ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD. Las Partes acuerdan que el Consultor se compromete de manera expresa, tanto durante la vigencia del presente Contrato, como después de su extinción, a no difundir, transmitir, revelar a terceras personas cualquier información relacionada con las actividades ejecutadas en el marco del presente Contrato, ni la información a la que tenga acceso como consecuencia del desempeño de la prestación de sus servicios especializados, ni a utilizar tal información en interés propio o de sus familiares o amigos o terceros. La prohibición establecida en el párrafo anterior se extiende a la reproducción en cualquier soporte de la información de la AGENCIA, a la que tenga acceso, salvo que tal información sea estrictamente necesaria para el desarrollo del objeto del presente Contrato. Todas las notas, informes y cualesquiera otros documentos (incluyendo los almacenados en dispositivos informáticos), elaborados por el Consultor durante la vigencia del presente contrato son propiedad de la AGENCIA y solo podrán ser difundidos por esta última. La vulneración de este compromiso será considerada como causa justificada de extinción del presente Contrato, sin derecho a la percepción de indemnización alguna. En el supuesto de incumplimiento del compromiso asumido y con independencia de la extinción del contrato, la AGENCIA se reserva el derecho de reclamar el resarcimiento de los daños y perjuicios que le pudieran causar como consecuencia de la vulneración del deber de confidencialidad y secreto profesional pactado en la presente sección.
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