Common use of CONCURSO DE MÉRITOS Clause in Contracts

CONCURSO DE MÉRITOS. Esta modalidad de selección está consagrada en el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 66 del Decreto 1510 de 2013, cuando se requiera contratar los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, así como aquellos de arquitectura y que corresponden a aquellos “que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría los que tiene por objeto la interventoría, asesorías, gerencia de obra o de proyectos, dirección programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” El procedimiento para la selección de proyectos de arquitectura es el establecido en el Decreto 2326 de 1995, o la norma que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. El concurso de méritos por el sistema de concurso abierto o con precalificación se desarrollará de conformidad con el procedimiento señalado en los artículos 67 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. Cuando del objeto de la consultoría a contratarse se desprenda la necesidad de adquirir bienes y servicios accesorios a la misma, la selección se hará con base en el procedimiento señalado en el presente capítulo. En el caso de que el objeto contractual de consultoría incluya obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública y selección abreviada, según corresponda de conformidad con lo señalado en la Ley. La entidad en la etapa de planeación del concurso de méritos, puede hacer una precalificación de los oferentes cuando dada la complejidad de la consultoría lo considere pertinente, en cuyo caso se deberá seguir el procedimiento señalado en el artículo 68 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. ACTIVIDAD TRAMITE NECESARIO TERMINOS RESPONSABLE 1 Define la necesidad y verifica su inclusión en el plan de contratación previamente aprobado por el municipio de Guarne Es lo primero que debe hacer el área o dependencia que requiere la contratación, antes de elaborar o proyectar cualquier otro documento. Dependencia solicitante 2 Acto administrativo conformación Del Comité Asesor y Evaluador, si así se considera necesario (Artículo 27 del Decreto 1510 de 2013). Estudios del sector Estudios y documentos previos Certificado de disponibilidad Presupuestal. Elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones Discrecional Dependencia solicitante Y Secretaria de Hacienda. 3 se cita al comité con 3 días de antelación Revisa y analiza los estudios previos y el proyectos de pliegos de condiciones Comité de Contratación 4 Publicación del aviso de solicitud de expresiones de interés y del proyecto de Pliegos, Los cuales deben publicarse en el SECOP El que se considere Razonable para que Interesados alleguen Documentación que soporte el cumplimiento de requisitos habilitantes. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 5 Audiencia de Aclaraciones cuando se requiera, cuyo valor exceda de la menor cuantía De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 6 Presentación manifestaciones de interés y verificación de los requisitos habilitantes De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 7 Publicación del informe precalificación y presentación de observaciones Los interesados pueden hacer comentarios al informe de precalificación dentro los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del mismo. Artículo 70 del Decreto 1510 de 2013. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 8 Audiencia de precalificación. Si el número de interesados que cumplen con las condiciones de precalificación supera el máximo establecido en el aviso, en esta audiencia se hace el sorteo para conformar la lista. En el caso de no conformar la lista podrá continuarse el concurso de méritos abierto o sin precalificación u optar nuevamente por realizar la precalificación. Se realizará conforme las reglas establecidas en el artículo 71 del Decreto 1510 de 2013 Dependencia solicitante y/o comité evaluador Nota: La conformación de la lista de precalificados no obliga a la entidad abrir el proceso de contratación.

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CONCURSO DE MÉRITOS. Esta Para Bomberos de Bucaramanga el esta modalidad de selección está consagrada en el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 66 los artículos 2.2.1.2.1.3.8 al 2.2.1.2.1.3.25 del Decreto 1510 1082 de 20132015, cuando se requiera contratar los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, así como aquellos de arquitectura y que corresponden a aquellos los “que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad pre factibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría los que tiene tienen por objeto la interventoría, asesorías, gerencia de obra o de proyectos, dirección programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” El procedimiento para En la selección de proyectos consultores Bomberos de arquitectura es el establecido en el Decreto 2326 de 1995, o la norma que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. El concurso de méritos por Bucaramanga podrá utilizar el sistema de concurso abierto o concurso con precalificación precalificación. Bomberos de Bucaramanga a través del ordenador del gasto, justificará mediante un acto administrativo el uso de la modalidad de selección de contratación directa. Este acto administrativo contendrá el señalamiento de la causal que se desarrollará de conformidad con el procedimiento señalado en los artículos 67 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. Cuando invoca, la determinación del objeto de a contratar, presupuesto para la consultoría a contratarse contratación y las condiciones que se desprenda la necesidad de adquirir bienes exigirán al contratista, indicación del lugar donde se podrán consultar los estudios y servicios accesorios a la mismadocumentos previos, la selección se hará con base en el procedimiento señalado en el presente capítulo. En el caso de que el objeto contractual de consultoría incluya obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública y selección abreviada, según corresponda de conformidad con lo señalado en la Leyel artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015. La entidad en la etapa Dentro de planeación del concurso de méritos, puede hacer una precalificación de los oferentes cuando dada la complejidad las causales de la consultoría lo considere pertinenteContratación directa están:  Urgencia manifiesta;  Convenios o Contratos interadministrativos, en cuyo caso se deberá seguir excepto el procedimiento señalado de seguros;  Contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas;  Cuando no exista pluralidad de oferentes en el artículo 68 mercado; proveedor exclusivo.  Para la prestación de servicios profesionales y siguientes del Decreto 1510 de 2013. ACTIVIDAD TRAMITE NECESARIO TERMINOS RESPONSABLE 1 Define apoyo o para la necesidad ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales; y,  Para el arrendamiento y verifica su inclusión en el plan adquisición de contratación previamente aprobado por el municipio de Guarne Es lo primero que debe hacer el área o dependencia que requiere la contratación, antes de elaborar o proyectar cualquier otro documento. Dependencia solicitante 2 Acto administrativo conformación Del Comité Asesor y Evaluador, si así se considera necesario (Artículo 27 del Decreto 1510 de 2013). Estudios del sector Estudios y documentos previos Certificado de disponibilidad Presupuestal. Elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones Discrecional Dependencia solicitante Y Secretaria de Hacienda. 3 se cita al comité con 3 días de antelación Revisa y analiza los estudios previos y el proyectos de pliegos de condiciones Comité de Contratación 4 Publicación del aviso de solicitud de expresiones de interés y del proyecto de Pliegos, Los cuales deben publicarse en el SECOP El que se considere Razonable para que Interesados alleguen Documentación que soporte el cumplimiento de requisitos habilitantes. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 5 Audiencia de Aclaraciones cuando se requiera, cuyo valor exceda de la menor cuantía De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 6 Presentación manifestaciones de interés y verificación de los requisitos habilitantes De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 7 Publicación del informe precalificación y presentación de observaciones Los interesados pueden hacer comentarios al informe de precalificación dentro los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del mismo. Artículo 70 del Decreto 1510 de 2013. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 8 Audiencia de precalificación. Si el número de interesados que cumplen con las condiciones de precalificación supera el máximo establecido en el aviso, en esta audiencia se hace el sorteo para conformar la lista. En el caso de no conformar la lista podrá continuarse el concurso de méritos abierto o sin precalificación u optar nuevamente por realizar la precalificación. Se realizará conforme las reglas establecidas en el artículo 71 del Decreto 1510 de 2013 Dependencia solicitante y/o comité evaluador Nota: La conformación de la lista de precalificados no obliga a la entidad abrir el proceso de contrataciónbienes inmuebles.

