Definición de Periodo de Carencia

Periodo de Carencia. Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.
Periodo de Carencia. Intervalo de tiempo durante el cual no son efectivas algunas de las coberturas incluidas dentro de las garantías de la Póliza. Dicho plazo se computa por meses, contados desde la entrada en vigor de la Póliza, y para cada uno de los Asegurados incluidos en ella.
Periodo de Carencia. Es el tiempo al Inicio de la Vigencia de la Póliza, en la cual se carece de la cobertura amparada en estas condiciones. Dicho tiempo, en caso de que se aplique, se especifica en la Carátula de la Póliza.

Examples of Periodo de Carencia in a sentence

  • Periodo de carencia (3 meses desde la contratación de la cobertura) Una vez transcurrido el periodo de carencia y como consecuencia de la muerte, siempre y cuando conste la contratación de la cobertura en la póliza y exista el servicio en la ciudad donde reside el riesgo asegurado, la Compañía reembolsará al Asegurado los gastos inherentes al servicio de exequias del animal objeto del seguro, hasta por un valor de 19 SMDLV.


More Definitions of Periodo de Carencia

Periodo de Carencia. Periodo de tiempo durante el cual, no se cubren algunas de las prestaciones establecidas en la Póliza. Los Periodos de Carencia establecidos se com- putan desde la fecha de efecto de la Póliza.
Periodo de Carencia. Esta garantía puede tener un periodo de carencia indicado en las condiciones parti- culares de la póliza. El periodo de carencia es el intervalo de tiempo durante el cual no será efectiva esta garantía, y se computa desde la fecha de entrada en vigor de la póliza.
Periodo de Carencia. Esta garantía puede tener un periodo de carencia indicado en las condiciones parti- culares de la póliza. El periodo de carencia es el intervalo de tiempo durante el cual no será efectiva esta garantía, y se computa desde la fecha de entrada en vigor de la póliza. Rotura de aparatos sanitarios fijos. Siempre que esta garantía se detalle de forma expresa en condiciones particulares se cubren, hasta el límite indicado en las mismas, los aparatos sanitarios xx xxxx, fibra o cualquier otro material con exclusión de sus grifos, tapas de sanitarios y accesorios. • Los rayados, desconchados, raspaduras y otros defectos que originen simples defectos estéticos de la superficie. • Los xxxxxx, molduras, monturas, soportes y muebles que contengan los bienes cubiertos por esta garantía. • Las soluciones estéticas, salvo contratación expresa de la garantía en la póliza. • Las roturas debidas a defectos de instalación o colocación, a trabajos efec- tuados sobre los objetos asegurados o en sus xxxxxx, así como las producidas durante su montaje o desmontaje.
Periodo de Carencia. Es el intervalo de tiempo prefijado en el contrato, contado a partir de la fecha de efecto del seguro, en el que no son efectivas algunas de las coberturas incluidas dentro de las garantías de la póliza. Dicho periodo se computa por meses, contados desde la fecha de entrada en vigor de la póliza, para cada uno de los asegurados incluidos en ella.
Periodo de Carencia. A los efectos de las coberturas de desempleo e incapacidad temporal se entiende por periodo de carencia el periodo temporal durante el cual no surte efectos la cobertura de una o ambas prestaciones del seguro, por lo que, si se produce un siniestro en dicho periodo, la Aseguradora no viene obligada al pago de la correspondiente prestación. El inicio del cómputo del periodo corresponderá, en el primer siniestro, a la fecha de efecto del seguro, y en el segundo y sucesivos, a la fecha de finalización de la producción del siniestro inmediatamente anterior.
Periodo de Carencia. Es el periodo de tiempo durante el cual las coberturas no se encuentran activas aún cuando haya iniciado vigencia la Póliza.
Periodo de Carencia. Tiempo comprendido entre el inicio de vigencia y una fecha posterior determinada, durante el cual la prestación del servicio estará condicionada según lo descrito en el Anexo N° 1.