Common use of ATENUANTES Clause in Contracts

ATENUANTES. Se considerarán atenuantes de las faltas, situaciones o acciones que vienen a disminuir la gravedad de la falta cometida, tales como: • Edad, etapa de desarrollo y madurez del estudiante que cometió la falta. • Reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta. • Compromiso de cambio de conducta. • Manifestar un aprendizaje de la falta cometida. • Manifestar arrepentimiento por la falta cometida. • Antecedentes positivos previos a la falta. • Ausencia de medidas disciplinarias previas. • La falta de intencionalidad en el hecho. • Disculparse. • Colaborar espontáneamente con acciones que compensen el daño causado, las que en ningún caso podrán afectar la integridad física o psicológica del estudiante ni ser contrarias a su dignidad y contar con la aceptación del apoderado/a. • Voluntad del responsable de participar en procesos de mediación, si se dan las condiciones para que ésta sea posible, y de cumplir los acuerdos que se adopten durante los mismos. • Haber realizado, por propia iniciativa, acciones reparatorias a favor del afectado(a). • Actuar en respuesta a una provocación por parte de otros. • Actuar en legítima defensa de su persona, bienes o derechos. • Actuar bajo coerción, inducción o manipulación por parte de otra persona.

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ATENUANTES. Se considerarán atenuantes de las faltas, situaciones o acciones que vienen a disminuir la gravedad de la falta cometida, tales como: • Edad, etapa de desarrollo y madurez del del/la estudiante que cometió la falta. • Reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta. • Compromiso de cambio de conducta. • Manifestar un aprendizaje de la falta cometida. • Manifestar arrepentimiento por la falta cometida. • Antecedentes positivos previos a la falta. • Ausencia de medidas disciplinarias previas. • La falta de intencionalidad en el hecho. • Disculparse. • Colaborar espontáneamente con acciones que compensen el daño causado, las que en ningún caso podrán afectar la integridad física o psicológica del del/la estudiante ni ser contrarias a su dignidad y contar con la aceptación del del/la apoderado/a. • Voluntad del responsable de participar en procesos de mediación, si se dan las condiciones para que ésta sea posible, posible y de cumplir los acuerdos que se adopten durante los mismos. • Haber realizado, por propia iniciativa, acciones reparatorias a favor del afectado(a). del/la afectado/a. • Actuar en respuesta a una provocación por parte de otros/as. • Actuar en legítima defensa de su persona, bienes o derechos. • Actuar bajo coerción, inducción o manipulación por parte de otra persona.

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