Definición de Programa de Evaluación Técnica

Programa de Evaluación Técnica. Es la descripción de las Operaciones de Evaluación Técnica pactadas en este contrato, que EL EVALUADOR se obliga a ejecutar dentro del plazo de duración del presente contrato dentro del cronograma para la realización de tales actividades y Operaciones, así como el presupuesto correspondiente.
Programa de Evaluación Técnica. Es la des- cripción de las Operaciones de Evaluación Téc-

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  • Cuando la suspensión impida el cumplimiento de alguna de las Operaciones de Evaluación contenidas en el Programa de Evaluación Técnica, y tal impedimento se prolongue por más de dos (2) meses consecutivos, la ANH restituirá el plazo contractual por un lapso igual al del impedimento, sin perjuicio de que EL EVALUADOR deba prorrogar las garantías existentes o constituir unas nuevas, en los términos de la Cláusula 11.

  • En cualquier tiempo, durante la vigencia de este contrato, EL EVALUADOR tendrá derecho a renunciar al presente contrato, siempre y cuando haya cumplido satisfactoriamente el Programa de Evaluación Técnica en la parte prevista para ser ejecutada en el plazo transcurrido y las demás obligaciones a su cargo.

  • EL EVALUADOR deberá otorgar a favor de la ANH, en la forma, términos y condiciones previstos en el contrato, la garantía que asegure el cumplimiento y la correcta ejecución de todas las obligaciones del Programa de Evaluación Técnica y las demás actividades inherentes a tales obligaciones, así como para garantizar el pago de las multas que se impongan por incumplimiento parcial del contrato.

  • En caso de que incidentalmente se obtenga producción de hidrocarburos durante el curso de las Operaciones de Evaluación Técnica ya sea durante la ejecución del Programa de Evaluación Técnica o del Programa de Evaluación Técnica Adicional realizadas por EL EVALUADOR, dicha producción será propiedad exclusiva de la ANH, y EL EVALUADOR no tendrá derecho alguno sobre la misma.

  • En cualquier momento EL EVALUADOR podrá liberar parcialmente el Área de Evaluación Técnica, sin que por ello se reduzcan las obligaciones contraídas en virtud de este contrato de acuerdo a lo establecido en el Programa de Evaluación Técnica.

  • EL EVALUADOR estará obligado a ejecutar el Programa de Evaluación Técnica establecido en el Anexo “C” por su propia cuenta y riesgo dentro de un lapso de [ ] meses.

  • Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la Fecha Efectiva, EL EVALUADOR presentará a la ANH el Programa de Trabajo, en el cual describa la forma como dará cumplimiento a sus obligaciones, en el entendido que dicho Programa de Trabajo deberá ser consistente con el Programa de Evaluación Técnica, así como también con las Buenas Prácticas en la Industria del Petróleo.

  • EL EVALUADOR podrá llevar a cabo Operaciones de Evaluación Técnica adicionales a través de un Programa de Evaluación Técnica Adicional, el cual deberá ser aprobado previamente por la ANH y formalizado mediante otrosí.

  • Las enmendaduras, tachones o inconsistencias que se puedan presentar en el diligenciamiento del Formulario del Programa de Evaluación Técnica Adicional o Programa Exploratorio Adicional, distintas a errores puramente aritméticos, no son subsanables y comportan rechazo de la oferta.

  • EL EVALUADOR podrá proponer modificaciones al Programa de Evaluación Técnica Adicional, las cuales requerirán aprobación previa de la ANH.

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  • Programa significa el proyecto o programa que se identifica en las Estipulaciones Especiales y consiste en el conjunto de actividades con un objetivo de desarrollo a cuya financiación contribuyen los recursos xxx Xxxxxxxx.

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Comisión Técnica es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones emitidas por el SERCOP, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Pérdida Es el perjuicio económico sufrido por el Asegurado en su patrimonio, provocado por un siniestro. Sinónimo de Daño.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • INVESTIGACIÓN XX XXXXXXX La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos o servicios, de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad, de organismos públicos o privados, de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Especificaciones Técnicas Documentos contentivos de las Especificaciones Técnicas requeridas. Fuerza Mayor: Cualquier evento o situación que escapen al control de la Entidad Contratante, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Propuesta significa la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica del Consultor.

  • Área técnica La que en la entidad elabora las especificaciones técnicas que se deberán incluir en el procedimiento de contratación, evalúa la propuesta técnica de las proposiciones y es responsable de responder en la junta de aclaraciones, las preguntas que sobre estos aspectos realicen los licitantes; el Área técnica, podrá tener también el carácter de Área requirente.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.