Common use of CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN Clause in Contracts

CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 15.1 El “Contratista” no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato; sin embargo, conforme al artículo 79 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El “Contratista” podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, parte de sus prestaciones, siempre y cuando no exceda el porcentaje establecido por la LOSNCP y siempre que la “Contratante” apruebe por escrito previamente la subcontratación. La aprobación será efectuada por la máxima autoridad de la Secretaría”. Las subcontrataciones se efectuarán de preferencia con las pequeñas y micro empresas. 15.2 El “Contratista” será el único responsable ante la “Contratante” por los actos u omisiones de sus subcontratistas, y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos. Por lo tanto, el “Contratista” no pierde su responsabilidad respecto a la obligación de cumplimiento del Contrato para con la “Secretaría”, la que no asume responsabilidad principal ni solidaria o subsidiaria con el subcontratado y con su personal.

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Samples: Servicio De Mantenimiento, Contrato De Adquisición, Servicio De Mantenimiento De Equipos

CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 15.1 11.1 El “ContratistaCONTRATISTA” no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato; sin embargo, conforme al artículo 79 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El Pública la ContratistaCONTRATISTA” podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, parte de sus prestaciones, siempre y cuando no exceda el porcentaje establecido por la LOSNCP y siempre que la “ContratanteCONTRATANTE” apruebe por escrito previamente la subcontratación. La aprobación será efectuada por la máxima autoridad de la Secretaría“SGCTYPC”. Las subcontrataciones se efectuarán de preferencia con las pequeñas y micro empresas. 15.2 11.2 El “ContratistaCONTRATISTA” será el único responsable ante la “ContratanteCONTRATANTE” por los actos u omisiones de sus subcontratistassubcontratados, y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos. Por lo tanto, el la ContratistaCONTRATISTA” no pierde su responsabilidad respecto a la obligación de cumplimiento del Contrato contrato para con la “SecretaríaSGCTYPC”, la que no asume responsabilidad principal ni solidaria o subsidiaria con el subcontratado y con su personal.

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Samples: Service Agreement, Servicio De Organización, Producción Y Presentación De Espectáculos Culturales