Definición de Beneficiario Principal e Irrevocable

Beneficiario Principal e Irrevocable. Es el Tomador, quien actúa como titular del derecho a las prestaciones contratadas en esta Póliza cuando se produzcan los hechos cuyos riesgos son objeto de la cobertura y hasta el valor del Saldo Insoluto de la Deuda al momento del siniestro.
Beneficiario Principal e Irrevocable. Es la Entidad Financiera establecida en el Certificado de Xxxxxxxxx, quien actúa como titular del derecho a las prestaciones de Fallecimiento e Incapacidad Total Permanente en esta Póliza cuando se produzcan los hechos generadores de las anteriores dos coberturas y hasta el valor del Saldo Adeudado al momento del siniestro.

Examples of Beneficiario Principal e Irrevocable in a sentence

  • La Compañía se obliga a notificar al Asegurado y a sus beneficiarios, según corresponda, cualquier decisión que tenga por objeto rescindir o nulificar el contrato de seguro, a fin de que estén en posibilidad de hacer valer las acciones conducentes a la salvaguarda de sus intereses y, entre otras, puedan ejercer su derecho a que la Compañía pague al Beneficiario Principal e Irrevocable del seguro, el importe del Saldo Adeudado.

  • El Asegurado o sus causahabientes, tendrán derecho a exigir que la Compañía pague al Beneficiario, Principal e Irrevocable del seguro, el importe del Saldo Adeudado para las coberturas de Fallecimiento e Incapacidad Total y Permanente amparado por el seguro más sus accesorios.

  • El beneficio de pago de la Suma Asegurada correspondiente a las Coberturas de Fallecimiento e Incapacidad Total y Permanente, será pagado al Beneficiario Principal e Irrevocable, con el fin de cancelar el Saldo Adeudado a la Tarjeta de Crédito del Asegurado.

  • En caso de fallecimiento del Asegurado la Aseguradora pagará al Beneficiario Principal e Irrevocable el valor del Saldo Adeudado a la Tarjeta de Crédito al momento del fallecimiento del Xxxxxxxxx, sin exceder de la suma asegurada contratada para esta cobertura, según el Plan elegido.

  • Si al Asegurado le es declarada una Incapacidad Total Temporal, la Compañía le pagará exclusivamente al Tomador como Beneficiario Principal e Irrevocable el valor de las cuotas mensuales del principal e intereses corrientes de todos los créditos cubiertos por la Compañía y vigentes con el Tomador, y sobre los cuales haya pagado la correspondiente Prima dentro del Período xx Xxxxxx.

  • El Asegurado o sus causahabientes, tendrán derecho a exigir que la Compañía pague al Tomador, quien es el acreditante Beneficiario Principal e Irrevocable del seguro, el importe del Saldo Insoluto de la Deuda amparado por el seguro más sus accesorios.

  • La Administración Municipal garantizará el apoyo a la población para tener acceso a la participación democrática, al desarrollo de actividades, planes y programas que tengan como fin el bienestar social de los habitantes de Cumaral.

  • De la misma manera, cuando el Asegurado quede Desempleado y sea demostrado su estado de Desempleo Involuntario, la Compañía le pagará exclusivamente al Tomador como Beneficiario Principal e Irrevocable el valor de las Cuotas Mensuales de Amortización de todos los Créditos del Asegurado, vigentes y cuya Prima haya sido oportunamente pagada por el Tomador de la Póliza, sin exceder el Límite Máximo Asegurado para este amparo establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza.

  • En caso que un Asegurado fallezca por cualquier causa cubierta bajo esta Póliza, la Compañía pagará al Tomador de la Póliza en su calidad de Beneficiario Principal e Irrevocable el valor del Saldo Insoluto de la Deuda al momento del fallecimiento del Asegurado y hasta por el valor estipulado en las Condiciones Particulares de esta Póliza y en el Certificado Individual de Cobertura como Límite Máximo de Valor Asegurado, o el último saldo reportado a la Aseguradora, el que sea menor de los dos.

  • Si la solicitud de indemnización presentada por el Tomador procede, el Saldo Insoluto de la Deuda será pagado por la Compañía al Tomador como Beneficiario Principal e Irrevocable, al momento del fallecimiento o de la declaratoria de su Incapacidad Total y Permanente del Asegurado.

Related to Beneficiario Principal e Irrevocable

  • Beneficiario Es la persona física o moral que al momento de un siniestro que amerite indemnización, según lo establecido en la póliza, tiene derecho al pago o servicio correspondiente.

  • Beneficiario Preferente Es la persona física o moral que, previo acuerdo con la Compañía y a solicitud del Contratante, tiene derecho al servicio o pago que corresponda a los riesgos de Robo Total o Pérdida Total hasta por el importe de la suma asegurada sobre cualquier otra persona. Para que el Beneficiario preferente tenga derecho a exigir los beneficios contratados, su nombre o razón social deberá precisarse en un endoso, mismo que forma parte integrante de la póliza.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 3

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Beneficiarios El Conductor y/o los ocupantes del Automóvil/Pick-up de uso personal.

  • Valor Convenido Se entenderá como valor convenido, la cantidad fijada de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado como monto a indemnizar y opera en caso de pérdida total para las coberturas 1. Daños Materiales y 2. Robo Total. Dicha cantidad se establece en la carátula de la póliza.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98

  • Beneficios  Aumenta tus oportunidades de hacer negocio.  Promociona tus productos y servicios en todo el Gobierno Federal.  Brinda confianza a tus clientes al ser un proveedor certificado*.  Cotiza de forma electrónica a través del Sistema de Compras. Intégrate al directorio de proveedores en 3 pasos:

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Once de julio de dos mil dieciséis (11/07/2016).

  • LA ASEGURADORA Es la Positiva Vida Seguros y Reaseguros que emite la presente póliza, asume los riegos derivados y otorga las prestaciones según lo pactado.

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Representante Legal Persona física o natural acreditada como tal por el Oferente/ Proponente.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Objeto del Contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su naturaleza deban ser cumplidas por el asegurado.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Convenio el Convenio sobre aviación civil internacional, abierto a la firma en Chicago el 7 de diciembre de 1944, incluidos: a) toda enmienda que, habiendo entrado en vigor con arre- glo al artículo 94, letra a), del Convenio, haya sido rati- ficada tanto por los Estados Unidos como por el Estado o Estados miembros, según sea pertinente en cada caso, y b) todo anexo o enmienda del mismo aprobados de con- formidad con el artículo 90 del Convenio, siempre que hayan entrado en vigor tanto en los Estados Unidos como en el Estado o Estados miembros, según sea per- tinente en cada caso;

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la primera parte de este Contrato.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Asunto Pretende el demandante declarar a la compañía demandada, quien le vendió un chasis para pasajeros, responsable contractualmente de los perjuicios causados por el incendio de ómnibus, que tenía como destinación el transporte de pasajeros. Como consecuencia, condenarla al pago de los perjuicios materiales y xxxxxxx. En primera instancia, fueron negadas las pretensiones de la demanda, decisión que fue confirmada por el ad-quem. Contra dicha providencia, la sociedad demandada interpuso recurso de casación, formulando un cargo único con fundamento en la causal 2 de casación. La Corte no casó la sentencia, al advertir falencias en la técnica al debatir la apreciación probatoria para demostrar las causas del incendio. (Aprobado en sesión de dieciocho de julio de dos mil diecisiete) Bogotá, D.C., treinta (30) de octubre de dos mil diecisiete (2017).- Decide la Corte el recurso extraordinario de casación formulado por el demandante Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, frente a la sentencia de 23 xx xxxxx de 2016, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso ordinario promovido por el recurrente y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx contra Daimler Colombia S.A.

  • Fecha de Pago significa los días 25 (veinticinco) de cada mes calendario, en que se deberá llevar a cabo el pago mensual de capital e intereses y, en el caso que éste no sea un Día Hábil, el Día Hábil inmediato siguiente, salvo por el último periodo que, en caso de no ser un Día Hábil se adelantará al Día Hábil inmediato anterior, debiendo tomar en consideración la definición de Periodo de Pago.