SERVICIOS ADICIONALES Cláusulas de Ejemplo

SERVICIOS ADICIONALES. Las Tarifas por Servicios Adicionales, impuestos aplicables y gastos reembolsables se vencen al final del mes en el cual se incurren.
SERVICIOS ADICIONALES. El Adquirente podrá ofrecer mediante el pago de la contraprestación establecida y vigente en el momento de su solicitud y mediante aceptación expresa en la sección correspondiente de la carátula la prestación de los servicios adicionales cuyos elementos esenciales se explican a continuación: Para el uso del o de los sistemas señalados con prelación se requiere, en cada ocasión, Claves de Acceso, mismas que su utilización y resguardo serán de exclusiva responsabilidad del Afiliado, por lo que reconoce y acepta desde ahora como suyas todas las solicitudes que se realicen al Adquirente utilizando dichas Claves de Acceso, y para todos los efectos legales a que haya lugar, expresamente también reconoce y acepta su carácter personal e intransferible y confidencialidad. Las Claves de Acceso que se establezcan para el uso de medios electrónicos, sustituirán a la firma autógrafa por una de carácter electrónico, por lo que las constancias documentales o técnicas derivadas del uso del Sistema en donde aparezcan las Claves de Acceso (firma electrónica), producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos suscritos por las partes y tendrán igual valor probatorio. Cuando por negligencia, culpa, dolo o mala fe del Afiliado, llegaran a ser rebasadas las medidas de seguridad para el acceso al Sistema e incluso induzcan al error, causándose con ello un daño o perjuicio al Afiliado, el Adquirente quedará liberado de cualquier responsabilidad al ejecutar las instrucciones recibidas, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales que pudieran proceder en contra del responsable. El Adquirente quedará liberado de cualquier responsabilidad al ejecutar instrucciones recibidas a través del Sistema, aún cuando las Claves de Acceso hubieren sido extraviadas o robadas, si el Afiliado no lo notificó por escrito y con la debida anticipación al Adquirente a fin de que se tomen las medidas necesarias tendientes a evitar el acceso a terceros no autorizados. Las partes reconocen que los actos relacionados con los medios electrónicos aceptados, son de naturaleza mercantil tanto para el Afiliado como para el Adquirente. De acuerdo a lo anterior, el Afiliado y el Adquirente convienen que: Para lograr la conexión al sistema del Adquirente, el Afiliado deberá contar con equipo de cómputo y con servicio de Internet, mismos que deberá mantener actualizados de modo que conserven compatibilidad con los equipos y sistemas del Adquirente. El Afiliado, en este acto, acepta ser el ún...
SERVICIOS ADICIONALES. En cualquier tiempo el Suscriptor y/o Cliente podrá solicitar a wizz la contratación de Servicios adicionales a los originalmente contratados, bastando para que esto suceda, deberá cumplir con lo establecido en el numeral 9.2., anterior, siempre y cuando el CPS o Contrato Marco correspondiente no establezca cláusula en contrario o restricción alguna en ese sentido. Estos servicios podrán ser solicitados en el Centro de Atención a Clientes a través de la Línea de Atención Telefónica, la página Web, o directamente en cualquiera de las Sucursales. Asimismo, el Suscriptor y/o Cliente se obliga a pagar en favor de wizz, la Tarifa de los Servicios Adicionales que wizz tenga en su caso, registrada y vigente en el Registro Público de Telecomunicaciones para el Servicio adicional de que se trate. Este procedimiento, cuando sea procedente a criterio de wizz, no podrá exceder de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud de contratación de Servicios Adicionales por parte del Suscriptor y/o Cliente y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 anterior. En el caso de empresas Medianas, el Suscriptor y/o Cliente se obliga a mantener los servicios contratados en el Contrato Xxxxx durante el periodo de tiempo establecido en el mismo. Sin embargo, se deberán realizar anexos al Contrato Xxxxx para especificar los servicios adicionales contratados.
