Contribución extraordinaria. Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 743/16 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551, acordada en la negociación 2019. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($7650), la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 765) a partir del mes xx Xxxx de 2022, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción del mes xx xxxxx y diciembre de 2022. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”. (Conf. Acta Acuerdo del 04/05/2022).
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Samples: Collective Labor Agreement
Contribución extraordinaria. Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 743/16 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551, acordada en la negociación 2019. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA pesos cuatro mil quinientos treinta ($76504530), la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO pesos cuatrocientos cincuenta y tres ($ 765453) a partir del mes xx Xxxx de 2022Julio de 2021, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción del mes xx xxxxx de diciembre 2021 y diciembre junio de 2022. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”. (Conf. Conforme Acta Acuerdo del 04/05/202230/08/21).
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Contribución extraordinaria. Contribución extraordinaria: Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 743/16 realizarán una continuaran pagando la contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551, acordada en la negociación 2019. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de PESOS SIETE pesos VENTICINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($765025.000), la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO pesos DOS MIL QUINIENTOS ($ 765) 2.500), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 743/16, a partir del mes xx Xxxx xxxx de 2022, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción del mes xx xxxxx y diciembre de 20222023. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”. (Conf. Acta Acuerdo del 04/05/2022de fecha 14/04/2023).
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Contribución extraordinaria. Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 743/16 108/75 realizarán una contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551, acordada en la negociación 2019. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA pesos novecientos noventa ($7650990,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 108/75, la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO pesos noventa y nueve ($ 76599,00) a partir del mes xx Xxxx de 2022julio de 2016, página 2 cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción del mes xx xxxxx de los meses de diciembre 2016 y diciembre junio de 20222017. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”. (Conf. Acta Acuerdo del 04/05/2022).
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Samples: Convenio Colectivo
Contribución extraordinaria. Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 743/16 realizarán una 107/75 continuaran pagando la contribución extraordinaria, a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina (OSPSA), en interés y beneficio de todos los trabajadores comprendidos en la convención colectiva, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 23.551, acordada en la negociación 2019. Esta contribución consistirá en el pago de una suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA pesos cuatro mil ochocientos cuarenta ($76504.840), la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y CINCO pesos cuatrocientos ochenta y cuatro ($ 765) 484), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 107/75, a partir del mes xx Xxxx de 2022Julio de 2021, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, caso con excepción del mes xx xxxxx de diciembre 2021 y diciembre junio de 2022. El depósito se realizará en la cuenta especial de FATSA que se encuentran a disposición en el sitio web xxx.xxxxxxx.xxx.xx colocando el importe en el campo “Contribución Extraordinaria”. (Conf. Acta Acuerdo del 04/05/2022).
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Samples: Convenio Colectivo