Actuación de la Entidad. 1. Las partes convienen y se hacen responsables de la aplicación al presente contrato de las normas de conducta previstas en la legislación xxx xxxxxxx de valores que resulten de aplicación. El CLIENTE informará a la ENTIDAD cuando surjan situaciones de incompatibilidad o alguna circunstancia que impida la inversión del patrimonio gestionado en determinados valores o instrumentos financieros. 2. La ENTIDAD no efectuará en ningún caso operaciones prohibidas por la legislación española, ni aquellas que requieran autorizaciones oficiales o expresas del CLIENTE mientras no se obtengan estas autorizaciones. 3. No obstante el carácter individual de la gestión de carteras, la ENTIDAD, con el objeto de racionalizar las órdenes de compraventa de activos podrá agrupar operaciones de diferentes CLIENTES dentro de los límites establecidos en la normativa vigente. Para evitar un posible conflicto de interés entre los CLIENTES derivado de esta u otras actuaciones, la ENTIDAD dispone de unos criterios objetivos de prorrateo o distribución de operaciones entre CLIENTES en particular, y de resolución de posibles conflictos de interés en general, recogidos en el documento Procedimiento de gestión de órdenes, desglose y prorrateo de las operaciones, a disposición del cliente en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la sociedad. La ENTIDAD se compromete a aplicar en todo caso dichos criterios objetivos que sólo se modificarán previa comunicación y aceptación del CLIENTE. 4. La ENTIDAD únicamente responderá de los perjuicios que pueda causar al CLIENTE por el incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato y por actuaciones dolosas o negligentes, en cuyo caso indemnizará al CLIENTE. 5. En todo caso, se deja constancia de que la ENTIDAD no está ob ligada a obtener unos resultados determinados, y no garantiza ningún rendimiento de ninguna clase.
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Samples: Investment Management Agreement
Actuación de la Entidad. 12.3.1. La ENTIDAD desarrollará su actividad de custodia y administración procurando, en todo momento, el interés del CLIENTE, ejercitando, en nombre y por cuenta del mismo, los derechos económicos que se deduzcan de los valores, realizando los cobros pertinentes, convirtiendo y canjeando los valores y, en gene- ral, activos financieros registrados en la cuenta, facilitando al CLIENTE el ejercicio de los derechos políticos de los valores, informándole de las circunstancias que conozca que afecten a los valores, desarrollando las actuaciones, comunicaciones e iniciativas exigidas para ello, pudiendo, a tales efectos, suscribir cuantos documentos sean necesarios. En particular, la ENTIDAD abonará a la Cuenta de Efectivo Asociada a la Cuenta de Valores los intereses, dividendos, devoluciones de nominal y redondeos por aportaciones, así como cualquier otro rendimiento de las operaciones que se deriven de los valores administrados. En esa misma Cuenta de Efectivo Asociada se cargarán los importes correspondientes a la compra de acciones, obligaciones, derechos de suscripción y otros valores, así como los correspondientes a suscripciones, canjes, conversiones, etc.
2.3.2. La ENTIDAD desarrollará las actuaciones a que se refiere el anterior apartado de esta cláusula si- guiendo las órdenes dadas por el CLIENTE bien a través del Área Clientes del sitio web o APP de la Entidad o telefónicamente, o por cualquier otro medio de comunicación habilitado por la ENTIDAD a estos efectos. Las partes convienen órdenes deberán en todo caso ajustarse al modelo de orden facilitado por la ENTIDAD al CLIENTE. La ENTIDAD se reserva el derecho de rechazar las órdenes del CLIENTE que no se ajusten al referido mode- lo. La ENTIDAD informará al cliente del rechazo de las órdenes recibidas tan pronto como se produzca el mismo. Las órdenes del CLIENTE se integrarán en el archivo de justificantes de órdenes y se hacen responsables en el archivo de operaciones, dando lugar a las correspondientes anotaciones en la cuenta del CLIENTE. La ENTIDAD notificará al CLIENTE la ejecución de sus órdenes conforme a lo dispuesto en la normativa apli- cable. La ejecución de órdenes, así como otros movimientos en la cuenta de valores del CLIENTE, también podrán consultarse a través del sitio web de la aplicación al presente contrato ENTIDAD.
