DEL PERSONAL. CAPÍTULO I
DEL PERSONAL. Al CEE le corresponde tanto la dirección como la organización del trabajo a realizar diariamente. Para ello contará con el personal de mano de obra directa necesario y categorías profesionales adecuadas, así como con el personal supervisor de estos grupos o equipos de trabajo, quién controlará tanto el resultado final de la prestación de limpieza realizada, como el seguimiento y tutorización del personal a su cargo. - Todo el personal que preste el servicio objeto del contrato, pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria, sin que exista relación jurídica alguna entre el citado personal y la BOS, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. - Todo el personal deberá estar debidamente asegurado en la Seguridad Social, por cuenta exclusiva del adjudicatario. - La empresa adjudicataria se compromete a adscribir al contrato, como mínimo, los siguientes medios materiales: Una oficina en Bilbao o su entorno inmediato, donde radicará el puesto de trabajo del apoderado (o apoderados) señalado en la especificación técnica nº 9. En cualquier caso, se realizarán cuantas sesiones de trabajo y reuniones sean necesarias con la BOS a fin de que cumpla su cometido de la manera más adecuada posible, para lo que resultará necesario, cuando proceda, el desplazamiento de personal de la empresa a las oficinas de la BOS. - Todas las altas y bajas del personal de la contrata, serán puestas en conocimiento de la BOS, a la que se remitirá copia de los justificantes por fax o correo electrónico. - Todo el personal que preste dichos servicios será perfectamente identificable, siendo obligación del adjudicatario uniformar por su cuenta a los/las trabajadores/as durante las horas de realización del servicio, debiendo ir provisto de una tarjeta de identificación de la empresa, colocada en lugar visible. Asimismo, el adjudicatario proveerá a sus empleados de cuantas herramientas y elementos de protección individual (EPI`s) sean necesarios para desarrollar los servicios contratados. - El adjudicatario será responsable de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestir, de la descortesía o mal trato que el personal de la contrata observe con el de la BOS y empleados del Palacio Euskalduna en general. - RELEVO DE PERSONAL: El adjudicatario se compromete a retirar a aquéllas personas destinadas al servicio, que no procediesen con la debida corrección, capacitación técnica y eficiencia o fuesen poco cuidadosas con el desempeño de sus funciones. - INSPECCIÓ...
DEL PERSONAL. El adjudicatario pondrá al frente de la explotación de la obra a su cargo, un/a Director/a, con categoría de Ingeniero, ingeniero técnico o técnico con experiencia acreditada, durante cinco años en gestión de instalaciones eléctricas, que deberá estar en posesión de las autorizaciones y habilitaciones que exija la normativa vigente, que será el máximo responsable del funcionamiento, la planificación, la organización interna, la coordinación, la ejecución, control y evaluación de las instalaciones, de acuerdo con las directrices e instrucciones del Director del Contrato, conforme se indica en el epígrafe de control e inspección del presente Xxxxxx. Todo el personal que el adjudicatario contrate para la prestación del servicio, tendrá dependencia laboral del mismo o de arrendamiento de servicios o de carácter mercantil, sin que por ninguna causa, incluso la de despido o extinción o rescisión de las relaciones profesionales, pueda pasar dicho personal a depender del Ayuntamiento, no interviniendo éste, bajo ningún concepto, en las relaciones laborales que puedan existir entre el adjudicatario y el personal. El adjudicatario prestará todos los servicios incluidos en el contrato con el personal a que se obligue en su oferta y que haya propuesto emplear, garantizando en todo momento que el servicio se presta con el personal mínimo previsto, con independencia de los derechos sociales de los trabajadores (permisos, vacaciones, etc.) o de las bajas que se produzcan, realizando al efecto las contrataciones de personal que sean precisas y en la modalidad que legalmente corresponda. Los gastos de personal que supongan estas contrataciones temporales, no serán, en ningún caso y bajo ningún concepto, repercutibles al Órgano de contratación. El Adjudicatario estará obligado, en su caso, a afiliar a la Seguridad Social a todo el personal con dependencia laboral del mismo y a su cargo, o a velar en el caso de profesionales contratados sujetos a la normativa civil o mercantil por el cumplimiento de estos de la normativa laboral y social de aplicación, en la forma prevista por las leyes y demás disposiciones en vigor; a tal efecto, confeccionará las relaciones nominales TC2 correspondientes y se realizarán las cotizaciones que procedan a la Seguridad Social, retenciones de I.R.P.F., etc., remitiendo al Órgano de contratación, ANUALMENTE o cuando éste lo precise, copia de los TC2 y de las nóminas de todos los trabajadores del mes que se indique en cada caso. El Adjudicatario ...
DEL PERSONAL. EL/LA PRESTRADOR/A DE SERVICIO empleará y proveerá el personal técnico, capacitado y de experiencia que demanden los servicios contratados. Los títulos, la descripción del trabajo acordado, las calificaciones mínimas y los períodos de tiempo estimados en que laborará el personal técnico de EL/LA PRESTRADOR/A DE SERVICIO para la realización de sus servicios, se especifican en los Pliegos de Condiciones Específicas.
DEL PERSONAL. El personal que emplee la adjudicataria para la prestación del servicio actuará en relación de dependencia exclusiva con la misma. En ningún caso la S.E.M.H.R. asumirá respecto del personal citado, relación de empleo alguno ni responsabilidad laboral o civil respecto al mismo. El personal dependiente de las empresas deberá encontrarse encuadrado en las normas y requisitos que fije la legislación laboral y provisional o las que establezcan los respectivos convenios de trabajo. Los agentes que los adjudicatarios afecten al servicio deberán ser disciplinados, de buena presencia y educación, reservándose la SEMHR el derecho de admisión. La empresa adjudicataria, antes de la firma del contrato de locación de servicios, deberá presentar ante la administración, un legajo personal de cada uno de los empleados afectados a la prestación del servicio en el que deberá constar: - Nombre y Apellido - Tipo y Número de Documento - Domicilio - Constancia de Inscripción en el Sistema de Seguridad Social - Constancia de Alta en la Secretaría de Trabajo y ante la AFIP - Póliza de Seguro, conforme a lo exigido por la Ley Nacional de Registro de Trabajo (Ley de Riesgos del Trabajo) - Copia del legajo del personal, con fotografía, detalle de estudios cursados, referencias laborales (si tuviera) y certificado de buena conducta. En el caso de que la Empresa Adjudicataria decida el relevo de alguno o todos sus dependientes durante la vigencia del contrato, deberá notificar tal circunstancia al Apoderado de la SEMHR y asimismo comunicar simultáneamente el legajo personal del reemplazante, antes de que comience sus funciones. El cumplimiento de esta obligación deberá concretarse, sin que tal circunstancia obste al cumplimiento regular del servicio. El adjudicatario deberá comunicar a la SEMHR toda alta o baja de personal afectado a estos servicios, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida.
DEL PERSONAL. CAPÍTULO I. Clasificación del personal
DEL PERSONAL. Contar como mínimo con el siguiente personal para la ejecución del proyecto: Contar con una experiencia mínima de tres (03) años en el puesto solicitado o similar. Contar con una experiencia mínima de tres (03) años en el puesto solicitado o similar.
DEL PERSONAL. 4.3.1.-Que el personal administrativo, técnico y de obra sea el adecuado y suficiente para ejecutar los trabajos. 4.3.2.-Que los rendimientos considerados se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento constructivo propuesto por EL LICITANTE, tomando en cuenta los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares bajo las cuales deben realizarse los trabajos. 4.3.3.-Que se hayan considerado trabajadores de la especialidad requerida para la ejecución de los conceptos más significativos de los trabajos objeto de esta CONVOCATORIA.
DEL PERSONAL. En esta sección puede consignarse el personal necesario para la ejecución de la prestación, debiendo detallarse su perfil mínimo y las actividades a desarrollar, así como clasificar al personal clave, esto es, aquél que resulta esencial para la ejecución de la prestación. Por ejemplo, el supervisor del servicio de seguridad y vigilancia privada. En el caso del personal clave, las calificaciones y experiencia requerida deben acreditarse documentalmente, por lo que de haberse previsto estas, deben incluirse obligatoriamente como requisito de calificación en el literal B.3 y B.4 del presente Capítulo. El tiempo de experiencia mínimo exigido debe ser razonable y congruente con el periodo en el cual el personal ejecutará las actividades para las que se le requiere, de forma tal que no constituya una restricción a la participación de postores. Asimismo, no puede restringirse la antigüedad de los trabajos que puede acreditar el personal, prevista en las bases estándar, que no puede ser mayor a veinticinco (25) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas. En caso de requerirse capacitación al personal, ésta debe estar estrictamente relacionada a la función o actividad a ejecutar y cada materia no debe superar de ciento veinte (120) horas lectivas. En caso de requerir que el proveedor cuente con experiencia, esta solo se puede exigir a través de la acreditación de un determinado monto facturado acumulado. Por consiguiente, no se puede exigir que el proveedor cuente con una determinada experiencia expresada en tiempo (años, meses, etc.) o número de contrataciones. Para dicho efecto, debe incluirse el requisito de calificación “Experiencia del postor en la especialidad” previsto en el literal C del presente Capítulo.
DEL PERSONAL. El contratista deberá contará con personal responsable del servicio, e incluirá en su propuesta técnica lo siguiente: Jefe de Proyectos El Jefe de Proyectos propuesto por el contratista cumplirá con lo siguiente: Como mínimo cuatro (04) años en jefatura de proyectos de soluciones de tecnología (ERP, CRM, SCM o la solución a ser ofertada), de los cuales como mínimo dos (02) años deberán ser jefatura de proyectos de la solución ofertada. Esta experiencia deberá ser en los últimos años desde enero 2004 a la fecha de convocatoria del presente proceso y deberá acreditarse a través de (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados, o (iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia requerida. El postor podrá indicar mayor experiencia; no se aceptarán experiencias menores o de otras implementaciones que no sean las solicitadas o que sean solo del módulo de planillas. Profesional titulado x Xxxxxxxxx en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Informática, Ingeniería de Computación, Ingeniería Industrial, Economía, Administración Pública o Administración de Empresas. Para ello presentará copia simple del título profesional universitario o del grado obtenido. Contar con estudios de Gestión de Proyectos de al menos 32 horas. Para ello presentará copia simple de los certificados de estudios. Contar con certificación en la solución ofertada dada por la casa matriz o creador de la solución ofertada, la que sustentará con copia simple del certificado solicitado. No es necesario la presentación del apostille del título. El numeral b.2.1 indica “… Para ello presentará copia simple del título profesional universitario o del grado obtenido” 56. En el Capítulo III de la sección específica de las bases, donde se ubica las Especificaciones Técnicas, en el numeral 9.2 a. Jefe de Proyectos se solicita entre otros: “Contar con estudios de Gestión de Proyectos de al menos 32 horas. Para ello presentará copia simple de los certificados de estudios.” En caso el postor desee acreditar en relación al personal requerido, sin tener que incrementar el valor de su oferta por encima del valor referencial, que el mismo cuenta con certificado PMI, puede presentarlo en su propuesta técnica, lo cual no estará sujeto a evaluación alguna, salvo que en caso se le otorgue la buena pro, el mismo formara parte de su propuesta final57. Líder Técnico El Líder Técnico propuesto por el contratista cumplirá con lo siguiente: Como...