CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS ADICIONALES. Corresponderá al CONCESIONARIO encargarse de la Conservación de las Obras Adicionales a partir de la aprobación o aceptación de dichas obras, para lo cual el CONCESIONARIO propondrá al CONCEDENTE con copia al REGULADOR un costo anual de Mantenimiento de las Obras Adicionales, a más tardar a los treinta (30) Días Calendario de culminadas las mismas. El CONCEDENTE contará con un plazo máximo de treinta (30) Días de recibida la propuesta para aprobar la propuesta del CONCESIONARIO, debiendo contar para ello con la opinión previa del REGULADOR dentro de un plazo de veinte (20) Días de recibida la propuesta. Una vez aceptado el pago por el Mantenimiento de las Obras Adicionales, este monto se incrementará al XXXX hasta la caducidad de la Concesión, es decir durante los años que efectivamente ejecutará el Mantenimiento de la Obra Adicional. El CONCEDENTE en caso verifique una reducción en el costo de mantenimiento generado por las Obras Adicionales, previa opinión del REGULADOR podrá solicitar obras por el valor de dicha disminución, esta verificación se realizará anualmente. Previo a la ejecución de dichas obras, será necesaria la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). En caso que el CONCESIONARIO no acepte los valores establecidos por el CONCEDENTE en los párrafos anteriores de la presente cláusula, entonces éste procederá a ser definido en función al mecanismo establecido en las Cláusulas 6.23 y 6.24. Dicho procedimiento se aplicará cuantas veces se produzca la necesidad de conservar Obras Adicionales.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS ADICIONALES. Corresponderá al CONCESIONARIO encargarse de la Conservación de las Obras Adicionales a partir de su aceptación en caso las haya ejecutado o desde la aprobación o aceptación de dichas obrasentrega del CONCEDENTE y recepción por el CONCESIONARIO en caso hayan sido ejecutadas por terceros, para lo cual el CONCESIONARIO propondrá al CONCEDENTE con copia al REGULADOR un costo anual de Mantenimiento de las Obras Adicionalesdichas obras (CAM), a más tardar a los treinta (30) Días Calendario de culminadas recepcionadas las mismas. El Desde la recepción de la propuesta el CONCEDENTE contará con un plazo máximo de treinta (30) Días de recibida la propuesta para aprobar la propuesta del CONCESIONARIOaprobarla , debiendo contar para ello con la opinión previa del REGULADOR quien la deberá emitir dentro de un plazo de veinte (20) Días de recibida la propuestapropuesta del CONCESIONARIO. Una vez aceptado el pago por el Mantenimiento de las Obras Adicionalesla Obra Adicional, este monto se incrementará al XXXX hasta la caducidad de la Concesión, es decir durante los años que efectivamente ejecutará el Mantenimiento de la Obra Adicional. El CONCEDENTE en En caso se verifique una reducción en el costo de mantenimiento generado por las Obras Adicionalesla Obra Adicional, el CONCEDENTE previa opinión del REGULADOR podrá solicitar obras por establecerá el valor mecanismo de dicha disminución, esta verificación se realizará anualmentecompensación correspondiente. Previo a la ejecución de dichas obras, será necesaria la declaratoria de viabilidad estas también deberán ser declaradas viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). En caso que el CONCESIONARIO no acepte los valores establecidos por el CONCEDENTE en los párrafos anteriores de la presente cláusula, entonces éste procederá a ser definido en función al mecanismo establecido en las Cláusulas 6.23 6.28 y 6.246.29. Dicho procedimiento se aplicará cuantas veces se produzca la necesidad de conservar Obras Adicionales.