2.3.3. De no recibir instrucciones expresas del CLIENTE, la ENTIDAD enajenará los derechos de suscripción no ejercitados antes del momento de su decaimiento, siempre que el resultante de la enajenación supere los costes asociados y que la introducción de las normas órdenes en los mercados sean factibles por el número y tamaño de conducta previstas las mismas, para lo cual la ENTIDAD podrá introducir una orden global por la totalidad de los derechos de suscripción no ejercitados de sus clientes, la cual se ejecutará de acuerdo con lo dispuesto en la legislación xxx xxxxxxx Política de Mejor Ejecución. Asimismo, en caso de no recibir instrucciones expresas, la ENTIDAD acudirá a las ofertas públicas de adquisición de valores que resulten para su exclusión, atenderá los desembolsos de aplicación. El CLIENTE informará dividendos pasivos pendientes, con cargo a la ENTIDAD cuando surjan situaciones cuenta de incompatibilidad efectivo del CLIENTE, con el límite del saldo de la misma, y suscribirá ampliaciones de capital liberadas. En ningún caso asumirá actuación alguna frente a un emisor en el caso de impago por este de intereses, dividendos o alguna circunstancia que impida la inversión del patrimonio gestionado en determinados valores o instrumentos financieros.
2amortizaciones correspondientes a los valores. La ENTIDAD no efectuará en ningún caso operaciones prohibidas utilizará los valores o instrumentos financieros cuya tenencia ostenta por la legislación española, ni aquellas que requieran autorizaciones oficiales o expresas cuenta del CLIENTE mientras no se obtengan estas autorizaciones.
3. No obstante el carácter individual de la gestión de carteras, la ENTIDAD, con el objeto de racionalizar las órdenes de compraventa de activos podrá agrupar para operaciones de diferentes CLIENTES dentro financiación de su actividad de cuenta propia, así como a no establecer acuerdos con terceros de los límites establecidos en que se deriva la normativa vigente. Para evitar un posible conflicto utilización de interés entre los CLIENTES derivado instrumentos financieros del CLIENTE, salvo consentimiento expreso de esta u otras actuaciones, este último y siendo necesaria la ENTIDAD dispone de unos criterios objetivos de prorrateo o distribución de operaciones entre CLIENTES en particular, y de resolución de posibles conflictos de interés en general, recogidos en el documento Procedimiento de gestión de órdenes, desglose y prorrateo suscripción de las operaciones, a disposición del cliente en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la sociedad. La ENTIDAD se compromete a aplicar en todo caso dichos criterios objetivos que sólo se modificarán previa comunicación y aceptación del CLIENTEcorrespondientes Condiciones Especiales.
4. La ENTIDAD únicamente responderá de los perjuicios que pueda causar al CLIENTE por el incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato y por actuaciones dolosas o negligentes, en cuyo caso indemnizará al CLIENTE.
5. En todo caso, se deja constancia de que la ENTIDAD no está ob ligada a obtener unos resultados determinados, y no garantiza ningún rendimiento de ninguna clase.
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Samples: Prestación De Servicios
Actuación de la Entidad. 1. Las partes Partes convienen y se hacen responsables de la aplicación al presente contrato Contrato de las normas de conducta previstas en la legislación xxx xxxxxxx de valores que resulten de aplicación. El CLIENTE informará a la ENTIDAD cuando surjan situaciones de incompatibilidad o alguna circunstancia que impida la inversión del patrimonio gestionado en determinados valores o instrumentos financieros.
2. La ENTIDAD no efectuará advertirá al CLIENTE de eventuales conflictos de intereses que se produzcan en ningún caso operaciones prohibidas por la legislación españolael desarrollo de su actividad. La ENTIDAD resolverá los conflictos de interés conforme a lo establecido en su Política de Gestión de Conflictos de Intereses y, ni aquellas que requieran autorizaciones oficiales o expresas del CLIENTE mientras no se obtengan estas autorizaciones.
3en todo caso, anteponiendo los intereses de los Clientes a los suyos propios y con sujeción al principio de igualdad de trato de los clientes, evitando cualquier tipo de ventaja a favor de ninguno de ellos. No obstante el carácter individual de la gestión de carteras, la ENTIDAD, con el objeto de racionalizar las órdenes de compraventa de activos activos, podrá agrupar operaciones de diferentes CLIENTES clientes dentro de los límites establecidos en la normativa vigente. Para evitar un posible conflicto de interés entre los CLIENTES derivado de esta u otras actuaciones, la ENTIDAD dispone de unos criterios objetivos de prorrateo o distribución de operaciones entre CLIENTES en particular, y de resolución de posibles conflictos de interés en general, recogidos en el documento Procedimiento de gestión de órdenes, desglose y prorrateo de las operaciones, a disposición del cliente en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la sociedad.
3. La ENTIDAD no efectuará operaciones prohibidas por la legislación española, ni aquéllas que requieran autorizaciones oficiales o expresas del CLIENTE mientras no se compromete a aplicar en todo caso dichos criterios objetivos que sólo se modificarán previa comunicación y aceptación del CLIENTEobtengan dichas autorizaciones.
