Forma Cláusulas de Ejemplo

Forma. Las partes podrán escoger libremente sobre las formas a observar para la celebración del contrato de trabajo, salvo lo que dispongan las leyes o convenciones colectivas en casos particulares.
Forma. Las Obligaciones Negociables de cada Clase y/o Serie podrán estar representadas por títulos nominativos no endosables cartulares, o ser emitidas en forma escritural, o en certificados globales, de acuerdo al artículo 31 de la Ley de Obligaciones Negociables. Las Obligaciones Negociables representadas en títulos globales o emitidas en forma escritural podrán ser depositadas y/o registradas en sistemas de depósito colectivo aceptados por la CNV. Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en forma de Obligaciones Negociables Provisorias canjeables por Obligaciones Negociables Definitivas en las denominaciones permitidas de conformidad con el presente Prospecto y según se determine en el Suplemento de Prospecto aplicable. A través de las Normas de la CNV, CVSA, Euroclear, SA/NV, Clearstream Banking, Société Anonyme y The Depository Trust Company, fueron autorizados como agente de depósito colectivo a dichos fines. En tal sentido, mientras se encuentren vigentes dichas normativas, el Emisor sólo emitirá valores negociables bajo el Programa en un todo de acuerdo con las mismas. Asimismo, el Emisor causará que los Obligaciones Negociables cumplan con el artículo 7 de la Ley de Obligaciones Negociables. De acuerdo con lo previsto por el artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, los títulos representativos de las Obligaciones Negociables otorgan acción ejecutiva a sus tenedores para reclamar el capital, actualizaciones e intereses impagos, y para ejecutar las garantías otorgadas, bajo las Obligaciones Negociables. De conformidad con lo previsto por el artículo 129 inciso (e) de la Ley de Mercado de Capitales, se podrán expedir comprobantes del saldo de cuenta a efectos de legitimar al titular para reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere. Por otra parte, se podrán expedir comprobantes de los valores representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, a los efectos y con el alcance antes indicado. Los comprobantes podrán ser emitidos por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando entidades administradoras de sistemas de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por ...
Forma. Esta subvención nominativa está recogida en el Anexo de subvenciones nominativas del Presupuesto General en vigor y su importe es inferior a 60.000 euros. Por lo tanto sobre la base del artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones se establece la cuenta justificativa simplificada como la forma de justificación. La cuenta justificativa contendrá la siguiente información: − Impreso de solicitud de justificación. Justificación de desviaciones del balance con respecto al presupuesto inicial si procede, para comprobar la medida en que se ajustó el balance al presupuesto inicial presentado. En este sentido el importe de la subvención está vinculado al presupuesto total de la actividad y en ningún caso podrá ser superior al déficit de la misma. En caso de que existan desviaciones a la baja entre el balance y el presupuesto inicial presentado, se resolverá el reintegro de la aportación municipal únicamente por el importe que rebase el coste total de la actividad. − Certificado de la Secretaría de la entidad, con el VºBº de la Presidencia, en que se desglose por tipo de gasto, el importe total de los gastos generales de la entidad, en caso de que se imputen gastos generales o indirectos a una actividad concreta y certificación acerca de las subvenciones y demás ingresos generados con motivo de la actividad subvencionada con independencia de su reflejo en el balance. − Memoria que acredite que la actividad fue realizada en las condiciones impuestas en la concesión de la subvención con indicación de los resultados obtenidos y grado de cumplimiento de objetivos. La beneficiaria deberá justificar que ha realizado la actividad en los términos de la memoria inicial presentada (anexo 1). − Balance de ingresos y gastos realizados con motivo de la actividad subvencionada de manera que se pueda comprobar que se ajustó al presupuesto inicial presentado, incluyendo las desviaciones presupuestarias (anexo 2). Deberá presentarse en formatos PDF firmado y Excel (comprimido en formato ZIP). − Relación clasificada y detallada de los gastos de la actividad enumerados obligatoriamente de manera correlativa (1, 2, 3, ...) con indicación del acreedor, NIF, número de documento justificativo, fecha de emisión, importe, concepto completo de la factura desglosado que permita comprobar fehacientemente el gasto efectuado y fecha de pago (anexo J3). Deberá presentarse en formatos PDF f...
