AVERÍA SISTEMÁTICA. Si un mismo defecto o avería afectara al 10% de las piezas, materiales o componentes suministrados, o bien se produjeran averías repetitivas en los equipos, entendiéndose por tales tres veces el mismo tipo o similar, tanto por equipo como en conjunto, se declarará la AVERÍA SISTEMÁTICA, estando obligado el Contratista a realizar, en la totalidad de materiales, componentes o equipos, las modificaciones constructivas o de funcionamiento necesarias, así como la sustitución o reparación, a su cargo, de todas las piezas, incluyendo el coste del desmontaje que fuera preciso y cualquier otro hasta el perfecto funcionamiento de los equipos. Sin perjuicio de lo anterior, ante tal declaración, Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A., se reserva el derecho, según su criterio, de proceder a la resolución del contrato por incumplimiento, en los términos y con las consecuencias reguladas en el mismo. La declaración de Avería Sistemática, suspenderá el cómputo de garantía en el elemento, material o componente afectado por tal declaración, así como en el propio equipo en su conjunto si éste no pudiera funcionar a pleno rendimiento. Tras su modificación, sustitución o reparación, si así lo estimara Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A. acorde con los párrafos anteriores, comenzará un nuevo plazo de garantía igual al correspondiente por equipo como primer suministro. Si, durante la normal explotación de los equipos, Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A. demostrara que una determinada pieza o un elemento de los mismos, por su mal funcionamiento, tanto en el período de garantía como transcurrido éste, comprometiera, a lo largo de la vida útil de los equipos, la fiabilidad, disponibilidad o coste de mantenimiento de los mismos, Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A. podrá exigir del Contratista la sustitución de tales piezas o elementos, así como la de aquellos que pudieran resultar afectados, asumiendo éste todos los costes conforme a lo previamente señalado como supuesto de Avería Sistemática. La corrección de las Averías Sistemáticas, deberá realizarse por el CONTRATISTA en un plazo no superior a dos (2) meses desde su declaración formal por Valladolid Alta Velocidad 2003, S.A.; pasado dicho plazo, se practicará por la citada una penalización a razón de un 1% del suministro contratado por semana o fracción de retraso, sin perjuicio de la posibilidad de resolver por incumplimiento con las consecuencias previstas.
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