4. La ENTIDAD únicamente responderá de los perjuicios que pueda causar al CLIENTE queda exonerada por el incumplimiento CLIENTE de la responsabilidad derivada del resultado económico último de la gestión y, en particular, de las obligaciones asumidas posibles pérdidas derivadas del riesgo inherente a la inversión en el presente contrato y por actuaciones dolosas o negligentes, en cuyo caso indemnizará al CLIENTElos Mercados de Valores.
5. En todo casoLa ENTIDAD no responderá por los daños y perjuicios que se pudieran derivar de interferencias, se deja constancia interrupciones, averías técnicas o desconexiones en el funcionamiento operativo de sistemas electrónicos que estén fuera del control de la ENTIDAD o a los que ésta acuda para la adquisición o venta de instituciones de inversión colectiva objeto del presente Contrato de las que ésta no está ob ligada a obtener unos resultados determinadosfuese responsable, y no garantiza ningún rendimiento ni cuando el incumplimiento de ninguna clasesus obligaciones asumidas en virtud del presente Contrato esté motivado por causas ajenas al control de la ENTIDAD.
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Samples: Contrato De Gestión De Cartera De Instituciones De Inversión Colectiva
Actuación de la Entidad. 1. Las partes convienen y se hacen responsables de la aplicación al presente contrato de las normas de conducta previstas en la legislación xxx xxxxxxx de valores que resulten de aplicación. El CLIENTE informará a la ENTIDAD cuando surjan situaciones de incompatibilidad o alguna circunstancia que impida la inversión del patrimonio gestionado en determinados valores o instrumentos financieros.
2. La ENTIDAD no efectuará en ningún caso operaciones prohibidas por la legislación española, ni aquellas que requieran autorizaciones oficiales o expresas del CLIENTE mientras no se obtengan estas autorizaciones. Asimismo, la ENTIDAD dará cumplimiento a la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo con carácter previo y durante la prestación del servicio de gestión de carteras previsto en el presente contrato. En este sentido, el CLIENTE declara y manifiesta que el dinero y los activos que pueda confiar a la ENTIDAD en relación con cualquier servicio que le preste, procede de actividades lícitas.
3. No obstante Los valores en renta variable que componen la cartera se registrarán por su precio de compra, incluyendo el carácter individual de la gestión de carteras, la ENTIDAD, con el objeto de racionalizar las órdenes de compraventa de activos podrá agrupar operaciones de diferentes CLIENTES dentro total de los límites establecidos en gastos o inversiones inherentes a la normativa vigenteadquisición. Para evitar un posible conflicto A efectos de interés entre los CLIENTES derivado su valoración, esta se realizará al cambio oficial de esta u otras actuaciones, la ENTIDAD dispone cierre del día inmediato hábil anterior o al cambio medio ponderado si no existiera precio oficial de unos criterios objetivos de prorrateo o distribución de operaciones entre CLIENTES en particular, y de resolución de posibles conflictos de interés en general, recogidos en el documento Procedimiento de gestión de órdenes, desglose y prorrateo de las operaciones, a disposición del cliente en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx y en las oficinas de la sociedadcierre.
4. La ENTIDAD se compromete a aplicar Se buscara en todo caso dichos criterios objetivos la obtención de un crecimiento del capital a largo plazo mediante la inversión en los diferentes instrumentos financieros, en la proporción que sólo se modificarán previa comunicación considere mas adecuada en cada momento, y aceptación en función del perfil inversor del CLIENTE.
45. LA ENTIDAD advierte expresamente al CLIENTE, quien manifiesta darse por enterado, de que, en caso de que las posiciones de instrumentos financieros o fondos del CLIENTE estuvieran depositados en entidades sujetas al ordenamiento jurídico de un Estado no miembro de la Unión Europea, los derechos del CLIENTE sobre dichos instrumentos financieros o sobre los fondos podrían ser distintos a aquellos de los que gozarían si estuvieran sujetos a la legislación de un Estado miembro.
6. La ENTIDAD únicamente responderá de los perjuicios que pueda causar al CLIENTE cliente por el incumplimiento de las obligaciones asumidas en el presente contrato y por actuaciones dolosas o negligentesrealizadas con negligencia, en cuyo caso indemnizará al CLIENTE.
5. En todo caso, se deja constancia de que la ENTIDAD no está ob ligada a obtener unos resultados determinados, y no garantiza ningún rendimiento de ninguna clase.
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Samples: Intermediación