ASESORAMIENTO JURÍDICO EN CASO DE ROBO EN LA VIVIENDA. EN CASO DE ROBO O TENTATIVA FRUSTRADA EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PRESTARÁ EL ASESORAMIENTO JURÍDICO SOBRE LOS TRÁMITES A SEGUIR POR EL ASEGURADO PARA LA DENUNCIA DE LOS HECHOS. SI DURANTE EL TRANSCURSO DE UN VIAJE, ESTANDO EL ASEGURADO FUERA DE SU DOMICILIO SE PRODUJERA UN SINIESTRO GRAVE QUE LO CONVIERTA EN INHABITABLE, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL ASEGURADO Y FAMILIARES EN PRIMER GRADO DE CONSANGUINIDAD QUE TAMBIÉN TUVIERAN ESTA CALIDAD, UN TIQUETE DE REGRESO A SU DOMICILIO (AUTOBÚS, TAXI; AVIÓN DE LÍNEA REGULAR CLASE ECONÓMICA U OTRO MEDIO APROPIADO SEGÚN LOS CRITERIOS DE LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. TAMBIÉN Y EN CASO DE QUE EL ASEGURADO PRECISARA REGRESAR AL PUNTO XX XXXXXXX DENTRO DEL TERRITORIO COLOMBIANO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PONDRÁ A SU DISPOSICIÓN UN TIQUETE DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA SE ENCARGARÁ DE TRANSMITIR Y CUBRIR LOS COSTOS DE LOS MENSAJES URGENTES QUE LE ENCARGUE EL ASEGURADO, DERIVADOS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN VIRTUD DE LOS PRESENTES SERVICIOS DE ASISTENCIA. EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR EL MISMO. EL COSTO DE LOS SERVICIOS ESTARÁ POR CUENTA DEL ASEGURADO. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ORGANIZARÁ Y TOMARÁ A SU CARGO LOS GASTOS SUPLEMENTARIOS DERIVADOS DEL REGRESO ANTICIPADO DEL BENEFICIARIO POR AVIÓN DE LÍNEA REGULAR EN CASO DE FALLECIMIENTO SÚBITO Y ACCIDENTAL DE UN FAMILIAR EN PRIMER GRADO O SU CÓNYUGE EN LA CIUDAD DE RESIDENCIA, Y SIEMPRE QUE NO PUEDA UTILIZAR SU TIQUETE INICIAL DE REGRESO. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN DAÑO MATERIAL CON OCASIÓN DE UN INCENDIO, RAYO, EXPLOSIÓN, CAÍDA DE AERONAVES O PARTES QUE SE DESPRENDAN DE ELLAS, O IMPACTO DE VEHÍCULOS QUE NO SEAN DE PROPIEDAD DE LAS PERSONAS QUE HABITEN EN LA VIVIENDA DEL ASEGURADO, LAS PLANTAS DE LOS JARDINES DE LA VIVIENDA SE VEAN AFECTADAS, SE ENVIARÁ UN ESPECIALISTA PARA ADELANTAR LOS TRABAJOS DE JARDINERÍA Y REHABILITAR LA ZONA AFECTADA. LA COBERTURA PARA ESTE SERVICIO ALCANZA UN MONTO DE 27 SMLD POR EVENTO. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO, ACCIDENTAL E IMPREVISTO ORIGINADO EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ A TÉCNICOS EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES: SECADO DE ALFOMBRAS CARPINTERO PINTOR ARQUITECTO DECORADOR EBANISTA TÉCNICOS PARA TV SATELITAL O CABLE TÉCNICOS MANTENIMIENTOS VARIOS (LAVADORA, NEVERA, HORNO) TÉCNICOS EN ELECTRÓNICA. EL COSTO DE LOS SERVICIOS SERÁ POR CUENTA DEL ASEGURADO. SI A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE EN EL HOGAR, LOS PADRES SE VEN IMPOSIBILITADOS PARA CUIDAR A SUS HIJOS MENORES POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ UNA NIÑERA PARA EL CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES. ESTA GARANTÍA SE PRESTARÁ EN CASO DE QUE EN LA VIVIENDA DEL ASEGURADO NO HAYA NINGÚN FAMILIAR QUE PUEDA HACERSE CARGO DEL CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES. A SOLICITUD DEL ASEGURADO, SE LE INFORMARÁN LOS PRINCIPALES TELÉFONOS DE EMERGENCIA. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ENVIARÁ UN VIGILANTE CON EL FIN DE CUIDAR LOS VEHÍCULOS DE LOS INVITADOS AL HOGAR, QUE TENGAN QUE PARQUEAR EN FRENTE DEL PERÍMETRO DE LA VIVIENDA. ESTE ESTARÁ LIMITADO A 2 EVENTOS AL AÑO POR PÓLIZA, CON UN CUBRIMIENTO DE 7 SMLDV Y UN DEDUCIBLE DE 3 SMLDV QUE SERÁ CANCELADO POR EL ASEGURADO.
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Samples: www.itau.co, www.sbseguros.co, www.sbseguros.co
ASESORAMIENTO JURÍDICO EN CASO DE ROBO EN LA VIVIENDA. EN CASO DE ROBO O TENTATIVA FRUSTRADA EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA COMPAÑÍAS DE ASISTENCIA PRESTARÁ EL ASESORAMIENTO JURÍDICO SOBRE LOS TRÁMITES A SEGUIR POR EL ASEGURADO PARA LA DENUNCIA DE LOS HECHOS. SI DURANTE EL TRANSCURSO DE UN VIAJE, ESTANDO EL ASEGURADO FUERA DE SU DOMICILIO SE PRODUJERA UN SINIESTRO GRAVE QUE LO CONVIERTA EN INHABITABLE, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PONDRÁ A SU DISPOSICIÓN DEL ASEGURADO Y FAMILIARES EN PRIMER GRADO DE CONSANGUINIDAD ACOMPAÑANTES QUE TAMBIÉN TUVIERAN ESTA CALIDAD, UN TIQUETE DE REGRESO A SU DOMICILIO (AUTOBÚS, TAXI; AVIÓN DE LÍNEA REGULAR CLASE ECONÓMICA U OTRO MEDIO APROPIADO SEGÚN LOS CRITERIOS DE LA DELA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. TAMBIÉN Y EN CASO DE QUE EL ASEGURADO PRECISARA REGRESAR AL PUNTO XX XXXXXXX DENTRO DEL TERRITORIO COLOMBIANO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PONDRÁ A SU DISPOSICIÓN UN TIQUETE DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA SE ENCARGARÁ DE TRANSMITIR Y CUBRIR LOS COSTOS DE LOS MENSAJES URGENTES QUE LE ENCARGUE EL ASEGURADO, DERIVADOS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN VIRTUD DE LOS PRESENTES SERVICIOS DE ASISTENCIA. EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA COMPAÑÍAS DE ASISTENCIA REFERIRÁ LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR EL MISMO. EL COSTO DE LOS SERVICIOS ESTARÁ POR CUENTA DEL ASEGURADO. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ORGANIZARÁ Y TOMARÁ A SU CARGO LOS GASTOS SUPLEMENTARIOS DERIVADOS DEL REGRESO ANTICIPADO DEL BENEFICIARIO POR AVIÓN DE LÍNEA REGULAR EN CASO DE FALLECIMIENTO SÚBITO Y ACCIDENTAL DE UN FAMILIAR EN PRIMER GRADO O SU CÓNYUGE EN LA CIUDAD DE RESIDENCIA, Y SIEMPRE QUE NO PUEDA UTILIZAR SU TIQUETE INICIAL DE REGRESO. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN DAÑO MATERIAL CON OCASIÓN DE UN INCENDIO, RAYO, EXPLOSIÓN, CAÍDA DE AERONAVES O PARTES QUE SE DESPRENDAN DE ELLAS, O IMPACTO DE VEHÍCULOS QUE NO SEAN DE PROPIEDAD DE LAS PERSONAS QUE HABITEN EN LA VIVIENDA DEL ASEGURADO, LAS PLANTAS DE LOS JARDINES DE LA VIVIENDA SE VEAN AFECTADAS, SE ENVIARÁ UN ESPECIALISTA PARA ADELANTAR LOS TRABAJOS DE JARDINERÍA Y REHABILITAR LA ZONA AFECTADA. LA COBERTURA PARA ESTE SERVICIO ALCANZA UN MONTO DE 27 SMLD POR EVENTO. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO, ACCIDENTAL E IMPREVISTO ORIGINADO EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ A TÉCNICOS EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES: SECADO DE ALFOMBRAS CARPINTERO PINTOR ARQUITECTO DECORADOR EBANISTA TÉCNICOS PARA TV SATELITAL O CABLE TÉCNICOS MANTENIMIENTOS VARIOS (LAVADORA, NEVERA, HORNO) TÉCNICOS EN ELECTRÓNICA. EL COSTO DE LOS SERVICIOS SERÁ POR CUENTA DEL ASEGURADO. SI A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE EN EL HOGAR, LOS PADRES SE VEN IMPOSIBILITADOS PARA CUIDAR A SUS HIJOS MENORES POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ UNA NIÑERA PARA EL CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES. ESTA GARANTÍA SE PRESTARÁ EN CASO DE QUE EN LA VIVIENDA DEL ASEGURADO NO HAYA NINGÚN FAMILIAR QUE PUEDA HACERSE CARGO DEL CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES. A SOLICITUD DEL ASEGURADO, SE LE INFORMARÁN LOS PRINCIPALES TELÉFONOS DE EMERGENCIA. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ENVIARÁ UN VIGILANTE CON EL FIN DE CUIDAR LOS VEHÍCULOS DE LOS INVITADOS AL HOGAR, QUE TENGAN QUE PARQUEAR EN FRENTE DEL PERÍMETRO DE LA VIVIENDA. ESTE ESTARÁ LIMITADO A 2 EVENTOS AL AÑO POR PÓLIZA, CON UN CUBRIMIENTO DE 7 SMLDV Y UN DEDUCIBLE DE 3 SMLDV QUE SERÁ CANCELADO POR EL ASEGURADO.
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ASESORAMIENTO JURÍDICO EN CASO DE ROBO EN LA VIVIENDA. EN CASO DE ROBO O TENTATIVA FRUSTRADA EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PRESTARÁ EL ASESORAMIENTO JURÍDICO SOBRE LOS TRÁMITES A SEGUIR POR EL ASEGURADO PARA LA DENUNCIA DE LOS HECHOS. SI DURANTE EL TRANSCURSO DE UN VIAJE, ESTANDO EL ASEGURADO FUERA DE SU DOMICILIO SE PRODUJERA UN SINIESTRO GRAVE QUE LO CONVIERTA EN INHABITABLE, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PONDRÁ A SU DISPOSICIÓN DEL ASEGURADO Y FAMILIARES EN PRIMER GRADO DE CONSANGUINIDAD ACOMPAÑANTES QUE TAMBIÉN TUVIERAN ESTA CALIDAD, UN TIQUETE DE REGRESO A SU DOMICILIO (AUTOBÚS, TAXI; AVIÓN DE LÍNEA REGULAR CLASE ECONÓMICA U OTRO MEDIO APROPIADO SEGÚN LOS CRITERIOS DE LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. TAMBIÉN Y EN CASO DE QUE EL ASEGURADO PRECISARA REGRESAR AL PUNTO XX XXXXXXX DENTRO DEL TERRITORIO COLOMBIANO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA PONDRÁ A SU DISPOSICIÓN UN TIQUETE DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA SE ENCARGARÁ DE TRANSMITIR Y CUBRIR LOS COSTOS DE LOS MENSAJES URGENTES QUE LE ENCARGUE EL ASEGURADO, DERIVADOS DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN VIRTUD DE LOS PRESENTES SERVICIOS DE ASISTENCIA. EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ LOS SERVICIOS REQUERIDOS POR EL MISMO. EL COSTO DE LOS SERVICIOS ESTARÁ POR CUENTA DEL ASEGURADO. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ORGANIZARÁ Y TOMARÁ A SU CARGO LOS GASTOS SUPLEMENTARIOS DERIVADOS DEL REGRESO ANTICIPADO DEL BENEFICIARIO POR AVIÓN DE LÍNEA REGULAR EN CASO DE FALLECIMIENTO SÚBITO Y ACCIDENTAL DE UN FAMILIAR EN PRIMER GRADO O SU CÓNYUGE EN LA CIUDAD DE RESIDENCIA, Y SIEMPRE QUE NO PUEDA UTILIZAR SU TIQUETE INICIAL DE REGRESO. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN DAÑO MATERIAL CON OCASIÓN DE UN INCENDIO, RAYO, EXPLOSIÓN, CAÍDA DE AERONAVES O PARTES QUE SE DESPRENDAN DE ELLAS, O IMPACTO DE VEHÍCULOS QUE NO SEAN DE PROPIEDAD DE LAS PERSONAS QUE HABITEN EN LA VIVIENDA DEL ASEGURADO, LAS PLANTAS DE LOS JARDINES DE LA VIVIENDA SE VEAN AFECTADAS, SE ENVIARÁ UN ESPECIALISTA PARA ADELANTAR LOS TRABAJOS DE JARDINERÍA Y REHABILITAR LA ZONA AFECTADA. LA COBERTURA PARA ESTE SERVICIO ALCANZA UN MONTO DE 27 SMLD POR EVENTO. CUANDO A CONSECUENCIA DE UN HECHO SÚBITO, ACCIDENTAL SÚBITO E IMPREVISTO ORIGINADO EN EL DOMICILIO DEL ASEGURADO, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ A TÉCNICOS EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES: SECADO DE ALFOMBRAS CARPINTERO PINTOR ARQUITECTO DECORADOR EBANISTA TÉCNICOS PARA TV SATELITAL O CABLE TÉCNICOS MANTENIMIENTOS VARIOS (LAVADORA, NEVERA, HORNO) TÉCNICOS EN ELECTRÓNICA. EL COSTO DE LOS SERVICIOS SERÁ POR CUENTA DEL ASEGURADO. SI A CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE EN EL HOGAR, LOS PADRES SE VEN IMPOSIBILITADOS PARA CUIDAR A SUS HIJOS MENORES POR PRESCRIPCIÓN MÉDICA, LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA REFERIRÁ UNA NIÑERA PARA EL CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES. ESTA GARANTÍA SE PRESTARÁ EN CASO DE QUE EN LA VIVIENDA DEL ASEGURADO NO HAYA NINGÚN FAMILIAR QUE PUEDA HACERSE CARGO DEL CUIDADO DE LOS HIJOS MENORES. A SOLICITUD DEL ASEGURADO, SE LE INFORMARÁN LOS PRINCIPALES TELÉFONOS DE EMERGENCIA. LA COMPAÑÍA DE ASISTENCIA ENVIARÁ UN VIGILANTE CON EL FIN DE CUIDAR LOS VEHÍCULOS DE LOS INVITADOS AL HOGAR, QUE TENGAN QUE PARQUEAR EN FRENTE DEL PERÍMETRO DE LA VIVIENDA. ESTE ESTARÁ LIMITADO A 2 EVENTOS AL AÑO POR PÓLIZA, CON UN CUBRIMIENTO DE 7 SMLDV Y UN DEDUCIBLE DE 3 SMLDV QUE SERÁ CANCELADO POR EL ASEGURADO.
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