CONDENAS PENALES. El licitador al que represento, las personas miembros de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tienen poderes de representación, decisión o control en él, no han sido objeto, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable: - Por participar en una organización delictiva tal como se define en el art 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de Octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L300 de 11.11.2008 p.42) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por corrupción tal como se define en el art 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la UE (DOC 195 de 25.6.19997, p.1) y en el art. 2 apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de Julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003 p.54). Este motivo de exclusión también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del licitador. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por delitos de terrorismo o ligados con el terrorismo tal como se define en los arts. 1 y 3 de la Decisión Marco del Consejo, de 13 xx Xxxxx de 2002, sobre lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p.3). Este motivo engloba también la inducción, complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el art 4 de la citada Decisión Xxxxx. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, tal como se definen en el art 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el bloqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, tal como se definen en el art 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx Xxxxx de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor:
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CONDENAS PENALES. El licitador al que represento, las personas miembros de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tienen poderes de representación, decisión o control en él, no han sido objeto, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable: - Por participar en una organización delictiva tal como se define en el art 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de Octubre octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L300 de 11.11.2008 p.42) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por corrupción tal como se define en el art 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la UE (DOC 195 de 25.6.19997, p.1) y en el art. 2 apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de Julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003 p.54). Este motivo de exclusión también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del licitador. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por delitos de terrorismo o ligados con el terrorismo tal como se define en los arts. 1 y 3 de la Decisión Marco del Consejo, de 13 xx Xxxxx xxxxx de 2002, sobre lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p.3). Este motivo engloba también la inducción, complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el art 4 de la citada Decisión Xxxxx. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, tal como se definen en el art 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Octubre octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el bloqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor: - Por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, tal como se definen en el art 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx Xxxxx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: Código: Expedidor:
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CONDENAS PENALES. El licitador al que represento, las personas miembros de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tienen poderes de representación, decisión o control en él, no SÍ ☐ NO ☐ han sido objeto, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable: - Por participar en una organización delictiva tal como se define en el art 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de Octubre octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L300 de 11.11.2008 p.42) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: __________________________ - Por corrupción tal como se define en el art 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la UE (DOC 195 de 25.6.19997, p.1) y en el art. 2 apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de Julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003 p.54). Este motivo de exclusión también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del licitador. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: __________________________ - Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: __________________________ - Por delitos de terrorismo o ligados con el terrorismo tal como se define en los arts. 1 y 3 de la Decisión Marco del Consejo, de 13 xx Xxxxx xxxxx de 2002, sobre lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p.3). Este motivo engloba también la inducción, complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el art 4 de la citada Decisión Xxxxx. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: __________________________ - Por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, tal como se definen en el art 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Octubre octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el bloqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si UE Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: _________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: __________________________ - Por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, tal como se definen en el art 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx Xxxxx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: _________________________________ Código: ______________________________ Expedidor:: __________________________
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CONDENAS PENALES. El licitador al que represento, las personas miembros de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tienen poderes de representación, decisión o control en él, no han sido objeto, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable: - Por participar en una organización delictiva tal como se define en el art 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de Octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L300 de 11.11.2008 p.42) La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: - __________________________ Por corrupción tal como se define en el art 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la UE (DOC 195 de 25.6.19997, p.1) y en el art. 2 apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de Julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003 p.54). Este motivo de exclusión también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del licitador. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: - __________________________ Por fraude en el sentido del art 1 del Convenio relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO C 316 de 27.11.1995, p.48). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: - __________________________ Por delitos de terrorismo o ligados con el terrorismo tal como se define en los arts. 1 y 3 de la Decisión Marco del Consejo, de 13 xx Xxxxx de 2002, sobre lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p.3). Este motivo engloba también la inducción, complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal como se contempla en el art 4 de la citada Decisión Xxxxx. La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: __________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: - __________________________ Por blanqueo de capitales o financiación del terrorismo, tal como se definen en el art 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de Octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el bloqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p.15). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si UE Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: _________________________________ Código: ______________________________ Expedidor: - __________________________ Por trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos, tal como se definen en el art 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx Xxxxx de 2011, relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p.1) ). La información anterior se halla disponible sin coste en una base de datos de un Estado Miembro de la UE: Si Sí / No (Señalar la opción correcta, si se ha marcado afirmativamente se rellenarán los 3 apartados siguientes) Url: _________________________________ Código: ______________________________ Expedidor:: __________________________
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