Finiquitos Cláusulas de Ejemplo

Finiquitos. 1. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabajador, para que surta plenos efectos liberatorios, deberá ser conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX de este Convenio y con los requisitos y formalidades establecidos en los números siguientes. La Confederación Nacional de la Construcción lo editará y proveerá de ejemplares a todas las organizaciones patronales provinciales.
Finiquitos. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabajador deberá ser conforme al modelo que figura en el Anexo IV de este Convenio. Toda comunicación de cese o preaviso deberá ser acompañada de una propuesta de finiquito en el modelo citado. El recibo de Finiquito, que será expedido por la asociación de Empresarios de Calzados de Badajoz (AECABA), tendrá validez únicamente dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha que fue expedido. En la liquidación de Finiquito debería especificarse desglosado el total de los conceptos al tra- bajador. Una vez firmados por el trabajador el recibo de Finiquito surtirá los efectos liberatorios que le son propios. En el supuesto de extinción del Contrato por voluntad del trabajador, el recibo de Finiquito surtirá los efectos liberatorios que le son propios. En el supuesto de extinción del Contrato por voluntad del trabajador, no serán de aplicación el xxxxxxx 0.x y 3.º de este artículo. El empresario con ocasión de la extinción del Contrato al comunicar a los trabajadores la de- nuncia o, en su caso, el preaviso de extinción del mismo, deberán acompañar la propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esa posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante le- gal en el momento de la firma, él y trabajador podrán hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos.
Finiquitos. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabaja- dor, para que surta plenas efectos liberatorios, deberá ser conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX de este Convenio y con los requisitos y formalidades establecidos en los números siguientes. La Confederación Nacional de la Construcción lo editará y proveerá de ejemplares a todas las organizaciones patronales provinciales. Toda comunicación de cese o de preaviso de cese deberá ir acompa- ñada de una propuesta de finiquito según modelo que consta en el Anexo IV del Convenio. El recibo de finiquito, que será expedido por la Federación Valen- ciana de Empresarios de la Construcción, numerado, sellado y fe- chado, tendrá validez únicamente dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que fue expedido. Una vez firmado por el trabajador, el recibo de finiquito surtirá los efectos liberatorios que le son propios. En los supuestos de extinción de contrato por voluntad del trabajador no serán de aplicación los párrafos segundo y tercero de este artículo. El trabajador, podrá estar asistido por un miembro de la representa- ción legal de los trabajadores, o, en su defecto, por un representante sindical de los sindicatos firmantes del presente Convenio, en el acto de la firma del recibo de finiquito.
Finiquitos. 1. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabajador, para que surta plenos efectos liberatorios, deberá ser conforme al modelo que figura como Xxxxx XX de este Convenio.
Finiquitos. Al vencimiento de la relación laboral, la empresa presentará a quien finalice la misma, para su firma el correspondiente finiquito. El o la trabajadora podrá optar entre:
Finiquitos. 1. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabajador o trabajadora, para que surta plenos efectos xxxxxxxx- xxxx, deberá ser conforme al modelo que figura como Anexo XIV de este Convenio y con los requisitos y formalidades estableci- dos en los números siguientes.
Finiquitos. Los recibos de finiquito que pudieran firmar los trabajadores solo serán válidos si pasados quince días naturales estos no han demostrado su disconformidad. En caso contrario, solo tendrán valor liberatorio en lo que respecta a las cantidades que, según los indicados recibos consten como realmente percibidas. Esto en lo referente a partes proporcionales y salarios adeudados.
Finiquitos. Aprobada la liquidación como lo establece el artículo 57 de la Ley, se otorgará el finiquito reciproco entre las partes, que los libera de sus obligaciones contractuales, salvo lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley.
Finiquitos. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabajador, para que surta plenos efectos liberatorios, deberá ser conforme al modelo que figura como Xxxxx XXX de este convenio y con los requisitos y formalidades establecidos en los párrafos siguientes. La Confederación Nacional de la Construcción lo editará y proveerá de ejemplares a todas las organizaciones patronales provinciales. Toda comunicación de cese o de preaviso de cese, deberá ir acompañada de una propuesta de finiquito en el modelo citado. Cuando se utilice como propuesta, no será preciso cumplimentar la parte que figura después de la fecha y lugar. El recibo de finiquito, que será expedido por la Federación Provincial de la Construcción (F.A.E.C.) tendrá validez únicamente dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que fue expedido. La organización patronal (F.A.E.C .) vendrá obligada a llevar un registro que contenga los datos anteriores expresados. Una vez firmado por el trabajador, este recibo de finiquito surtirá los efectos liberatorios que le son propios. En los supuestos de extinción de contrato por voluntad del trabajador, no serán de aplicación los párrafos 2 y 3 de este artículo. El trabajador podrá estar asistido por un representante de los trabajadores o, en su defecto por un representante sindical de los sindicatos firmantes del presente Convenio, en el acto de la firma del recibo de finiquito.
Finiquitos. El recibo de finiquito de la relación laboral entre empresa y trabajador, para que surta plenos efectos liberatorios, deberá ser conforme al modelo que figura como Anexo I del presente Xxxxxxxx, editado por la C.N.C. Toda comunicación de cese o de preaviso de cese deberá ir acompañada de una propuesta de finiquito en el modelo citado. Únicamente será válido el recibo de finiquito expedido por la Federación de Empre- sarios de Construcción de la provincia xx Xxxxxx y tendrá vigencia dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que fue expedido, debiendo llevar obligatoriamente el sello y la firma de dicha Federación. En los supuestos de extinción de contrato por voluntad del trabajador, no serán de aplicación los párrafos segundo y tercero de este artículo. El trabajador podrá estar asistido por un representante de los trabajadores o, en su defecto, por un representante sindical de los sindicatos firmantes del presente Convenio en el acto de firma del recibo de finiquito.