SERVICIOS ADICIONALES. Durante la vigencia del presente Contrato, las Partes podrán incorporar Servicios Adicionales mediante la suscripción de los Anexos y Apéndices correspondientes, y a partir de dicho momento dichos Servicios Adicionales estarán sujetos a los términos y condiciones del presente Contrato. Altán presentará al IFT los Anexos y Apéndices suscritos con el Cliente conforme a esta Cláusula 2.3, en un plazo de 30 (treinta) Días Hábiles posteriores a su formalización, para su inscripción en el Registro Público de Concesiones.
SERVICIOS ADICIONALES. Sin perjuicio de lo señalado en la Cláusula anterior, el Banco podrá solicitar a la Empresa la realización servicios adicionales similares o complementarios a los contratados y que no se encuentren especificados en el Anexo N°1 del Contrato. Para tal efecto, el Banco remitirá a la Empresa por escrito una cotización sobre el tipo de servicio, el plazo en que deberá efectuarse y las condiciones del mismo. La Empresa revisará la solicitud y, de resultar factible la realización de los servicios solicitados, presentará por escrito una oferta que contendrá el precio, los impuestos correspondientes, materiales, tipo de trabajo, entregables y plazo para su ejecución. De no ser factible la realización de los servicios en los términos requeridos, la Empresa informará las condiciones en que podrá prestar el servicio solicitado, incluyendo la oferta correspondiente. En caso de aceptar la oferta enviada por la Empresa, el Banco deberá comunicar expresamente su consentimiento por escrito o mediante correo electrónico. Alternativamente, podrá enviar una nueva solicitud a la Empresa, quien resolverá en los mismos términos señalados en el párrafo anterior. Una vez que las partes han llegado a un acuerdo, estos servicios adicionales se formalizarán mediante la correspondiente Adenda al presente Contrato.
SERVICIOS ADICIONALES. Cualquier servicio adicional relacionado a los Servicios de VPS o Servicios de Registro de Nombre de Dominio que son solicitados por usted y que HostPapa a su propia discreción proporciona (“Servicios Adicionales”) son considerados Servicios brindados de conformidad a estos TDS y serán proporcionados según las tarifas de HostPapa vigentes en ese momento.
SERVICIOS ADICIONALES. En caso de que el Cliente desee contratar los servicios de Banca Personal por Internet, HSBCnet o Banca Telefónica para realizar los pagos del crédito o cualquier otro servicio, operación o producto, podrá consultar los requisitos de contratación, montos y comisiones en la página xxx.xxxx.xxx.xx o acudir a cualquier sucursal del Banco.
SERVICIOS ADICIONALES. El Cliente puede solicitar Servicios Adicionales (o el Equipo de Servicios de SAP puede solicitarlos en nombre del Cliente) a través de una solicitud de servicio en la plataforma de solicitud de servicios de SAP. SAP informará al Cliente de las tarifas que se aplicarán al Servicio Adicional solicitado y el Cliente confirmará la compra de dicho servicio. Cualquier Servicio Adicional prestado por SAP se facturará a mes vencido. Los “Servicios Adicionales” son tareas específicas relacionadas con los sistemas del Servicio Cloud identificados como "Servicios Adicionales" en la Documentación de Roles y Responsabilidades de RISE with SAP S/4HANA Cloud, edición privada, opción personalizada y SAP ERP, PCE, opción personalizada (que se pone a disposición del Cliente a pedido o en el sitio web de SAP).
SERVICIOS ADICIONALES. La incorporación a estas cuentas de servicios financieros adicionales, no derivados de su naturaleza laboral o de la seguridad social ni otros ya previstos en el punto 2.3.1., deberá ser requerida fehacientemente por el trabajador o beneficiario a la entidad financiera interviniente, quedando dichos servicios claramente establecidos como anexo al texto a que se refiere el punto 2.9. Dicha incorporación y su mantenimiento no podrán ser exigidos como condición para poder hacer uso de este tipo de cuenta. En caso de que se prevea la percepción de comisiones o cargos por estos servicios adicionales, éstas podrán efectuarse sólo en función de la efectiva utilización del servicio por parte del titular y deberán constar en el citado anexo.