MENORES (% de B) 3.00% C EQUIPO Y HERRAMIENTAS (7+8) 9 GASTOS GENERALES (% de A+B+C-2-4) 6.00% D TOTAL GASTOS GENERALES 10 UTILIDAD (% de A+B+C+D-2-4) 6.00% E TOTAL UTILIDAD 11 IMPUESTOS IT (% de 1+3+5+6+C+D+E) 3.09% F TOTAL IMPUESTO IT TOTAL PRECIO UNITARIO (A+B+C+D+E+F)

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Observaciones este espacio se podrá utilizar para indicar cualquier observación que se considere pertinente. Asimismo, en la cabecera o pie de página del Anexo, se indicará:

  • Equipamiento Planos de detalle.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).