Common use of ACTUACIÓN EN ZONA DE NO AFECCIÓN FERROVIARIA Clause in Contracts

ACTUACIÓN EN ZONA DE NO AFECCIÓN FERROVIARIA. Para estos casos, la documentación se presentará al Director del Contrato, que coordinará internamente las actuaciones necesarias para la autorización de las mismas. Para estas actuaciones el Adjudicatario deberá presentar un proyecto constructivo que será de cuenta y cargo del Adjudicatario, redactado por profesional competente y visado por el colegio profesional correspondiente, justificando el cumplimiento en dicho Proyecto de las condiciones de funcionalidad, seguridad y habitabilidad establecidas en la normativa técnica, urbanística y sectorial de la actividad, en un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato, para la autorización de ADIF. En ningún caso se podrán ejecutar las obras sin que exista un proyecto constructivo autorizado por ADIF. ADIF podrá aprobar o denegar dicha autorización de forma razonada, en un plazo de 1 mes desde la fecha de remisión de toda la información y documentación completa cuando se trata de actuaciones en zona de no afección ferroviaria, en proyectos de presupuesto inferior a 500.000€ y de 2 meses en el caso de proyectos > 500.000€. En caso de requerir ADIF la aportación de documentación adicional o la subsanación de deficiencias y así cumplir con los requisitos técnicos señalados, se recogerá también expresamente la suspensión del plazo para notificar la citada autorización hasta que se produzca la subsanación. En caso de que no se subsanen estas deficiencias, en el plazo máximo de 3 meses, ADIF hará acta de desacuerdo con las mismas y podrá resolver el contrato sin indemnización alguna para el Adjudicatario. Sin la autorización expresa de ADIF no se podrán ejecutar las obras. En caso de que el Adjudicatario ejecute obras sin autorización, estas podrán ser demolidas con cargo al Adjudicatario. Según la naturaleza de las inversiones a realizar, el proyecto de construcción deberá contener con la precisión necesaria, los documentos que permitan ejecutar las obras sin la intervención de su autor o de sus autores. El CONTENIDO MÍNIMO será: a) Memoria descriptiva, expresando las necesidades a satisfacer, las características de las instalaciones existentes, la justificación de la solución proyectada (técnica, funcional y económica), la descripción de las actuaciones que contempla el proyecto, incluyendo accesos, materiales, situaciones provisionales y medidas de coordinación para no afectar a la explotación, métodos de cálculo y ensayos análisis de posibles afecciones medioambientales, cumplimiento de normativa, plazo, resumen de presupuesto y equipo redactor. b) Anejos a la memoria que sean necesarios (datos, cálculos, etc.). Como mínimo deberá contener los siguientes: • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición • Estudio de Seguridad y Salud • Anejo específico en el que se concluya si la solución proyectada afecta o no a la seguridad operacional ferroviaria, y en caso afirmativo, si, a tenor del análisis del proyecto, el diseño ha incorporado las medidas de seguridad necesarias para que todos los peligros identificados queden en un adecuado nivel de control, de acuerdo al REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 402/2013 DE LA COMISIÓN, de 30 xx xxxxx de 2013, relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo. c) Documentación gráfica (planos, esquemas, fotos, etc.) que, de acuerdo con la naturaleza del mismo, el autor considere necesarios para que la obra quede definida y puedan deducirse de ella las mediciones que sirvan de base al presupuesto de la obra. Este documento vendrá fechado y firmado por el autor del proyecto. d) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de éstas. e) Presupuestos, con mediciones detalladas, cuadros de precios unitarios, descompuestos, medición y presupuesto, resumen del presupuesto por capítulos, presupuesto de ejecución material, porcentaje de gastos generales y beneficio industrial y presupuesto de ejecución por contrata (sin IVA y con IVA). Para la elaboración del presupuesto se utilizarán bases de precios de referencia (ADIF, Precio Centro del COAATT, o similar). f) Plan de ejecución de las obras. g) Cualesquiera otros documentos que, en atención al especial carácter de las obras, se consideren necesarios Por último, dependiendo del tipo de proyecto de construcción, el órgano competente para su aprobación podrá suprimir, motivadamente, alguno de los documentos o anexos expresados en el apartado anterior o, reducir su extensión o condiciones, siempre que se garantice la definición, ejecución y valoración de las obras.

