CERTIFICADO DE CONSTITUCIÓN, EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Cláusulas de Ejemplo

CERTIFICADO DE CONSTITUCIÓN, EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. A. PERSONA JURIDICA: Si la propuesta la presenta una persona jurídica, debe anexar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30) días anteriores al cierre del presente proceso de Selección, donde conste quién ejerce la representación legal y las facultades del mismo. Nota: Documento de facultades para presentar propuestas y contratar: Si el representante legal o apoderado no tiene facultades amplias y suficientes para presentar la propuesta y contratar, deberá adjuntar el acta de la junta o asamblea de socios (o documento soporte) donde se le otorguen tales atribuciones, con anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de Selección.
CERTIFICADO DE CONSTITUCIÓN, EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. El oferente deberá ser persona jurídica y deberá acreditarla con el original del certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o autoridad competente, con fecha de expedición no superior a treinta días calendario (30) anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección. Esta debe haber sido legalmente constituida al menos un año antes de la fecha de apertura del presente proceso y su duración no debe ser inferior al término de ejecución del contrato y tres (3) años más. Además, el objeto social del oferente debe contemplar la realización del cobro judicial de cartera, actividad que es el objeto de esta Invitación Pública. En caso de prórroga del plazo para la entrega de los ofrecimientos, el certificado de existencia y representación legal tendrá validez respecto de la primera fecha para la presentación de los ofrecimientos, señalada en estos términos. Cuando el representante legal de la persona jurídica se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la misma, deberá acreditar, mediante copia o parte pertinente del acta aprobada por la Junta de Socios o Asamblea de Accionistas respectiva, que ha sido facultado para presentar el ofrecimiento y firmar el contrato correspondiente, hasta por el valor total del mismo, en caso de resultar seleccionado dentro del presente proceso. Esta certificación debe cumplir los requisitos señalados en el Artículo 189 del Código de Comercio.