Acciones del Proveedor de Servicios que Requieren la Aprobación Previa del Contratante. El Proveedor de Servicios deberá obtener la aprobación previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones: a) celebrar un subcontrato para la ejecución de cualquier parte de los Servicios; b) designar aquellos miembros del Personal no señalados por nombre en la lista del Apéndice B ("Personal Clave y Subcontratistas"); c) cambiar el Programa de Actividades; y d) cualquier otra acción que pueda estar especificada en las CEC.
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Samples: Servicios De Soporte Y Mantenimiento, Servicios De Fideicomiso Pagaduría Y Escrituración De Bienes, Licitación De Servicios