Common use of CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN Clause in Contracts

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaría.

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Samples: Contratación Del Servicio De Fletes Y Maniobras Internacionales, Convocatoria Para El Servicio De Mantenimiento Preventivo Y Correctivo, Contratación Del Servicio De Suministro De Vales De Despensa

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaría.

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Samples: Convocatoria Para El Suministro De Agua Potable Purificada Embotellada, Contratación Del Servicio De Arrendamiento De Vehículos Terrestres

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casosLA INVITACIÓN SE DECLARARÁ DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSPproposiciones. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la La Secretaría no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casosLA INVITACIÓN SE SUSPENDERÁ EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la La Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la InvitaciónSE PROCEDERÁ A LA CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios suministros requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaríala Secretaría y el Sector Coordinado. d) Las causas que motiven la cancelación de la Invitación o conceptos, se harán del conocimiento de los licitantes.

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Samples: Convocatoria Para La Contratación Del Suministro De Agua Potable Purificada Embotellada

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si Cuando no se recibe cuando reciban al menos la propuesta tres propuestas susceptibles de un licitante analizar técnicamente en el acto de presentación y apertura de proposiciones, “LA SECRETARÍA” podrá optar por declarar desierta la invitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones conforme al artículo 43, fracción III presentadas con fundamento en el segundo párrafo de la fracción III. del artículo 43 de LAASSP. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación invitación y la Secretaría “LA SECRETARÍA” no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaría.

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Samples: Contratación De Servicios

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSPproposiciones. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. 8.3 Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaría.

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Samples: Contratación De Servicio

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. 8.1 La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría los fideicomisos FINAFIM y FOMMUR no esté estén en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. 8.2 La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OICOIC de la SE o NAFIN, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. 8.3 Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaríaal FINAFIM o al FOMMUR.

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Samples: Service Agreement

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría y el Sector Coordinado no esté estén en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios bienes requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La SecretaríaSecretaría y el Sector Coordinado.

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Samples: Suministro De Agua Potable Purificada Embotellada

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si Cuando no se recibe cuando reciban al menos la propuesta tres propuestas susceptibles de un licitante analizar técnicamente en el acto de presentación y apertura de proposiciones, ECHASA podrá optar por declarar desierta la invitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones conforme al artículo 43, fracción III presentadas con fundamento en el segundo párrafo de la LAASSPfracción III. del artículo 43 de LA LEY. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría ECHASA no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSPde EL REGLAMENTO. d) Cuando Si no se presenten recibe cuando menos tres propuestas susceptibles la propuesta de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III un licitante en el acto de la LAASSPpresentación y apertura de proposiciones. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó o el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La SecretaríaECHASA.

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Samples: Contratación De Servicios

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSPproposiciones. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaría.

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Samples: Contratación De Servicios

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casosLA INVITACIÓN SE DECLARARÁ DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSPproposiciones. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la La Secretaría no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casosLA INVITACIÓN SE SUSPENDERÁ EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la La Secretaría de la Función Pública ó el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la InvitaciónSE PROCEDERÁ A LA CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaríala Secretaría y el Sector Coordinado. Las causas que motiven la cancelación de la Invitación o conceptos, se harán del conocimiento de los licitantes.

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Samples: Contratación Del Servicio De Jardinería

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casos: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. b) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. c) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría el fideicomiso FINAFIM no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d) Cuando no se presenten cuando menos tres propuestas susceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSP. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: a) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó o el OICOIC de la SE o NAFIN, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. b) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. 8.3. Se procederá a la cancelación de la Invitación: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a La Secretaría.

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Samples: Invitación a La Contratación De Servicios

CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN. 8.1. La Invitación se declarará desierta en los siguientes casosLA INVITACIÓN SE DECLARARÁ DESIERTA EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) Si no se recibe cuando menos la propuesta de un licitante en el acto de presentación y apertura de proposiciones conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSPproposiciones. b) Cuando no se cuente con un minmo de tres proposiciones sucepctibles de analizarse técnicamente. c) Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados. cd) Cuando las propuestas presentadas rebasen el presupuesto autorizado para la presente Invitación y la Secretaría el CNBV no esté en condiciones de efectuar reducciones conforme al artículo 56 del RLAASSP. d8.2. LA INVITACIÓN SE SUSPENDERÁ EN LOS SIGUIENTES CASOS: a) Cuando no se presenten cuando menos cuente con un mínimo de tres propuestas susceptibles proposiciones suceptibles de analizarse técnicamente conforme al artículo 43, fracción III de la LAASSPtécnicamente. 8.2. La Invitación se suspenderá en los siguientes casos: ab) Se podrá suspender la Invitación cuando la Secretaría de la Función Pública ó o el OIC, así lo determinen con motivo de su intervención y de acuerdo a sus facultades. La suspensión deberá de estar debidamente fundada y motivada. bc) Una vez que desaparezcan las causas que motivaron la suspensión, se reanudará la misma, previo aviso a los licitantes. d) Por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet. 8.3. Se procederá a la cancelación de la InvitaciónSE PROCEDERÁ A LA CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN: a) Por caso fortuito; b) Por causa de fuerza mayor; c) Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de los servicios requeridos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar ocasionaría un daño o perjuicio a La Secretaríaal CNBV.

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Samples: Contratación Del Servicio De Capacitación