Common use of ABONO DE LOS SERVICIOS Clause in Contracts

ABONO DE LOS SERVICIOS. 11.1. Los servicios se facturarán en un plazo máximo de 45 días desde la ejecución del servicio conforme al siguiente calendario: a) Al término de la entrega y, en su caso, desembalaje en el Museo Thyssen- Bornemisza de Madrid de las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados hasta entonces. b) Al término de la devolución y, en su caso, desembalaje de todas las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados para dicha devolución. 11.2. Dichas facturas tendrán fecha de vencimiento a SETENTA Y CINCO (75) días, y se abonarán por transferencia bancaria en la primera fecha de pagos generales de la Fundación después de cada uno de los vencimientos. 11.3. Junto a cada factura, el Contratista deberá entregar copia de los billetes aéreos originales una vez emitidos y de los comprobantes de los demás gastos realizados para la prestación de los servicios. La adquisición por el Contratista de billetes más baratos que los presupuestados en el Plan-Programa de Transporte, o el abaratamiento de otros costes presupuestados- incluso cuando se deba a variación en el cambio de moneda-, deberá repercutirse en el precio del Contrato hasta adaptar dicho precio al coste real soportado por el Contratista. El Contratista procurará en todos los casos adquirir los billetes más económicos o ventajosos para la Fundación independientemente del precio que haya sido aprobado en presupuesto. 11.4. Las facturas deberán precisar de forma desglosada por país y cedente ordenados alfabéticamente, los precios separados, al menos, por los siguientes conceptos: (i) construcción o alquiler xx xxxxx y embalajes de cada una de obras, (ii) transporte, embalaje y desembalaje, y (iii) billetes de cada uno de los correos. 11.5. La Fundación no tendrá la obligación de abonar los gastos que no haya aprobado previamente o que pese a estar aprobados después no hayan sido justificados debidamente por el Contratista. En caso de que el Contratista no demuestre documentalmente los gastos asumidos indicados en los dos apartados anteriores, la Fundación podrá exigir al Contratista la refacturación de los servicios deduciendo los importes que no hayan sido justificados.

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Samples: Transportation Agreement

ABONO DE LOS SERVICIOS. 11.1. Los servicios se facturarán en un plazo máximo de 45 días desde la ejecución del servicio conforme al siguiente calendario: a) Al término de la entrega y, en su caso, desembalaje en el Museo Thyssen- Bornemisza de Madrid de las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio El importe de los servicios prestados hasta entonces. b) Al término será abonado mensualmente por la Autoridad Portuaria al adjudicatario al precio indicado en su oferta, previa presentación y conformación de la devolución yfactura correspondiente, dentro los plazos legales establecidos y con deducción de las cantidades que procediera por aplicación de lo dispuesto en este pliego. En la factura, que presentará por triplicado, se encontrará incluido el IVA, claramente diferenciado del importe del servicio. Asimismo, los servicios de separación y recogida selectiva de residuos (u otros) vinculados a algún proyecto medioambiental (por ejemplo en la actualidad el proyecto PESCAL) deberán ser diferenciados en la factura mensual o en Factura aparte a criterio de la Autoridad Portuaria. El importe del coste del tratamiento de los residuos asimilables a RSU (en punto de vertido autorizado, que el adjudicatario deberá presentar en su oferta junto con la tarifa oficial de vertido del mencionado punto) será abonado por el adjudicatario, quien a su vez lo facturará a la Autoridad Portuaria; será abonado mensualmente al adjudicatario previa justificación de las toneladas de residuos tratados mediante los correspondientes tickets de las pesadas realizadas en el Puerto con el fin de contrastar la cantidad real de residuos facturados. Las comprobaciones de pesadas que se realicen por parte de la Autoridad Portuaria para el control de tonelaje de residuos serán por cuenta del adjudicatario, quien deberá proponer en su oferta un sistema de control del pesaje que permita conocer fehacientemente a la Autoridad Portuaria los residuos generados en el Puerto y transportados a vertedero autorizado, independientemente de que deba incluirlo en el parte diario de trabajo remitido a la Autoridad Portuaria. La Autoridad Portuaria podrá exigir asimismo los justificantes de entrega de los residuos producidos conforme a la normativa vigente, estando el contratista obligado a facilitarlos en dicho caso. El prestador deberá presentar asimismo precio para la recogida, transporte y tratamiento de otros tipos de residuos (redes, plásticos, equipos eléctricos y electrónicos, neumáticos, otros residuos en base a su experiencia) de modo que la Autoridad Portuaria, en su casocaso de necesitar el servicio, desembalaje de todas las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicaspodrá requerirlo al prestador, por el precio de los servicios prestados para dicha devolución. 11.2. Dichas facturas tendrán fecha de vencimiento quien estará obligado a SETENTA Y CINCO (75) días, y se abonarán por transferencia bancaria en la primera fecha de pagos generales de la Fundación después de cada uno de los vencimientos. 11.3. Junto prestarlo conforme a cada factura, el Contratista deberá entregar copia de los billetes aéreos originales una vez emitidos y de los comprobantes de los demás gastos realizados para la prestación de los servicios. La adquisición por el Contratista de billetes más baratos que los presupuestados en el Plan-Programa de Transporte, o el abaratamiento de otros costes presupuestados- incluso cuando se deba a variación en el cambio de moneda-, deberá repercutirse en el precio del Contrato hasta adaptar dicho precio al coste real soportado por el Contratista. El Contratista procurará en todos los casos adquirir los billetes más económicos o ventajosos para la Fundación independientemente del precio que haya sido aprobado en presupuesto. 11.4. Las facturas deberán precisar de forma desglosada por país y cedente ordenados alfabéticamente, los precios separadosofertados. Los precios máximos serán para los residuos que se indican, al menospudiendo ofertar el licitante a la baja: • RSU CÓDIGO LER 20.03.01 ó 20.03.02 : 54,33 €/tn • Neumáticos usados de cualquier tipo, por los siguientes conceptoscon recogida, tt y vertido. CODIGO LER 16.01.03 :220 €/tn • “Escombro sucio”, CODIGO LER 17.01.01 : (i) construcción o alquiler xx xxxxx y embalajes 26,25 € / m3. • Tasa de cada una vertido de obras, (ii) transporte, embalaje y desembalaje, y (iii) billetes de cada uno de los correos. 11.5redes. La Fundación no tendrá la obligación de abonar los gastos que no haya aprobado previamente o que pese a estar aprobados después no hayan sido justificados debidamente por el Contratista. En caso de que el Contratista no demuestre documentalmente los gastos asumidos indicados en los dos apartados anteriores, la Fundación podrá exigir al Contratista la refacturación de los servicios deduciendo los importes que no hayan sido justificados.CODIGO LER 16.01.19 ó 20.01.39 57 €/TN

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas

ABONO DE LOS SERVICIOS. 11.1. Los servicios se facturarán en un plazo máximo ❖ Condiciones de 45 días desde la ejecución del servicio conforme al siguiente calendario: a) Al término de la entrega y, en su caso, desembalaje en el Museo Thyssen- Bornemisza de Madrid de las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados hasta entonces. b) Al término de la devolución y, en su caso, desembalaje de todas las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados para dicha devolución. 11.2. Dichas facturas tendrán fecha de vencimiento a SETENTA Y CINCO (75) días, y se abonarán por transferencia bancaria en la primera fecha de pagos generales de la Fundación después de cada uno de los vencimientos. 11.3. Junto a cada factura, el Contratista deberá entregar copia de los billetes aéreos originales una vez emitidos y de los comprobantes de los demás gastos realizados para la prestación abono de los servicios. El Ayuntamiento xx Xxxxxxxx previa conformidad del responsable, abonará de forma mensual al adjudicatario (salvo que se disponga otra forma de pago en el Apartado C.9) del Cuadro de Características del Contrato) el importe contratado con arreglo al precio convenido, a la presentación de factura detallada por los servicios efectivamente realizados. La adquisición factura deberá emitirse de conformidad con las disposiciones vigentes y, específicamente constará: numeración seriada, fecha de expedición, descripción de los trabajos/servicios realizados, NIF del expedidor y destinatario y el IVA repercutido. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación sin que empiece a computarse el plazo indicado en el párrafo siguiente hasta su corrección. En el caso de servicios de tracto sucesivo, las facturas se deberán remitir en el plazo máximo de 10 días desde la realización de la prestación en el periodo de que se trate. ❖ Forma de pago de los servicios. El pago se realizará en el plazo de treinta días naturales desde la recepción de la factura en los Registros del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx y una vez conformada por la Unidad Gestora. Si se produjera demora en el pago, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro previstos en el artículo 114 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. Se podrán realizar abonos a cuenta por el Contratista importe de billetes más baratos las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que los presupuestados estén comprendidas en el Plan-Programa objeto del mismo debiendo el contratista asegurar el pago mediante prestación de Transportela garantía correspondiente, o el abaratamiento de otros costes presupuestados- incluso cuando se deba a variación siempre que en el cambio Pliego de moneda-, deberá repercutirse Prescripciones Técnicas se especifiquen las condiciones y criterios de valoración de las operaciones preparatorias que exige el artículo 113 Ley Xxxxx de Contratos Públicos y este derecho se prevea en el precio Apartado C.9) del Contrato hasta adaptar dicho precio al coste real soportado por el ContratistaCuadro de Características del Contrato. El Contratista procurará en todos los casos adquirir los billetes más económicos o ventajosos para contratista podrá ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Fundación independientemente del precio que haya sido aprobado en presupuestoAdministración conforme a Derecho. 11.4. Las facturas deberán precisar de forma desglosada por país y cedente ordenados alfabéticamente, los precios separados, al menos, por los siguientes conceptos: (i) construcción o alquiler xx xxxxx y embalajes de cada una de obras, (ii) transporte, embalaje y desembalaje, y (iii) billetes de cada uno de los correos. 11.5. La Fundación no tendrá la obligación de abonar los gastos que no haya aprobado previamente o que pese a estar aprobados después no hayan sido justificados debidamente por el Contratista. En caso de que el Contratista no demuestre documentalmente los gastos asumidos indicados en los dos apartados anteriores, la Fundación podrá exigir al Contratista la refacturación de los servicios deduciendo los importes que no hayan sido justificados.

