Common use of Ceses en la empresa Clause in Contracts

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A: Dos meses. Grupo B: Un mes. Grupo C: Un mes. Grupo D: Veinte días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia del Grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 días de antelación. Si el con- trato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o servicio, el plazo de preaviso, con independencia del Grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa para deducir, de las partes proporcio- nales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajador.

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Samples: Convenio De Servicios De Atención a Las Personas Dependientes Y Desarrollo De La Autonomía, Convenio De Servicios De Atención a Las Personas Dependientes Y Desarrollo De La Autonomía

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A: Dos meses. Grupo B: Un mes. Grupo C: Un mes. Grupo D: Veinte Quince días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia independencia del Grupo grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia del Grupo grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa para deducir, de las partes proporcio- nales proporcionales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajadortrabajador o trabajadora.

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Samples: www.terapeutas-ocupacionales.es

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A: Dos meses. Grupo B: Un mes. Grupo C: Un mes. Grupo D: Veinte días. Grupo E: Catorce días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia del independencia al Grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia del al Grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa Empresa para deducir, de las partes proporcio- nales proporcionales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajador.

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Samples: www.terapia-ocupacional.com

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo AI: Dos meses. Grupo BII: Un mes. Grupo CIII: Un mes. Grupo DIV: Veinte días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia del independencia al Grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 diez días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o igualo superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia del al Grupo al que pertenezca, será de 14 catorce días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa Empresa para deducir, de las partes proporcio- nales proporcionales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajador.

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Samples: habitat.ccoo.es

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A: Dos meses. Grupo B: Un mes. Grupo C: Un mes. Grupo D: Veinte días. Grupo E: Catorce días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia del independencia al Grupo al que pertenezca, deberá preavisar prea- visar con 10 días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia del al Grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa Empresa para deducir, de las partes proporcio- nales proporcionales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajador.

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Samples: www.acra.cat

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A: Dos meses. Grupo B: Un mes. Grupo C: Un mes. Grupo D: Veinte Quince días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia independencia del Grupo grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia inde- pendencia del Grupo grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa para deducir, de las partes proporcio- nales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajadortrabajador o trabajadora.

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Samples: doe.gobex.es

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A: Dos mesesUn mes. Grupo B: Un mes. Grupo C: Un mes. Grupo D: Veinte díasUn mes. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia del Grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 días de antelación. Si el con- trato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o servicio, el plazo de preaviso, con independencia del Grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa para deducir, de las partes proporcio- nales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajador.

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Samples: Convenio De Servicios De Atención a Las Personas Dependientes Y Desarrollo De La Promoción De La Autonomía

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo AI: Dos meses. Grupo BII: Un mes. Grupo CIII: Un mes. Grupo DIV: Veinte días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia del independencia al Grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 diez días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia del al Grupo al que pertenezcaperte- nezca, será de 14 catorce días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa Empresa para deducir, de las partes proporcio- nales proporcionales a abonar en el momento de la liquidación, el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente anterior- mente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación comunica- ción efectuada por el trabajador.

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Samples: www.juntadeandalucia.es

Ceses en la empresa. El personal con contrato indefinido que voluntariamente desee causar baja en la empresa de- berá deberá notificarlo a la misma por escrito con la siguiente antelación sobre la fecha de su baja definitiva: Grupo A1: Dos meses. Grupo B2: Un mes. Grupo C3: Un mes. Grupo D4: Veinte días. Grupo 5: Quince días. El personal contratado de forma no indefinida y con un contrato inferior a seis meses, con in- dependencia independencia del Grupo grupo al que pertenezca, deberá preavisar con 10 días de antelación. Si el con- trato contrato fuese de una duración igual o superior a seis meses y en el caso de contratos por obra o serviciomeses, el plazo de preaviso, con independencia del Grupo grupo al que pertenezca, será de 14 días. La falta de preaviso establecido facultará a la empresa para deducir, deducir de las partes proporcio- nales proporcionales a abonar en el momento de la liquidación, liquidación el equivalente diario de su retribución real por cada día que falte en el reglamentario preaviso anteriormente fijado. La empresa viene obligada a acusar recibo de la comunicación efectuada por el trabajadortrabajador o trabajadora.

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Samples: dependencia.info