PRIMERO Sample Clauses

PRIMERO. Relaciones Económicas 1) La cláusula 5.1.2. – Costes ordinarios del estudio observacional (paciente reclutado) y 5.1.3 – Memoria económica. ONE – Financial Relations 1) Clause 5.1.2. – Ordinary observational study costs (enrolled patient) and 5.1.3 – Financial schedule.
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PRIMERO. (i) is not a party to or bound by any collective bargaining agreement relating to any of the Employees; (ii) is not subject to any application by any trade union or employee bargaining agency for certification as the bargaining agent of any of the Employees; (iii) is not subject to any application to have Primero declared to be a related or successor employer with respect to any Employees pursuant to applicable labour Laws; and (iv) is not subject to, to the knowledge of Primero, threatened or apparent union- organizing campaigns with respect to any Employees.
PRIMERO. Del Empleador.- GRAN TIERRA es una empresa constituida en el Perú de acuerdo a las leyes peruanas, que se dedica al giro de su negocio indicado en la introducción de este contrato. SEGUNDO: De EL FUNCIONARIO.- EL FUNCIONARIO es un profesional en el campo de la ingeniería, quien declara ser de profesión Ingeniero Geólogo con título profesional otorgado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos de la República de Perú, y contar con amplios conocimientos y gran experiencia en el campo de su profesión particularmente dentro del sector hidrocarburos que le permiten estar en capacidad de cubrir los requerimientos de GRAN TIERRA para ocupar el alto cargo de Gerente General, desempeñando las labores que le corresponden y asumiendo las responsabilidades consiguientes. XXXXXXX: De las Necesidades del Servicio.- GRAN TIERRA requiere contar con un funcionario de alto nivel, que sea gran conocedor, se encuentre debidamente capacitado y tenga amplia experiencia en el giro al que se dedica y particularmente para los fines que dicho trabajador preste sus servicios con sujeción a las indicaciones que reciba de sus superiores y bajo subordinación a GRAN TIERRA, para que se dedique desde el 1° de octubre de 2,011 al desempeño del alto cargo de Gerente General y al cumplimiento y ejecución de sus obligaciones, altas responsabilidades y labores, así como a las xxxxx complementarias, afines y conexas que GRAN TIERRA le indique a través de sus órganos autorizados en cuanto al desempeño del servicio requerido, dentro de las operaciones, negocio y actividades que GRAN TIERRA desarrolla en el xxxxxxx. CUARTO: Del Acuerdo de Partes, del Objeto del Contrato y del Centro de Trabajo.- Por medio del presente instrumento GRAN XXXXXX xxxxxxxx los servicios personales de EL FUNCIONARIO desde el día 1° de octubre de 2011, y este último acepta se plasme en este instrumento su contratación laboral que se pacta a duración indeterminada en los términos previstos en este documento, teniendo en cuenta lo señalado en las cláusulas precedentes, para que se desempeñe como Gerente General de GRAN TIERRA, encomendándosele al efecto las altas responsabilidades y confiriéndosele las atribuciones propias del mencionado alto cargo, como lo son, entre otras, las siguientes:
PRIMERO. Objeto: El presente convenio tiene como objeto establecer las condiciones en que Las Partes desarrollarán y ejecutarán el proyecto titulado “Generación de energía eólica eléctrica accesible para áreas rurales en Colombia” – en adelante El Proyecto - el cual se encuentra regulado bajo el Contrato de TSP 1312 suscrito entre RAEng y UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA.
PRIMERO. Aprobación, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 160.f) de xx Xxx de Sociedades de Capital, del otorgamiento de garantías reales relativas a determinadas operaciones de financiación. En el contexto de la refinanciación de ciertas operaciones de financiación concedidas a Xxxxxx, X.X. (la "Sociedad") y a otras entidades del Grupo Xxxxxx (el "Grupo"), y en particular, la emisión por Xxxxxx Finance 2 (Luxembourg) S.A. (el "Emisor") de nuevos bonos super senior garantizados por importe de hasta 250.000.000 de Euros, con vencimiento el 30 de septiembre de 2023, en virtud de dos tramos:
PRIMERO. NOVAGRIC es Socio-Beneficiario del Proyecto titulado: “Descontaminación agroquímica de suelos agrícolas mediante la combinación de las técnicas de solarización y ozonización” con acrónimo Life-AgRemSO3il y código LIFE17 ENV/ES/000203 (en adelante, el Proyecto), cofinanciado por el programa LIFE+ de la Comisión Europea, del cual la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), e IDCONSORTIUM S.L. son socios beneficiarios y el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA) es el socio coordinador.
PRIMERO. Que la Sociedad se constituyo por escritura publica de fecha [____], otorgada en la Notaria de Santiago de don [____], cuyo extracto fue inscrito a fojas [____], numero [____] del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices y de Comercio de Santiago correspondiente al ano [____]. En virtud de los dispuesto en el articulo [____] de dicha escritura, el uso de la razon social y la administracion de la Sociedad corresponden a "[NOMBRE DE LA 146 SOCIEDAD QUE ADMINISTRA]", con las mas amplias atribuciones, las que debe ejercer a traves de apoderados y representantes designados y autorizados especialmente para este objeto mediante escritura publica. Por [____] se designo a don [____] como delegado o apoderado de "[NOMBRE DE LA SOCIEDAD QUE ADMINISTRA]" para representar, administrar y usar la razon social de la Sociedad.
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PRIMERO. Ambas Partes convienen que la Fecha de Inicio del referido Contrato de Arrendamiento será el 1 de julio de 2014. Por lo tanto, queda modificada la cláusula cuarta del Contrato de Arrendamiento que queda redactado de la siguiente manera: “4.-Fecha de Inicio del Contrato de Arrendamiento La Fecha de Inicio del Contrato de Arrendamiento (“Fecha de Inicio”) será el 1 de julio de 2014, en la cual el Arrendatario tomará posesión del inmueble. El Arrendatario podría solicitar iniciar el Contrato antes, sujeto a un preaviso escrito de 3 meses. Esta fecha alternativa será entre tres (3) meses después de firmar el Acuerdo Base y el 0 xx xxxxx xx 0000. Xx xxxx xxxx, xx Xxxxxxxxxx tiene la obligación de dar la posesión al Arrendatario tres meses después de recibir la notificación escrita. Para dicha fecha, el Arrendador deberá ostentar la pacífica y libre posesión de la Propiedad, y la Propiedad deberá estar libre de cualquier carga, gravamen, Arrendatario, etc. En caso contrario el presente Arrendamiento no entrará en vigor.” FIRST. - Both Parties agree that the Commencement Date of the Lease Agreement will be July 1st, 2014. Therefore, clause four shall be amended, and reads as follows: “4.-
PRIMERO. MINERA GLOBAL CHILE LIMITADA is the owner of the mining concessions called Candelaria Uno a Tres located ix xxx Xxxxna de Diego de Almagro, III Xxxxxx, Xxxxx xxx xxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxx Xroperty Registrar of Diego de Almagro and the concessions called Candelaria Uno a Ocho located ix xxx Xxxxna de Diego de Almagro, III Xxxxxx, Xxxxx xxx xxxxxxxxxx xx xxx Xxxxxx Xroperty Registrar of Diego de Almagro.
PRIMERO acknowledging that SWC is entering into this Agreement in reliance thereon, hereby represents and warrants that, as of the Reference Date, Primero is the sole beneficial owner of all of the issued and outstanding share capital of STB and will become the registered and legal owner of such share capital once the transfer of such share capital from Goldcorp Silver (Barbados) Ltd. to Primero is registered and completed in accordance with the laws of Barbados.
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