Definición de Asunto

Asunto. Pretende el demandante que se condene a la convocada a cumplir la promesa de compraventa suscrita con él, que tuvo por objeto locales comerciales; a pagarle los perjuicios que le causó; y a devolverle, con intereses comerciales moratorios, los dineros que entregó en exceso, dependiendo del valor que se establezca para los bienes conforme su extensión final. En subsidio se pretendió ordenar a la enjuiciada reconocer los daños que causó. Por su parte la convocada presenta demanda de reconvención solicitando la resolución de la promesa por incumplimiento del accionante primero; se ordene a éste recibir los dineros que pagó por concepto del precio, con rendimientos calculados hasta cuando debía suscribir el contrato prometido y previa deducción de las arras de retracto. En subsidio pidió que se declare la resolución del contrato por mutuo disenso tácito. El Juzgado de primera instancia, negó las pretensiones del inicial demandante, así como la súplica principal de la reconviniente, accedió a la petición subsidiaria de ésta y la condenó a devolver a su contendor los dineros que recibió, con sus rendimientos. El Tribunal estimó la pretensión principal y revocó el fallo del a quo. Contra ésta providencia las partes interpusieron recurso de casación. La Corte CASA la sentencia al evidenciar que ambas partes incumplieron el contenido del contrato de promesa de compraventa, no encontrando justificada la conducta de no comparecer a la suscripción de la respectiva escritura pública en la notaría fijada, concluyendo en un mutuo disenso tácito, extinguiendo el conjunto de obligaciones surgidas del contrato, retrotrayendo las cosas a su estado original. SC2307-2018 Radicación n° 11001-31-03-024-2003-00690-01 Bogotá, D.C., veinticinco (25) xx xxxxx de dos mil dieciocho (2018). Decídense los recursos de casación interpuestos por las partes frente a la sentencia de 28 de septiembre de 2011, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario que promovió Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx contra Construcciones El Lago Ltda., trámite en el cual intervino Comercial Lidamayco Ltda. como litisconsorte de la demandada.
Asunto. Declaración de no inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL) identificado (a) con cédula de ciudadanía número, actuando en (nombre propio) o (Nombre y representación de la sociedad XXXX) por medio de la presente certifico que ni el suscrito (ni la firma que represento en caso de ser persona jurídica), se hallan incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad o conflicto de intereses establecidas en el Acuerdo No. 011 de 2017 (Manual de Contratación del Círculo de Suboficiales), por lo que manifiesto encontrarme habilitado en tal sentido para contratar con el Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares. Cordialmente, FIRMA¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O P N DOCUMENTO DE IDENTIDAD NIT: INFORMACIÓN GENERAL Fecha Razón Social PJ: NIT: Dirección: Ciudad: Departamento: Nombre del Representante Legal o Persona Natural: C.C: Profesión/oficio: E-mail: Teléfono: Tarjeta/Registro Profesional Expedida por: INFORMACIÓN TRIBUTARIA Régimen IVA: Simplificado Común Entidad sin ánimo de lucro? SI NO No. Resolución Es autoretenedor? SI NO Impuesto de industria y comercio: Exento Permanente Ocasional Entidad Oficial? SI NO Excento de retención en la fuente: SI NO Es contribuyente? gran SI NO Actividad económica Código CERTIFICADO EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O MATRICULA MERCANTIL No Registro: Fecha de expedición: Fecha última Renovación: Declaro de manera libre, expresa, inequívoca, que autorizo al Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares para que en los términos del literal a) del Artículo 6 de la Ley 1581 del 2012, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión y en general, tratamiento de mis datos personales, incluyendo datos sensibles, como mis huellas digitales, fotografías, videos y demás datos que puedan llegar a ser considerados como sensibles de conformidad con la ley, para que dicho tratamiento se realice con fin de lograr las finalidades relativas propias del objeto social que desarrolla el Círculo de Suboficiales de la Fuerzas Militares. Así mismo declaro que se me ha informado de manera clara que tengo derecho a conocer, actualizar y verificar los datos personales proporcionados, solicitar información sobre el uso que se ha dado a mis datos personales, y a revocar de considerarlo, la autorización de uso de mis datos personales. Firma: Nombre persona natural o Representante Legal: CC.
Asunto. Programas llevados a cabo desde 1998 por el Go- bierno dirigidos a que las mujeres adquieran formación y habilidades para acceder a los puestos de dirección, con in- dicación de los programas correspondientes y de su presu- puesto. Respuesta: El contenido de la pregunta de S. S. responde a la Ac- tuación n.º 4.1.2. del III Plan para la Igualdad de Oportuni- dades entre Hombres y Mujeres, aprobado por el Consejo de Ministros el 7 de marzo de 1997 para el período 1997- 2000. El III Plan de Igualdad, antes mencionado, fue apro- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el BO- LETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES de la pregunta nú- mero 2240, seguida de la contestación remitida por el Go- bierno, formulada por la Senadora del Grupo Socialista, doña MARÍA CARMEN MONTES CONTRERAS, sobre los programas llevados a cabo desde 1998 por el Gobierno dirigidos a que las mujeres adquieran formación y habilida- des para acceder a los puestos de dirección, con indicación de los programas correspondientes y de su presupuesto. El anuncio de la presentación de la referida pregunta fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENE- RALES, Senado, Serie I, número 86, 3 de noviembre de 2000. Palacio del Senado, 5 de diciembre de 2000.—P. D., A la Presidencia del Senado María Carmen Montes Contreras, Senadora por Cór- doba, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en los artículos 160 y 169 del Re- glamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la si- guiente pregunta, para que le sea contestada por escrito. ¿Qué actuaciones ha llevado a cabo el Gobierno du- rante los años 1998, 1999 y 2000 en materia de programas dirigidos a que las mujeres adquieran formación y habili- dades para acceder a los puestos de dirección? Con la des- cripción de los programas y el presupuesto. Palacio del Senado, 11 de octubre de 2000.—María Carmen Montes Contreras. Excma. Sra.: A los efectos del artículo 169 del Regla- mento del Senado, se traslada respuesta del Gobierno res- pecto al asunto de referencia. bado con el compromiso de realizar un seguimiento anual de las actuaciones del mismo, siendo el Instituto de la Mu- jer el organismo encargado de realizar las funciones de im- pulso, coordinación y seguimiento de dicho plan, por lo que a fecha de hoy se puede informar de las actividades llevadas a cabo en el cumplimiento del compromiso reco- gido en la Actuación n.º 4.1.2. Las actuaciones c...