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CONCURSO DE MÉRITOS. Esta modalidad El concurso de méritos es el procedimiento aplicable para la selección está consagrada de consultores. En los términos previstos en el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 2 32, numeral 2, se entiende por contrato de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 66 del Decreto 1510 de 2013, cuando se requiera contratar los servicios consultoría: “(…) Son contratos de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, así como aquellos de arquitectura y que corresponden a aquellos “los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría los que tiene tienen por objeto la interventoría, asesoríasasesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” El procedimiento . Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el interventor entregar por escrito sus órdenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato (…)”. La contratación de los servicios de consultoría podrá realizarse mediante concurso abierto o con precalificación. En la selección de proyectos de arquitectura es el establecido en el Decreto 2326 de 1995, o la norma que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Cuando se trate de objetos que incluyan diseño y ejecución se determinará la modalidad de contratación de acuerdo con la obligación principal. El concurso de méritos por el sistema de concurso abierto o con precalificación se desarrollará de conformidad con el procedimiento señalado en los artículos 67 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. Cuando del objeto de la consultoría a contratarse se desprenda la necesidad de adquirir bienes y servicios accesorios a la misma, la selección se hará con base en el procedimiento señalado en el presente capítulo. En el caso de que el objeto contractual de consultoría incluya obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública y selección abreviada, según corresponda de conformidad con lo señalado en la Ley. La entidad en la etapa de planeación del concurso de méritos, puede hacer una precalificación de los oferentes cuando dada la complejidad de la consultoría lo considere pertinente, en cuyo caso se deberá seguir el procedimiento señalado en el artículo 68 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. ACTIVIDAD TRAMITE NECESARIO TERMINOS RESPONSABLE 1 Define la necesidad y verifica su inclusión en el plan de contratación previamente aprobado por el municipio de Guarne Es lo primero que debe hacer el área o dependencia que requiere la contratación, antes de elaborar o proyectar cualquier otro documento. Dependencia solicitante 2 Acto administrativo conformación Del Comité Asesor y Evaluador, si así se considera necesario (Artículo 27 del Decreto 1510 de 2013). Estudios del sector Estudios y documentos previos Certificado de disponibilidad Presupuestal. Elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones Discrecional Dependencia solicitante Y Secretaria de Hacienda. 3 se cita al comité con 3 días de antelación Revisa y analiza los estudios previos y el proyectos de pliegos de condiciones Comité de Contratación 4 Publicación del aviso de solicitud de expresiones de interés y del proyecto de Pliegos, Los cuales deben publicarse en el SECOP El que se considere Razonable para que Interesados alleguen Documentación que soporte el cumplimiento de requisitos habilitantes. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 5 Audiencia de Aclaraciones cuando se requiera, cuyo valor exceda de la menor cuantía De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 6 Presentación manifestaciones de interés y verificación de los requisitos habilitantes De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 7 Publicación del informe precalificación y presentación de observaciones Los interesados pueden hacer comentarios al informe de precalificación dentro los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del mismo. Artículo 70 del Decreto 1510 de 2013. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 8 Audiencia de precalificación. Si el número de interesados que cumplen con las condiciones de precalificación supera el máximo establecido en el aviso, en esta audiencia se hace el sorteo para conformar la lista. En el caso de no conformar la lista podrá continuarse el concurso de méritos abierto o sin precalificación u optar nuevamente por realizar la precalificación. Se realizará conforme las reglas establecidas en el artículo 71 del Decreto 1510 de 2013 Dependencia solicitante y/o comité evaluador Nota: La conformación de la lista de precalificados no obliga a la entidad abrir el proceso de contratación.

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CONCURSO DE MÉRITOS. Esta 24 Literal b) del numeral 2 del Artículo 2º de la ley 1150 de 2007. Se trata de la modalidad de selección está consagrada de contratista prevista para la contratación de servicios de consultoría25 y proyectos de arquitectura en el numeral 2 del artículo 32 los cuales se pueden utilizar sistemas de concurso abierto o de concurso con precalificación. Cuando la complejidad de la Ley 80 consultoría lo amerite, se podrá adelantar un procedimiento de 1993, precalificación que consiste en la conformación de una lista de interesados (precalificados) a través de un procedimiento público abierto que se realiza con antelación e independencia al proceso de concurso de méritos al que aplique la precalificación Si no se logra conformar la lista de precalificados puede continuarse el artículo 2 proceso de selección mediante el mecanismo de concurso abierto o sin precalificación. En la etapa de planeación de la Ley 1150 de 2007 y contratación corresponde el articulo 66 del Decreto 1510 de 2013, cuando se requiera contratar los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 área gestora de la Ley 80 UAECD determinar si conforme a la naturaleza, complejidad, características técnicas, obligaciones y entregables derivadas de 1993la consultoría o proyecto a contratar, así como aquellos es pertinente adelantar un concurso de arquitectura y que corresponden a aquellos “que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución méritos con precalificación, o un concurso de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisiónméritos abierto. Son también contratos de consultoría los que tiene por objeto la interventoría, asesorías, gerencia de obra o de proyectos, dirección programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” El procedimiento para Para la selección de proyectos de arquitectura deberán atenderse las normas especiales aplicables a dichos concursos. La oferta más favorable en esta modalidad es la de mayor calidad, teniendo en cuenta la experiencia del proponente, el establecido recurso humano de éste y los aspectos técnicos del proyecto, con independencia del precio que no será factor de calificación y de acuerdo con los criterios establecidos en el Decreto 2326 pliego de 1995, o condiciones. Es importante señalar que en los Estudios Previos el valor estimado del contrato en este caso no debe indicar las variables utilizadas para calcular el presupuesto de la norma que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyancontratación. El concurso de méritos por el sistema de concurso abierto o con precalificación se desarrollará de conformidad con el procedimiento señalado en los artículos 67 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. Cuando del objeto de la consultoría a contratarse se desprenda la necesidad de adquirir bienes y servicios accesorios a la misma, la selección se hará con base en el procedimiento señalado en el presente capítulo. En el caso de que el objeto contractual de consultoría incluya obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública y selección abreviada, según corresponda de conformidad con lo señalado en la Ley. La entidad en la etapa de planeación del concurso de méritos, puede hacer una precalificación de los oferentes cuando dada la complejidad de la consultoría lo considere pertinente, en cuyo caso se deberá seguir el procedimiento señalado en el artículo 68 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. ACTIVIDAD TRAMITE NECESARIO TERMINOS RESPONSABLE 1 Define la necesidad y verifica su inclusión en el plan de contratación previamente aprobado por el municipio de Guarne Es lo primero que debe hacer el área o dependencia que requiere la contratación, antes de elaborar o proyectar cualquier otro documento. Dependencia solicitante 2 Acto administrativo conformación Del Comité Asesor y Evaluador, si así se considera necesario (Artículo 27 del Decreto 1510 de 2013). Estudios del sector Estudios y documentos previos Certificado de disponibilidad Presupuestal. Elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones Discrecional Dependencia solicitante Y Secretaria de Hacienda. 3 se cita al comité con 3 días de antelación Revisa y analiza los estudios previos y el proyectos de pliegos de condiciones Comité de Contratación 4 Publicación del aviso de solicitud de expresiones de interés y del proyecto de Pliegos, Los cuales deben publicarse en el SECOP El que se considere Razonable general para que Interesados alleguen Documentación que soporte el cumplimiento de requisitos habilitantes. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 5 Audiencia de Aclaraciones cuando se requiera, cuyo valor exceda de la menor cuantía De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 6 Presentación manifestaciones de interés y verificación de los requisitos habilitantes De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 7 Publicación del informe precalificación y presentación de observaciones Los interesados pueden hacer comentarios al informe de precalificación dentro los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del mismo. Artículo 70 del Decreto 1510 de 2013. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 8 Audiencia de precalificación. Si el número de interesados que cumplen con las condiciones de precalificación supera el máximo establecido en el aviso, en esta audiencia se hace el sorteo para conformar la lista. En el caso de no conformar la lista podrá continuarse el concurso de méritos abierto o sin precalificación u optar nuevamente por realizar la precalificación. Se realizará conforme las reglas establecidas en es el artículo 71 del Decreto 1510 de 2013 Dependencia solicitante y/o comité evaluador Nota: La conformación de la lista de precalificados no obliga a la entidad abrir el proceso de contratación.siguiente:

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CONCURSO DE MÉRITOS. Esta modalidad de selección está consagrada en el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 66 los artículos 2.2.1.2.1.3.1 al 2.2.1.2.1.3.7 del Decreto 1510 1082 de 20132015, cuando se requiera contratar los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 199319939, así como aquellos de arquitectura y que corresponden a aquellos “que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversiónarquitectura. Para los procesos de selección que se adelanten por concurso de méritos se debe establecer la forma de calificación incluyendo los siguientes criterios: a) la experiencia del proponente y del equipo de trabajo; y b) la formación académica y las publicaciones técnicas y científicas del equipo de trabajo, estudios en caso de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a que aplique. Lo anterior aplica en cualquiera de las asesorías técnicas clases de coordinación, control y supervisiónconcurso de méritos. Son también contratos La contratación de los servicios de consultoría los que tiene por objeto la interventoría, asesorías, gerencia de obra podrá realizarse mediante concurso abierto o de proyectos, dirección programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” El procedimiento para con precalificación. En la selección de proyectos de arquitectura es el establecido en el Decreto 2326 de 1995, o la norma que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. El concurso de méritos por siempre se utilizará el sistema de concurso abierto o con precalificación por medio de jurados. Para proceder a precalificar e integrar la correspondiente lista limitada de oferentes, se desarrollará de conformidad con debe aplicar el procedimiento señalado que se señala en los artículos 67 el artículo 2.2.1.2.1.3.3 y siguientes del Decreto 1510 1082 de 20132015, el cual es anterior e independiente de los procesos de concurso de méritos para los que se aplique. Cuando del objeto El procedimiento para concurso de méritos con precalificación con código GC-PR-011 debe ser consultado y aplicado por las diferentes áreas de origen de la consultoría EMB. Se debe convocar a contratarse se desprenda la necesidad los interesados por medio de adquirir bienes y servicios accesorios a la misma, la selección se hará con base un aviso publicado en el procedimiento señalado en el presente capítulo. En el caso de que el objeto contractual de consultoría incluya obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública y selección abreviada, según corresponda de conformidad con lo señalado en la Ley. La entidad en la etapa de planeación del concurso de méritos, puede hacer una precalificación de los oferentes cuando dada la complejidad de la consultoría lo considere pertinente, en cuyo caso se deberá seguir el procedimiento señalado en el artículo 68 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. ACTIVIDAD TRAMITE NECESARIO TERMINOS RESPONSABLE 1 Define la necesidad y verifica su inclusión en el plan de contratación previamente aprobado por el municipio de Guarne Es lo primero SECOP que debe hacer el área o dependencia que requiere tener la contratación, antes siguiente información: Luego de elaborar o proyectar cualquier otro documento. Dependencia solicitante 2 Acto administrativo conformación Del Comité Asesor y Evaluador, si así se considera necesario (Artículo 27 del Decreto 1510 de 2013). Estudios del sector Estudios y documentos previos Certificado de disponibilidad Presupuestal. Elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones Discrecional Dependencia solicitante Y Secretaria de Hacienda. 3 se cita al comité con 3 días de antelación Revisa y analiza los estudios previos y el proyectos de pliegos de condiciones Comité de Contratación 4 Publicación del aviso de solicitud de expresiones recibir las manifestaciones de interés y del proyecto los documentos con los cuales los interesados acrediten la experiencia, formación, publicaciones y la capacidad de Pliegosorganización, Los cuales deben publicarse en el SECOP El que se considere Razonable para que Interesados alleguen Documentación que soporte el cumplimiento la EMB debe adelantar la precalificación de requisitos habilitantes. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 5 Audiencia de Aclaraciones cuando se requiera, cuyo valor exceda de la menor cuantía De acuerdo con cronograma fijado lo dispuesto en el aviso de convocatoria Dependencia para la precalificación. La Gerencia de Contratación, junto con el área solicitante y/o comité evaluador 6 Presentación manifestaciones de interés la contratación, deben elaborar un informe de precalificación y verificación de los requisitos habilitantes De acuerdo con cronograma fijado publicarlo en el SECOP por el término establecido en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 7 Publicación del informe precalificación y presentación de observaciones para la precalificación. Los interesados pueden hacer comentarios al informe de precalificación dentro durante los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del mismo. Artículo 70 del Decreto 1510 La Gerencia de 2013Contratación adelanta una audiencia pública en la cual conforma la lista de interesados precalificados para participar en el Proceso de Contratación respectivo. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 8 Audiencia En la audiencia contesta las observaciones al informe de precalificaciónprecalificación y notifica la lista de precalificación de acuerdo con lo establecido en la ley. Si la EMB establece un número máximo de interesados para conformar la lista de precalificados y el número de interesados que cumplen cumple con las condiciones de precalificación supera el es superior al máximo establecido en el avisoestablecido, en esta la audiencia se hace de precalificación la Gerencia de Contratación debe hacer el sorteo para conformar la lista, de acuerdo con lo que haya establecido en el aviso de convocatoria. En el caso de Si no se puede conformar la lista podrá continuarse de precalificados, la Gerencia de Contratación puede continuar con el Proceso de Contratación en la modalidad de concurso de méritos abierto o sin precalificación u optar nuevamente por realizar la precalificación. Se realizará conforme las reglas establecidas en el artículo 71 del Decreto 1510 de 2013 Dependencia solicitante y/o comité evaluador Nota: La conformación de la lista de precalificados no obliga a la entidad EMB a abrir el proceso Proceso de contrataciónContratación.

