CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Cláusulas de Ejemplo

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. Cuando el oferente sea una persona natural, deberá presentar una certificación vigente de que no se encuentra reportado en el Boletín de responsables disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación. En el caso de personas jurídicas se deberá presentar este certificado para el representante legal. El certificado deberá estar expedido con una fecha no superior a noventa (90) días calendario, anteriores a la fecha de cierre de presentación de ofertas ó estar vigente según lo estipulado en el mismo certificado con relación a la fecha del boletín y la fecha de cierre de la Invitación. Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada integrante de los mismos que sea persona natural, deberá anexar este certificado, cumpliendo de manera independiente con los requisitos exigidos. En todo caso de no presentarse este documento, la entidad contratante dentro del plazo del cierre de la invitación y hasta antes de la aceptación de la oferta, deberá consultarlo para verificar que el oferente no se encuentre reportado en el boletín de la procuraduría con sanción disciplinaria que genere inhabilidad para contratar inhabilidad. En caso de que el oferente resulte reportado en el boletín de la Procuraduría General de la Nación, con inhabilidad para contratar, dará lugar a que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURIDICAMENTE. Cuando el oferente sea una persona natural, deberá presentar el pasado judicial o una certificación vigente expedida por la Policía Nacional, de que no se encuentra reportado como responsable penal por los delitos que generan inhabilidad para contratar. La vigencia del pasado judicial será aquella expedida dentro del año en que se ubique la fecha del cierre de la Invitación; y en caso de certificación, con una fecha no superior a noventa (90) días calendario, anteriores a esa misma fecha de cierre. En el caso de personas jurídicas, deberá presentarse el certificado del representante legal. Para el caso de consorcios o uniones temporales, cada integrante de los mismos que sea persona natural, deberá anexar este certificado, cumpliendo de manera independiente con los requisitos exigidos. La entidad contratante deberá consultarlo en la página xxx.xxxxxxx.xxx.xx y al aparecer el oferente con antecedentes penales, dará lugar a que la oferta sea evaluada como NO ADMISIBLE JURIDICAMENTE.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. La Agencia Logística de las Fuerzas Militares, de conformidad con lo previsto en la ley, verificará, los antecedentes disciplinarios del oferente en la página web de la Procuraduría General de la Nación de antecedentes disciplinarios.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. El representante legal del Proponente que firme la carta de presentación de la propuesta, deberá aportar la certificación de antecedentes disciplinarios a su nombre, expedida por la Procuraduría General de la Nación, con fecha de expedición no mayor a tres meses contados a partir del cierre de la presente Invitación.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. La Administración Municipal verificará el certificado de antecedentes disciplinarios a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx respecto del proponente y su representante legal. Con respecto a los socios de las personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, dicha consulta debe ser realizada por el Representante Legal en forma previa a la suscripción del certificado de inhabilidades, incompatibilidades y/o consultas, en la que se deja constancia escrita y expresa que ninguno de los socios se encuentra incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o registra antecedentes disciplinarios.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. La Administración Municipal verificara el certificado de antecedentes disciplinarios a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx respecto del proponente y el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, las cuales deberán suplir dicho requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios se encuentran incursos en las causales de inhabilidad o incompatibilidad. Debe disponerse del certificado de antecedentes disciplinarios con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de entrega de documentos habilitantes, consultando la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. El proponente debe adjuntar el Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación, en el que conste que el representante legal como la persona jurídica proponente o en el caso de persona natural proponente, no se encuentra sancionados disciplinariamente. Los Consorcios o Uniones Temporales, deben anexar los certificados de antecedentes disciplinarios de sus integrantes, en los términos exigidos en el párrafo inmediatamente anterior.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. Si el proponente es una Persona Natural que haya sido sancionada en proceso disciplinario con destitución, existirá una inhabilidad para contratar con el Estado, y no se tendrá en cuenta su propuesta. Debe disponerse del certificado de antecedentes disciplinarios con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contado a partir de la fecha de entrega de documentos habilitantes. Igual requisito deberá acreditar el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas consorcios o uniones temporales con excepción de las sociedades anónimas abiertas. Para obtener dicha constancia deberá consultar la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Si es una sociedad anónima se puede suplir dicho requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios están incursos en las inhabilidades contenidas en el artículo 18 de la ley 1150 de 2007 (véase formato 10).
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. Los proponentes y los integrantes de Estructuras Plurales deben aportar el certificado de antecedentes disciplinarios con una fecha de antelación no superior a tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre (en el caso de fondos o carteras colectivas, le corresponde a la sociedad administradora). Igual requisito debe acreditar el representante legal y todos los socios de las personas jurídicas de la Estructuras Plurales. Para obtener dicha constancia debe consultar la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx Si es una sociedad anónima se puede suplir dicho requisito con la manifestación escrita y expresa por parte del representante legal que ninguno de los socios están incursos en las inhabilidades contenidas en el artículo 18 de la ley 1150 de 2007.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. Se deberá anexar el certificado de antecedentes Disciplinario del representante legal del proponente y del Proponente (persona Jurídica) y/o de cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, según aplique.
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS. Antecedentes disciplinarios del oferente (Representante legal de la empresa y de cada uno de los consorciados).