Common use of Condiciones del Crédito Clause in Contracts

Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de vivienda, el préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, la partida del inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(s) a ser transferida(s) a EL CLIENTE, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato de compraventa. 2.2 EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el FMV; y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTE, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el crédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTE. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará a favor de EL CLIENTE el derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 El crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTE, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxx, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1249° del código civil. 2.4 El crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contrato. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, EL CLIENTE queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, gastos, las primas por seguro de daños a la propiedad y seguro de desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido por EL CLIENTE), según lo establecido en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respecto. 2.6 Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a la suscripción del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicado. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, seguros de daño a la propiedad y seguro de desgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato de acuerdo a la hoja resumen y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTE. 2.7 Salvo en los casos de pago anticipado del crédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisiones, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta.

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Samples: Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria, Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria

Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de vivienda, el 2.1. El préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, en caso de bienes terminados, la partida del inmueble Inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(s) las Viviendas a ser transferida(s) transferidas a EL CLIENTE, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicosRegistros Públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato Contrato de compraventaCompraventa. 2.2 2.2. EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito Crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el FMV; COFIDE y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTE, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el créditoCrédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTE. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará a favor de EL CLIENTE el derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 2.3. El crédito Crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTEAnexo 2, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxxxxxxxx previa solicitud de EL CLIENTE, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo Artículo 1249° del código civilCódigo Civil. 2.4 El crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contrato. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, 2.4. EL CLIENTE queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito Crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorioscompensatorios y moratorios los mismos que son fijos, intereses moratorios o penalidades, las comisiones, gastos, costos del servicio, las primas por seguro Seguro de daños Daños a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamen Desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido en la medida que EL BANCO contrate el seguro), tributos que corresponda, conforme a los términos y condiciones del presente Contrato. Tales montos deberán ser cancelados por EL CLIENTE), según lo establecido CLIENTE a EL BANCO en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De plazo indicado en el numeral 2.3 mediante cuotas mensuales de igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respectovalor. 2.6 2.5. Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, definitivo que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días luego de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a bloqueada la suscripción partida registral del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicadoInmueble. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidadescompensatorios y moratorios, comisiones, seguros Seguros de daño Daño a la propiedad Propiedad (condicionado a la existencia del bien) y seguro Seguro de desgravamenDesgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato de acuerdo a la hoja resumen Contrato y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTE. 2.7 2.6. Salvo en los casos de pago anticipado anticipados del créditoCrédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisionesmontos correspondientes a los gastos y comisiones adeudados, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuartaCrédito.

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Samples: Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria

Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de vivienda, el 4.1 El préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, la partida del inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origineeste contrato, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(s) las Viviendas a ser transferida(s) transferidas a EL CLIENTElos Beneficiarios, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicosRegistros Públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato Contrato de compraventaCompraventa. 2.2 4.2 EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito Crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el FMV; FMV S.A. y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas políticas, económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTEdel Beneficiario, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el créditoCrédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTEal Beneficiario. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará generara a favor de EL CLIENTE el del Beneficiario derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 4.3 El crédito Crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTEAnexo 2, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxx, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1249° del código civilBeneficiario. 2.4 4.4 El crédito Crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE el Anexo 2, a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contratovigencia. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, EL CLIENTE 4.5 El Beneficiario queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito Crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorioscompensatorios y moratorios convenidos, intereses moratorios o penalidades, las comisiones, gastos, las primas por seguro Seguro de daños Daños a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido por EL CLIENTE)Desgravamen, según lo establecido en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo tributos y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respectocorresponda, conforme a los términos y condiciones del presente Contrato. Tales montos deberán ser cancelados por el Beneficiario a EL BANCO en el plazo indicado en el numeral 4.3 mediante cuotas mensuales de igual valor. 2.6 4.6 Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a la suscripción del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicadoal Beneficiario. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidadescompensatorios y moratorios, comisiones, seguros gastos, Seguros de daño Daño a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamenDesgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato de acuerdo a la hoja resumen Contrato y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTEdel Beneficiario. 2.7 4.7 Salvo en los casos de pago anticipado adelantado del créditoCrédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE el Beneficiario serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisionesmontos correspondientes a los gastos y comisiones adeudados, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuartaCrédito.

