Common use of Comisiones por incumplimiento o penalidad Clause in Contracts

Comisiones por incumplimiento o penalidad. a) Una comisión por falta de pago tardío, o gastos de cobranza, cuando el Cliente pague después de la fecha límite de pago y antes de la fecha xx xxxxx del mes siguiente, cuando el Cliente no realice, al menos, ningún el pago mínimo en la Fecha Límite de Pago cuando no tenga acceso a la Extensión de Plazo de Pago (por no haber realizado cuando menos el pago mínimo dentro del Periodo de Pago en el periodo inmediato anterior) en el mes sea en la Fecha Límite de Pago o bien, a más tardar el último día del plazo de la Extensión de Fecha Límite de Pago) por cada mes o fracción hasta la tercera mensualidad vencida, con base en los mecanismos de cobranza administrativa de Tarjetas Banamex consistentes en telefonemas, telegramas y comunicados por escrito que se hagan al Cliente. La comisión por falta de pago, no podrá cobrarse más de una vez al mes. No se cobrarán estas comisiones cuando se cobren intereses moratorios durante el mismo periodo. b) Una comisión por reposición de Tarjeta derivada de la pérdida o robo de la misma, así como por retención en Cajeros Automáticos u otros equipos automatizados de Citibanamex o de terceros. No se cobrará comisión en caso de reposición por deterioro derivado del uso de las Tarjetas. Tarjetas Banamex se reserva el derecho de efectuar incrementos a las comisiones anteriormente señaladas, así como establecer nuevas comisiones informando al Cliente los nuevos importes o nuevas comisiones por lo menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que surtirán efecto, mediante simple aviso por escrito en el estado de cuenta. El Cliente acepta que se entenderá otorgado su consentimiento a los nuevos importes o nuevas comisiones, si no manifiesta expresamente su objeción y solicita dar por terminado el presente Contrato antes de la fecha en que se pretenda surta efectos el incremento o las nuevas comisiones, en cuyo caso se estará al proceso de terminación previsto en la Cláusula 27, inciso a) del presente Contrato. Xxxxxxxx Xxxxxxx enviará al Cliente la información que contenga los montos, conceptos y periodicidad de las comisiones cuando menos una vez al año, y mantendrá dicha información en su página electrónica en la red mundial Internet.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente, Contrato De Apertura De Crédito en Cuenta Corriente

Comisiones por incumplimiento o penalidad. a) Una comisión por falta de pago tardío, o gastos de cobranza, cuando el Cliente pague después de la fecha límite de pago y antes de la fecha xx xxxxx del mes siguiente, cuando el Cliente no realice, al menos, ningún el siguiente o una comisión por falta de pago mínimo en la Fecha Límite de Pago cuando no tenga acceso a la Extensión de Plazo de Pago (por no haber realizado cuando menos el pago mínimo dentro del Periodo de Pago en el periodo inmediato anterior) en el mes sea en la Fecha Límite de Pago o bien, a más tardar el último día del plazo de la Extensión de Fecha Límite de Pago) por cada mes o fracción hasta la tercera mensualidad vencida, con base en los mecanismos de cobranza administrativa de Tarjetas Banamex S.F.S. consistentes en telefonemas, telegramas correos electrónicos y comunicados por escrito que se hagan al Cliente. La comisión por falta de pago, no podrá cobrarse más de una vez al mes. No se cobrarán estas dichas comisiones cuando se cobren intereses moratorios durante el mismo periodo. b) Una comisión por reposición de Tarjeta derivada de la pérdida o robo de la misma, así como por retención en Cajeros Automáticos u otros equipos automatizados de Citibanamex o de tercerosautomatizados. No se cobrará comisión en caso de reposición por deterioro derivado del uso de las Tarjetas. c) Una comisión por aclaración improcedente de cargos no reconocidos. Tarjetas Banamex S.F.S. se reserva el derecho de efectuar incrementos a las comisiones anteriormente señaladas, así como establecer nuevas comisiones informando al Cliente los nuevos importes o nuevas comisiones por lo menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que surtirán efecto, mediante simple aviso por escrito en el estado de cuentacuenta o aviso por escrito dirigido al domicilio o correo electrónico del Cliente que se tenga en su momento registrado en los sistemas. El Cliente acepta que se entenderá otorgado su consentimiento a los nuevos importes o nuevas comisiones, si no manifiesta expresamente su objeción y solicita dar por terminado el presente Contrato antes de la fecha en que se pretenda surta efectos el incremento o las nuevas comisiones, en cuyo caso deberá cubrir los adeudos que se estará al proceso de terminación previsto hubieren generado a la fecha en la Cláusula 27, inciso a) del presente que solicite dar por terminado el Contrato. Xxxxxxxx Xxxxxxx enviará al Cliente S.F.S. mantendrá la información que contenga los montos, conceptos y periodicidad de las comisiones cuando menos una vez al año, y mantendrá dicha información en su página electrónica en la red mundial Internetde internet.

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Comisiones por incumplimiento o penalidad. a) Una comisión por falta de pago tardío, o gastos de cobranza, cuando el Cliente pague después de la fecha límite de pago y antes de la fecha xx xxxxx del mes siguiente, cuando el Cliente no realice, al menos, ningún el siguiente o una comisión por falta de pago mínimo en la Fecha Límite de Pago cuando no tenga acceso a la Extensión de Plazo de Pago (por no haber realizado cuando menos el pago mínimo dentro del Periodo de Pago en el periodo inmediato anterior) en el mes sea en la Fecha Límite de Pago o bien, a más tardar el último día del plazo de la Extensión de Fecha Límite de Pago) por cada mes o fracción hasta la tercera mensualidad vencida, con base en los mecanismos de cobranza administrativa de Tarjetas Banamex S.F.S. consistentes en telefonemas, telegramas correos electrónicos y comunicados por escrito que se hagan al Cliente. La comisión por falta de pago, no podrá cobrarse más de una vez al mes. No se cobrarán estas dichas comisiones cuando se cobren intereses moratorios durante el mismo periodo. b) Una comisión por reposición de Tarjeta derivada de la pérdida o robo de la misma, así como por retención en Cajeros Automáticos u otros equipos automatizados de Citibanamex o de tercerosautomatizados. No se cobrará comisión en caso de reposición por deterioro derivado del uso de las Tarjetas. c) Una comisión por aclaración improcedente de cargos no reconocidos. Tarjetas Banamex S.F.S. se reserva el derecho de efectuar incrementos a las comisiones anteriormente señaladas, así como establecer nuevas comisiones informando al Cliente los nuevos importes o nuevas comisiones por lo menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha en que surtirán efecto, mediante simple aviso por escrito en el estado de cuentacuenta o aviso por escrito dirigido al domicilio o correo electrónico del Cliente que se tenga en su momento registrado en los sistemas. El Cliente acepta que se entenderá otorgado su consentimiento a los nuevos importes o nuevas comisiones, si no manifiesta expresamente su objeción y solicita dar por terminado el presente Contrato antes de la fecha en que se pretenda surta efectos el incremento o las nuevas comisiones, en cuyo caso deberá cubrir los adeudos que se estará al proceso de terminación previsto hubieren generado a la fecha en la Cláusula 27, inciso a) del presente que solicite dar por terminado el Contrato. Xxxxxxxx Xxxxxxx enviará al Cliente S.F.S. mantendrá la información que contenga los montos, conceptos y periodicidad de las comisiones cuando menos una vez al año, y mantendrá dicha información en su página electrónica en la red mundial de Internet.

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