ASISTENCIA AL HOGAR. QUEDAN EXCLUIDOS XXX XXXXXX DE ASISTENCIA AL HOGAR:
ASISTENCIA AL HOGAR. Ámbito de cobertura Esta garantía es complemento de su póliza LAGUN ARO HOGAR, siendo de aplicación todas las disposiciones contenidas en las Condiciones Generales y Particulares de dicha Póliza, siempre y cuando no se opongan a lo establecido en la presente garantía. La garantía incluye los siguientes servicios:
ASISTENCIA AL HOGAR. TERRITORIALIDAD: Los servicios que a continuación se mencionan se prestarán única y exclusivamente en el territorio nacional de Costa Rica, conforme con las limitaciones territoriales que en éste documento se establecen y siempre y cuando exista la infraestructura pública o privada para la prestación del servicio.
ASISTENCIA AL HOGAR. Ámbito de cobertura
ASISTENCIA AL HOGAR. 1. Radio de cobertura: Los servicios de Asistencia al Hogar serán prestados por Universal Assistance S.A. a nivel Nacional. 2. Detalle de Prestaciones: Las prestaciones de servicios se presentan en dos módulos, a saber: A. Servicios de Urgencia Domiciliaria. B. Información de Referencia de Prestadores. A.
ASISTENCIA AL HOGAR. 1. Radio de cobertura: Los servicios de Asistencia al Hogar serán prestados por Universal Assistance dentro del territorio de la República Argentina. 2. Solicitud de Asistencia: Cuando se produzca un hecho que amerite alguna de las prestaciones detalladas en estas Condiciones Generales, se deberá solicitar telefónicamente el servicio que necesite a la Central Operativa Buenos Aires informando: - Titular de la póliza - N° de póliza - Teléfono - Tipo de problema
ASISTENCIA AL HOGAR. 5.1.PLOMERÍA:
ASISTENCIA AL HOGAR. 7.3.2 SERVICIO DE PLOMERÍA EN CASO DE DAÑOS SÚBITOS E IMPREVISTOS. NO APLICA NO APLICA HASTA 25 SMLDV. 7.3.3
ASISTENCIA AL HOGAR. Condiciones que rigen la asistencia domiciliaria para los USUARIOS de SEGURVIAJE NUMERAL 1.- Por esta modalidad, dentro de los límites establecidos y con arreglo de las Condiciones Generales aplicables a todas las modalidades de este contrato, URUGUAY ASISTENCIA cubre las prestaciones que se detallan en los artículos siguientes: NUMERAL 2.- Por vivienda del Beneficiario para efectos de este adicional se entiende el domicilio donde el USUARIO de SEGURVIAJE tiene su residencia habitual y permanente en la Republica Oriental del Uruguay. URGENCIAS NUMERAL 3.- El Beneficiario dispondrá de hasta tres eventos de emergencias por año calendario, pudiendo utilizarlos en cualquiera de los rubros descriptos en los numerales 3.1 al 3.10.
ASISTENCIA AL HOGAR. Limitado a $ 8 00 por evento y 3 evento s anuales por cada especialidad