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Samples: Contrato De Subpréstamo Y Constitución De Garantía Hipotecaria Convencional

Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de vivienda, el 2.1. El préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, en caso de bienes terminados, la partida del inmueble Inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(sXxxxxxxx(s) a ser transferida(s) a EL CLIENTE, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicosRegistros Públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato Contrato de compraventaCompraventa. 2.2 2.2. EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito Crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el EL FMV; y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTE, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el créditoCrédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTE. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará a favor de EL CLIENTE el derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 2.3. El crédito Crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTEAnexo 2, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxx, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo Artículo 1249° del código civilCódigo Civil. 2.4 2.4. El crédito Crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE el Anexo 2 a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contratovigencia. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, 2.5. EL CLIENTE queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito Crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, gastos, las primas por seguro Seguro de daños Daños a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamen Desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido por EL CLIENTE), según lo establecido en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo tributos y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respectocorresponda, conforme a los términos y condiciones del presente Contrato. 2.6 2.6. Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, que forma parte integrante del Anexo 2, que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días luego de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a bloqueada la suscripción partida registral del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicadoInmueble. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, seguros Seguros de daño Daño a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamenDesgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato Contrato de acuerdo a la hoja resumen lo señalado en el Anexo 2, y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTE. 2.7 2.7. Salvo en los casos de pago anticipado del créditoCrédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisiones, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito Crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuartaCuarta.

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Samples: Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria

Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de vivienda, el 2.1. El préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, en caso de bienes terminados, la partida del inmueble Inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(s) las Viviendas a ser transferida(s) transferidas a EL CLIENTE, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicosRegistros Públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato Contrato de compraventaCompraventa. 2.2 2.2. EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito Crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el FMV; COFIDE y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTE, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el créditoCrédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTE. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará a favor de EL CLIENTE el derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 2.3. El crédito Crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTEAnexo 2, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxxxxxxxx previa solicitud de EL CLIENTE, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo Artículo 1249° del código civilCódigo Civil. 2.4 El crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contrato. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, 2.4. EL CLIENTE queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito Crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorioscompensatorios y moratorios los mismos que son fijos, intereses moratorios o penalidades, las comisiones, gastos, costos del servicio, las primas por seguro Seguro de daños Daños a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido Desgravamen(en la medida que EL BANCO contrate el seguro),tributosque corresponda, conforme a los términos y condiciones del presente Contrato. Tales montos deberán ser cancelados por EL CLIENTE), según lo establecido CLIENTE a EL BANCO en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De plazo indicado en el numeral 2.3 mediante cuotas mensuales de igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respectovalor. 2.6 2.5. Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, definitivo que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días luego de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a bloqueada la suscripción partida registral del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicadoInmueble. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidadescompensatorios y moratorios, comisiones, seguros Seguros de daño Daño a la propiedad Propiedad(condicionado a la existencia del bien) y seguro Seguro de desgravamenDesgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato de acuerdo a la hoja resumen Contrato y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTE. 2.7 2.6. Salvo en los casos de pago anticipado anticipados del créditoCrédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisionesmontos correspondientes a los gastos y comisiones adeudados, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuartaCrédito.

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Samples: Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria

Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de vivienda, el 2.1. El préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, en caso de bienes terminados, la partida del inmueble Inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(sXxxxxxxx(s) a ser transferida(s) a EL CLIENTE, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicosRegistros Públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato Contrato de compraventaCompraventa. 2.2 2.2. EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito Crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el EL FMV; y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTE, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el créditoCrédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTE. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará a favor de EL CLIENTE el derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 2.3. El crédito Crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTEAnexo 2, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxx, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo Artículo 1249° del código civilCódigo Civil. 2.4 2.4. El crédito Crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE el Anexo 2 a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contratovigencia. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, 2.5. EL CLIENTE queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito Crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, gastosgastos1, las primas por seguro Seguro de daños Daños a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamen Desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido por EL CLIENTE), según lo establecido en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo tributos y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respectocorresponda, conforme a los términos y condiciones del presente Contrato. 2.6 2.6. Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, que forma parte integrante del Anexo 2, que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días luego de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a bloqueada la suscripción partida registral del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicadoInmueble. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses intereses 1 Los gastos deberán implicar la prestación de un servicio previamente acordado cuyo valor se basa en un costo real y demostrable, conforme lo indica el artículo 11 del Reglamento de Transparencia. compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, seguros Seguros de daño Daño a la propiedad Propiedad y seguro Seguro de desgravamenDesgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato Contrato de acuerdo a la hoja resumen lo señalado en el Anexo 2, y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTE. 2.7 2.7. Salvo en los casos de pago anticipado del créditoCrédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisiones, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito Crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuartaCuarta.

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Condiciones del Crédito. 2.1 En caso de bienes terminados o mejoramiento de viviendaterminados, el préstamo que se otorga será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, luego de haberse bloqueado registralmente, la partida del inmueble para la posterior inscripción de la hipoteca que será otorgada por EL CLIENTE a favor de EL BANCO. En caso de bien futuro el préstamo será desembolsado a la firma de la escritura pública que esta minuta origine, siempre que EL BANCO hubiese obtenido del constructor las garantías que considere necesarias para respaldar la existencia, terminación y entrega de la(s) vivienda(s) a ser transferida(s) a EL CLIENTE, debidamente independizadas con declaratoria de fábrica e inscritas en registros públicos, incluyendo las características pactadas en el contrato de compraventa. 2.2 EL BANCO se reserva el derecho de suspender el desembolso del crédito si, por algún motivo, no se cumplieran con las condiciones establecidas por el Fondo Mivivienda; en adelante el FMV; y/o variaran de modo adverso las condiciones xxx xxxxxxx financiero, las políticas económicas, legales, locales y/o la situación financiera de EL CLIENTE, y/o en general las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el crédito, bastando para formalizar dicha suspensión una comunicación escrita remitida a EL CLIENTE. El ejercicio de este derecho por parte de EL BANCO no generará a favor de EL CLIENTE el derecho de reclamar para sí el pago de suma alguna por ningún concepto en contra de EL BANCO. 2.3 El crédito se amortizará en el número de cuotas establecido en el cronograma de pagos que se entrega a EL CLIENTE, incluidos los meses previstos de periodo xx xxxxxx, contados a partir de la fecha de desembolso a favor de EL CLIENTE; pactándose expresamente la capitalización de intereses de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1249° del código civil. 2.4 El crédito devengará como interés compensatorio el establecido en la hoja resumen entregada a EL CLIENTE a partir de su desembolso y durante toda su vigencia a la suscripción del presente contrato. 2.5 Cuando EL CLIENTE incurriere en algunos de los supuestos de aceleración de plazos y resolución, indicados en la clausula décima primera del presente contrato, y demás supuestos descritos en el presente contrato, EL CLIENTE queda obligado a devolver a EL BANCO el monto correspondiente al capital del crédito y, adicionalmente, a pagar los intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, gastos, las primas por seguro de daños a la propiedad y seguro de desgravamen (cuya contratación haya sido previamente instruido por EL CLIENTE), según lo establecido en la hoja resumen, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido a la firma del presente contrato. De igual manera, queda obligado a devolver cualquier tributo y cualquier otra suma que pudiese corresponder al respecto. 2.6 Las cuotas pendientes de cancelación serán detalladas en un cronograma de pagos definitivo, que EL BANCO entregará a EL CLIENTE a los 30 días de suscrito el presente documento. De igual manera, EL CLIENTE declara haber recibido a la suscripción del presente contrato, un cronograma de pagos preliminar que será reemplazado por el cronograma de pagos definitivo previamente indicado. Dichas cuotas incluirán los montos correspondientes a la amortización del principal, intereses compensatorios, intereses moratorios o penalidades, comisiones, seguros de daño a la propiedad y seguro de desgravamen, así como cualquier otro concepto que se derive del presente contrato de acuerdo a la hoja resumen y que se encuentre pendiente de pago por parte de EL CLIENTE. 2.7 Salvo en los casos de pago anticipado del crédito, los montos desembolsados por EL CLIENTE serán imputados, en primer término, a cancelar los gastos, comisiones, luego a los intereses moratorios y compensatorios devengados y, finalmente, a la amortización del principal del crédito de acuerdo a lo establecido en la cláusula cuarta.

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Samples: Crédito Hipotecario