CONDICIONES DE ACEPTACIÓN Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. La persona sobre cuya vida recae el seguro deberá tener una edad comprendida entre los 14 y los 65 años, estar en buen estado de salud y así manifestarlo en el cuestionario médico que se le someta.
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. EANA no aceptará equipos que requieran de adaptadores para la conexión de los mismos a la red eléctrica. A su vez, el Adjudicatario deberá proveer a EANA los manuales de usuario originales correspondientes, en español o en su defecto en inglés, que pudieran corresponder. Solo se aceptará la entrega del equipamiento en su embalaje original y provisto de sus accesorios correspondientes. El Adjudicatario deberá realizar el inventario del equipamiento y materiales entregados a EANA y entregar un informe detallado con la respectiva información.
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. El licitador deberá detallar un conjunto de pruebas básicas de aceptación a realizar tras la provisión de lo solicitado en el respectivo servicio. Dichas pruebas de aceptación para la validación de un servicio deben ser consensuadas y aceptadas por el SEPE. Asimismo, deberán proponer un mecanismo para que el SEPE pueda comprobar la realización satisfactoria de dichas pruebas de forma centralizada. El conjunto de pruebas y los mecanismos de comprobación tendrán que ser previamente aprobados por el SEPE, quien se reservan el derecho de modificarlas o incluir otras nuevas previa notificación a la otra parte en el caso de hacerse uso de tal derecho. El adjudicatario informará de los servicios que se vayan implantando, con objeto de que sean facturados mensualmente en función de las tablas de referencia que el licitador proporcione para cada elemento y servicio. Se establece un periodo de 15 días naturales durante el cual el adjudicatario no facturará dicho servicio, para verificar la correcta operatividad y parámetros de calidad del mismo, debiendo mantener un nivel igual o superior al actual, y en todo caso acorde con lo referenciado en la oferta. Los costes de altaserán facturados independientemente a los servicios y de forma única tras la aceptación final por parte xxx XXXX. A lo largo de la Fase de Implantación, el adjudicatario deberá entregar a los responsables designados por el SEPE un conjunto de informes que permita conocer el estado de la implantación. Igualmente, al finalizar la implantación deberá entregar la documentación completa y detallada de las soluciones implantadas y servicios operativos. Durante la fase de implantación se entregará al SEPE de forma periódica, al menos, la siguiente información:  Descripción de los trabajos realizados, elementos instalados, líneas activadas y terminales distribuidos.  Plan de pruebas ejecutado: descripción y resultados de las pruebas realizadas.  Informe de progreso y grado de avance.  Actas de las reuniones mantenidas, durante esta fase, entre el adjudicatario y los responsables designados por el SEPE. La fase de implantación finalizará con la entrega de la documentación completa de la instalación realizada, adjuntando Aun teniendo en cuenta que la empresa adjudicataria proporcionará una solución de continuidad de los servicios actuales a partir de la fecha de comienzo del contrato el plazo máximo para la puesta en marcha de los nuevos servicios será: • Terminalesy líneas: El 31/03//2013, o 6 meses a p...
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN solo se tendrán en cuenta las propuestas que hubieran sido presentadas hasta el instante de la apertura. Una vez abierto el primer sobre, no se admitirá propuesta alguna ni modificaciones de las presentaciones o pedidos de explicaciones o aclaraciones que interrumpa el acto.
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. A la fecha de aprobación del expediente de contratación de este servicio todo el parque de aparatos elevadores funciona correctamente y ha superado las inspecciones técnicas reglamentarias oportunas, por lo que la presentación de la proposición económica implicará la conformidad con el estado general de los aparatos elevadores e instalaciones electromecánicas. No obstante, durante el plazo de presentación de ofertas los licitadores podrán solicitar a los responsables de las Gerencias Territoriales autorización para acceder a los edificios en los que se encuentren ubicados los aparatos elevadores e instalaciones electromecánicas en los plazos y condiciones fijados en el pliego de cláusulas administrativas particulares para que realicen cuantas verificaciones estimen necesarias para comprobar el buen estado de los aparatos elevadores En ningún caso, la empresa podrá alegar defectos o averías previos a la fecha de formalización del contrato para evitar las actuaciones necesarias en orden a la solución de los problemas, siendo aplicable a la subsanación de los mismos el conjunto de obligaciones previsto en este pliego.
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. 1.3.1. Resistencia del hormigón
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. Este seguro cubrirá al titular xxx xxxxxxxx que se especifique en el contrato de mutuo, mediante el pago de la prima correspondiente, para toda la plantilla objeto de este seguro y para cualquier aceptación adicional serán: Riesgo cubierto: muerte por cualquier causa. Nota: para cualquier alta individual adicional aplicarán las presentes condiciones de aseguramiento.
CONDICIONES DE ACEPTACIÓN. Para todos los elementos de fijación suministrados, el Concesionario deberá suministrar previamente las especificaciones técnicas y la lista de las pruebas que se efectuarán en la planta. Posteriormente, junto con los materiales, deberá suministrar los certificados en los que se indiquen las pruebas realizadas y los resultados obtenidos. El material suministrado deberá satisfacer las pruebas establecidas por la xxxxx XXXXX en el capítulo 10 con una reducción en el peso de 30% para la prueba de fatiga y para la prueba de carga lateral.

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  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Xxxxxxxx 116. Mayotte

  • Legitimación Podrá interponer el correspondiente recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.

  • Fallecimiento De su tío, tía, sobrinos o sobrinas. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato, y que conlleve el cese absoluto de cualquier actividad profesional o similar. De una de las personas participantes en la estancia y que esté asegurada en virtud del presente contrato. De Usted mismo/a o de su cónyuge (de hecho o de derecho) asegurado/a por el presente contrato, siempre y cuando esta circunstancia no ocurriera antes de la suscripción del contrato.  En calidad de miembro xx xxxxxx o de testigo en un procedimiento penal.  En calidad xx xxxxxx. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Siempre y cuando se le cite en una fecha que coincida con el periodo de viaje. Consecuencia de un suspenso desconocido en el momento de la reserva o la suscripción del contrato (únicamente para estudios superiores), siempre y cuando dicho examen tenga lugar durante el viaje. Para Usted mismo/a, su cónyuge (de hecho o de derecho) o uno de sus ascendientes o descendientes en el 0.xx grado de parentesco. O bien causados por las fuerzas de la naturaleza a sus locales profesionales o personales y que exijan obligatoriamente su presencia para tomar las medidas cautelares necesarias. Siempre y cuando la importancia de dicha sustracción requiera su presencia y se produzca en las 48 horas anteriores al inicio del viaje. Ocasionados en las 48 horas anteriores al inicio del viaje y siempre y cuando no pueda utilizar dicho vehículo para llegar al lugar de la estancia. Por carretera o ferrocarril o vía marítima o aérea, el día del inicio de la estancia  Cierres de vías públicas decretados por el Estado o una autoridad local;  Huelga de los transportes públicos que le impida llegar en las 24 horas posteriores al inicio previsto de su estancia;  Inundaciones o fenómenos naturales que impidan la circulación, constatados por la autoridad competente;  Accidentes de circulación durante el trayecto necesario para llegar a su alojamiento previsto y cuyas consecuencias supongan la inmovilización del vehículo, justificada mediante el informe de un perito.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.