Contratación Directa No: CD-DCPV-096-2020
“Servicios de Soporte y Mantenimiento para Honducompras 2.0., Sistema administrado por la Oficina Normativa de Compras y Contrataciones del Estado (ONCAE)”
Solicitud de Oferta Emitidos el: 30 de octubre de 2020
Para
Contratación Directa No: CD-DCPV-096-2020
Comprador: Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras) / Dirección de Conservación del Patrimonio Víal (DCPV)
Octubre 2020
Carta de invitación a Presentar Oferta
Esta sección contiene los factores, métodos y criterios que el Comprador puede utilizar para evaluar una Oferta y determinar si un oferente está calificado. | |
La evaluación de una Oferta tendrá en cuenta, además del precio razonable (determindo mediante un analisis de razonabilidad de precio) de la Oferta presentada, uno o más de los siguientes factores, según se especifica y se cuantifican a continuación: • calendario de entrega ofrecido en la Oferta; • desviaciones en el cronograma de pagos de lo especificado en el Contrato propuesto; • otros criterios específicos indicados en las especificaciones técnicas, establecidos en la Lista de Requisitos. | |
Para los factores mencionados anteriormente, se aplicará el siguiente método de calificación (cumplimiento minimo obligatorio): Los servicios ofrecidos deberán tener una productividad mínima conforme lo establecido en las Especificaciones Técnicas. |
Sección II Formularios de oferta
F1 Formulario de presentación de la Oferta
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones en su formato y no se aceptarán sustituciones].
Re: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Ref. de oferta: XXXXXXXXXXXXXXXXX
Nosotros, los abajo firmantes, declaramos que:
1) Hemos examinado y no tenemos reservas con la Documentación proporcionada, y sus Anexos.
2) Ofrecemos suministrar de conformidad con la Documentación proporcionada y de acuerdo con la Lista de Requisitos adjunta.
3) El precio total de nuestra Oferta, excluyendo cualquier descuento ofrecido en el punto (d) a continuación, es: [inserte el precio total de la Oferta en palabras y cifras, incluyendo los distintos montos y monedas respectivas].
4) Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son:
(i) Descuentos.: Si nuestra Oferta es aceptada, se aplicarán los siguientes descuentos. [Especifique en detalle cada descuento ofrecido y el artículo específico de la Lista de Requisitos al que se aplica].
(ii) Metodología de Aplicación de los Descuentos: Los descuentos se aplicarán de la siguiente manera: [Especifique en detalle el método que se utilizará para aplicar el descuento]
5) Nuestra Oferta será válida por noventa (90) días contados a partir de la fecha límite fijsada para la presentación de la Oferta y seguirá siendo vinculante para nosotros y podrá aceptarse en cualquier momento antes de la expiración de ese período.
6) Si nuestra Oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 3.9 de las Condiciones Generales del Contrato (CGC) propuesto, para su debido cumplimiento.
7) Nosotros, incluidos los Subcontratistas o Proveedores de sub-servicios para cualquier parte del Contrato, tenemos nacionalidades de países elegibles [Inserte la nacionalidad del Oferente, incluida la de todas las partes que componen el Oferente, si el Oferente es una empresa conjunta u otra asociación y la nacionalidad de cada subcontratista y proveedor de servicios].
8) No tenemos ningún conflicto de intereses de acuerdo con la Cláusula 3.2 de las CGC.
9) Nuestra firma, sus asociados, incluidos los Subcontratistas o Proveedores de servicios para cualquier parte del Contrato, no han sido declarados inelegibles por el Comprador, o bajo las leyes o regulaciones oficiales del país del Comprador, de acuerdo con la Cláusula 1.3 de las CGC.
10) Se han pagado o deben pagarse las siguientes comisiones, gratificaciones o honorarios con respecto al proceso de licitación o la ejecución del contrato: [Inserte el nombre completo de cada destinatario, su dirección completa, la razón por la que se pagó cada comisión o gratificación y la cantidad y moneda de cada comisión o gratificación]
Nombre del destinatario | Dirección | Razón | Cantidad |
(Si no se ha pagado o se va a pagar ninguno, indique "ninguno").
11) Entendemos que esta Oferta, junto con su aceptación por escrito incluida en su Notificación de Adjudicación, constituirá un contrato vinculante entre nosotros, hasta que se prepare y ejecute un Contrato formal.
12) Entendemos que no está obligado a aceptar la Oferta evaluada.
13) Hemos tomado medidas para garantizar que ninguna persona que actúe en nuestro nombre o representación participe en sobornos.
Firmado: |
[Nombre en letra de imprenta] |
En la capacidad de: |
Debidamente autorizado para firmar en nombre de: |
F2 Desglose de costo por actividad
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
Servicio No. | Descripción de los Servicios | Unidad | Fecha de entrega | Cantidad y unidad física | Precio unitario | Impuestos (si aplica) | Precio total por servicio (Col. 5 * 6 + 7) |
[inserte el número del Servicio] | [inserte el nombre de los servicios] | [inserte la fecha de entrega en la ubicación por servicio] | [insertar número de unidades] | [insertar precio unitario por unidad] | [insertar precio total por unidad] | ||
Precio total de la oferta |
Nombre del Oferente Firma del Oferente Fecha
F3 Declaración de método
La idoneidad de la Oferta presentada por el Oferente para cumplir con los Requisitos del Comprador y el cronograma de entrega es importante para determinar si la Oferta cumple sustancialmente.
La Oferta, por lo tanto, incluirá una Declaración de Método para la ejecución de la asignación, que demostrará la idoneidad de la Oferta para cumplir con los Requisitos del Comprador y para lograr el objetivo del Comprador con respecto al cumplimiento de los Requisitos del Comprador.
Es necesario que el Oferente demuestre una comprensión completa del alcance, la naturaleza y los recursos necesarios para la prestación de los Servicios.
Por lo tanto, la Declaración del método incluirá, pero no necesariamente se limitará a lo siguiente:
(a) Descripción de la programación propuesta por el Oferente y la secuencia de todas las actividades principales, identificando aquellas para las que el tiempo puede ser crítico.
(b) Descripción de las medidas incluidas en la Oferta que se implementarán para lograr la calidad de ejecución requerida en el Contrato.
(c) Comentario sobre los Requisitos del Comprador, incluido el estado de la información disponible y los temas relevantes para los Servicios, detallando cómo se cumplirán los requisitos críticos.
(d) [Inserte cualquier otra cosa, según sea apropiado.]
F4 Plan de trabajo
(incluido el despliegue de expertos)
F5: Personal clave
El Oferente deberá proporcionar información adecuada para demostrar claramente que tiene la capacidad para cumplir con el personal clave necesario para la ejecución de los servicios. Como mínimo, se deben proporcionar CV para el personal clave para los siguientes puestos, utilizando los formularios provistos para tal fin:
No. | Posición | Nombre | Trabajo total similar Experiencia (años) | En similar Experiencia laboral (años) |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 | ||||
6 |
Nombre del Oferente | ||
Posición | ||
Información del personal | Nombre | Fecha de nacimiento |
Calificaciones profesionales | ||
Empleo actual | Nombre del empleador | |
Dirección del empleador | ||
Teléfono | Contacto (gerente / oficial de personal) | |
Fax | Correo electrónico | |
Título profesional | Años con el empleador actual |
Resumen de la experiencia profesional en los últimos 10 años, en orden cronológico inverso. Indique la experiencia técnica y de gestión particular relevante para el proyecto.
Desde | A | Empresa / Proyecto / Cargo / Experiencia técnica y de gestión relevante |
F6 Formulario de información del Oferente
1. Constitución o condición jurídica del Oferente | ||
Lugar de registro | ||
Lugar principal de negocios | ||
2. Se adjuntan copias de: | ||
□ Artículos de incorporación o registro del Oferente mencionado en 1 anterior; demostrar la elegibilidad del Oferente de acuerdo con el formulario Declaración Jurada (adjunto) □ Poder mediante la cual el Oferente designa al signatario de la Oferta. [Marque las casillas y adjunte documentos a la Oferta.] |
La información completada anteriormente por el Oferente se utilizará para fines de calificación posterior. Esta información no se incorporará al Contrato. El Oferente adaptará y ampliará este formulario según sea necesario. Las secciones pertinentes de los documentos adjuntos deben traducirse al español.
F7 Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Yo nacionalidad
, mayor de edad, de estado civil
, con domicilio en
, de
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No. actuando en mi condición de representante legal de (Indicar el
Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran) , por la presente
HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que ni mi persona ni mi representada se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u
otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción.
ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los
Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Supremo Electoral, el Procurador y Subprocurador General de la República, los magistrados del Tribunal Superior de Cuentas, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de
Departamento de
, a los de
días de mes de
.
,
Firma:
Sección III Lista de requisitos
Especificaciones técnicas
El suministro de Servicios de No Consultoría deberá cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA PROVISIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE CONSULTORÍA
Servicio de Actualización del Fabricante (Mantenimiento de la Licencia), Servicios de Soporte (Mantenimiento Correctivo) y Servicios de Mantenimiento (Mantenimiento Evolutivo) para Honducompras 2.0
Antecedentes
El Gobierno de Estados Unidos de América a través de la Corporación del Desafío del Milenio (MCC, por sus siglas en inglés) adjudicó una donación de 15.6 millones de dólares para la implementación del Programa Umbral en Honduras. El Gobierno de Honduras y MCC acordaron que la Cuenta del Desafío del Milenio-Honduras (MCA-Honduras), ahora Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), sería la entidad implementadora. A través de dicho Programa se financió el desarrollo y puesta en marcha de la nueva plataforma denominada HonduCompras 2.0 (en adelante denominada HNC2), con la finalidad de servir como sistema para la ejecución de las compras públicas del Estado de Honduras. En la actualidad la Oficina Normativa Compras y Adquisiciones del Estado (ONCAE) requiere de los servicios del desarrollador de la referida Plataforma, para que brinde el soporte técnico y lleve a cabo el mantenimiento (correctivo y mantenimiento de la Licencia) del sistema.
La contratación de la empresa que prestará los servicios antes referidos, será financiada con fondos provenientes del Fideicomiso de Infraestructura Vial que administra INVEST-Honduras, en virtud de lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo No. 52-2019 publicado el 06 xx xxxxx de 2019.
1. Objetivo general de los servicios
Realizar el aseguramiento de la operación óptima y exitosa de la plataforma HNC2 a través de un servicio de soporte (Mantenimiento Correctivo y Mantenimiento de la Licencia) y Servicios de Mantenimiento (Mantenimiento Evolutivo) que permita seguridad informática y transaccional, simplificación de procesos y disminución de tiempo, facilidad y control en la prestación de los servicios de contratación del Estado por medio de la adaptación de las funcionalidades actuales a la normativa nacional y la integración de su base de datos con los diversos sistemas de información del Estado.
2. Objetivo Específico
a) Garantizar la operación funcional, óptima y permanente de la plataforma HNC2 de acuerdo a la normativa nacional de contrataciones y al uso de las modalidades de los organismos internacionales en el país.
3. Duración de los Servicios: Doce (12) meses
4. Alcance de los Servicios: Los servicios requeridos son:
a) Servicio de actualización del fabricante (Mantenimiento de la licencia)
b) Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo)
c) Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo)
Definiciones:
Mantenimiento de la Licencia | Es aquel que pretende otorgar la licencia de las actualizaciones, nuevas versiones y parches en las mismas condiciones de la licencia de la plataforma adquirida, es decir con derecho de uso a perpetuidad y sin límite de usuarios. Realizar la instalación de las actualizaciones, nuevas versiones y parches en los ambientes de capacitación, preproducción y producción de la plataforma. |
Mantenimiento correctivo | Es aquel que tiene como objetivo solventar una deficiencia en un componente del sistema de información (software). Entiéndase deficiencia como algo que debería funcionar o estar correcto y que no lo está. |
Mantenimiento evolutivo | Es aquel que pretende modificar algo que funcionaba o estaba correcto, con el objeto de aumentar, disminuir o cambiar las funcionalidades del sistema, ya sea por las necesidades del usuario o por otras causas como pueden ser, por ejemplo, cambios normativos. |
Centro de Atención al Usuario (CAU) | Es un conjunto de recursos tecnológicos y humanos, para prestar servicios con la posibilidad de gestionar y solucionar todas las posibles incidencias de manera integral, junto con la atención de requerimientos relacionados a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs). El CAU debe estar disponible tanto para los servicios de soporte (mantenimiento correctivo) como de mantenimiento (mantenimiento evolutivo). El CAU constituye la herramienta de gestión para la medición de los servicios contratados. |
ANS’s (Acuerdo de Nivel de Servicio, o SLA´s en inglés | Es un acuerdo escrito entre el proveedor de servicio y ONCAE con objeto de fijar el nivel acordado para la calidad de dicho servicio y su relación con el tiempo de reacción, tiempo de resolución y tiempos para otras tareas. |
ONCAE | Oficina Normativa de Compras y Contrataciones del Estado, administrador del contrato, en consistencia con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo No. 52-2019 publicado el 06 xx xxxxx de 2019. |
INVEST-H | Inversión Estratégica de Honduras, entidad contratante y de asistencia en la gestión contractual (acciones contractuales y gestión de pagos solicitados y aprobados por la ONCAE). |
Proveedor de servicios | Entidad que una vez seleccionada será responsable de prestar los servicios de: Servicio de actualización del fabricante (Mantenimiento de la licencia); Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo); Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo) Conforme a los requerimientos establecidos en estas Especificaciones Técnicas. |
5. Especificaciones para la Ejecución de los Servicios
a) Servicios de actualización del fabricante (Mantenimiento de la licencia)
i. El proveedor deberá informar y transferir conocimiento a la ONCAE sobre los servicios de actualización del fabricante adquiridas para el sistema HonduCompras
2.0. Deberá especificar el tipo de actualización, indicar las implicaciones en las reglas de negocio y el alcance de estas.
ii. El proveedor asignará los recursos necesarios para realizar los servicios de actualización del fabricante de forma programada previamente por medio de un calendario para tal fin.
iii. El proveedor deberá realizar actividades de apoyo durante y después de los servicios de actualización del fabricante. El tiempo y recursos destinados a la ejecución de dicho apoyo no constituirá consumo de los Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo) o de los Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo).
iv. El proveedor deberá realizar actividades de capacitación, actualización de la documentación (o la creación de nueva), la gestión de la configuración, la resolución de problemas, el control de calidad, las revisiones y auditorías correspondientes sobre las actualizaciones desplegadas.
v. El proveedor realizará un despliegue en el ambiente de Pre Producción para cumplir con las pruebas de las actualizaciones de licencias y las atenciones de soporte deberán respetar los tiempos de atención, respuesta y solución medidos a partir de la creación del caso por parte de ONCAE en el Centro de Atención al Usuario (CAU) del proveedor. Dichos tiempos están descritos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones. Una vez resuelto el caso, el proveedor deberá comunicar a ONCAE por escrito de manera inmediata la solución del incidente; de común acuerdo la ONCAE y el proveedor, establecerán los formatos a utilizar para las solicitudes de soporte para este servicio.
vi. Por cada caso reportado, el CAU debe asignar un número de caso que lo identifique, lo cual permitirá verificar el cumplimiento de las condiciones de atención.
vii. En el caso de que las actualizaciones generen problemas o errores de operación de la plataforma HonduCompras 2; deberá prestarse tantas veces como cantidad de llamados de servicios se generen.
viii. En caso de presentarse incidentes relacionados a la actualización del fabricante; estos serán gestionados de acuerdo a los criterios de severidad establecidos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones.
ix. El proveedor deberá prestar estos servicios en idioma español y a través de los siguientes medios: CAU, medios digitales: video conferencia, correo electrónico y chat.
x. El proveedor deberá suministrar un entorno de pre-produción (prueba) de HonduCompras 2.0 para desplegar los servicios de actualización del fabricante y garantizar su correcto funcionamiento.
xi. El proveedor deberá suministrar este servicio en las mismas condiciones de la licencia propiedad de ONCAE, es decir con un derecho de uso a perpetuidad y sin límite de usuarios.
b) Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo)
Los servicios incluyen las siguientes características generales:
i. El proveedor deberá informar y transferir conocimiento a la ONCAE sobre la caracterización y establecimiento de los procesos de gestión de incidentes y su solución para la correcta operación de HonduCompras 2.0.
ii. El proveedor asignará los recursos necesarios para corregir los errores en la plataforma de acuerdo con el documento de solicitud de errores acordado con ONCAE|.
iii. El proveedor deberá realizar actividades de apoyo durante la corrección de errores, por ejemplo; la capacitación, actualización de la documentación (o la creación de nueva), la gestión de la configuración, la resolución de problemas, el control de calidad, las revisiones y auditorías.
iv. En caso xx xxxxxx relacionadas con este servicio, el proveedor deberá respetar los tiempos de atención, respuesta y solución. Serán medidos a partir de la creación del caso por parte de ONCAE en el Centro de Atención al Usuario (CAU) del proveedor. Dichos tiempos están descritos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones. Una vez resuelto el caso, el proveedor deberá comunicar a ONCAE por escrito de manera inmediata la solución del incidente; de común acuerdo la ONCAE y el proveedor, establecerán los formatos a utilizar para las solicitudes de soporte y mantenimiento.
v. Por cada caso reportado, el CAU debe asignar un número de caso que lo identifique, lo cual permitirá verificar el cumplimiento de las condiciones de atención.
vi. El servicio de soporte deberá prestarse tantas veces como cantidad de llamados de servicios se generen.
vii. El servicio de soporte deberá considerar los siguientes criterios de severidad establecidos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones.
viii. El proveedor deberá prestar estos servicios en idioma español y a través de los siguientes medios: CAU, medios digitales: video conferencia, correo electrónico y chat.
ix. El proveedor deberá realizar la estimación y solución de errores en el entorno de producción y las correspondientes actualizaciones, nuevas versiones y parches en los ambientes de preprodución (prueba) cumpliendo los SLAs establecidos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones, apoyando a la ONCAE en las pruebas respectivas para el aseguramiento del funcionamiento y calidad del cambio y garantizando el funcionamiento adecuado previamente en el entorno de prueba y posteriormente a definir con ONCAE el despliegue en el ambiente de capacitación.
x. El proveedor deberá suministrar un entorno de preprodución (prueba) de HonduCompras
2.0 para reproducir los errores que pudieran ocasionar la entrega de los presentes servicios.
xi. Este servicio solamente cubre el software del proveedor y la capa de integración que HonduCompras 2.0 tiene o puede desarrollar con otros sistemas de información.
xii. Este soporte incluye el acceso a datos por medio de gestores de información seguros y la gestión de problemas y defectos técnicos relacionados con el software de HonduCompras
2.0 en los entornos de preproducción (prueba), capacitación y producción.
xiii. El proveedor prestará los servicios de mantenimiento correctivo sobre la plataforma HonduCompras 2.0 de ONCAE durante doce (12) meses exactos.
xiv. El proveedor deberá prestar 960 horas anuales del servicio, distribuidas de manera mensual, acumulables y disponibles según los tiempos que requiera la ONCAE; cuatro (4) horas al día, cinco (5) días laborales (4X5) en un horario de 09:00h – 13:00h. hora oficial de la República de Honduras.
xv. Los SLA´s serán calculados dentro del horario de atención 4x5, siendo no contabilizados fuera de esta ventana temporal. Ver Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones.
c) Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo)
i. El proveedor deberá realizar el análisis, diseño, desarrollo, prueba y despliegue de las Requerimiento de Cambio (RC) en los entornos de preproducción (prueba), producción y capacitación.
ii. El proveedor deberá realizar actividades de apoyo durante la implementación de los RC, por ejemplo; la capacitación, la actualización de la documentación (o la creación de nueva), la gestión de la configuración, la resolución de problemas, el control de calidad, las revisiones y auditorías.
iii. El proveedor deberá estimar los tiempos de solución del RC presentados por ONCAE, según las definiciones siguientes:
⮚ Tiempo de estimación: se calcula cuando el Gerente de Proyecto del Proveedor envía a la ONCAE; la estimación en horas utilizadas para el desarrollo del RC.
⮚ Tiempo de solución: se calcula cuando el RC está implementado en el entorno de producción y la funcionalidad está probada, disponible y usable. Siempre y cuando la funcionalidad esté disponible y usables y en conformidad a la especificación y no presente incidentes de severidad bloqueante, alta o media durante un período de garantía de 30 días en operación.
iv. El RC solicitado a la plataforma y su complejidad asociada deberán ser atendidas conforme a lo establecido el Anexo No. 2: Solicitudes de cambio a la plataforma.
v. El proveedor deberá informar y transferir conocimiento a la ONCAE sobre la caracterización y establecimiento de los procesos de control de cambios y su solución para la correcta operación de HonduCompras 2.0.
vi. El proveedor asignará los recursos necesarios para implementar el cambio en la plataforma de acuerdo con el documento de RC acordado.
vii. El proveedor deberá respetar los tiempos de atención, respuesta y solución. Serán medidos a partir de la creación del caso por parte de ONCAE en el Centro de Atención al Usuario (CAU) del proveedor. Dichos tiempos están descritos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones. Una vez implementado el RC, el proveedor deberá comunicar a ONCAE por escrito de manera inmediata la solución del RC; de común acuerdo la ONCAE y el proveedor, establecerán los formatos a utilizar para las solicitudes de soporte y mantenimiento.
viii. Por cada caso reportado, el CAU debe asignar un número de caso que lo identifique, lo cual permitirá verificar el cumplimiento de las condiciones de atención.
ix. El servicio de RC deberá prestarse tantas veces como cantidad de llamados de servicios se generen.
x. El proveedor deberá prestar este servicio en idioma español y a través de los siguientes medios: CAU, medios digitales: video conferencia, correo electrónico y chat.
xi. El proveedor deberá suministrar un entorno de preprodución (prueba) de HonduCompras
2.0 para probar la solución del RC
xii. El proveedor deberá realizar la estimación y solución del RC en el entorno de producción y las correspondientes actualizaciones, nuevas versiones y parches en los ambientes de preprodución (prueba) cumpliendo los SLAs establecidos en el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones y a definir con ONCAE en el ambiente de capacitación. Considerando las pruebas respectivas para el aseguramiento del funcionamiento y calidad del cambio y garantizando el funcionamiento adecuado previamente en el entorno de prueba.
xiii. Este servicio solamente cubre el software del proveedor y la capa de integración que HonduCompras 2.0 tiene o puede desarrollar con otros sistemas de información.
xiv. El proveedor prestará estos servicios sobre la plataforma HonduCompras 2.0 de ONCAE durante doce (12) meses exactos.
xv. El proveedor deberá prestar 600 horas anuales de servicio, distribuidas de manera mensual, acumulables y disponibles según los tiempos que requiera la ONCAE.
6. Documentos de Gestión Esperados (generados por el proveedor)
i. Calendario de actualizaciones de servicio de actualización del fabricante (Mantenimiento de la licencia). Debe ser presentado en los primeros (20) veinte días del mes uno.
ii. Plan de implementación de los servicios de soporte (Mantenimiento correctivo) y los servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo). El Plan debe contener una metodología que incluya y no se limite al cálculo de estimación de horas (para los servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo) y para todos los servicios descritos en este documento un diagrama señalando procedimientos, tiempos, responsables y secuencias relacionadas de acciones. Debe ser presentado en los primeros cinco días del mes uno.
iii. Reporte de actualizaciones de la documentación (o la creación de nueva), la gestión de la configuración, la resolución de problemas, el control de calidad, las revisiones y auditorías; cada vez que se realice una actualización.
iv. Manual de procedimiento de acceso a los Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo) y el Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo) tomando en consideración el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones y Anexo No. 2: Solicitudes de cambio a la plataforma. Debe ser presentado en los primeros diez días del mes uno.
Informes Esperados
Informe mensual, que deberá contener:
o Detalle de instalación de las actualizaciones, nuevas versiones y parches en los ambientes de capacitación, pre-producción y producción.
o Detalle del cumplimiento de SLAs de Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo) en los ambientes de preproducción (prueba), capacitación y producción que incluya los incidentes atendidos y solucionados y cuando aplique, el estatus de la Bolsa de Horas a favor de la ONCAE, considerando las penalizaciones indicadas en el Anexo 2.
o Cumplimiento de SLAs de Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo) en los ambientes de preproducción (prueba), capacitación y producción que incluya el estado de los RC realizados y pendientes y cuando aplique, el estatus de la Bolsa de Horas a favor de la ONCAE, considerando las penalizaciones indicadas en el Anexo 2.
o Otros datos que el proveedor estime conveniente o que la ONCAE oportunamente solicite de forma escrita al proveedor.
Los informes deberán ser presentados a la ONCAE dentro de los primeros 5 días calendarios posteriores al mes reportado vía correo electrónico para su revisión.
El informe aprobado por la ONCAE, deberá ser remitido en versión física, debidamente firmado y sellado por el representante legal del Proveedor, como requisito para pago.
7. Modalidad de Contrato:
La modalidad del contrato prevista será “El contrato es por Xxxx Xxxxxx”.
8. Administración del Contrato:
El contrato será administrado por la Oficina Normativa de Compras y Adquisiciones del Estado (ONCAE), a través de la Gerencia de Honducompras con la asistencia técnica del área de Desarrollo de Capacidades de la Oficina Normativa de Compras y Adquisiciones del Estado (ONCAE) o a quien esta designe, institución que aprobará técnicamente los productos presentados por parte del proveedor y servirán de base para que ONCAE solicite que se haga efectivo el pago por parte del contratante.
9. Forma de Pago:
Se efectuarán 12 pagos mensuales y equivalentes, contra la presentación del correspondiente informe mensual debidamente aprobado, acompañado de la documentación referida en el numeral 6 de estas Especificaciones y la documentación de soporte administrativo correspondiente (factura y recibo en original).
Los pagos serán realizados una vez que ONCAE remita la respectiva “Solicitud de Pago” a INVEST-Honduras, acompañada de las aprobaciones técnicas correspondientes y la documentación de respaldo presentada por el proveedor.
Los pagos se realizarán dentro de los treinta (30) días contados a partir de que sea acreditada la documentación completa por parte del proveedor, conforme a lo establecido en el contrato.
10. Personal Clave
El proveedor en su propuesta deberá definir el personal designado para el cumplimiento del contrato, definiendo las calificaciones del personal, cargos y cantidad de personas. Conforme ONCAE con el personal propuesto por parte del proveedor, será incorporado como parte del contrato.
11. Impuestos:
El proveedor estará sujeto a impuestos nacionales, los cuales deberán ser considerados al momento de preparar su propuesta.
El contratante hará retenciones a cada pago autorizado al proveedor en concepto de “Impuesto Sobre la Renta” conforme a los establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta de la República de Honduras y su Reglamento.
12. Legislación Aplicable:
El contrato será regido por la legislación hondureña.
ANEXOS
Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones
Servicio de soporte
• Los incidentes que se presenten sobre la plataforma deben ser atendidos y solucionados dentro de los tiempos indicados en la siguiente tabla:
Severidad | Descripción | Tiempo de atención | Tiempo de solución |
Bloqueante | Un incidente ha hecho que una funcionalidad crítica de la plataforma no se pueda usar o no esté disponible y no existe solución alterna. | 15 minutos | 8 horas |
Alta | Un incidente ha hecho que una funcionalidad crítica de la plataforma no se pueda usar o no esté disponible, pero existe solución alterna o un incidente ha hecho que una funcionalidad importante de la plataforma no se pueda usar o no esté disponible y no existe solución alterna. | 30 minutos | 12 horas |
Media | Un incidente ha disminuido la usabilidad o el rendimiento de una funcionalidad crítica o importante de la plataforma, pero la funcionalidad sigue trabajando. | 1 hora | 24 horas |
Baja | Un incidente ha disminuido la usabilidad o el rendimiento de una funcionalidad de soporte de la plataforma. | 4 hora | 40 horas |
a. Tiempo de atención se calcula en el momento en que el caso es abierto y reconocido por el
CAU.
b. Tiempo de solución se calcula cuando el incidente está resuelto en el entorno de PRODUCCIÓN y la plataforma está disponible y usable nuevamente.
• Las penalizaciones por incumplimiento en los tiempos de solución de incidentes son los siguientes:
Severidad | Medida | Penalidad |
Bloqueante | Menos del 90% de los incidentes Bloqueantes son resueltos en más de ocho (8) horas. | 10% del valor mensual del servicio |
Alta | Menos del 90% de los incidentes de Severidad Alta son resueltos en doce (12) horas. | 10% del valor mensual del servicio |
Media | Menos del 90% de los incidentes de Severidad Media son resueltos en veinticuatro (24) horas. | 5% del valor mensual del servicio |
Baja | Menos del 90% de los incidentes de Severidad Baja son resueltos en cuarenta (40) horas. | 5% del valor mensual del servicio |
• Las penalidades de la tabla anterior se deben calcular por severidad de la solicitud reportada y son acumulables en el mismo periodo.
• El proveedor acepta la deducción de la factura mensual expresada como un porcentaje de la tarifa de los servicios de soporte para el mes en el que no cumplió el SLA.
Como alternativa a la deducción en la factura mensual, el proveedor puede entregar un número de horas de desarrollo equivalentes al valor de la penalidad, sin importar que sean para el mantenimiento correctivo o evolutivo. Quedará a decisión de ONCAE a cuál de los servicios de mantenimiento aplica. Dichas horas podrán acumularse mensualmente.
Anexo No. 2: Solicitudes de cambio a la plataforma
Servicios de Mantenimiento (Mantenimiento Evolutivo)
• Las solicitudes de cambio a la plataforma deben ser estimadas y solucionadas dentro de los tiempos indicados en la siguiente tabla:
Complejidad | Descripción | Tiempo de estimación | Tiempo de solución |
Baja | Requerimiento de cambio con un impacto bajo en la plataforma (menos de 20 horas). | 5 días hábiles | 10 días hábiles |
Media | Requerimiento de cambio con un impacto medio en la plataforma (menos de 80 horas). | 5 días hábiles | Acordado |
Alta | Requerimiento de cambio con un impacto alto en la plataforma (más de 120 horas). | 10 días hábiles | Acordado |
Nuevo requerimiento | Requerimiento de cambio para implementar una funcionalidad que no existe en la plataforma. | 15 días hábiles | Acordado |
• Los tiempos de estimación y solución del cambio son medidos a partir del envío por ONCAE de la documentación completa de la solicitud de cambio al del proveedor.
c. Tiempo de estimación: se calcula cuando el Proveedor envía al usuario que hizo la solicitud de cambio la estimación en horas.
d. Tiempo de solución: se calcula cuando el cambio está implementado en el entorno de PRODUCCIÓN y la funcionalidad está disponible y usable. Siempre y cuando la funcionalidad esté disponible y usables y en conformidad a la especificación y no contener incidentes de severidad bloqueante, alta o media.
• Las penalizaciones por incumplimiento en los tiempos de solución se deben descontar del consumo de la bolsa de horas, es decir si no se cumplen los tiempos de estimación, no se deben cobrar.
Formularios de contrato estándar
SERVICIOS DE
SOPORTE Y MANTENIMIENTO PARA HONDUCOMPRAS 2.0
Este Contrato (en adelante denominado el “Contrato”) está celebrado el xx del mes de xxxxxxxxxx
del 2020,
ENTRE | ||
(1) | Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras, también conocida como INVEST-H), que en adelante se denominará EL CONTRATANTE, representada por: XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX, XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXX Y XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, todos hondureños, mayores de edad, casados, de este domicilio, con profesiones de Ingeniería en Geografía, Ingeniería Civil e Ingeniería en Agronomía y con tarjetas e identidad número 0000-0000-00000, 0000-0000-00000 y 0000-0000-00000 respectivamente, en nuestra condición de Comisión Interventora y Representantes Legales del Contratante, Comisión creada mediante Decreto Ejecutivo número 071-2020 de fecha 23 de julio de 2020 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,323 en fecha 24 de julio de 2020 y Decreto Ejecutivo número 080-2020 de fecha 22 xx xxxxxx y publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,351 en fecha 23 xx xxxxxx, el cual, contiene las reformas por adición del Decreto Ejecutivo número 071-2020; condición que acredita mediante el Acuerdo Ejecutivo No. 79 – 2020, de fecha 24 de julio de 2020, quien para los efectos legales de este contrato se denominará “EL CONTRATANTE”, y | |
(2) | Vortal, Comércio Electrónico, Consultadoria e Multimédia, S.A., una Compañía constituida bajo las leyes de Portugal y que tiene su lugar principal de negocios en la Xxx xxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 0xx, 0000-000 Xxxxxx, Xxxxxxxx (en adelante denominado "EL PROVEEDOR"), representada por: XXX XXXXXX XXXXX DIAS XXXXXXXX. |
POR CUANTO el Contratante ha solicitado una propuesta respecto de ciertos Servicios, para el SOPORTE Y MANTENIMIENTO PARA HONDUCOMPRAS 2.0 y ha aceptado una oferta del Proveedor de Servicios, para el suministro de estos por la suma de [indicar el Precio del Contrato expresado en palabras y en cifras] (en adelante denominado “Precio del Contrato”).
ESTE CONTRATO ESTIPULA LO SIGUIENTE:
1. En este contrato las palabras y expresiones utilizadas, tendrán el mismo significado que en las respectivas Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante y las mismas se considerarán parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral del mismo:
(a) Carta de Aceptación
(b) Oferta Técnica del Proveedor, la cual se elaboró con base en lo previsto en el “Programa de Actividades” y “Especificaciones Técnicas y de Desempeño”;
(c) Condiciones Especiales del Contrato;
(d) Condiciones Generales del Contrato
(e) Precio del Programa de Actividades;
(f) Los siguientes Apéndices:
⮚ Apéndice A: Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes.
⮚ Apéndice B: Personal Clave y Subcontratistas.
⮚ Apéndice C: Desglose del Precio del Contrato en Moneda(s) Extranjera(s).
⮚ Apéndice D: Desglose del Precio del Contrato en Moneda Local (No Usado).
⮚ Apéndice E: Servicios y Facilidades Proporcionadas por el Contratante.
3. El Contratante se compromete a pagar al Proveedor de Servicios como contrapartida del suministro de los servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma prescritos en éste.
4. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Proveedor de Servicios conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor de Servicios se compromete a proveer los Servicios al Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
5. Este Contrato prevalecerá sobre todos los otros documentos contractuales. En caso de alguna discrepancia o inconsistencia entre los documentos del Contrato, los documentos prevalecerán en el orden enunciado anteriormente.
6. De conformidad con lo establecido en la Clausula 3.9 de las CGC, el Proveedor deberá presentar una Garantía Bancaria de Cumplimiento de contrato.
7. Las partes convienen que, en cumplimiento a lo establecido en la Clausula 2.4 CGC , “Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios y el precio del contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes, y dicha modificación no entrará en vigor hasta que las partes hayan expresado su conformidad”.
8. Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente:
1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la Republica, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECION CON LA INFORMACION CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIENDONOS DE DAR DECLARACIONES PUBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajo los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones publicas establecidas en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia. 3. Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningún empleado y trabajador, socio o asociado, autorizado o no, realizará: a) Practicas corruptivas: entendiendo estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para
influenciar las acciones de la otra parte; b) Practicas Colusorias: entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4. Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato y dejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. 5. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. 6. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Cláusula por Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. 7. Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales el Contratista o Consultor contrate, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o Consultor: i. A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírseles. ii. A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan. b. De parte del Contratante: i. A la eliminación definitiva del (Contratista o Consultor y a los subcontratistas responsables o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad) de su Registro de Proveedores y Contratistas que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación. ii. A la aplicación al empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifiestan, la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del Contrato, firmando voluntariamente para constancia.
9. Las partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3-B a la Ley de Contratación del Estado, aprobado mediante decreto No. 266-2013 que contiene la Ley para Optimizar la Administración Pública, mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno, en la que se estipule la indemnización que se pagara en caso de incumplimiento de las partes, nos comprometemos libre y voluntariamente: 1) A mantener el más alto nivel de Lealtad y cumplimiento Contractual en la ejecución de los contratos de consultoría, bienes, servicios y obra pública. 2) Que si durante la ejecución del Contrato, este se resolviera por causas imputables: a) Al contratista la administración declarara de oficio y hará efectiva la garantía de cumplimiento cuando fuere firme el acuerdo correspondiente. b) A la administración de las cláusulas del contrato originará su resolución solo en los casos previstos en la Ley de Contratación del Estado, en tal caso el contratista tendrá derecho al pago de la parte de la prestación ejecutada y al pago de los daños y perjuicios que por tal causa se le ocasionaren. 3) En caso de que el Contratista no realice las actividades comprendidas en el contrato, en cuanto a la entrega de los bienes, servicios o la obra pública y no concluya las responsabilidades señaladas en el mismo en
el plazo estipulado pagara al Órgano Contratante por daños y perjuicios. ocasionados por el incumplimiento una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los servicios, bienes y obra pública atrasados. Hasta alcanzar el máximo de lo establecido. 4) A aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Clausula por Tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que incurra, el Proveedor al no cumplir con la entrega de la totalidad o parte de las actividades, bienes, servicios y obra pública dentro del período especificado en el Contrato, sin perjuicio de los demás recursos que el Órgano Contratante tenga en virtud del Contrato, éste podrá deducir del precio del Contrato por concepto de liquidación de daños y perjuicios. 5) A la indemnización de perjuicios que se cause a cualquiera de las partes contratantes por incumplimiento de una de ellas en la ejecución del contrato. 6) el incumplimiento de cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará lugar: a. De parte del Contratista o Consultor: A la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele. ii A la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta Cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral, y en su caso entablar las acciones legales que correspondan.
10. En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectué por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia, podrá dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Estado, que al pago correspondiente a las obras o servicios ya ejecutados a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato.
EN TESTIMONIO de lo cual las partes han suscrito el presente Contrato de conformidad con las leyes de Honduras en el día, mes y año antes indicados.
Por y en nombre del Contratante
XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX
Presidente de la Comisión Interventora INVEST-Honduras
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX Xxxxxxx de la Comisión Interventora INVEST-Honduras | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX Xxxxxxx de la Comisión Interventora INVEST-Honduras |
Por y en nombre del Proveedor
XXX XXXXXX XXXXX DIAS XXXXXXXX
Representante Legal
Vortal, Comércio Electrónico, Consultadoria e Multimédia, S.A.
Condiciones Generales del Contrato (CGC)
1. Disposiciones Generales | |
1.1 Definiciones | A menos que el contexto lo requiera de otra manera, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación: |
(a) “Conciliador” es la persona nombrada conjuntamente con el Contratante y el Proveedor de Servicios indicada en las CEC, para solucionar las controversias en la primera instancia, según lo estipulado en las Cláusula 8.2 de las CGC y conforme al presente; | |
(b) “Programa de Actividades” es la lista de las actividades con sus precios de las cantidades de los Servicios que van a ejecutarse por el Proveedor de Servicios que forma parte de su Oferta; | |
(c) “INVEST-Honduras” significa Inversión Estratégica de Honduras; | |
(d) “Fecha de Terminación” significa la fecha de terminación de los servicios por parte del Proveedor de Servicios según lo certifique el Contratante; | |
(e) “Contrato” es el documento contenido en el Formulario de Contrato firmado por las Partes, al cual se adjuntan estas Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con todos los documentos señalados en la lista de la Cláusula 2 del Contrato firmado, cuyo nombre y número se indicará en las CEC; | |
(f) “Precio de Contrato” significa el precio que va a ser pagado por la ejecución de los Servicios, en conformidad con la Cláusula 6 de estas CGC; | |
(g) “Tarifas Diarias” significa el costo del trabajo diario realizado por el proveedor sujeto a pago periódico, el cual incluye el pago para los empleados y equipo del Proveedor de Servicios, además de los pagos de materiales y administración; | |
(h) El “Contratante” indicado en los CEC, significa la parte que contrata al Proveedor de Servicios; | |
(i) “Moneda extranjera” significa cualquier moneda diferente a la moneda local; | |
(j) “CGC” significa Condiciones Generales del Contrato; | |
(k) “País del Contratante” significa Honduras; | |
(l) “Moneda local” significa el Lempira; | |
(m) “Miembro” en caso de que el Proveedor de Servicios sea una asociación de más de una entidad (APCA), significa cualquiera de las firmas; “Miembros” significa todas las firmas, y “Miembro Responsable” indicado en las CEC, significa la firma especificada en el Contrato para actuar en nombre de la APCA para ejercitar todos los derechos y obligaciones del Proveedor de Servicios para |
con el Contratante bajo este Contrato; | |
(n) “Parte” significa el Contratante o el Proveedor de servicios, según sea el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Proveedor de los Servicios; | |
(o) “Personal” significa los empleados contratados por el Proveedor de Servicios o por cualquier Subcontratista como empleados y asignado a la ejecución de los Servicios o cualquier parte de los mismos; | |
(p) “Proveedor de Servicios” indicado en las CEC, es una persona u organización corporativa cuya Oferta para proporcionar los servicios ha sido aceptada por el Contratante; | |
(q) “Oferta del Proveedor de Servicios” significa el documento de Oferta presentado por el Proveedor de Servicios al Contratante; | |
(r) “CEC” significará Condiciones Especiales del Contrato por las cuales se pueden modificar o complementar las CGC; | |
(s) “Especificaciones” significa las especificaciones del servicio incluidas en la Solicitud de Oferta y presentada por el Proveedor de Servicios en los términos solicitados por el Contratante; | |
(t) “Servicios” significa el trabajo que va a ejecutar el Proveedor de Servicios conforme a este Contrato, según se describe en el Programa de Actividades con base en las especificaciones técnicas incluido en la Oferta del Proveedor de Servicios; | |
(u) “Subcontratista” significa cualquier entidad con la que el proveedor de Servicios subcontrata cualquier parte de los Servicios en conformidad con las disposiciones de las Cláusulas 3.5 y 4 de las CGC. (v) “ONCAE” significa Oficina Normativa de Compras y Contrataciones del Estado | |
1.2 Fraude y Corrupción | El Estado de Honduras requiere que todos los fondos Nacionales administrados por el ente contratante y cualquier licitante, proveedor, contratista y subcontratista bajo cualquier contrato financiado por el Estado de Honduras, observen los más altos estándares de ética durante la adquisición y ejecución de dichos contratos. La Política aplicable a INVEST-Honduras para Prevenir, Detectar y Remediar el Fraude y la Corrupción aplica a todas las adquisiciones que involucran Fondos Nacionales, a través de INVEST-Honduras. En cumplimiento de esta política, se aplicarán las siguientes disposiciones: (a) A los efectos de estas disposiciones, los términos "coerción", "colusión", "corrupción", "fraude", "obstrucción de la investigación de denuncias de fraude o corrupción" y "práctica prohibida" tienen el significado establecido en la Política aplicable sobre Prevención, Detección y Reparación de Fraude y Corrupción. |
(b) INVEST-Honduras rechazará una oferta, denegará la aprobación de la adjudicación de un Contrato Propuesto si determina que el oferente recomendado para la adjudicación, ha participado, directamente o por medio de un agente, en coerción, colusión, corrupción, fraude, obstrucción de la investigación sobre denuncias de fraude o corrupción, o prácticas prohibidas en la competencia por el contrato en cuestión.
(c) El Estado de Honduras e INVEST-Honduras tienen el derecho de sancionar a un licitante, proveedor, contratista o subcontratista, incluyendo la declaración de que dicha parte no es elegible, ya sea indefinidamente o por un período de tiempo determinado, para que se le otorgue un contrato financiado por el Estado de Honduras, si en cualquier momento INVEST-Honduras o el Estado de Honduras determinan que el oferente, el proveedor, el contratista o el subcontratista, ha participado, directamente o a través de un agente, en la coerción, colusión, corrupción, fraude, obstrucción de la investigación de denuncias de fraude o corrupción, o prácticas prohibidas en la competencia por, o en la ejecución de dicho contrato.
(d) El Estado de Honduras e INVEST-Honduras tienen el derecho de exigir que se incluya una disposición en los documentos de adquisiciones y en los contratos financiados por el Estado de Honduras, que requiera que un oferente, proveedor, contratista o subcontratista permita que cualquier persona designada por el Estado de Honduras inspeccione sus cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de una oferta o ejecución de un contrato financiado por el Estado de Honduras y para que sean auditados por auditores designados por el Estado de Honduras.
(e) INVEST-Honduras puede introducir en los formularios de licitación para contratos financiados con Fondos Nacionales un compromiso del oferente de observar, al competir y ejecutar un contrato, las leyes del país contra el fraude y la corrupción (incluido el soborno), como se enumera en los documentos de adquisición.
Los Oferentes deberán declarar y garantizar:
(a) que han leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción dispuesta por INVEST-Honduras y se obligan a observar las normas pertinentes;
(b) que no han incurrido en ninguna infracción de las políticas sobre fraude y corrupción descritas en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de adquisición o negociación del contrato o cumplimiento del contrato;
(d) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales ha sido declarado inelegible para que se les adjudiquen contratos financiados por el Estado de Honduras,
ni han sido declarados culpables de delitos vinculados con fraude o corrupción; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible para que se le adjudiquen contratos con el Estado de Honduras o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con fraude o corrupción; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con el contrato; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Estado de Honduras de las sanciones previstas en su legislación. | |
1.3 Elegibilidad | El Proveedor y sus Subcontratistas deberán tener plena capacidad de ejercicio, y no hallarse comprendidos en alguna de las circunstancias siguientes: (a) Haber sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas; (b) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados; (c) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República de Honduras; (d) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años, excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos |
ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
(e) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
(f) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco;
(g) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción; e,
(h) Estar suspendido del Registro de Proveedores y Contratistas o tener vigente sanción de suspensión para participar en procedimientos de contratación administrativa
1.4 Ley Aplicable | El Contrato se regirá por la Ley Hondureña. |
1.5 Idioma | El idioma del Contrato será el español. |
1.6 Notificaciones | Cualquier notificación, solicitud o aprobación que deba o pueda cursarse o darse en virtud de este Contrato se hará por escrito. Se considerará que se ha cursado o dado tal modificación, solicitud o aprobación cuando se haya entregado en mano a un representante autorizado de la Parte a la que está dirigida la comunicación, o cuando se haya enviado por correo certificado o correo electrónico a dicha Parte a la dirección especificada en las CEC. |
1.7 Lugar donde se Prestarán los Servicios | Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en la Sección VI Programa de Actividades, en concordancia con la Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños y, cuando en él no se especifique dónde haya de cumplirse una tarea en particular, se cumplirá en los lugares que el Contratante apruebe, ya sea en el país del Contratante o en otro lugar. |
1.8 Representantes Autorizados | Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Proveedor de Servicios deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse. |
1.9 Inspección y Auditoria por Parte del Contratante | El Proveedor de Servicios permitirá y deberá realizar las gestiones necesarias para que el y sus Subcontratistas permitan, que el Contratante y/o las personas designadas por este inspeccionen sus cuentas y registros relacionados con la ejecución de los Servicios, y que los audite a través de auditores nombrados por el Contratante si así lo requiere. |
1.10 Impuestos y Derechos | El Proveedor de Servicios, el Subcontratista y su Personal pagarán los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la Ley Aplicable, cuyo monto se considera fue incluido en el Precio del Contrato. |
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | Si el Proveedor es una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente al Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato. Para tal efecto cada uno de los miembros de la APCA podrán: a) firmar de manera individual el Formulario de contrato; o b) designar a un representante común, si así se estipula en las CEC, mediante instrumento público con autoridad para comprometer a la APCA. La composición o constitución de la APCA no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del Contratante. |
1.12 Derechos de Autor | Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada al Contratante por el Proveedor de Servicios, seguirán siendo de propiedad del Proveedor de Servicios. Si esta información fue suministrada al Contratante directamente o a través del Proveedor de Servicios por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dicho material seguirá siendo de propiedad de dichos terceros. |
1.13 Cesión | Ni el Contratante ni el Proveedor de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto por los derechos de cobro1, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del Contratante. |
1 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato | |
2.1 Entrada en Vigor del Contrato | Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por ambas partes u otra fecha posterior establecida en las CEC. |
2.2 Comienzo de la Prestación de los Servicios | |
2.2.1 Programa | Antes del comienzo de los servicios, el Proveedor de Servicios presentará al Contratante para su aprobación un Programa de Trabajo que muestre las metodologías con base en el Programa de Actividades. Los servicios deberán realizarse de acuerdo con el Programa aprobado y sus actualizaciones. |
2.2.2 Fecha de Inicio | El Proveedor de Servicios empezará a proveer los Servicios diez (10) días después de la fecha en que el Contrato entra en vigor, o en aquella otra fecha que se especifique en las CEC. |
2.3 Terminación del Contrato | A menos que se dé por terminado con anterioridad conforme a lo dispuesto en la Cláusula 2.6 de estas CGC, el Proveedor de Servicios concluirá las actividades en la Fecha Estimada de Terminación conforme lo establecido en las CEC. Si el Proveedor de Servicios no concluye las actividades en la Fecha Estimada de Terminación, estará obligado a pagar daños conforme a la Cláusula 3.8. En este caso, la Fecha de Terminación será la fecha de conclusión de todas las actividades. |
2.4 Modificaciones | Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios y el precio del contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes, y dicha modificación no entrará en vigor hasta que las partes hayan expresado su conformidad. |
2.5. Fuerza Mayor | |
2.5.1 Definición | Para los efectos de este Contrato, “Fuerza Mayor”, significa un acontecimiento que escapa al control razonable de una de las partes, que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia de alguna de las partes que hace imposible o poco viable el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. |
2.5.2 Incumplimiento del Contrato | La falta de cumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará como incumplimiento del mismo ni como negligencia, siempre que dicha falta de cumplimiento se deba a un evento de Fuerza Mayor y que la Parte afectada por tal evento (a) haya adoptado todas las precauciones razonables, puesto debido cuidado y tomado medidas alternativas razonables a fin de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato, y (b) haya informado a la otra Parte tan pronto como fue posible acerca de la ocurrencia de dicho evento. |
2.5.3 Prórroga de Plazos | Todo plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato podrá extenderse por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor. |
2.5.4 Pagos | Cuando la prestación del servicio se vea interrumpida por un evento de fuerza mayor reconocido por el Contratante, el Contratante podrá suspender el pago por el periodo de fuerza mayor. En tal situación el Contratante o el Proveedor de Servicio tienen derecho de terminar de forma unilateral el contrato por razones de fuerza mayor. |
2.6 Terminación | |
2.6.1 Por el Contratante | El Contratante podrá, dar por terminado el Contrato dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de una notificación por escrito al Proveedor de Servicios, después de la ocurrencia de cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (f) de esta Cláusula. |
a) si el Proveedor de Servicios no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de dicha notificación, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; | |
b) si el Proveedor de Servicios estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; | |
c) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo de no menos de treinta (30) días; o | |
d) si, a juicio del Contratante, el Proveedor de Servicios ha participado en prácticas corruptas o fraudulentas para obtener el Contrato o durante su ejecución. En los términos previstos en la cláusula 1.2 de las CGC. | |
e) si el Proveedor de Servicios no mantiene una Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Cláusula 3.9; | |
f) si el Proveedor de Servicios ha demorado la conclusión de los Servicios por el número de días por el cual la cantidad máxima de daños pueden ser pagados de acuerdo con la Cláusula 3.8.1 de las CGC y las CEC. | |
Terminación por Conveniencia: el Contratante, mediante comunicación enviada al Proveedor de Servicios, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Contratante, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. |
2.6.2 Por el Proveedor de Servicios | El Proveedor de Servicios, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de veinte (20) días de anticipación, podrá terminar este contrato cuando se produzca y acredite ante el Contratante cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) y (b) de esta Cláusula 2.6.2; |
a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato, y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia conforme a la Cláusula 8, dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Proveedor de Servicios respecto de la xxxx en el pago; o | |
b) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo mayor de treinta (30) días. | |
2.6.3 Suspensión de Financiamiento | En todo contrato financiado con fondos externos, la suspensión o cancelación xxx xxxxxxxx o donación, puede dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Estado, que al pago correspondiente a las obras o servicios ya ejecutados a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato. Igual sucederá en caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia. |
2.6.4 Pago a la terminación del Contrato | Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en las Cláusulas 2.6.1 o 2.6.2, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Proveedor de Servicios: |
a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 6 de estas CGC, por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación; | |
b) Salvo en el caso de terminación conforme a los párrafos (a), (b), (d), (e), (f) de la Cláusula 2.6.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal. | |
3. Obligaciones del Proveedor de Servicios | |
3.1 Generalidades | El Proveedor de Servicios prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, el Proveedor de |
Servicios actuará siempre como asesor xxxx del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante en los acuerdos a que llegue con uno o más Subcontratistas o con terceras partes | |
3.2 Conflicto de Intereses | El Proveedor de Servicios debe otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma. |
3.2.1 Prohibición al Proveedor de Servicios de Aceptar Comisiones, Descuentos, etc. | La remuneración del Proveedor de Servicios en relación con este Contrato o con los Servicios será únicamente la estipulada en la Cláusula 6 de estas CGC y el Proveedor de Servicios no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades contempladas en este Contrato, en los Servicios, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el Proveedor de Servicios hará todo lo posible por asegurar que ningún Subcontratista, ni el Personal, como tampoco los agentes del Proveedor de Servicios o del Subcontratista, reciban ninguna de tales remuneraciones. |
3.2.2 Prohibición al Proveedor de Servicios y a sus Socios de Participar en Ciertas Actividades | El Proveedor de Servicios acuerda que durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Proveedor de Servicios así como sus socios ni tampoco ningún Subcontratista y ninguna de sus filiales podrán suministrar los productos, trabajos o servicios materia del presente contrato (diferentes de los Servicios y cualquier continuación de los mismos) para cualquier proyecto que se derive de los Servicios o que esté estrechamente relacionado con ellos, en caso contrario serán descalificados para suministrar bienes, construir obras o prestar servicios como resultado de o directamente relacionado con los servicios prestados por el Proveedor de Servicios para la preparación o ejecución del proyecto. |
3.2.3 Prohibición de Desarrollar Actividades Incompatibles | Ni el Proveedor de Servicios o su Personal, ni ningún Subcontratista o su Personal podrán desarrollar, en forma directa o indirecta, ninguna de las siguientes actividades: |
(a) durante la vigencia de este Contrato, ninguna actividad comercial o profesional en el país del Prestatario que sea incompatible con las asignadas a ellos en virtud de este Contrato; | |
(b) durante la vigencia de este Contrato, ni el Proveedor de Servicios ni sus Subcontratistas contratarán empleados públicos en servicio activo o que se encuentren en cualquier tipo de licencia, para llevar a cabo cualquier actividad bajo este Contrato; | |
(c) una vez terminado este Contrato, ninguna otra actividad especificada en las CEC. | |
3.3 Confidencialidad | Ni el Proveedor de Servicios ni ningún Subcontratista, ni tampoco el Personal de ninguno de ellos, podrán revelar, durante la vigencia de este Contrato y dentro de los dos (2) años siguientes a su |
expiración, salvo que se especifique algún plazo mayor en las CEC, ninguna información confidencial o de propiedad del Contratante relacionada con el Proyecto, este Contrato o las actividades u operaciones del Contratante sin el previo consentimiento por escrito de este último. | |
3.4 Seguros que Deberá Contratar el Proveedor de Servicios | El Proveedor de Servicios (a) contratará, mantendrá y hará que todo Subcontratista contrate y mantenga, a su propio costo (o al del Subcontratista, según el caso) y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos, y por las coberturas que se indican en las CEC; y (b) a petición del Contratante, presentará pruebas de la contratación y el mantenimiento de esos seguros y del pago de las respectivas primas en vigencia. |
3.5 Acciones del Proveedor de Servicios que Requieren la Aprobación Previa del Contratante | El Proveedor de Servicios deberá obtener la aprobación previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones: a) celebrar un subcontrato para la ejecución de cualquier parte de los Servicios; b) designar aquellos miembros del Personal no señalados por nombre en la lista del Apéndice B ("Personal Clave y Subcontratistas"); c) cambiar el Programa de Actividades; y d) cualquier otra acción que pueda estar especificada en las CEC. |
3.6 Obligación de Presentar Informes | El Proveedor de Servicios presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice A en la forma, la cantidad y el plazo que se establezcan en dicho Apéndice. |
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios | Todos los planos, diseños, especificaciones, estudios técnicos, informes y demás documentos y programas de computación preparados por el Proveedor de Servicios para el Contratante en virtud de la Cláusula 3.6 pasarán a ser propiedad del Contratante, a quien el Proveedor de Servicios los entregará a más tardar al término del Contrato, junto con un inventario pormenorizado de todos ellos. El Proveedor de Servicios podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación. En las CEC se indicará cualquier restricción acerca del uso de dichos documentos, programas de computación y/o licencias en el futuro. |
3.8 Liquidación | |
3.8.1 Liquidación de Daños y Perjuicios | El Proveedor de Servicios pagará al Contratante la liquidación de daños y perjuicios de acuerdo a la tarifa diaria establecida en las CEC por cada día de atraso en la prestación del servicio dentro de los plazos establecidos en el Contrato. El monto total a pagar por la liquidación de los daños y perjuicios no excederá el monto definido en las CEC. El Contratante puede deducir la liquidación de los daños y perjuicios de los pagos que se adeudan al Proveedor de |
Servicios. El pago de la liquidación de daños y perjuicios no afectará las responsabilidades del Proveedor de Servicios. | |
3.8.2 Corrección por Exceso de Pago | Si la Fecha Estimada de Terminación se amplía después de que los daños y perjuicios fueron liquidados, el Contratante deberá corregir cualquier exceso de pago de los daños y perjuicios por el Proveedor de Servicios ajustando el siguiente pago. El Proveedor de Servicios deberá recibir pago de intereses sobre el excedente, calculado a partir de la fecha de pago a la fecha de devolución, en las tasas especificadas en la Cláusula 6.5 de las CGC. |