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ACTUACIÓN EN ZONA DE NO AFECCIÓN FERROVIARIA. Para estos casos, la documentación se presentará al Director del Contrato, que coordinará internamente las actuaciones necesarias para la autorización de las mismas. Para estas actuaciones el Adjudicatario deberá presentar un proyecto constructivo que será de cuenta y cargo del Adjudicatario, redactado por profesional competente y visado por el colegio profesional correspondiente, justificando el cumplimiento en dicho Proyecto de las condiciones de funcionalidad, seguridad y habitabilidad establecidas en la normativa técnica, urbanística y sectorial de la actividad, en un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato, para la autorización de ADIF. En ningún caso se podrán ejecutar las obras sin que exista un proyecto constructivo autorizado por ADIF. ADIF podrá aprobar o denegar dicha autorización de forma razonada, en un plazo de 1 mes desde la fecha de remisión de toda la información y documentación completa cuando se trata de actuaciones en zona de no afección ferroviaria, en proyectos de presupuesto inferior a 500.000500.000 € y de 2 meses en el caso de proyectos > 500.000€. superiores a 500.000 €. En caso de requerir ADIF la aportación de documentación adicional o la subsanación de deficiencias y así cumplir con los requisitos técnicos señalados, se recogerá también expresamente la suspensión del plazo para notificar la citada autorización hasta que se produzca la subsanación. En caso de que no se subsanen estas deficiencias, en el plazo máximo de 3 meses, ADIF hará acta de desacuerdo con las mismas y podrá resolver el contrato sin indemnización alguna para el Adjudicatario. Sin la autorización expresa de ADIF no se podrán ejecutar las obras. En caso de que el Adjudicatario ejecute obras sin autorización, estas podrán ser demolidas con cargo al Adjudicatario. Según la naturaleza de las inversiones a realizar, el proyecto de construcción deberá contener con la precisión necesaria, los documentos que permitan ejecutar las obras sin la intervención de su autor o de sus autores. El CONTENIDO MÍNIMO contenido mínimo será: a) Memoria descriptiva, expresando las necesidades a satisfacer, las características de las instalaciones existentes, la justificación de la solución proyectada (técnica, funcional y económica), la descripción de las actuaciones que contempla el proyecto, incluyendo accesos, materiales, situaciones provisionales y medidas de coordinación para no afectar a la explotación, métodos de cálculo y ensayos análisis de posibles afecciones medioambientales, cumplimiento de normativa, plazo, resumen de presupuesto y equipo redactor. b) Anejos a la memoria que sean necesarios (datos, cálculos, etc.). Como mínimo deberá contener los siguientes: • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición • Estudio de Seguridad y Salud • Anejo específico en el que se concluya si la solución proyectada afecta o no a la seguridad operacional ferroviaria, y en caso afirmativo, si, a tenor del análisis del proyecto, el diseño ha incorporado las medidas de seguridad necesarias para que todos los peligros identificados queden en un adecuado nivel de control, de acuerdo al REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 402/2013 DE LA COMISIÓN, de 30 xx xxxxx de 2013, relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo. c) Documentación gráfica (planos, esquemas, fotos, etc.) que, de acuerdo con la naturaleza del mismo, el autor considere necesarios para que la obra quede definida y puedan deducirse de ella las mediciones que sirvan de base al presupuesto de la obra. Este documento vendrá fechado y firmado por el autor del proyecto. d) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de éstas. e) Presupuestos, con mediciones detalladas, cuadros de precios unitarios, descompuestos, medición y presupuesto, resumen del presupuesto por capítulos, presupuesto de ejecución material, porcentaje de gastos generales y beneficio industrial y presupuesto de ejecución por contrata (sin IVA y con IVA). Para la elaboración del presupuesto se utilizarán bases de precios de referencia (ADIF, Precio Centro del COAATTCOAATG, o similar). f) Plan de ejecución de las obras. g) Cualesquiera otros documentos que, en atención al especial carácter de las obras, se consideren necesarios Por último, dependiendo del tipo de proyecto de construcción, el órgano competente para su aprobación podrá suprimir, motivadamente, alguno de los documentos o anexos expresados en el apartado Apartado anterior o, reducir su extensión o condiciones, siempre que se garantice la definición, ejecución y valoración de las obras.