Forma. El contrato, sus modificaciones y complementos, así como toda comunicación de carácter esencial, deberán efectuarse en forma de texto, siempre que las partes contractuales no hayan acordado otra cosa o las disposiciones legales no contemplen requisitos de forma más estrictos.
Forma. El licitador presentará tres sobres cerrados y firmados por el mismo o persona que lo represente, en los que se indicará, además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el título del procedimiento de licitación. Contendrán: el primero (sobre “A”) la documentación exigida para tomar parte en la licitación, el segundo (sobre “B”), las referencias técnicas y el tercero (sobre “C”) la oferta económica ajustada al Modelo de Proposición Anexo I al presente Pliego.
Forma. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telex o telegrama el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos no obstante 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición está no será admitida en ningún caso.
Forma. La presentación se llevará a cabo utilizando medios electrónicos, de conformidad con los requisitos establecidos en la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP 2017, salvo que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 3 de la citada Disposición adicional. En el exterior del sobre o en el archivo electrónico se hará constar: "Solicitud de participación y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos objetivos de solvencia para la adjudicación de las obras de , mediante procedimiento de licitación con negociación".
Forma. La propuesta se presentará en castellano, en formato electrónico, dentro del plazo de presentación de la oferta y estará firmada electrónicamente por la persona que represente al licitador. La oferta será rechazada si no guarda concordancia con la documentación examinada y admitida, si excede del presupuesto base de licitación, si varía sustancialmente el modelo establecido, si comporta un error manifiesto en su importe o cuando exista reconocimiento expreso por parte del licitador de que la oferta adolece de un error o inconsistencia que la haga inviable. Una vez remitida la documentación, la misma no podrá ser retirada antes de que se resuelva la contratación, salvo que dicha retirada sea justificada y solicitada por escrito. La presentación de la oferta supone la aceptación incondicional de las cláusulas tanto del PCAP, como del PPT, la sumisión a la Legislación de Contratos del Sector Público y la declaración responsable del licitador de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el CDTI. La oferta se presentará de acuerdo con lo previsto en el presente pliego, así como en el PPT. La entidad oferente deberá proporcionar al CDTI cualquier aclaración o información adicional que este pueda requerirle durante el proceso de selección. En relación con la documentación aportada por el licitador, este deberá indicar expresamente aquellos documentos relativos a materias protegidas por el secreto comercial o industrial y aquellos considerados de carácter confidencial y por tanto de uso exclusivo del CDTI, de acuerdo con los términos dispuestos en el artículo 133 de la LCSP. Dicha circunstancia deberá reflejarse claramente en el propio documento designado como tal, bien de forma sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma que permita de forma indubitable conocer su carácter confidencial. La falsedad o inexactitud de los datos contenidos en la oferta podrá dar lugar a la desestimación de la misma o, en su caso, la resolución del contrato, así como de la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
Forma. La documentación para la licitación se presentará en tres sobres cerrados 'A',' B' y ‘C’. Los tres sobres estarán identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por le licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. Y dentro de cada sobre se hará constar en una hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente, salvo el sobre “B”, que incluirá debidamente cumplimentado y firmado el Anexo 0 de este pliego. Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. Si la proposición fuese retirada injustificadamente, se procederá a la ejecución de la garantía provisional y a su ingreso en la Tesorería del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
Forma. 1. Los contratos de cultivo deben formalizarse por escrito. 2. Las partes del contrato de cultivo pueden exigirse en cualquier momento, con los gastos a cargo de la parte que formule la pretensión, que el contrato se formalice íntegramente en documento público y que conste en el mismo una descripción de la finca objeto del contrato y, si procede, un inventario de los elementos y de los derechos vinculados a la explotación que se cede y cualquier otra circunstancia que sea necesaria para desarrollar y ejecutar adecuadamente el contrato.