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS ADICIONALES. Corresponderá al CONCESIONARIO encargarse de la Conservación de las Obras Adicionales a partir de la aprobación su ejecución o aceptación de dichas obrasrecepción en caso sean ejecutadas por terceros, para lo cual el CONCESIONARIO propondrá al CONCEDENTE con copia al REGULADOR definirá un costo anual de Mantenimiento mantenimiento de las Obras Adicionales, a más tardar a los treinta dichas obras (30) Días Calendario de culminadas las mismas. El CONCEDENTE contará con un plazo máximo de treinta (30) Días de recibida la propuesta para aprobar la propuesta del CONCESIONARIO, debiendo contar para ello con la opinión previa del REGULADOR dentro de un plazo de veinte (20) Días de recibida la propuesta. Una vez aceptado el pago por el Mantenimiento de las Obras Adicionales, este monto se incrementará al XXXX hasta la caducidad de la Concesión, es decir durante los años que efectivamente ejecutará el Mantenimiento de la Obra Adicional. El CONCEDENTE en caso verifique una reducción en el costo de mantenimiento generado por las Obras AdicionalesCAM), previa opinión del REGULADOR podrá solicitar obras por REGULADOR. El CONCEDENTE cancelará al CONCESIONARIO el valor de dicha disminución, esta verificación se realizará anualmente. Previo a la ejecución pago correspondiente al costo anual del mantenimiento de dichas obras, será necesaria la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP)Obras Adicionales. En caso que el CONCESIONARIO no acepte los valores establecidos por el CONCEDENTE en los párrafos anteriores de la presente cláusula, dicho valor entonces éste procederá a ser definido en función al mecanismo establecido en las Cláusulas 6.23 6.24 y 6.246.25. Dicho procedimiento se aplicará cuantas veces se produzca la necesidad de conservar Obras Adicionales. Cláusula 6.36 modificada por el numeral 3.4 de la Cláusula Tercera de la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión, suscrita con fecha 08 de enero de 2016, cuyo texto es el siguiente: “6.36. Corresponderá al CONCESIONARIO encargarse de la Conservación de las Obras Adicionales a partir de su ejecución o recepción en caso sean ejecutadas por terceros, para lo cual el CONCEDENTE definirá un costo anual de mantenimiento de dichas obras (CAM), previa opinión del REGULADOR. EI CAM deberá incluir los gastos asociados a la adquisición de las pólizas de seguros previstas en los Literales a) y c) de la Cláusula 12.2 del Contrato de Concesión. El CONCEDENTE cancelará al CONCESIONARIO el pago correspondiente al costo anual del mantenimiento de dichas Obras Adicionales. En caso que el CONCESIONARIO no acepte dicho valor entonces éste procederá a ser definido en función al mecanismo establecido en las Cláusulas 6.24 y 6.25. Dicho procedimiento se aplicará cuantas veces se produzca la necesidad de conservar Obras Adicionales.”
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS ADICIONALES. Corresponderá al CONCESIONARIO encargarse de la Conservación de las Obras Adicionales a partir de la aprobación o aceptación de dichas obras, para lo cual el CONCESIONARIO propondrá al CONCEDENTE con copia al REGULADOR un costo anual de Mantenimiento de las Obras Adicionales, a más tardar a los treinta (30) Días Calendario de culminadas las mismas. El CONCEDENTE contará con un plazo máximo de treinta (30) Días de recibida la propuesta para aprobar la propuesta del CONCESIONARIO, debiendo contar para ello con la opinión previa del REGULADOR dentro de un plazo de veinte (20) Días de recibida la propuesta. En caso de no contar con la opinión del REGULADOR dentro del plazo establecido, el CONCEDENTE podrá tomar la decisión final al respecto. Una vez aceptado el pago por el Mantenimiento de las Obras Adicionales, este monto se incrementará al XXXX hasta la caducidad de la Concesión, es decir durante los años que efectivamente ejecutará el Mantenimiento de la Obra Adicional. El CONCEDENTE en caso verifique una reducción en el costo de mantenimiento generado por las Obras Adicionales, previa opinión del REGULADOR podrá solicitar obras por el valor de dicha disminución, esta verificación se realizará anualmente. Previo a la ejecución de dichas obras, será necesaria la declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). En caso que el CONCESIONARIO no acepte los valores establecidos por el CONCEDENTE en los párrafos anteriores de la presente cláusula, entonces éste procederá a ser definido en función al mecanismo establecido en las Cláusulas 6.23 y 6.24. Dicho procedimiento se aplicará cuantas veces se produzca la necesidad de conservar Obras Adicionales.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement