ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Cláusulas de Ejemplo

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. Se podrá proponer la explotación comercial de rubros compatibles con la actividad principal de la Unidad. En todos los casos, los espacios propuestos deberán cumplir con lo especificado en relación a las superficies mínimas por rubro y acatar las disposiciones que para cada caso establezcan las normas vigentes. Los rubros a desarrollar deberán corresponderse con los usos generales planteados. Los mismos podrán estar relacionados con actividades comerciales varias, culturales, de esparcimiento y recreación, deportivas y de acuerdo a lo planteado en el Anexo VIII - Normas de Habilitación en Unidades Turísticas Fiscales. Las actividades complementarias podrán cesionarse a terceros, debiendo presentar ante la Dirección Gral. de Unidades Turísticas Fiscales los contratos respectivos para su autorización mediante Acto Administrativo firme, previo a la iniciación del trámite de Habilitación Comercial, sin el cual no podrá desarrollarse la actividad. En todos los casos, de pertenecer los locales a unidades funcionales mayores, podrán afectar servicios sanitarios de la misma a su uso. Para tal fin, en la propuesta deberá definirse en forma clara y expresa las unidades sanitarias que funcionarán como soporte de cada actividad, debiendo ser las mismas de uso público, ante el requerimiento de quien así lo solicite. No pudiendo restringirse su uso solamente al periodo de diciembre a marzo. El incumplimiento de dicha norma será motivo de la aplicación de las sanciones correspondientes al concesionario. El concesionario será responsable del cumplimiento de esta exigencia, como así también del control, limpieza, higiene y el correcto funcionamiento de las instalaciones y cumplir con la normativa vigente. En caso de cesión parcial, las responsabilidades serán solidarias, no pudiendo alegar el concesionario desconocimiento de situaciones que motiven la aplicación de sanciones. Los elementos componentes de la actividad, el equipamiento específico, los materiales y la propuesta comercial general se ajustará a los niveles de calidad exigidos en el presente Pliego, quedando expresamente excluida la utilización de equipamiento, muebles e instalaciones precarias. Xxxxxxx proponerse terminaciones y acondicionamiento general de primera calidad (detalles de decoración, iluminación, instalaciones varias).
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. Son las siguientes actividades del Contrato referidas a:
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. Son las establecidas en los numerales 14.22 y 14.23 del artículo 14 xx Xxx 142 de 1994 y las definiciones y componentes previstos en las Reglamentaciones Técnicas del Sector –RAS- que el oferente declara conocer con la presentación de la propuesta.
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. Como actividad complementaria a la principal de mediación, EL AGENTE se compromete también a realizar, respecto a determinados clientes en quienes concurran especiales circunstancias, y que EL PRODUCTOR le indique, las gestiones de cobro de las operaciones mercantiles realizadas. Esta actividad complementaria la efectuará a su criterio, organizando el tiempo de dedicación a la misma bajo su propia responsabilidad, teniendo en cuenta, sin embargo, las instrucciones del PRODUCTOR, de modo particular en lo que se refiere a la forma de recepción y remisión de las cantidades percibidas, con las correspondientes comisiones de éxito en el cobro (son comisiones adicionales) que serán acordadas en cada caso, y cuando no se determine ninguna, y se encargue el cobro o recobro EL AGENTE, percibirá el Diez Por Ciento (10%) de la cantidad adeudada al PRODUCTOR, con independencia de que el cliente lo sea, o no, del AGENTE. PARAGRAFO UNICO. Cuando EL PRODUCTOR encargue al AGENTE el cobro de cantidades adeudadas por terceros, le proporcionará cuanta documentación acredite el derecho y el testimonio más veraz. EL AGENTE estará facultado, pero no obligado, para iniciar acciones civiles y mercantiles contra el tercero notificándole a la Empresa la instancia y la argumentación de la demanda, y a su criterio, a informar de la deuda xxx xxxxxxx frente al PRODUCTOR, a quién él considere oportuno. Una vez iniciadas las gestiones de cobro por EL AGENTE, la renuncia al cobro por parte del PRODUCTOR supondrá el pago de la comisión pactada, y si no hay pacto expreso, el Diez Por Ciento (10%) antes mencionado, y los costos de abogados y cobradores en los que haya incurrido EL AGENTE, sin perjuicio de cualquier otro derecho, resarcimiento de gasto, u otras comisiones u honorarios que también pudieran corresponderle al AGENTE. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. 3.2.1 Informes semanales y mensuales. La elaboración de los informes de la interventoría, es un documento que recopila la información más importante de las actividades que se realizaron por parte de la empresa constructora. Este documento va dirigido a la supervisión de la entidad contratante y además es un requisito legal solicitado en el manual de interventoría de la Agencia de la Infraestructura del Meta como uno de los procesos básicos, así mismo quedó estipulado en el contrato de interventoría. Para el desarrollo de estos informes, fue necesario manejar con claridad la información del contrato de obra, interventoría, la del proyecto, la información financiera y relación de la inversión del anticipo. Además realizar una descripción de las actividades evidenciadas en el registro fotográfico anexo a los informes, control del avance programado y ejecutado de la obra, resultados de los ensayos de laboratorio y demás información demandada por el director de interventoría y/o la supervisión. Estos informes tienen la finalidad de mostrar el avance de obra ejecutado, por lo cual se revisaron las cantidades junto con el residente de obra, estas eran avaladas por los directores de obra e interventoría, realizando las mediciones pertinentes cuando esto fuera necesario. Así mismo, se llevó un control del avance programado, teniendo en cuenta las diferentes versiones del cronograma de actividades, de acuerdo con las modificaciones realizadas en el trámite para la modificación de cantidades e ítems nuevos No. 1 y la prórroga No. 1 al contrato de Obra. Esta información fue fundamental para el diligenciamiento del formato correspondiente al informe Semanal. Estos informes, fueron presentados junto con el informe mensual teniendo en cuenta las indicaciones de la Supervisión. En los informes semanales se reportaron las actividades que fueron desarrolladas en cada semana y actividades a realizar la siguiente semana, teniendo en cuenta la programación de obra. El control del avance de obra programado y ejecutado se realizó a través de tablas en EXCEL que facilitaron el proceso de elaboración de los informes semanales y mensuales que se encuentran en los anexos No. 9.2.1, 9.8.4, 9.11.1 y 9.14.2. Así mismo, el archivo del seguimiento al avance de obra ejecutado, era remitido por correo a la supervisión cuando fuera solicitado. El control que se realizó de los ensayos de laboratorio se hizo de forma digital, el cual, fue una guía para organizar los datos de los informes mens...
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. La instrumentación del PAC se realiza a través de diversas actividades complementarias para asegurar su implantación y correcta aplicación, entre las que se encuentran: • Promover la identidad del programa y su eficiencia operativa a través de un plan de medios que permita elaborar y difundir materiales de comunicación dirigidos a tres grupos objetivo: 1) Los beneficiarios de los servicios de salud, quienes requieren una adecuada orientación para el autocuidado de la salud, 2) Personal comunitario, no necesariamente alfabetizado e integrante de las comunidades beneficiarias del PAC, y 3) El personal institucional y sectorial de nivel directivo. • Incorporar y capacitar al personal médico, paramédico, de apoyo y auxiliares de salud necesario para otorgar los servicios del Paquete Básico con calidad creciente y homogénea, a través de fortalecer sus conocimientos, habilidades y destrezas para llevar a cabo sus funciones. • Realizar acciones sistemáticas de supervisión y asesoría en servicio, en los diferentes niveles del programa, para mejorar el desempeño del personal institucional y comunitario. • Asegurar el funcionamiento y uso adecuado de las unidades fijas y móviles, así como de los equipos de radiocomunicación para reforzar el esquema de apoyo de la red de servicios del primer nivel y la referencia de los pacientes que ameritan atención en el segundo nivel. • Transmitir a la población la información en salud y los factores condicionantes -ambientales, alimentarios, hábitos, educación, y vivienda, entre otros-, a fin de fortalecer su participación organizada con los grupos sociales y las instituciones gubernamentales, de acuerdo con los principios de horizontalidad y planeación local en que se sustenta el PAC. • Realizar pláticas y demostraciones destinadas a la población usuaria, presentando la información en forma accesible, respetando la cultura local y apoyándose en los materiales expresamente diseñados con este fin. • Fortalecer y apoyar la organización de los comités de salud y capacitarlos para su plena participación en el PAC. • Coordinar acciones operativas con el IMSS–Solidaridad y con otras instituciones locales y federales (como SEDESOL e INI), quienes también cuentan con personal auxiliar comunitario para vincular acciones de apoyo al bienestar social y la salud. Considerando que el PAC es responsabilidad de la SSA, la acción programática-presupuestal del programa, está contemplada en los programas especiales de la propia Secretaría, confor...
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. La Autoridad Aduanera podrá autorizar, durante el proceso de transbordo, que las mercancías sean objeto de:
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS. VALORES UNITARIOS PARA CADA FRENTE
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS a) CARPA FUNDACIÓN VILLALAR
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