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ACTUACIÓN EN ZONA DE NO AFECCIÓN FERROVIARIA. Para estos casos, la documentación se presentará al Director del Contrato, que coordinará internamente las actuaciones necesarias para la autorización de las mismas. Para estas actuaciones el Adjudicatario deberá presentar un proyecto constructivo que será de cuenta y cargo del Adjudicatario, redactado por profesional competente y visado por el colegio profesional correspondiente, justificando el cumplimiento en dicho Proyecto de las condiciones de funcionalidad, seguridad y habitabilidad establecidas en la normativa técnica, urbanística y sectorial de la actividad, en un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato, para la autorización de ADIF. En ningún caso se podrán ejecutar las obras sin que exista un proyecto constructivo autorizado por ADIF. ADIF podrá aprobar o denegar dicha autorización de forma razonada, en un plazo de 1 mes desde la fecha de remisión de toda la información y documentación completa cuando se trata de actuaciones en zona de no afección ferroviaria, en proyectos de presupuesto inferior a 500.000€ y de 2 meses en el caso de proyectos > 500.000€. En caso de requerir ADIF la aportación de documentación adicional o la subsanación de deficiencias y así cumplir con los requisitos técnicos señalados, se recogerá también expresamente la suspensión del plazo para notificar la citada autorización hasta que se produzca la subsanación. En caso de que no se subsanen estas deficiencias, en el plazo máximo de 3 meses, ADIF hará acta de desacuerdo con las mismas y podrá resolver el contrato sin indemnización alguna para el Adjudicatario. Sin la autorización expresa de ADIF no se podrán ejecutar las obras. En caso de que el Adjudicatario ejecute obras sin autorización, estas podrán ser demolidas con cargo al Adjudicatario. Según la naturaleza de las inversiones a realizar, el proyecto de construcción deberá contener con la precisión necesaria, los documentos que permitan ejecutar las obras sin la intervención de su autor o de sus autores. El EL CONTENIDO MÍNIMO será: a) Memoria descriptiva, expresando las necesidades a satisfacer, las características de las instalaciones existentes, la justificación de la solución proyectada (técnica, funcional y económica), la descripción de las actuaciones que contempla el proyecto, incluyendo accesos, materiales, situaciones provisionales y medidas de coordinación para no afectar a la explotación, métodos de cálculo y ensayos análisis de posibles afecciones medioambientales, cumplimiento de normativa, plazo, resumen de presupuesto y equipo redactor. b) Anejos a la memoria que sean necesarios (datos, cálculos, etc.). Como mínimo deberá contener los siguientes: • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición • Estudio de Seguridad y Salud • Anejo específico en el que se concluya si la solución proyectada afecta o no a la seguridad operacional ferroviaria, y en caso afirmativo, si, a tenor del análisis del proyecto, el diseño ha incorporado las medidas de seguridad necesarias para que todos los peligros identificados queden en un adecuado nivel de control, de acuerdo al REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 402/2013 DE LA COMISIÓN, de 30 xx xxxxx de 2013, relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo. c) Documentación gráfica (planos, esquemas, fotos, etc.) que, de acuerdo con la naturaleza del mismo, el autor considere necesarios para que la obra quede definida y puedan deducirse de ella las mediciones que sirvan de base al presupuesto de la obra. Este documento vendrá fechado y firmado por el autor del proyecto. d) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de éstas. e) Presupuestos, con mediciones detalladas, cuadros de precios unitarios, descompuestos, medición y presupuesto, resumen del presupuesto por capítulos, presupuesto de ejecución material, porcentaje de gastos generales y beneficio industrial y presupuesto de ejecución por contrata (sin IVA y con IVA). Para la elaboración del presupuesto se utilizarán bases de precios de referencia (ADIF, Precio Centro del COAATTCOAAT, o similar). f) Plan de ejecución de las obras. g) Cualesquiera otros documentos que, en atención al especial carácter de las obras, se consideren necesarios Por último, dependiendo del tipo de proyecto de construcción, el órgano competente para su aprobación podrá suprimir, motivadamente, alguno de los documentos o anexos expresados en el apartado anterior o, reducir su extensión o condiciones, siempre que se garantice la definición, ejecución y valoración de las obras.

