Common use of Convenios de ámbitos inferiores Clause in Contracts

Convenios de ámbitos inferiores. Las partes que suscriben el presente Convenio adquieren el compromiso de no negociar Convenios Colectivos de Empresa o Convenios sectoriales de ámbito inferior. Como regla general las materias contenidas en el presente Convenio tienen el carácter de norma mínima de derecho necesario, salvo en aquellas materias en las que exista remisión a otros ámbitos de negociación, y en cuyos supuestos habrá que estar al carácter, conte- nidos y alcance con que esté contemplada su remisión. En las materias en que así se establezca de forma expresa, el presente Convenio, y en aten- ción a su singular naturaleza, tendrá el carácter de norma exclusiva y excluyente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 del E.T. Tienen la consideración de materias no nego- ciables, en todo caso: el ámbito funcional; el ámbito personal; las modalidades de contrata- ción; el periodo de prueba; los grupos y niveles profesionales; la ordenación jurídica xx xxxxxx y sanciones; las normas mínimas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la movilidad geográfica. Dentro del marco laboral establecido en el E.T., y en el presente Convenio, las organizaciones firmantes consideran de interés el desarrollo que, en los ámbitos de las Comunidades Au- tónomas, pueda llevarse a cabo en las materias relativas a calendario laboral, idioma y utilización de los sistemas autonómicos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos laborales.

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Samples: Convenio Colectivo

Convenios de ámbitos inferiores. Las partes que suscriben el presente Convenio adquieren el compromiso de no negociar Convenios Colectivos de Empresa Em- presa o Convenios sectoriales de ámbito inferior. Como regla general las materias contenidas en el presente Convenio tienen el carácter de norma mínima de derecho necesarione- xxxxxxx, salvo en aquellas materias normas en las que exista remisión a otros ámbitos de negociación, y en cuyos supuestos habrá que estar al carácter, conte- nidos contenidos y alcance con que esté contemplada con- templada su remisión. En las materias en que así se establezca de forma expresa, el presente Convenio, y en aten- ción atención a su singular naturaleza, tendrá el carácter de norma exclusiva y excluyente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 del E.T. . Tienen la consideración de materias no nego- ciablesnegociables, en todo caso: el ámbito funcional; el ámbito personal; las modalidades modalida- des de contrata- cióncontratación; el periodo de prueba; los grupos y niveles nive- les profesionales; la ordenación jurídica xx xxxxxx y sancionessancio- nes; las normas mínimas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la movilidad geográfica. Dentro del marco laboral establecido en el E.T., y en el presente pre- sente Convenio, las organizaciones firmantes consideran de interés el desarrollo que, en los ámbitos de las Comunidades Au- tónomasAutónomas, pueda llevarse a cabo en las materias relativas a calendario laboral, idioma y utilización de los sistemas autonómicos auto- nómicos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos colecti- vos laborales. Lo anteriormente expuesto no excluye los acuerdos de empresa ni impide negociar mejoras de convenio.

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Samples: Iii Convenio Colectivo Estatal Para El Sector De Telemarketing

Convenios de ámbitos inferiores. La negociación de Convenios de ámbitos inferiores a éste, incluidos los de empresa, sólo podrá llevarse a cabo cuando, por acuerdo conjunto de las partes legitimadas, así se determine. En todo caso, la parte receptora de la propuesta de Xxxxxxxx podrá negarse a la iniciación de las negociaciones, cuando no se trate de revisar un Conve- nio ya vencido del mismo ámbito. El presente Xxxxxxxx tendrá el carácter de norma subsidiaria general para los sectores afectados, prevaleciendo, en lo no previsto en los Convenios de ámbito inferior, con carácter preferente sobre la normativa general. La regulación de las condiciones establecidas en un convenio estatutario de ámbito inferior al estatal tendrá prioridad aplicativa en las siguientes materias: a) El abono o la compensación de las horas extraordinarias y la retribu- ción específica del trabajo a turnos. b) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones. c) La adaptación al ámbito de la empresa del sistema de clasificación profesional de las personas trabajadoras. d) La adaptación de los aspectos de las modalidades de contratación permitidas en la legislación vigente. e) Las medidas para favorecer la corresponsabilidad y la conciliación en- tre la vida laboral, familiar y personal. f) Aquellas otras que dispongan los acuerdos y convenios colectivos a que se refiere el artículo 83.2 del Estatuto de los Trabajadores. Las partes que suscriben el presente Convenio firmantes adquieren el compromiso de no negociar Convenios Colectivos promover nuevas vías de Empresa o Convenios sectoriales negociación colectiva, dentro del ámbito funcional de ámbito inferior. Como regla general las materias contenidas en el presente Convenio tienen el carácter de norma mínima de derecho necesario, salvo en aquellas materias en las que exista remisión a otros ámbitos de negociación, y en cuyos supuestos habrá que estar al carácter, conte- nidos y alcance con que esté contemplada su remisión. En las materias en que así se establezca de forma expresa, el presente este Convenio, y en aten- ción a su singular naturaleza, tendrá el carácter de norma exclusiva y excluyente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 del E.T. Tienen la consideración de materias no nego- ciables, en todo caso: el ámbito funcional; el ámbito personal; las modalidades de contrata- ción; el periodo de prueba; los grupos y niveles profesionales; la ordenación jurídica xx xxxxxx y sanciones; las normas mínimas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la movilidad geográfica. Dentro del marco laboral establecido en el E.T., y en el presente Convenio, las organizaciones firmantes consideran de interés el desarrollo que, en los ámbitos de las Comunidades Au- tónomas, pueda llevarse a cabo en las materias relativas a calendario laboral, idioma y utilización de los sistemas autonómicos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos laborales.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Artes Gráficas