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Samples: Contract for Public Service Management

ABONO DE LOS SERVICIOS. 11.1. Los servicios se facturarán en un plazo máximo de 45 días desde la ejecución del servicio conforme al siguiente calendario: a) Al término de la entrega y, en su caso, desembalaje en el Museo Thyssen- Bornemisza de Madrid de las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados hasta entonces. b) Al término de la devolución y, en su caso, desembalaje de todas las obras descritas relacionadas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones TécnicasTécnicas que no viajen a la segunda sede de la exposición en Caixa Forum Barcelona, por el precio de los servicios prestados para dicha devolución. 11.2. Dichas facturas tendrán fecha de vencimiento a SETENTA Y CINCO SESENTA (7560) días, y se abonarán por transferencia bancaria en la primera fecha de pagos generales de la Fundación después de cada uno de los vencimientos. 11.3. Junto a cada factura, el Contratista deberá entregar copia de los billetes aéreos originales una vez emitidos y de los comprobantes de los demás gastos realizados para la prestación de los servicios. La adquisición por el Contratista de billetes más baratos que los presupuestados en el Plan-Programa de Transporte, o el abaratamiento de otros costes presupuestados- incluso cuando se deba a variación en el cambio de moneda-, deberá repercutirse en el precio del Contrato hasta adaptar dicho precio al coste real soportado por el Contratista. El Contratista procurará en todos los casos adquirir los billetes más económicos o ventajosos para la Fundación independientemente del precio que haya sido aprobado en presupuesto.más 11.4. Las facturas deberán precisar de forma desglosada por país y cedente ordenados alfabéticamente, los precios separados, al menos, por los siguientes conceptos: (i) construcción o alquiler xx xxxxx y embalajes de cada una de obras, (ii) transporte, embalaje y desembalaje, y (iii) billetes de cada uno de los correos. 11.5. La Fundación no tendrá la obligación de abonar los gastos que no haya aprobado previamente o que pese a estar aprobados después no hayan sido justificados debidamente por el Contratista. En caso de que el Contratista no demuestre documentalmente los gastos asumidos indicados en los dos apartados anteriores, la Fundación podrá exigir al Contratista la refacturación de los servicios deduciendo los importes que no hayan sido justificados.

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Samples: Transportation Agreement

ABONO DE LOS SERVICIOS. 11.1. Los servicios se facturarán en un plazo máximo de 45 días desde la ejecución del servicio conforme al siguiente calendario: a) Al término de la entrega y, en su caso, desembalaje en el Museo Thyssen- Bornemisza de Madrid de las obras descritas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados hasta entonces. b) Al término de la devolución y, en su caso, desembalaje de todas las obras descritas relacionadas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por el precio de los servicios prestados para dicha devolución. 11.2. Dichas facturas tendrán fecha de vencimiento a SETENTA Y CINCO SESENTA (7560) días, y se abonarán por transferencia bancaria en la primera fecha de pagos generales de la Fundación después de cada uno de los vencimientos. 11.3. Junto a cada factura, el Contratista deberá entregar copia de los billetes aéreos originales una vez emitidos y de los comprobantes de los demás gastos realizados para la prestación de los servicios. La adquisición por el Contratista de billetes más baratos que los presupuestados en el Plan-Programa de Transporte, o el abaratamiento de otros costes presupuestados- incluso cuando se deba a variación en el cambio de moneda-, deberá repercutirse en el precio del Contrato hasta adaptar dicho precio al coste real soportado por el Contratista. El Contratista procurará en todos los casos adquirir los billetes más económicos o ventajosos para la Fundación independientemente del precio que haya sido aprobado en presupuesto. 11.4. Las facturas deberán precisar de forma desglosada por país y cedente ordenados alfabéticamente, los precios separados, al menos, por los siguientes conceptos: (i) construcción o alquiler xx xxxxx y embalajes de cada una de obras, (ii) transporte, embalaje y desembalaje, y (iii) billetes de cada uno de los correos. 11.5. La Fundación no tendrá la obligación de abonar los gastos que no haya aprobado previamente o que pese a estar aprobados después no hayan sido justificados debidamente por el Contratista. En caso de que el Contratista no demuestre documentalmente los gastos asumidos indicados en los dos apartados anteriores, la Fundación podrá exigir al Contratista la refacturación de los servicios deduciendo los importes que no hayan sido justificados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares