CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 12.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP. 12.02.- El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
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Samples: Cotización Obras, Construction Contract
CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 12.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP. (ESTABLECER AQUÍ LA CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN, DE CONVENIRSE).
12.02.- El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
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Samples: Modelo De Pliegos, Licitación De Obras
CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 12.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP. (ESTABLECER AQUÍ LA CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN, DE CONVENIRSE, observando lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento General de la LOSNCP).
12.02.- El CONTRATISTA será el único responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
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Samples: Licitación De Bienes Y Servicios, Licitación De Bienes Y Servicios
CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 12.01.- 12.01. El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la del CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP.
12.02.- 12.02. El CONTRATISTA CONTRATISTA, será el único responsable ante la el CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
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Samples: Publicación Especial De Emergencia
CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 12.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin embargo podrá subcontratar determinados trabajos, previa autorización de la del CONTRATANTE, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del 30% del valor total del contrato principal, y el subcontratista esté habilitado en el RUP.
12.02.- El CONTRATISTA será el único responsable ante la el CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
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Samples: Publicación Especial De Emergencia
CESIÓN DE CONTRATOS Y SUBCONTRATACIÓN. 12.01.- El CONTRATISTA 13.1. La contratista no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contratocontrato. Sin embargo embargo, la contratista podrá subcontratar determinados trabajos, trabajos previa autorización de la CONTRATANTEcontratante, siempre que el monto de la totalidad de lo subcontratado no exceda del el 30% del valor total del contrato principal, principal y el subcontratista esté habilitado en el RUP.
12.02.- 13.2. Es responsabilidad del contratista el subcontratar los trabajos que han sido comprometidos en su oferta con el subcontratista establecido en la misma y por el monto en ella establecidas.
13.3. El CONTRATISTA contratista será el único responsable ante la CONTRATANTE contratante por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
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Samples: Construction Contract