CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. El Oferente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP: INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO ÍNDICE DE LIQUIDEZ Mayor o igual a 1,2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual a 70 % RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Mayor o igual a 0,80 CAPITAL DE TRABAJO* Mayor o Igual a: - Si se presenta a los cuatro (4) módulo: 24.000 SMMLV. - Si se presenta a tres (3) módulo: 20.000 SMMLV - Si se presenta a dos (2) módulos: 16.000 SMMLV - Si se presente a un (1) módulo: 12.000 SMMLV *Teniendo en cuenta las condiciones contractuales, la entidad considera importante establecer un indicador adicional, el cual será el Capital de Trabajo, el cual Refleja la capacidad financiera que tiene el proponente para responder en el corto plazo por las obligaciones contraídas, mostrando su independencia financiera frente a los recursos financieros entregados por el proceso de contratación. El capital de trabajo se podrá acreditar a través de los estados financieros o complementar o acreditar mediante certificación de cupo de crédito en firme expedida por entidad bancaria autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Si el Oferente es plural deberá acreditar su capacidad financiera, con el cumplimiento de los indicadores por cada uno de sus integrantes. Solo para el caso del indicador de capital de trabajo, su acreditación se hará mediante la modalidad denominada “Ponderación de los componentes de los indicadores” en la cual cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total del componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural. Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador “cobertura de intereses”, caso en el cual, el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE el indicador de cobertura de intereses Si el proponente no iguala o supera el nivel de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses y capital de trabajo mínimo establecido en el presente Pliego de Condiciones la oferta será INHABILITADA.
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Samples: Construction Contract
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. El Oferente debe cumplir con Los Proponentes deberán acreditar los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUPindicadores: INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO ÍNDICE DE LIQUIDEZ Xxxxxx xx Xxxxxxxx* Mayor o igual a 1,2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO 20 Índice de Endeudamiento Menor o igual a 70 10 % RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Razón de Cobertura de Intereses Mayor o igual a 0,80 CAPITAL DE TRABAJO* Mayor 8 Rentabilidad del Patrimonio Menor o Igual aigual a 15% Rentabilidad del Activo Menor o igual a 17 % Si el Proponente es Plural cada indicador debe calcularse así: - Si se presenta a los cuatro (4∑n Componente 1 del indicadori) módulo: 24.000 SMMLV. - Si se presenta a tres Indicador = i=1 (3∑ n i=1 Componente 2 del indicadori) módulo: 20.000 SMMLV - Si se presenta a dos Donde 𝑛 es el número de integrantes del Proponente Plural (2) módulos: 16.000 SMMLV - Si se presente a un (1) módulo: 12.000 SMMLV *Teniendo en cuenta las condiciones contractuales, la entidad considera importante establecer un indicador adicional, el cual será el Capital de Trabajo, el cual Refleja la capacidad financiera que tiene el proponente para responder en el corto plazo por las obligaciones contraídas, mostrando su independencia financiera frente a los recursos financieros entregados por el proceso de contrataciónunión temporal o consorcio). El capital Proponente que no tiene pasivos corrientes está habilitado respecto del índice de trabajo se podrá acreditar a través de los estados financieros o complementar o acreditar mediante certificación de cupo de crédito en firme expedida por entidad bancaria autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombialiquidez. Si el Oferente es plural deberá acreditar su capacidad financiera, con el cumplimiento de los indicadores por cada uno de sus integrantes. Solo para el caso del indicador de capital de trabajo, su acreditación se hará mediante la modalidad denominada “Ponderación de los componentes de los indicadores” en la cual cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total del componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural. Los proponentes cuyos xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx.xx El Proponente que no tiene gastos de intereses sean está habilitado respecto de la razón de cobertura de intereses, siempre y cuando la utilidad operacional sea igual o mayor a cero (0). Los Proponentes deberán acreditar los siguientes indicadores en los términos señalados en la Matriz 2 Rentabilidad sobre Patrimonio (Roe) Utilidad Operacional Patrimonio Rentabilidad del Activo (Xxx) Unidad Operacional Activo Total Si el Proponente es Plural cada indicador debe calcularse así: (∑n Componente 1 del indicadori) 𝐈𝐧𝐝𝐢𝐜𝐚𝐝𝐨𝐫 = i=1 (∑ n i=1 Componente 2 del indicadori) Donde 𝑛 es el número de integrantes del Proponente Plural (unión temporal o consorcio).
A. PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
B. PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
A. El estado de situación financiera (balance general) y estado de resultado integral (estado de resultados), no podrán calcular acompañados por el indicador “cobertura informe de intereses”, caso auditoría (si aplica de acuerdo con la legislación de origen) con traducción simple al castellano de acuerdo con las normas NIIF.
B. Copia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal y certificado de antecedentes disciplinarios vigente expedido por la Junta Central de Contadores de quien realiza la conversión. La fecha xx xxxxx de los documentos señalados en el cualLiteral A será a 31 de diciembre de 2019, acompañado del Informe de Auditoría salvo que se acredite en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha xx xxxxx diferente a la prevista en este Pliego. Si alguno de estos requerimientos no aplica en el país del domicilio del Proponente extranjero, el proponente CUMPLE Representante Legal o el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso apoderado en Colombia deberán hacerlo constar bajo la gravedad de juramento en el cual NO CUMPLE el indicador Formato. El Proponente podrá acreditar este requisito con un documento que así lo certifique emitido por una firma de cobertura auditoría externa. xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx-xxxxxx.xxx.xx Si los valores de intereses Si el proponente no iguala o supera el nivel de liquidezlos Estados Financieros están expresados originalmente en una moneda diferente a US$, endeudamiento, razón de cobertura de intereses y capital de trabajo mínimo establecido estos deberán convertirse a pesos en el presente Pliego de Condiciones los términos definidos en la oferta será INHABILITADAsección 1.7.
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Samples: Contratación De Servicios
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. El Oferente debe cumplir con los siguientes La capacidad financiera será objeto de verificación de cumplimiento como requisito habilitante para la participación en el proceso de selección y no otorgará puntaje. Los indicadores financieros se definieron con base en la información contenida los establecidos en los artículos 2.2.1.1.1.5.1 al 2.2.1.1.1.5.7 del Decreto 1082 de 2015. La capacidad financiera de los proponentes será determinada con base en los indicadores financieros requeridos por el SENA, calculados según los datos financieros del año inmediatamente anterior en el Registro Único de Proponentes, es decir, estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2018 registrados en el RUP. Nota: INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO ÍNDICE DE LIQUIDEZ Mayor En caso de consorcios o igual uniones temporales, se deberá anexar a 1,2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor la propuesta el Registro Único de Proponentes de cada uno de los miembros del consorcio o igual de la unión temporal. Nota: En caso de empresas cuya fecha de constitución sea posterior al 31 de diciembre de 2018, los estados financieros se verificarán así: “Si el interesado no tiene antigüedad suficiente para tener estados financieros auditados a 70 % RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Mayor 31 de diciembre, debe inscribirse con estados financieros xx xxxxx trimestral, suscritos por el representante legal y el auditor o igual a 0,80 CAPITAL DE TRABAJO* Mayor contador o Igual a: - Si estados financieros de apertura.” De acuerdo al Decreto 1082 de 2015 reportados en el Certificado de Clasificación de la Cámara de Comercio RUP. Para definir el nivel adecuado y proporcional los indicadores financieros se presenta a los cuatro (4) módulo: 24.000 SMMLV. - Si se presenta a tres (3) módulo: 20.000 SMMLV - Si se presenta a dos (2) módulos: 16.000 SMMLV - Si se presente a un (1) módulo: 12.000 SMMLV *Teniendo tuvo en cuenta las los siguientes criterios: • Condiciones financieras de empresas del sector • Presupuesto del proceso Las condiciones contractualesfinancieras y el comportamiento financiero del sector se evaluaron a través de la muestra de empresas del sector, tomadas del Portal de Información Empresarial - PIE, publicado por la entidad considera importante establecer un indicador adicionalSuperintendencia de Sociedades, el cual será el Capital con corte al 31 de Trabajo, el cual diciembre de 2017. Refleja la capacidad financiera que tiene el proponente de convertir sus activos en dinero para responder en el atender sus obligaciones de corto plazo por las obligaciones contraídas, mostrando su independencia financiera frente a los recursos financieros entregados por el proceso de contrataciónplazo. El capital nivel de trabajo se podrá acreditar liquidez debe ser Igual o mayor a través de los estados financieros o complementar o acreditar mediante certificación de cupo de crédito en firme expedida por entidad bancaria autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia1.10 (uno punto diez). Si el Oferente es plural deberá acreditar su capacidad financiera, con el cumplimiento de los indicadores por cada uno de sus integrantes. Solo para Para el caso del indicador de capital Consorcios, uniones temporales o sociedades futuras la formula será la siguiente: (( ∗ % ó) + ( ∗ % ó) + ⋯ ) (( ∗ % ó) + ( ∗ % ó) + ⋯ ) • AC: Activo corriente de trabajo, su acreditación se hará mediante la modalidad denominada “Ponderación cada integrante • PC: Pasivo corriente de los componentes de los indicadores” en la cual cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total del componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural. Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador “cobertura de intereses”, caso en el cual, el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE el indicador de cobertura de intereses integrante Si el proponente no iguala o supera el nivel de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses y capital de trabajo liquidez mínimo establecido en el presente Pliego de Condiciones la oferta será INHABILITADA.
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Samples: Consultancy Agreement
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL. El Oferente debe cumplir con los siguientes indicadores La capacidad financiera del proponente será objeto de verificación de cumplimiento, como requisito habilitante, cumple – no cumple. Se determina con base en los documentos e indicadores financieros solicitados, teniendo en cuenta la información contenida justificación, objeto, presupuesto oficial estimado, forma de pago, duración, análisis del sector económico, así como otros aspectos generales del proceso de selección, según lo señalado en el RUP: INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO ÍNDICE DE LIQUIDEZ Mayor o igual a 1,2 ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO Menor o igual a 70 % RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES Mayor o igual a 0,80 CAPITAL DE TRABAJO* Mayor o Igual a: - Si se presenta a Decreto 1082 de 2015 y Manual de Requisitos Habilitantes emitido por Colombia Compra Eficiente. Todos los cuatro (4) módulo: 24.000 SMMLV. - Si se presenta a tres (3) módulo: 20.000 SMMLV - Si se presenta a dos (2) módulos: 16.000 SMMLV - Si se presente a un (1) módulo: 12.000 SMMLV *Teniendo proponentes que demuestren interés en cuenta las condiciones contractuales, la entidad considera importante establecer un indicador adicional, el cual será el Capital de Trabajo, el cual Refleja la capacidad financiera que tiene el proponente para responder participar en el corto plazo por las obligaciones contraídas, mostrando su independencia financiera frente a los recursos financieros entregados por el presente proceso de contratación. El capital , deberán estar inscritos en el Registro Único de trabajo se podrá acreditar a través Proponentes – RUP con el fin de que la entidad realice la verificación de los estados financieros o complementar o acreditar mediante certificación requisitos habilitantes de cupo carácter financiero. Cuando se trate de crédito consorcios y uniones temporales se especificará claramente en firme expedida por entidad bancaria autorizada por la Superintendencia Financiera el documento respectivo, el porcentaje de Colombia. Si el Oferente es plural deberá acreditar su capacidad financiera, con el cumplimiento participación de los indicadores por cada uno de sus integrantes, de tal forma que la sumatoria corresponda al 100%. Solo para No se aceptarán inscripciones y/o renovaciones y/o actualizaciones del RUP, en el que se certifique la capacidad financiera con estados financieros intermedios de la vigencia 2019. Los indicadores financieros serán verificados a partir de la información sobre su capacidad financiera que obra en el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el Registro Único de Proponentes – RUP, actualizado, renovado y en firme, en el que se certifique la capacidad financiera conforme a las cifras financieras del activo corriente, pasivo corriente, activo total, pasivo total, patrimonio, Utilidad operacional y gastos de intereses, a 31 de diciembre de 2018 En el caso del indicador de capital de trabajo, su acreditación se hará mediante consorcios y/o uniones temporales