Examples of Asunto in a sentence

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  • Asunto grave que afecte a la propiedad inmobiliaria del Asegurado y haga indispensable su presencia.

  • Asunto: 920817 Acta de notificación electrónica XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX - Resolución 012778 DE 25 JUL 2023 Cuerpo del mensaje: Señor (a) XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX CALLE 10 Convalidante N/A Cali Xxxxx del Cauca XXXXXXXXXXXXX@XXXXXXX.XXX Esta es una notificación automática del Ministerio de Educación Nacional.


More Definitions of Asunto

Asunto. Daños causados en el sitio de entrega y a los suministros entregados durante la instalación y las pruebas de funcionamiento y daños a los suministros durante el periodo de almacenamiento en el sitio de entrega.
Asunto. Gastos derivados y/o provocados a los equipos, partes y materiales, incluyendo los aparatos, los medios, las maquinarias que se ocupan para la ejecución del contrato durante el transporte desde la sede del CONTRATISTA al lugar de entrega e instalación. Monto del seguro: 110% del valor CIP lugar de destino Partes aseguradas: CONTRATANTE y CONTRATISTA Amparo: desde la fecha de salida xxx xxxxxxx del CONTRATISTA hasta la fecha de entrega en el sitio.
Asunto cualquier tipología de daños consiguiente al uso de vehículos por parte del CONTRATISTA (independientemente da la propiedad del vehículo) en el transcurso de la Ejecución de las Actividades del Contrato, incluido el periodo de garantía.
Asunto. Cálculo del valor estimado de un contrato con modificaciones previstas. Con la modificación operada por la ley 2/2011, de 4 xx xxxxx, de Economía Sostenible se modificó el tenor del artículo 76 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, introduciendo un tercer párrafo en su apartado 1, del siguiente literal: “En el caso de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 ter, se haya previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación la posibilidad de que el contrato sea modificado, se considerará valor estimado del contrato el impor- te máximo que éste pueda alcanzar, teniendo en cuenta la totalidad de las modificaciones previstas”. Dicho literal se mantiene en idénticos términos en el artículo 88 del vigente Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con la única diferencia de sustituir la alusión al artículo 92 ter por la mención del artículo 106. Esta Secretaría de Estado, en desarrollo de las funciones que tiene encomendadas, celebra numerosos contratos en los que se prevé la modificación de aquel, habiéndose suscitado dudas sobre el método de aplicar el porcentaje de modificación previsto y, más concretamente, sobre qué importes debe aplicarse dicho porcentaje habida cuenta de la coexistencia de dos valores (Presupuesto de licitación y eventual prórroga), de forma que existe una primera opinión que considera que debe procederse a la suma de ambos conceptos y sobre su resultado aplicar directamente el porcentaje previsto. Sin embargo, una segunda opinión entiende que el cálculo ha de realizarse exclusivamente sobre el presupuesto de licita- ción, descartando la prórroga. Similar duda se plantea en el aso de considerar que el porcentaje de modificación fuese de signo negativo ya que el resulta- do obtenido de seguir uno u otro sistema sería notablemente distinto. De otro lado, se ha constatado en diversos pliegos publicados en la Plataforma de Contratación del Estado por otros órganos de contratación, que el método utilizado consiste en el cálculo del porcentaje previsto mediante su aplicación direc- ta a la suma simple del presupuesto de licitación y posible prórroga, es decir, en línea con la primera opinión más arriba expuesta, solución que -inicialmente- comparte esta Secretaría de Estado para los supuestos de modificaciones positivas. No obstante, en el caso que la modificación prevista fuese negativa, se entiende que no debe practicarse...
Asunto. Referencia de la RFP Haga clic o pulse aquí para introducir el texto.
Asunto. Ejecución y pago de un contrato de servicios Referencia: Carta N° 004-2014-GG/OAL Mediante el documento de la referencia, el Gerente General xx Xxxxxxxx Operador Logístico S.A.C., formula varias consultas sobre la forma en que debe pagarse un contrato de servicios que no se ha ejecutado en su totalidad1. Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Supervisor son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal j) del artículo 58 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 (en adelante, la “Ley”), y la Segunda Disposición Complementaria Final de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (en adelante, el “Reglamento”). En ese sentido, las conclusiones de la presente opinión no se encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.