Convenios de ámbitos inferiores. Las partes que suscriben el presente Convenio adquieren el compromiso de no negociar Convenios Colectivos de Empresa o Convenios sectoriales de ámbito inferior. Como regla general las materias contenidas en el presente Convenio tienen el carácter de norma mínima de derecho necesario, salvo en aquellas materias en las que exista remisión a otros ámbitos de negociación, y en cuyos supuestos habrá que estar al carácter, conte- nidos contenidos y alcance con que esté contemplada su remisión. remisión.‌‌‌‌ En las materias en que así se establezca de forma expresa, el presente Convenio, y en aten- ción atención a su singular naturaleza, tendrá el carácter de norma exclusiva y excluyente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 del E.T. Tienen la consideración de materias no nego- ciablesnegociables, en todo caso: el ámbito funcional; el ámbito personal; las modalidades de contrata- cióncontratación; el periodo de prueba; los grupos y niveles profesionales; la ordenación jurídica xx xxxxxx y sanciones; las normas mínimas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la movilidad geográfica. Dentro del marco laboral establecido en el E.T., y en el presente Convenio, las organizaciones firmantes consideran de interés el desarrollo que, en los ámbitos de las Comunidades Au- tónomasAutónomas, pueda llevarse a cabo en las materias relativas a calendario laboral, idioma y utilización de los sistemas autonómicos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos laborales.

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Samples: Ii Convenio Colectivo Del Sector De Contact Center

Convenios de ámbitos inferiores. Las partes que suscriben el presente Convenio adquieren el compromiso de no negociar Convenios Colectivos de Empresa o Convenios sectoriales de ámbito inferior. Como regla general las materias contenidas en el presente Convenio tienen el carácter de norma mínima de derecho necesario, salvo en aquellas materias en las que exista remisión a otros ámbitos de negociación, y en cuyos supuestos habrá que estar al carácter, conte- nidos contenidos y alcance con que esté contemplada su remisión. En las materias en que así se establezca de forma expresa, el presente Convenio, y en aten- ción atención a su singular naturaleza, tendrá el carácter de norma exclusiva y excluyente, sin perjuicio respetándose, en todo caso, las reglas de lo establecido prioridad aplicativa contenidas en el artículo 84.2 del E.T. Estatuto de los Trabajadores. Tienen la consideración de materias no nego- ciablesnegociables, en todo caso: el ámbito funcional; el ámbito personal; las modalidades de contrata- cióncontratación; el periodo de prueba; los grupos y niveles profesionales; la ordenación jurídica xx xxxxxx y sanciones; las normas mínimas en materia de seguridad y salud en el trabajo, y la movilidad geográfica. cve: BOE-A-2023-13741 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Dentro del marco laboral establecido en el E.T., y en el presente Convenio, las organizaciones firmantes consideran de interés el desarrollo que, en los ámbitos de las Comunidades Au- tónomasAutónomas, pueda llevarse a cabo en las materias relativas a calendario laboral, idioma y utilización de los sistemas autonómicos para la solución extrajudicial de conflictos colectivos laborales.

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Samples: Iii Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Del Sector De Contact Center