CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. Una Propuesta será rechazada cuando se presente cualquiera de las siguientes causales: Cuando la Propuesta se hubiere presentado sometida a cualquier tipo de condición. Cuando existan varias Propuestas presentadas por el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, por si o por interpuesta persona para un mismo grupo. Cuando el Proponente incumpla con el pacto de integridad o haya tratado de interferir, influenciar o informarse indebidamente del proceso de evaluación de las Propuestas. Cuando no se incluya con la Propuesta la garantía de seriedad de la Propuesta o no se corrija en el término concedido, en caso de haberse exigido. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que también estén participando en la presente Invitación. Cuando previa verificación por parte de Fiduagraria S.A. se constate que el proponente presentó información que no coincide con la realidad. Cuando el Proponente se encuentre incurso en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la legislación vigente. Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes. Cuando el Proponente o cualquiera de los integrantes del Proponente plural se encuentren en trámite liquidatario o existan procedimientos que busquen dicha declaración. Cuando las Propuestas sean presentadas por las personas que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: Cesación de pagos en los términos previstos en el numeral 1° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Situación de incapacidad de pago inminente en los términos previstos en el numeral 2° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Tener obligaciones vencidas, por concepto de mesadas pensionales, retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a los trabajadores, o aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Cuando la Propuesta se presente extemporáneamente. Cuando FIDUAGRARIA S.A. haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, no subsane o no aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados. Cuando el proponente aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República o en el de Antecedentes Disciplinarios o en el de Antecedentes Penales. Cuando el representante respectivo no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Propuesta de acuerdo con los estatutos sociales ya que esto constituye falta de capacidad para presentar la Propuesta. Cuando la Propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos exigidos para participar en el presente proceso o los criterios habilitantes no sean subsanados. En los demás casos expresamente establecidos en la presente Invitación. Nota: Las causales de rechazo se predicaran y aplican, tanto para los proponentes singulares, como para todos y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o sociedades futuras.
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Samples: Invitación Pública, Invitación Pública
CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. Una Propuesta será rechazada cuando se presente cualquiera La UNIVERSIDAD rechazará las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos cuando: Encuentre que el PROPONENTE está incurso en alguna de las siguientes causales: Cuando inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Propuesta se hubiere presentado sometida a cualquier tipo Constitución o en la Ley. El valor de condiciónla propuesta supere el valor de la disponibilidad presupuestal estipulado para la presente invitación. Cuando existan Presenten varias Propuestas presentadas propuestas por el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentesPROPONENTE por sí, por si interpuestas personas o por interpuesta persona personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente). Descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la propuesta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del PROPONENTE a la UNIVERSIDAD o los demás PROPONENTES. El PROPONENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para un mismo grupoaportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los xxxxxxx dentro del término fijado, o habiéndolos aportado, no estén acorde con las exigencias. Cuando el Proponente incumpla La propuesta presentada no cumpla con el pacto los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en los capítulos IV y VI del presente pliego de integridad o haya tratado de interferircondiciones. Las certificaciones, influenciar o informarse indebidamente del proceso de anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las PropuestasPROPUESTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal. Cuando no se incluya No coincida la información diligenciada en los formatos o certificaciones, con la Propuesta la garantía información de seriedad los documentos soportes solicitados como aclaraciones por parte de la Propuesta UNIVERSIDAD. Se entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia, entre la información obtenida frente a la relacionada por el PROPONENTE en los respectivos formatos o no se corrija en el término concedido, en caso certificaciones. El representante legal de haberse exigido. Cuando el representante una persona jurídica o los representantes legales de una persona jurídica que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, firmas que también estén participando participen en la presente Invitacióncontratación. Cuando previa verificación La vigencia de la propuesta comprenda un plazo inferior al exigido. La propuesta se presente en forma extemporánea. El no cumplimiento del numeral 4.5 referente al certificado de Gestión de la Calidad por parte lo menos bajo la Norma NTC-ISO 9001. La existencia de Fiduagraria S.A. se constate que el proponente presentó información que no coincide con la realidad. Cuando el Proponente se encuentre incurso en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la legislación vigente. Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes. Cuando el Proponente reportes sobre multas o cualquiera sanciones impuestas al PROPONENTE, dentro de los integrantes tres (3) años anteriores a la fecha de expedición del Proponente plural se encuentren RUP, en trámite liquidatario o existan procedimientos que busquen dicha declaración. Cuando las Propuestas sean presentadas por las personas que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: Cesación de pagos en los términos previstos en relación con el numeral 1° del artículo 9° objeto contractual de la Ley 1116 de 2006presente invitación. Situación de incapacidad de pago inminente en los términos previstos en el numeral 2° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Tener obligaciones vencidas, por concepto de mesadas pensionales, retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a los trabajadores, o aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Cuando la Propuesta se presente extemporáneamente. Cuando FIDUAGRARIA S.A. haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, no subsane o no aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados. Cuando el proponente aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República o en el de Antecedentes Disciplinarios o en el de Antecedentes Penales. Cuando el representante respectivo no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Propuesta de acuerdo con los estatutos sociales ya que esto constituye falta de capacidad para presentar la Propuesta. Cuando la Propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos exigidos para participar en el presente proceso o los criterios habilitantes no sean subsanados. En los Los demás casos expresamente establecidos en la el presente Invitación. Nota: Las causales pliego de rechazo se predicaran y aplican, tanto para los proponentes singulares, como para todos y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o sociedades futurascondiciones.
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Samples: Pliego De Condiciones
CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. Una Propuesta será rechazada cuando se presente cualquiera de las siguientes causales: Cuando la Propuesta se hubiere presentado sometida a cualquier tipo de condición. Cuando existan varias Propuestas presentadas por el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, por si o por interpuesta persona para un mismo grupo. Cuando el Proponente incumpla con el pacto de integridad o haya tratado de interferir, influenciar o informarse indebidamente del proceso de evaluación de las Propuestas. Cuando no se incluya con la Propuesta la garantía de seriedad de la Propuesta o no se corrija en el término concedido, en caso de haberse exigido. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que también estén participando en la presente Invitación. Cuando previa verificación por parte de Fiduagraria S.A. se constate que el proponente presentó información que no coincide con la realidad. Cuando el Proponente se encuentre incurso en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la legislación vigente. Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes. Cuando el Proponente o cualquiera de los integrantes del Proponente plural se encuentren en trámite liquidatario o existan procedimientos que busquen dicha declaración. Cuando las Propuestas sean presentadas por las personas que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: Cesación de pagos en los términos previstos en el numeral 1° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Situación de incapacidad de pago inminente en los términos previstos en el numeral 2° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Tener obligaciones vencidas, por concepto de mesadas pensionales, retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a los trabajadores, o aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Cuando la Propuesta se presente extemporáneamente. Cuando FIDUAGRARIA S.A. haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, no subsane o no aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados. Cuando el proponente aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República o en el de Antecedentes Disciplinarios o en el de Antecedentes Penales. Cuando el representante respectivo no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Propuesta de acuerdo con los estatutos sociales ya que esto constituye falta de capacidad para presentar la Propuesta. Cuando la Propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos exigidos para participar en el presente proceso o los criterios habilitantes no sean subsanados. En los demás casos expresamente establecidos en la presente Invitación. Nota: Las causales de rechazo se predicaran y aplican, tanto para los proponentes singulares, como para todos y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o sociedades futuras.
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Samples: Invitación Pública
CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. Una Propuesta será rechazada cuando Empresas Públicas xx Xxxxx E.S.P., no evaluará la correspondiente propuesta, además de los casos previstos en esta invitación, en los siguientes casos: Cuando el valor de la propuesta supere el cien por ciento (100%) del valor del presupuesto oficial del proceso de selección. Cuando el valor de alguno (s) de (los) ítem (s) de la propuesta supere el valor del precio unitario del presupuesto oficial de la invitación. Cuando el oferente no oferte alguno de los ítems solicitados en la invitación. Cuando el oferente ofrezca como valor de algún ítem cero pesos ($0.0). Cuando la oferta no cumpla con los requisitos de la invitación. Cuando la oferta económica no se presente encuentre suscrita por el oferente. Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad. Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y/o se configure cualquiera de las siguientes causaleshipótesis: Cuando la Propuesta se hubiere presentado sometida a cualquier tipo de condición. Cuando existan varias Propuestas presentadas por con el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, por si de forma simultánea como persona natural o por interpuesta jurídica e integrante de un Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona para natural o jurídica y representante de un mismo grupoConsorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el Proponente incumpla con el pacto mismo representante legal, o socios comunes, sólo podrá presentarse a la selección una de integridad o ellas. Se compruebe confabulación entre los proponentes. El proponente haya tratado de interferir, influenciar o influenciar, informarse indebidamente en el análisis de las propuestas. Cuando el proponente modifique la descripción, las cantidades y las unidades de medida previstas en el presupuesto oficial del proceso de evaluación de las Propuestasselección. Cuando no se incluya con la Propuesta la garantía de seriedad de la Propuesta o no se corrija en el término concedido, en caso de haberse exigido. Cuando el representante o propuesta económica desconozca los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que también estén participando en la presente Invitación. Cuando previa verificación por parte de Fiduagraria S.A. se constate que el proponente presentó información que no coincide con la realidad. Cuando el Proponente se encuentre incurso en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la legislación vigente. Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes. Cuando el Proponente o cualquiera de los integrantes del Proponente plural se encuentren en trámite liquidatario o existan procedimientos que busquen dicha declaración. Cuando las Propuestas sean presentadas por las personas que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: Cesación de pagos en los términos principios y reglas previstos en el numeral 1° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Situación de incapacidad de pago inminente en los términos previstos Código Laboral y/o en el numeral 2° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Tener obligaciones vencidas, por concepto de mesadas pensionales, retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a los trabajadores, o aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Cuando se entregue la Propuesta se presente extemporáneamente. Cuando FIDUAGRARIA S.A. haya solicitado presentar algún documento propuesta en un lugar diferente y/o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento por fuera de los requisitos habilitantes, la hora y el proponente no aporte, no subsane o no aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados. Cuando el proponente aparezca reportado fecha prevista en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General cronograma de la República o en el de Antecedentes Disciplinarios o en el de Antecedentes Penales. Cuando el representante respectivo no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Propuesta de acuerdo con los estatutos sociales ya que esto constituye falta de capacidad para presentar la Propuesta. Cuando la Propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos exigidos para participar en el presente proceso o los criterios habilitantes no sean subsanados. En los demás casos expresamente establecidos en la presente Invitación. Nota: Las causales de rechazo se predicaran y aplican, tanto para los proponentes singulares, como para todos y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o sociedades futurasinvitación.
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Samples: Pliego Definitivo De Condiciones Invitacion Pública De Oferta
CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. Una Propuesta será rechazada cuando se presente cualquiera de las siguientes causales: Cuando la Propuesta se hubiere presentado sometida a cualquier tipo de condición. Cuando existan varias Propuestas presentadas por el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, por si o por interpuesta persona para un mismo grupopersona. Cuando el Proponente incumpla con el pacto de integridad o haya tratado de interferir, influenciar o informarse indebidamente del proceso de evaluación de las Propuestas. Cuando no se incluya con la Propuesta la garantía de seriedad de la Propuesta o no se corrija en el término concedidoconcedido por la entidad, en caso de haberse exigido. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que también estén participando en la presente InvitaciónLicitación. Cuando previa verificación por parte de Fiduagraria S.A. COLCIENCIAS se constate que el proponente presentó información que no coincide con la realidad. Cuando el Proponente se encuentre incurso en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la legislación vigente. Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes. Cuando el Proponente o cualquiera de los integrantes del Proponente plural se encuentren encuentre en trámite liquidatario o existan procedimientos que busquen dicha declaración. Cuando las Propuestas sean presentadas por las personas que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: Cesación de pagos en los términos previstos en el numeral 1° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Situación de incapacidad de pago inminente en los términos previstos en el numeral 2° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. Tener obligaciones vencidas, por concepto de mesadas pensionales, retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a los trabajadores, o aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. Cuando la Propuesta se presente extemporáneamente. Cuando FIDUAGRARIA S.A. el comité asesor y evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, no subsane o no aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señaladosseñalados por el comité asesor y evaluador y en la Ley. Cuando el proponente aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República o en el de Antecedentes Disciplinarios o en el de Antecedentes Penales. Cuando el representante respectivo no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Propuesta de acuerdo con los estatutos sociales ya que esto constituye falta de capacidad para presentar la Propuesta. Cuando el proponente persona natural o jurídica haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección. Cuando la Propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos exigidos para participar en el presente proceso o los criterios habilitantes no sean subsanados, incluso hasta la audiencia pública que decide el curso del proceso, con adjudicación o declaratoria de desierto. En los demás casos expresamente establecidos en la el presente Invitación. Nota: Las causales de rechazo se predicaran y aplican, tanto para los proponentes singulares, como para todos y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o sociedades futurasPLIEGO DE CONDICIONES DEFINTIVO.
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CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. Una Propuesta será rechazada cuando se presente cualquiera de las siguientes causales: ✓ Cuando la Propuesta se hubiere presentado sometida a cualquier tipo de condición. ✓ Cuando existan varias Propuestas presentadas por el mismo Proponente, bajo el mismo nombre o con nombres diferentes, por si o por interpuesta persona para un mismo grupopersona. ✓ Cuando el Proponente incumpla con el pacto de integridad o haya tratado de interferir, influenciar o informarse indebidamente del proceso de evaluación de las Propuestas. ✓ Cuando no se incluya con la Propuesta la garantía de seriedad de la Propuesta o no se corrija en el término concedidoconcedido por la entidad, en caso de haberse exigido. ✓ Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que también estén participando en la presente InvitaciónLicitación. ✓ Cuando previa verificación por parte de Fiduagraria S.A. COLCIENCIAS se constate que el proponente presentó información que no coincide con la realidad. ✓ Cuando el Proponente se encuentre incurso en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la legislación vigente. ✓ Cuando se compruebe confabulación entre los Proponentes. ✓ Cuando el Proponente o cualquiera de los integrantes del Proponente plural se encuentren encuentre en trámite liquidatario o existan procedimientos que busquen dicha declaración. ✓ Cuando las Propuestas sean presentadas por las personas que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: ✓ Cesación de pagos en los términos previstos en el numeral 1° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. ✓ Situación de incapacidad de pago inminente en los términos previstos en el numeral 2° del artículo 9° de la Ley 1116 de 2006. ✓ Tener obligaciones vencidas, por concepto de mesadas pensionales, retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a los trabajadores, o aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. ✓ Cuando la Propuesta se presente extemporáneamente. ✓ Cuando FIDUAGRARIA S.A. el comité asesor y evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes, y el proponente no aporte, no subsane o no aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señaladosseñalados por el comité asesor y evaluador y en la Ley. ✓ Cuando el proponente aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República o en el de Antecedentes Disciplinarios o en el de Antecedentes Penales. ✓ Cuando el representante respectivo no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Propuesta de acuerdo con los estatutos sociales ya que esto constituye falta de capacidad para presentar la Propuesta. ✓ Cuando el proponente persona natural o jurídica haya participado como contratista o subcontratista en la elaboración de los estudios, diseños y que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección. ✓ Cuando la Propuesta no cumpla, con cualquiera de los requisitos mínimos exigidos para participar en el presente proceso o los criterios habilitantes no sean subsanados, incluso hasta la audiencia pública que decide el curso del proceso, con adjudicación o declaratoria de desierto. ✓ En los demás casos expresamente establecidos en la el presente Invitación. Nota: Las causales de rechazo se predicaran y aplican, tanto para los proponentes singulares, como para todos y cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales o sociedades futurasPLIEGO DE CONDICIONES DEFINTIVO.
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