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ACTUACIÓN EN ZONA DE NO AFECCIÓN FERROVIARIA. Para estos casos, la documentación se presentará al Director del Contrato, que coordinará internamente las actuaciones necesarias para la autorización de las mismas. Para estas actuaciones el Adjudicatario deberá presentar un proyecto constructivo que será de cuenta y cargo del Adjudicatario, redactado por profesional competente y visado por el colegio profesional correspondiente, justificando el cumplimiento en dicho Proyecto de las condiciones de funcionalidad, seguridad y habitabilidad establecidas en la normativa técnica, urbanística y sectorial de la actividad, en un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato, para la autorización de ADIF. En ningún caso se podrán ejecutar las obras sin que exista un proyecto constructivo autorizado por ADIF. ADIF podrá aprobar o denegar dicha autorización de forma razonada, en un plazo de 1 mes desde la fecha de remisión de toda la información y documentación completa cuando se trata de actuaciones en zona de no afección ferroviaria, en proyectos de presupuesto inferior a 500.000€ y de 2 meses en el caso de proyectos > 500.000€. En caso de requerir ADIF la aportación de documentación adicional o la subsanación de deficiencias y así cumplir con los requisitos técnicos señalados, se recogerá también expresamente la suspensión del plazo para notificar la citada autorización hasta que se produzca la subsanación. En caso de que no se subsanen estas deficiencias, en el plazo máximo de 3 meses, ADIF hará acta de desacuerdo con las mismas y podrá resolver el contrato sin indemnización alguna para el Adjudicatario. Sin la autorización expresa de ADIF no se podrán ejecutar las obras. En caso de que el Adjudicatario ejecute obras sin autorización, estas podrán ser demolidas con cargo al Adjudicatario. Según la naturaleza de las inversiones a realizar, el proyecto de construcción deberá contener con la precisión necesaria, los documentos que permitan ejecutar las obras sin la intervención de su autor o de sus autores. El CONTENIDO MÍNIMO contenido mínimo será: a) Memoria descriptiva, expresando las necesidades a satisfacer, las características de las instalaciones existentes, la justificación de la solución proyectada (técnica, funcional y económica), la descripción de las actuaciones que contempla el proyecto, incluyendo accesos, materiales, situaciones provisionales y medidas de coordinación para no afectar a la explotación, métodos de cálculo y ensayos análisis de posibles afecciones medioambientales, cumplimiento de normativa, plazo, resumen de presupuesto y equipo redactor. b) Anejos a la memoria que sean necesarios (datos, cálculos, etc.). Como mínimo deberá contener los siguientes: Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición Estudio de Seguridad y Salud Anejo específico en el que se concluya si la solución proyectada afecta o no a la seguridad operacional ferroviaria, y en caso afirmativo, si, a tenor del análisis del proyecto, el diseño ha incorporado las medidas de seguridad necesarias para que todos los peligros identificados queden en un adecuado nivel de control, de acuerdo al REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 402/2013 DE LA COMISIÓN, de 30 xx xxxxx de 2013, relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo. c) Documentación gráfica (planos, esquemas, fotos, etc.) que, de acuerdo con la naturaleza del mismo, el autor considere necesarios para que la obra quede definida y puedan deducirse de ella las mediciones que sirvan de base al presupuesto de la obra. Este documento vendrá fechado y firmado por el autor del proyecto. d) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de éstas. e) Presupuestos, con mediciones detalladas, cuadros de precios unitarios, descompuestos, medición y presupuesto, resumen del presupuesto por capítulos, presupuesto de ejecución material, porcentaje de gastos generales y beneficio industrial y presupuesto de ejecución por contrata (sin IVA y con IVA). Para la elaboración del presupuesto se utilizarán bases de precios de referencia (ADIF, Precio Centro del COAATTCOAATG, o similar). f) Plan de ejecución de las obras. g) Cualesquiera otros documentos que, en atención al especial carácter de las obras, se consideren necesarios Por último, dependiendo del tipo de proyecto de construcción, el órgano competente para su aprobación podrá suprimir, motivadamente, alguno de los documentos o anexos expresados en el apartado anterior o, reducir su extensión o condiciones, siempre que se garantice la definición, ejecución y valoración de las obras.

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ACTUACIÓN EN ZONA DE NO AFECCIÓN FERROVIARIA. Para estos casos, la documentación se presentará al Director del Contrato, que coordinará internamente las actuaciones necesarias para la autorización de las mismas. Para estas actuaciones el Adjudicatario deberá presentar un proyecto constructivo que será de cuenta y cargo del Adjudicatario, redactado por profesional competente y visado por el colegio profesional correspondiente, justificando el cumplimiento en dicho Proyecto de las condiciones de funcionalidad, seguridad y habitabilidad establecidas en la normativa técnica, urbanística y sectorial de la actividad, en un plazo máximo de 3 meses desde la firma del contrato, para la autorización de ADIF. En ningún caso se podrán ejecutar las obras sin que exista un proyecto constructivo autorizado por ADIF. ADIF podrá aprobar o denegar dicha autorización de forma razonada, en un plazo de 1 mes desde la fecha de remisión de toda la información y documentación completa cuando se trata de actuaciones en zona de no afección ferroviaria, en proyectos de presupuesto inferior a 500.000€ y de 2 meses en el caso de proyectos > 500.000€. En caso de requerir ADIF la aportación de documentación adicional o la subsanación de deficiencias y así cumplir con los requisitos técnicos señalados, se recogerá también expresamente la suspensión del plazo para notificar la citada autorización hasta que se produzca la subsanación. En caso de que no se subsanen estas deficiencias, en el plazo máximo de 3 meses, ADIF hará acta de desacuerdo con las mismas y podrá resolver el contrato sin indemnización alguna para el Adjudicatario. Sin la autorización expresa de ADIF no se podrán ejecutar las obras. En caso de que el Adjudicatario ejecute obras sin autorización, estas podrán ser demolidas con cargo al Adjudicatario. Según la naturaleza de las inversiones a realizar, el proyecto de construcción deberá contener con la precisión necesaria, los documentos que permitan ejecutar las obras sin la intervención de su autor o de sus autores. El CONTENIDO MÍNIMO será: a) Memoria descriptiva, expresando las necesidades a satisfacer, las características de las instalaciones existentes, la justificación de la solución proyectada (técnica, funcional y económica), la descripción de las actuaciones que contempla el proyecto, incluyendo accesos, materiales, situaciones provisionales y medidas de coordinación para no afectar a la explotación, métodos de cálculo y ensayos análisis de posibles afecciones medioambientales, cumplimiento de normativa, plazo, resumen de presupuesto y equipo redactor. b) Anejos a la memoria que sean necesarios (datos, cálculos, etc.). Como mínimo deberá contener los siguientes: • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición • Estudio de Seguridad y Salud • Anejo específico en el que se concluya si la solución proyectada afecta o no a la seguridad operacional ferroviaria, y en caso afirmativo, si, a tenor del análisis del proyecto, el diseño ha incorporado las medidas de seguridad necesarias para que todos los peligros identificados queden en un adecuado nivel de control, de acuerdo al REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 402/2013 DE LA COMISIÓN, de 30 xx xxxxx de 2013, relativo a la adopción de un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo. c) Documentación gráfica (planos, esquemas, fotos, etc.) que, de acuerdo con la naturaleza del mismo, el autor considere necesarios para que la obra quede definida y puedan deducirse de ella las mediciones que sirvan de base al presupuesto de la obra. Este documento vendrá fechado y firmado por el autor del proyecto. d) Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el que se describan detalladamente las actuaciones a realizar y se fijen las características de los materiales y de las unidades de obra y la forma de ejecución, medición, abono y control de calidad de éstas. e) Presupuestos, con mediciones detalladas, cuadros de precios unitarios, descompuestos, medición y presupuesto, resumen del presupuesto por capítulos, presupuesto de ejecución material, porcentaje de gastos generales y beneficio industrial y presupuesto de ejecución por contrata (sin IVA y con IVA). Para la elaboración del presupuesto se utilizarán bases de precios de referencia (ADIF, Precio Centro del COAATTCOAATG, o similar). f) Plan de ejecución de las obras. g) Cualesquiera otros documentos que, en atención al especial carácter de las obras, se consideren necesarios Por último, dependiendo del tipo de proyecto de construcción, el órgano competente para su aprobación podrá suprimir, motivadamente, alguno de los documentos o anexos expresados en el apartado anterior o, reducir su extensión o condiciones, siempre que se garantice la definición, ejecución y valoración de las obras.

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