Capacidad para la Prestación del Servicio (350 puntos) Cláusulas de Ejemplo

Capacidad para la Prestación del Servicio (350 puntos). En la calificación de este concepto, se tomará en consideración la información que se solicita en el numeral 9.4.3 de la Sección I – Instrucciones para los Oferentes. La evaluación del personal se efectuará en función del número mínimo de los profesionales solicitados para ser calificados, para lo cual el Oferente indicará en el Formulario 2.4 el listado de los profesionales a ser evaluados. Para certificar el conocimiento del idioma español, será aceptable que el Oferente presente una Declaración Jurada firmada por el Representante Legal en el que se indique el nivel de conocimiento del idioma español que tiene el o los profesionales que requieren esta certificación. Cursos de concesiones o Asociaciones Público Privadas (APP’s) Tanto el Jefe de Supervisión, el Ingeniero Jefe de Supervisión Adjunto y los primeros cuatro especialistas indicados en el apartado 9.4.3 Capacidad para la Prestación del Servicio de la Sección I, deberán de contar preferiblemente, previo a la presentación de la oferta con cursos de gestión de proyectos de Concesión o Asociaciones Público Privadas, por un mínimo de 30 horas, para lo cual se deberá de acreditar mediante los certificados correspondientes emitidos por una institución especializada o de enseñanza superior debidamente acreditada en su país de origen. Sin embargo, el Oferente que resulte adjudicatario de la presenta licitación, deberá de capacitar a aquellos profesionales indicados en el párrafo anterior que no cuenten con dicho curso en un plazo máximo de 30 días hábiles posterior a la emisión de la orden de inicio. En caso de no cumplir con dicho requerimiento se le aplicará la penalidad correspondiente indicada en el apartado 17 Cumplimiento de Contrato de la SECCION I. Experiencia Profesional EXPERIENCIA PUNTAJE Mayor 15 años 15 Menor de 10 años 0 Entre 10 y 15 años Interpolación lineal Experiencia en Jefatura de Supervisión de Obras en general EXPERIENCIA PUNTAJE Igual a 5 Contrato 25 A razón de 5 puntos por contrato Experiencia en Jefatura de Supervisión de Diseño y Obras portuarias EXPERIENCIA PUNTAJE Igual a 5 Contrato 60 A razón de 12 puntos por contrato Para no ser descalificado el Oferente, el Jefe de Supervisión debe acreditar haber ejercido la jefatura de al menos un (1) contrato de Supervisión de Obra Portuaria por un monto no menor a US$ 3 millones. Experiencia Profesional EXPERIENCIA PUNTAJE Mayor 10 años 10 Menor de 5 años 0 Entre 5 y 10 años Interpolación lineal Experiencia en Jefatura de Supervisión de...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.