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CONCURSO DE MÉRITOS. Esta Corresponde a la modalidad prevista para la selección de selección está consagrada consultores o proyectos, en la que se podrán utilizar sistemas de concurso abierto o de precalificación. En este último se conforma una lista de precalificados mediante convocatoria pública, pudiendo integrarse listas limitadas de oferentes, utilizando criterios como el de experiencia, capacidad intelectual y de organización de los proponentes. Mediante el Concurso se contratan los servicios de consultoría enunciados en el numeral 2 del artículo 32 de la Ley ley 80 de 1993, en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el articulo 66 del Decreto 1510 de 2013, cuando se requiera contratar los servicios de consultoría a que se refiere el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, así como aquellos de arquitectura y que corresponden a aquellos “que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de ejecutar proyectos de inversión, ; los estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a ; las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión. Son también contratos de consultoría los que tiene por objeto : la interventoría, asesoríasasesoría, gerencia de obra o de proyectos; la dirección, dirección programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.” El procedimiento para la selección de proyectos y los proyectos de arquitectura es el establecido en el Decreto 2326 arquitectura. Cuando se trate de 1995, o objetos que incluyan diseño y ejecución se determinará la norma que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyanmodalidad de contratación de acuerdo con la obligación principal. El concurso de méritos por el sistema de concurso abierto o con precalificación se desarrollará de conformidad con el procedimiento señalado en los artículos 67 2.2.1.2.1.3.2. y siguientes del Decreto 1510 1082 de 20132012. Cuando del objeto de la consultoría a contratarse se desprenda la necesidad de adquirir bienes y servicios accesorios a la misma, la selección se hará con base en el procedimiento señalado en el presente capítulonumeral. En el caso de que el objeto contractual de consultoría incluya obligaciones principales, como por ejemplo en el caso de ejecución de construcción de la obra, la escogencia del contratista deberá adelantarse mediante licitación pública y selección abreviada, según corresponda de conformidad con lo señalado en la Ley. La entidad en la etapa de planeación del concurso de méritos, puede hacer una precalificación de los oferentes cuando dada la complejidad de la consultoría lo considere pertinente, en cuyo caso se deberá seguir el procedimiento señalado en el artículo 68 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. ACTIVIDAD TRAMITE NECESARIO TERMINOS RESPONSABLE 1 Define la necesidad y verifica su inclusión en el plan de contratación previamente aprobado por el municipio de Guarne Es lo primero que debe hacer el área o dependencia que requiere la contratación, antes de elaborar o proyectar cualquier otro documento. Dependencia solicitante 2 Acto administrativo conformación Del Comité Asesor y Evaluador, si así se considera necesario (Artículo 27 del Decreto 1510 de 2013). Estudios del sector Estudios y documentos previos Certificado de disponibilidad Presupuestal. Elabora el proyecto xx xxxxxx de condiciones Discrecional Dependencia solicitante Y Secretaria de Hacienda. 3 se cita al comité con 3 días de antelación Revisa y analiza los estudios previos y el proyectos de pliegos de condiciones Comité de Contratación 4 Publicación del aviso de solicitud de expresiones de interés y del proyecto de Pliegos, Los cuales deben publicarse en el SECOP El que se considere Razonable para que Interesados alleguen Documentación que soporte el cumplimiento de requisitos habilitantes. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 5 Audiencia de Aclaraciones cuando se requiera, cuyo valor exceda de la menor cuantía De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 6 Presentación manifestaciones de interés y verificación de los requisitos habilitantes De acuerdo con cronograma fijado en el aviso de convocatoria Dependencia solicitante y/o comité evaluador 7 Publicación del informe precalificación y presentación de observaciones Los interesados pueden hacer comentarios al informe de precalificación dentro los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación del mismo. Artículo 70 del Decreto 1510 de 2013. Dependencia solicitante y/o comité evaluador 8 Audiencia de precalificación. Si el número de interesados que cumplen con las condiciones de precalificación supera el máximo establecido en el aviso, en esta audiencia se hace el sorteo para conformar la lista. En el caso de no conformar la lista podrá continuarse el concurso de méritos abierto o sin precalificación u optar nuevamente por realizar la precalificación. Se realizará conforme las reglas establecidas en el artículo 71 del Decreto 1510 de 2013 Dependencia solicitante y/o comité evaluador Nota: La conformación de la lista de precalificados no obliga a la entidad abrir el proceso de contratación.

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