para la modalidad denominada “Ponderación presentación de los componentes documentos que se enuncian como requisitos habilitantes del documento de los indicadores” en la cual condiciones, cada uno de los integrantes del oferente aporta Consorcio o de la Unión Temporal deberán acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Para la verificación financiera de los consorcios y/o uniones temporales se obtendrán los índices de cada uno de los integrantes por separado, los cuales serán multiplicados por su porcentaje de participación y sumados para obtener el índice total, así: IFC = (IFP1 X %P1)+(IFP2 X%P2)+ (IFPn X %Pn) Donde: IFC = Indice Financiero del Consorcio o Union Temporal IFPn = Indice Financiero del proponente n perteneciente al valor total Consorcio o Union Temporal %Pn = Porcentaje de participación del componente proponente n en el Consorcio o Unión Temporal Para la participación de las Personas Extranjeras con domicilio o sucursal en el país deben estar inscritas en el Registro Único de Proponentes. Aquellas que no tengan domicilio, no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes, en consecuencia, los citados oferentes deberán aportar los Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados y Notas a los Estados Financieros) a 31 de diciembre de 2018 apostillados o legalizados, debidamente aprobados por el Representante legal y por el Contador Público o Revisor Fiscal según corresponda, así mismo, una certificación del indicador revisor fiscal o contador público, en la cual certifique y especifique las cifras utilizadas para verificar la capacidad financiera. Las personas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros apostillados o legalizados y la certificación firmada por el Representante legal y Revisor Fiscal Y/O Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores expresados a la moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia . El Contador Público y/o Revisor Fiscal que certifiquen los indicadores (Anexo No 4 - Indicadores de la capacidad financiera y organizacional), deben indicar en forma clara el nombre y número de Tarjeta Profesional, y anexar certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no mayor a 3 meses de expedición con anterioridad a la fecha de cierre del proceso) y fotocopias de las tarjetas profesionales. En todo caso, el proponente extranjero, persona natural o jurídica sin domicilio o sucursal en Colombia, aceptará las condiciones establecidas para el presente proceso y en el evento de resultar favorecido con la adjudicación el contratista deberá someterse a los procedimientos y exigencias contempladas por la ley Colombiana. Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera, o cuando no pueda realizarse la evaluación por falta de documentación o falta de idoneidad en los documentos será considerado como NO HABILITADO, por lo tanto deberá subsanar para continuar en la convocatoria. Con el cumplimiento de lo exigido anteriormente, se calculan los indicadores financieros y se verifican las condiciones aquí señaladas, según corresponda al objeto del Proceso, de acuerdo con su el presupuesto oficial del proceso, la forma de pago, duración y análisis del sector económico, así como la revisión de la base de datos del Portal de Información Empresarial- Reportes bajo NIIF de la Superintendencia de Sociedades correspondiente a la vigencia más actual publicada (2017); para lo cual se filtró el listado por el sector de “Actividades de consultoría informática y actividades de administración de instalaciones informáticas” así como la revisión de procesos similares en SECOP: INDICADOR FÓRMULA MARGEN SOLICITADO CRITERIOS LIQUIDEZ (IL) Activo corriente / Pasivo corriente Mayor o igual a 1.0 La compañía debe generar recursos (efectivo) para atender sus obligaciones el cual debe ser mayor o Igual a uno punto cero. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (NE) Pasivo total / Activo total Menor o igual a 70% Por cada peso que la compañía tiene en activos puede deber, menor o igual al 70%. El cual establece la participación de los acreedores en la figura del oferente plural. Los proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador “cobertura de intereses”, caso en el cual, el proponente CUMPLE el indicador, salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual NO CUMPLE el indicador de cobertura de intereses Si el proponente no iguala o supera el nivel de liquidez, endeudamiento, razón de cobertura de intereses y capital de trabajo mínimo establecido en el presente Pliego de Condiciones la oferta será INHABILITADAcompañía.
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