3.8.3 Sanción por falta de cumplimiento | Si el Proveedor de Servicios no ha corregido un defecto dentro del tiempo especificado en el aviso del Contratante, pagará una sanción por falta de cumplimiento. El monto a pagar se calculará de conformidad con lo establecido en la cláusula 7.2 de las CGC. |
3.9 Garantía de Cumplimiento del Contrato | El Proveedor de Servicios proporcionará una Garantía de Cumplimiento del Contrato al Contratante a más tardar 10 (diez) días posteriores a la firma del contrato. La Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá expedirse en un monto y forma que se establece en las CEC y por un banco o fiador aceptable para el Contratante y deberá ser determinada en los tipos y proporciones de monedas en que el Precio de Contrato será pagadero. La Garantía de Cumplimiento del Contrato tendrá validez hasta una fecha de veintiocho (28) días siguientes, contados a partir de la emisión del certificado de terminación de los servicios en caso de una Garantía Bancaria, y hasta un año de la Fecha de Terminación del Contrato en caso de una Fianza de Cumplimiento. |
Los recursos de la Garantía de Cumplimiento serán pagaderos al Contratante como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato. | |
La Garantía de Cumplimiento, deberá estar denominada en la(s) misma(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante, y presentada en una de los formatos estipuladas por el Contratante en las CEC, u en otro formato aceptable al Contratante. | |
4. Personal del Proveedor de Servicios | |
4.1 Descripción del Personal | En el Apéndice B se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones mínimas individuales de todo el Personal clave del Proveedor de Servicios, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los Servicios. El Contratante aprueba por este medio el personal clave y los Subcontratistas enumerados por cargo y nombre en el Apéndice B. |
4.2 Remoción y/o Sustitución del Personal | a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarán cambios en la composición del Personal Clave. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal Clave, por cualquier motivo que escape al razonable control del Proveedor de Servicios éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada, previa aprobación por parte del Contratante. |
b) Si el Contratante (i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer un delito, o (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, el Proveedor de Servicios, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazará por otra persona cuyas calificaciones y experiencias sean aceptables al Contratante. | |
c) El Proveedor de Servicios no demandará costos adicionales que surjan de la remoción y/o sustitución de Personal. | |
5. Obligaciones del Contratante | |
5.1 Asistencia y Exenciones | El Contratante hará todo lo posible a fin de lograr que el Estado otorgue al Proveedor de Servicios aquella asistencia y exenciones según lo especificado en las CEC. |
5.2 Modificación de la Ley Aplicable | Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la Ley Aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultara en el aumento o la disminución de los gastos reembolsables pagaderos al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos estipulados en las Cláusulas 6.2 (a) o (b), según sea el caso. |
5.3 Servicios y Facilidades | El Contratante facilitará al Proveedor de Servicios y al Personal, para los fines de los Servicios, los servicios y facilidades señalados bajo el Apéndice E. |
6. Pagos al Proveedor de Servicios | |
6.1 Remuneración a Suma Alzada | La remuneración del Proveedor de Servicios no deberá exceder el Precio de Contrato y deberá ser una suma alzada fija, a menos que se indique lo contrario en las CEC, incluyendo los costos de todos los Subcontratistas y todos los demás costos incurridos por los Proveedores de Servicios al ejecutar los Servicios descritos en la Sección VI, Programa de Actividades y Sección VII, Especificaciones Técnicas de Desempeño y Diseños. Excepto lo estipulado en la Cláusula 5.2, el Precio de Contrato solamente puede aumentarse sobre los montos establecidos en la Cláusula 6.2 si las |
Partes acordaron pagos adicionales de acuerdo con las Cláusulas 2.4 y 6.3. | |
6.2 Precio de Contrato | (a) El precio a pagar en moneda local se estipula en las CEC. (b) El precio a pagar en moneda extranjera se estipula en CEC |
6.3 Pago de Servicios Adicionales, Compensaciones e Incentivos | 6.3.1 Con el fin de determinar la remuneración adeudada por los servicios adicionales según se acuerde en la Cláusula 2.4, se proporciona un desglose del precio a suma alzada en los Apéndices C y D. |
6.4 Anticipo, Términos y Condiciones de Pago | |
6.4.1 Anticipo | Si así se establece en las CEC el Contratante otorgara al Proveedor de Servicio un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Proveedor de Servicios de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía será por el valor total del anticipo y deberá permanecer vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Proveedor de Servicios. El anticipo no devengará intereses. El anticipo será reembolsado en los términos previstos en las CEC. |
6.4.2 Términos y Condiciones de Pago | Los pagos se harán al Proveedor de Servicios y de acuerdo con la relación de pagos establecida en las CEC. Los pagos deberán hacerse después de que se cumplió con las condiciones señaladas en las CEC para dicho pago y de que el Proveedor de Servicios presentó una factura al Contratante especificando el monto adeudado. |
6.5 Intereses sobre Pagos Atrasados | Si el Contratante se demora en los pagos más de treinta (30) días después de la fecha de pago establecida en las CEC, deberá pagar intereses al Proveedor de Servicios por cada día de retraso a la tasa fijada en las CEC. |
6.6 Ajuste de Precios | 6.6.1 Los precios se ajustarán debido a fluctuaciones en el costo de los insumos solamente si las CEC lo estipulan. Si se estipula de ese modo, los montos certificados de cada pago, después de deducir el Anticipo, deberán ajustarse aplicando el factor de ajuste de precios respectivo para los montos de pago adeudados en cada moneda. Una fórmula separada del tipo indicado a continuación aplica para cada moneda del Contrato: |
Pc = Ac + Bc Lmc/Loc + Cc Imc/Ioc | |
Donde: | |
Pc es el factor de ajuste para la porción del Precio de Contrato a pagar en la moneda específica "c". | |
Ac, Bc y Cc son los coeficientes especificados en las CEC, que representan: Ac la porción no ajustable; Bc la porción ajustable en relación con los costos de mano de obra y Cc la porción ajustable para los insumos, del Precio de Contrato a pagar en esa moneda específica "c"; y |
Lmc es el índice prevaleciente al primer día del mes de la fecha de factura correspondiente y Loc es el índice prevaleciente veintiocho (28) días antes de la apertura de Ofertas para mano de obra; ambos en la moneda específica "c". | |
Imc es el índice prevaleciente al primer día del mes de la fecha de factura correspondiente y Ioc es el índice prevaleciente veintiocho (28) días antes de la apertura de Ofertas para otros insumos a pagar; ambos en la moneda específica "c". | |
6.6.2 Si el valor del índice es cambiado después que se ha usado en un cálculo, se corregirá el cálculo y se hará un ajuste en el siguiente pago. Se considerará que el valor del índice toma en consideración todos los cambios en los costos. | |
6.7 Tarifas Diarias | 6.7.1 Las tarifas diarias se usarán para pequeños trabajos adicionales solamente cuando el Contratante ha dado instrucciones escritas por anticipado para que el trabajo adicional se pague de esta forma. |
6.7.2 Todo trabajo que debe ser pagado como tarifas diarias deberá ser registrado por el Proveedor de Servicios en los formatos aprobados por el Contratante. Cada formato lleno deberá ser verificado y firmado por el representante del Contratante según se indica en la Cláusula 1.8 dentro de dos días del trabajo que se está haciendo. | |
6.7.3 El Proveedor de Servicios deberá ser remunerado por los trabajos diarios con sujeción a la obtención de los formatos firmados para tarifas diarias según se indica en la Cláusula 6.7.2. | |
7. Control de Calidad | |
7.1 Identificación de Defectos | El Contratante deberá inspeccionar el cumplimiento de los servicios tal como se indica en las CEC, y notificar al Proveedor de Servicios acerca de cualquier defecto que se detecte. Dicha inspección no deberá afectar las responsabilidades del Proveedor de Servicios. El Contratante puede dar instrucciones al Proveedor de Servicios para que identifique un defecto y revele y pruebe cualquier servicio que el Contratante considera que tiene un defecto. El periodo para identificación de defectos será el indicado en las CEC. |
7.2 Corrección de Defectos y Sanción por Falta de Cumplimiento | (a) El Contratante dará aviso al Proveedor de Servicios de cualquier defecto antes de que termine el Contrato. El periodo de responsabilidad por defectos deberá ampliarse todo el tiempo que se necesite para que se corrijan los defectos. |
(b) Cada vez que se dé aviso de un defecto, el Proveedor de Servicios corregirá el defecto notificado dentro del lapso de |
tiempo especificado en la comunicación escrita por parte del Contratante. | |
(c) Si el Proveedor de Servicios no ha corregido un defecto dentro del tiempo especificado en el aviso del Contratante, éste evaluará el costo de tener que corregir el defecto, el Proveedor de Servicios pagará esta cantidad y una sanción por falta de cumplimiento misma que se calculará según lo que se describe en la Cláusula 3.8. | |
8. Solución de Controversias | |
8.1 Solución Amigable | 8.1.1 El Contratante y el Proveedor de Servicios harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al Contrato. |
8.2 Solución de controversias | 8.2.1 Cualquier desacuerdo entre el Contratante y el Proveedor de Servicios en relación al Contrato o a la prestación del Servicio, durante la ejecución del Servicio o después de la terminación de la vigencia del Contrato hasta la cancelación de la Garantía de Cumplimiento, la disputa deberá ser enviada o remitida al Conciliador establecido en las CEC, párrafo 1.1. a), dentro de los catorce (14) días siguientes de la notificación del desacuerdo de una parte con relación a la otra. |
8.2.2 El Conciliador debe presentar su decisión dentro de los veintiocho (28) días siguientes a la presentación de la controversia. | |
8.2.3 Los honorarios del Conciliador deben ser por hora según lo previsto en las CEC, junto con los gastos reembolsables de los tipos especificados en la CEC. El costo se dividirá en partes iguales entre el Contratante y el proveedor de los servicios, cualquiera sea la decisión del Conciliador. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a un árbitro dentro de los veintiocho (28) días de la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes refiere la controversia a arbitraje dentro de los siguientes veintiocho (28) días, la decisión del Conciliador será definitiva y vinculante. | |
8.2.4 El arbitraje se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento de arbitraje estipulado en las CEC. | |
8.2.5 Si el Conciliador renuncia o muere, o si el Contratante y el Proveedor de Servicios están de acuerdo en que el Conciliador no está actuando de conformidad con las disposiciones del Contrato, un nuevo Conciliador será nombrado conjuntamente por el Contratante y Proveedor de Servicios. En caso de desacuerdo entre el Contratante y Proveedor de Servicios, en |
el transcurso de veintiocho (28) días, el árbitro será designado por la Autoridad técnica designada señalada en las CEC, a petición de cualquiera de las partes, en un plazo de catorce (14) días a partir de la solicitud. | |
9. Cesión | |
9.1 Cesión | 9.1 Ni el Contratante ni el Prestador de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto por los derechos de cobro2, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del Contratante |
2 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
Condiciones Especiales del Contrato (CEC)
Número de Cláusula de las CGC | Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales del Contrato |
1.1(a) | El Conciliador será seleccionado conforme al Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa. |
1.1(e) | El nombre del Contrato es: Servicios de Soporte y Mantenimiento para Honducompras 2.0 y el número de Contrato es [xxxxxxxxx-200xx]: |
1.1.(h) | El Contratante es: Inversión Estratégica de Honduras (INVEST- Honduras) |
1.1(m) | No Aplica |
1.1(o) | El Proveedor de Servicios es: Vortal, Comercio Electronico, Consultadoria e Multimedia, S.A. |
1.6 | Las Direcciones son: Contratante: Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras) Edificio Interamericana, Primer nivel, frente a Xxxxxxx XXXXXXX, Avenida Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Tegucigalpa, Honduras. Atención: Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Presidente Comisión Interventora Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de la Comisión Interventora Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Miembro de la Comisión Interventora Correo Electrónico: Proveedor de Servicios Vortal, Comercio Electronico, Consultadoria e Multimedia, S.A. Rux xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 0x, 0000-000 Xxxxxx, Xxxxxxxx Xtención: Xxx Xxxxxx Dias Xxxxxxxx Correo Electrónico: |
1.8 | Los Representantes autorizados son: Del Contratante: Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Presidente Comisión Interventora |
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de la Comisión Interventora Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx de la Comisión Interventora Del Proveedor de Servicios: Xxx Xxxxxx Dias Xxxxxxxx Representante Legal | |
1.11 | No Aplica |
2.1 | Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por ambas partes |
2.2.2 | La fecha de inicio para el comienzo de los Servicios se establecerá conforme lo indicado en la Orden de Inicio por parte de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE). |
2.3. | La fecha estimada de terminación es doce (12) meses a partir de la fecha establecida en la Orden de Inicio emitida por el Contratante. |
3.2.3(c) | Las actividades prohibidas después de terminado el contrato son: 1. Hacer uso de cualquier forma de los datos e información del Sistema Honducompras. 2. Hacer cambios en el sistema Honducompras sin previa notificación a la ONCAE. 3. Uso o difusión por cualquier medio de informes, documentos o solicitudes emitidas por la ONCAE. |
3.3 | No Aplica. |
3.4 | Los riesgos y las coberturas serán las siguientes: El Proveedor obtendrá un Seguro de Responsabilidad Civil por la cantidad de US $ 100,000 con límites deducibles de no más del 10%. Las partes aseguradas, serán el personal del Proveedor en Honduras, cuando corresponda. El seguro cubrirá el período desde la vigencia del contrato hasta fecha de vencimiento, en términos de la fecha de vencimiento del contrato. Seguro de compensación de trabajadores en relación con los expertos y sub- consultores de conformidad con las disposiciones pertinentes de la legislación aplicable en el país del Contratante, así como, con respecto a dichos expertos, seguro de vida, seguro médico, seguro de accidentes personales, seguros de viaje y/o cualquier otro seguro que pueda ser necesaria. El Proveedor deberá obtener un Seguro de Compensación al Trabajador de conformidad con los requisitos legales de Honduras. El seguro cubrirá el período desde la fecha de inicio, en términos de la fecha del contrato Vigencia hasta la fecha de vencimiento, en términos de la fecha de Finalización. |
3.5(d) | Ninguna |
3.7 | No Aplica. |
3.8.1 | La tarifa diaria por daños y perjuicios es 0.5% del monto total del Contrato por semana de atraso. El monto máximo de daños y perjuicios para todo el Contrato es 10% del monto total del Contrato final. Para mayor claridad, una semana de atraso consiste en siete (07) días calendario. |
3.9 | La Garantía de Cumplimiento deberá presentarse en la forma de Garantía Bancaria. La garantía de cumplimiento deberá constituirse a favor de: INVEST- Honduras. La Garantía de Cumplimiento, estará denominada en las monedas de pago del Contrato, de acuerdo con las proporciones del Precio del Contrato. |
5.1 | No Aplica |
6.1 | El contrato es por suma alzada fija |
6.2(a) | No Aplica |
6.2(b) | El monto en moneda extranjera es [inserte el monto]. |
6.4.1 | El contratante no otorgará un anticipo. |
6.4.2 | Los pagos deben hacerse de acuerdo con lo siguiente: El contrato es por Xxxx Xxxxxx y será pagadero de acuerdo al Apéndice A, Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes. |
6.5 | El pago debe hacerse dentro de treinta (30) días de recibida la factura y los documentos pertinentes especificados en la Cláusula 6.4, incluyendo el pago final. La tasa de interés es: LIBOR + 1%. |
6.6.1 | El ajuste de precio es no debe aplicarse de acuerdo con la Cláusula 6.6. |
7.1 | Los mecanismos y modalidades de inspección de los servicios por el Contratante serán los comunicados oportunamente al proveedor, conforme a las Especificaciones Técnicas de los servicios. El periodo de identificación de defectos será: 30 días calendario posteriores a la fecha de terminación de la prestación de los servicios. |
8.2.3 | Los honorarios y gastos del conciliador serán a cargo de las partes según la tarifa establecida conforme al Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa. |
8.2.4 | Los procedimientos de arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa., serán utilizados. El idioma del arbitraje será el español. El arbitraje se llevará a cabo en la ciudad |
de Tegucigalpa, República de Honduras. Por lo tanto, las partes hacen expresa su renuncia de someter dichas controversias a la justicia ordinaria. La Ley sustantiva a utilizar será la de la República de Honduras. | |
8.2.5 | La Autoridad técnica para designar un nuevo Conciliador es el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa |
Apéndices
Apéndice A-Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes
Mes | Entregable | US $ |
M1 | Fecha: [dia/mes/año] | |
M1-O1 | i. Calendario de actualizaciones de Servicio de actualización del fabricante (Mantenimiento de la licencia). Debe ser presentado en los primeros diez días del mes uno. | 0 |
M1-O2 | ii. Plan de implementación de los Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo) y el Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo). El Plan debe contener una metodología que incluya y no se limite al cálculo de estimación de horas requeridas, un diagrama señalando procedimientos, responsables y secuencias relacionadas de acciones. Debe ser presentado en los primeros cinco días del mes uno. | |
M1-O3 | iii. Reporte de actualizaciones de la documentación (o la creación de nueva), la gestión de la configuración, la resolución de problemas, el control de calidad, las revisiones y auditorías; cada vez que se realice una actualización. | |
M1-O4 | iv. Manual de procedimiento de acceso a los Servicios de soporte (Mantenimiento correctivo) y el Servicios de mantenimiento (Mantenimiento evolutivo) tomando en consideración el Anexo No. 1: Niveles de Servicio y Penalizaciones y Anexo No. 2: Solicitudes de cambio a la plataforma. Debe ser presentado en los primeros diez días del mes uno. | |
M1-O5 | Informe mensual | |
Total mes 1 | ||
M2 | [dia/mes/año] | |
M2-01 | Informe mensual | |
Total mes | ||
M3 | [dia/mes/año] | |
M3-01 | Informe mensual | |
Total mes | ||
M4 | [dia/mes/año] | |
M4-01 | Informe mensual | |
Total mes | ||
M5 | [dia/mes/año] | |
M5-01 | Informe mensual | |
Total mes |
M6 | [dia/mes/año] | ||
M6-01 | In | fIonrfmoremmeemnseunaslual | |
Total mes | |||
M7 | [dia/mes/año] | ||
M7-01 | In | fIonrfmoremmeemnseunaslual | |
Total mes | |||
M8 | [dia/mes/año] | ||
M8-01 | Informe mensual | ||
Total mes | |||
M9 | [dia/mes/año] | ||
M9-01 | Informe mensual | ||
Total mes | |||
M10 | [dia/mes/año] | ||
M10-01 | Informe mensual | ||
Total mes | |||
M11 | [dia/mes/año] | ||
M11-01 | Informe mensual | ||
Total mes | |||
M12 | [dia/mes/año] | ||
M12-01 | Informe mensual | ||
M12-02 | Informe de Cierre | ||
Total mes | |||
Gran Total |
M6
[dia/mes/año]
M6-01
Total mes
M7
[dia/mes/año]
M7-01
Total mes
Los informes deberán ser presentados a la ONCAE dentro de los primeros 5 días calendarios posteriores al mes reportado vía correo electrónico para su revisión.
El informe aprobado por la ONCAE, deberá ser remitido en versión física, debidamente firmado y sellado por el representante legal del Proveedor, como requisito para pago.
Apéndice B-Personal Clave y Subcontratistas
[Indique aquí:
1 Cargos [y nombres, si ya se conocen], una descripción detallada de funciones y las calificaciones mínimas del personal clave extranjero que se ha de asignar para trabajar en el país del Contratante, así como los meses-personal para cada persona.
2 La misma información correspondiente al personal clave extranjero que se ha de asignar para trabajar fuera del país del Contratante.
3 Lista de Subcontratistas aprobados (si ya se conocen); la misma información correspondiente al Personal de dichos Subcontratistas como en 1 ó 2.
4 La misma información para personal clave nacional como en 1]
Apéndice C-Desglose del Precio del Contrato en Moneda(s) Extranjera(s)
[Haga una lista aquí de los elementos de costo usados para llegar a un desglose del precio de la suma global en moneda extranjera:
1. Tarifas para uso del equipo o renta o para personal (personal Clave y otro Personal).
2. Gastos reembolsables].
Este apéndice se utilizará exclusivamente para determinar la remuneración de servicios adicionales.
Apéndice D- Desglose del Precio del Contrato en Moneda Local
(No Aplica)
Apéndice E-Servicios y Facilidades Proporcionadas por el Contratante
1. Acceso remoto a los servidores de los ambientes de Capacitación y Producción.
2. Acceso remoto al ambiente de servidores del sistema Honducompras 2 en Producción.
3. Acceso a la documentación necesaria para el cumplimiento de las especificaciones funcionales de operación de la plataforma Honducompras 2.
Apéndice F- Programa de Actividades y Especificaciones Técnicas y de Desempeño
Section VI. Avisos de contrato y acuerdo
Esta Sección contiene el Aviso de Intención de Adjudicar, la Notificación de Adjudicación y el Acuerdo.
Notificación de adjudicación
[La Notificación de Adjudicación será la base para la formación del Contrato. Este formulario de Notificación de Adjudicación se completará y enviará al Oferente seleccionado solo después de que se haya completado la evaluación de la Oferta, sujeto a cualquier revisión por el según sea necesario.]
[fecha]
Para: [insertar nombre y dirección del proveedor de servicios]
Re: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Ref. De oferta: XXXXXXXXXXXXXXXXX
Le notificamos que su Oferta de fecha de [insertar fecha] para la ejecución de los Servicios antes mencionados por el monto de contrato evaluado y aceptado que asciende a [insertar la cantidad en palabras y números] [insertar el nombre de la moneda.
Por la presente se le indica que (a) proceda con el suministro de dichos Servicios de No Consultoría de acuerdo con el Contrato, (b) firme y devuelva el Contrato adjunto, y ( ) enviar la Garantía de cumplimiento de conformidad con la Cláusula 3.9 de las CGC dentro de los veintiocho (28) días posteriores a la recepción de esta Notificación de adjudicación.
JOSÉ ERNESTO LEVA BULNES
Presidente de la Comisión Interventora INVEST-Honduras
JOSÉ ALBERTO BENÍTEZ PORTILLO
Miembro de la Comisión Interventora INVEST-Honduras
JOSE GUSTAVO BOQUIN SUÁR
Miembro de la Comisión Intervento INVEST-Honduras