Globalidad. Las condiciones pactadas en este Convenio forman un todo orgánico e indivisible, y, a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente. En el supuesto de que la jurisdicción laboral declarase la nulidad de alguna de las cláusulas pactadas, las partes negociadoras decidirán, de mutuo acuerdo, la necesidad de renegociar dichas cláusulas y aquellas que se vean afectadas, bajo el principio de que la nulidad de alguna o algunas de ellas no supone la nulidad de todo el Convenio.
Globalidad. Las condiciones pactadas en este Convenio forman un todo orgánico indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente.
Globalidad. Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo indivisible.
Globalidad. Las condiciones pactadas en este Convenio forman un todo orgánico e indivisible, y, a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente. En el supuesto de que la jurisdicción laboral declarase la nulidad de alguna de las cláusulas pactadas, las partes negociadoras decidirán, de mutuo acuerdo, la necesidad de renegociar dichas cláusulas y aquellas que se vean afectadas, bajo el principio de que la nulidad de alguna o algunas de ellas no supone la nulidad de todo el Convenio. El personal con retribuciones por encima de las establecidas en el Convenio, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2015, veránincrementadas sus retribuciones anualmente, como mínimo, con el importe que resulte de aplicar la subida salarial pactada sobre el salario Convenio de su nivel, aplicándose este incremento salarial de igual forma que la convenida en el artículo 43, para el resto de trabajadores incluidos dentro del ámbito de aplicación del presente Convenio xxxxxxxxx.Xx decir, no podrán verse afectados por la compensación y absorción salarial y tendrán que aumentar el salario Convenio de su nivel en lo legalmente establecido en Convenio.
Globalidad. El presente Convenio Colectivo representa un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica será considerado globalmente. En el caso de que la Autoridad Laboral, lo considerase en todo o en parte no ajustado a normas jurídicas, el mismo no tendría validez y debería ser nuevamente negociado.
Globalidad. Las condiciones pactadas en este convenio forman un todo orgánico e indivisible, y, a efectos de su interpretación y aplicación práctica serán consideradas globalmente. La nulidad de alguno de los artículos declarada por la jurisdicción laboral no afectará al resto del contenido del convenio colectivo, pero iniciará un nuevo proceso negociador en el que las partes se comprometen a negociar de buena fe con vistas a la consecución de un acuerdo sobre dicha materia. El acuerdo que se obtuviera se incorporará al convenio colectivo.
Globalidad. Las condiciones establecidas en este convenio forman un todo indivisible.
Globalidad. El articulado del presente VII Convenio o Estatuto de Empleado forma un conjunto que debe considerarse globalmente no pudiendo prevalecer sus estipulaciones aisladamente consideradas. La nulidad o inaplicabilidad en los términos pactados de cualquiera de los artículos del Estatuto conllevará la nulidad o inaplicabilidad de las retribuciones, mejoras retributivas y bolsa, pactadas en el mismo Acuerdo, con los efectos que se den a la parte anulada o declarada inaplicable.
Globalidad. Las condiciones pactadas en este Convenio forman un todo orgánico indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente. cve: BOE-A-2017-9950 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
Globalidad. Las condiciones pactadas en el presente convenio colectivo constituyen un todo orgánico e indivisible y a efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente.