Costo de procesamiento (CP) Cláusulas de Ejemplo

Costo de procesamiento (CP). El procesamiento de información comprende la ejecución de actividades tales como revisión de listados de usuarios, consumos, verificación de consumos excesivos novedades digitación de lectura de consumo de los usuarios y de cobros adicionales. De acuerdo con lo informado en la actividad de cargue y procesamiento de información de las 138 facturas de servicio de acueducto se requieren un total de 2 horas, en labor conjunta entre la contadora y el revisor fiscal representa la aplicación de 4 horas laborales de cada uno (240 minutos), por tanto el tiempo laboral de procesamiento de una factura por suscriptor (TU) 1,73913 minutos. Del total de 138 suscriptores QUTotal vereda El Xxxxx, la prestación del servicio de aseo se proyecta para 46 suscriptores (QUAs), que demandan un tiempo de procesamiento total (TP) de 80 minutos. TU = 240 / 138 = 1,73913 minuto / factura CHP = Costo hora de dedicación en procesamiento de la contadora y el revisor fiscal CHP = Remuneración mensual contadora / Horas laborales + Remuneración mensual revisor fiscal / Horas laborales CHP = (300.000/5) + (300.000 / 5) CHP = $120.000/ hora CHPTOTAL = CHP * 2(horas) CHPTOTAL = $240.000 CMP = CHPTOTAL/ 120 CMP = $2.000 / minuto El procesamiento de cada factura corresponde a dos servicios, luego el costo a asumir para el servicio de aseo (PAES) corresponderá al 25% del costo. QUT = Total facturas procesadas (acueducto y aseo) QUT = 138 QUAS = Facturas con servicios compartidos QUAS = 46 CP = Costo de procesamiento CP = TU * QUAS * CMP * 25(%) CP = 1,73913 * 46 * 2.000 * 0,25 CP = $40.000 CP factura por suscriptor = $869,57 por factura de aseo - Otros costos en el procesamiento: Arrendamiento Local Oficina La Asociación de Usuarios por arrendamiento del local donde funciona la oficina paga un canon por valor de $150.000. Minutos al día = 24 * 60 = 1440 CCAmin = $150.000 / (30 * 1440) CCAmin = $3,4722 / minuto CAF= Costo de arrendamiento por facturas de aseo CAF = CCAmin * TU * QUAS * 50% CAF = 3,4722 * 1, 73913 * 46 * 0,25 CAF = $69,44 CAF por suscriptor = 1,51 - Costo de Energía En cada ciclo de facturación se debe tener en cuenta el costo de energía consumida (CKW), el cual se determina con base en el valor del septiembre de 2015, en las instalaciones de la Asociación de Usuarios del Acueducto de la Vereda El Xxxxx - Asuavalle, para un costo promedio de consumo de 393,9654 $/KW (Factura No 408052471-9 del 29 de septiembre de 2015). De acuerdo con lo informado, el equipo de cómputo requerido,...
Costo de procesamiento (CP). De acuerdo con la encuesta al Auxiliar Administrativo, se tiene que el tiempo de cargue y procesamiento de la información ha sido tomado con base en la información y trabajo de campo realizado para la facturación con otros acueductos veredales, siendo el tiempo de procesamiento de una factura por suscriptor (TU) de 0,71 minutos, del mismo modo se proyecta una prestación del servicio de aseo para los 137 suscriptores (QU) de la vereda El Xxxxx lo que representa un tiempo de procesamiento total (TP) de 97,27 minutos (1,62 horas). CHP = Costo de la hora de dedicación del Auxiliar Administrativo a la facturación conjunta CP = Costo hora de procesamiento CHP = 1.289.430,12 / 240 o 419.064,79 / 78 CHP = 5.372,63 / hora CMP Costo por Minuto = CHP / 60 CMP = 89,5438/ minuto CP = 0.71 * 137 * 89,5438 * 0.25 CP = 2.177,48 - Otros costos en el procesamiento En cada ciclo de facturación se debe tener en cuenta el costo de energía consumida (CKW), el cual se determina con base en el valor del KW reflejado en la factura de consumo de energía de la empresa Codensa S.A. E.S.P., para el mes de octubre de 2015, en las instalaciones de Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., para un costo promedio de consumo de 402,82 $/KW (Factura No 411060961-1 del 28 de Oct. de 2015). De acuerdo con lo informado, el equipo de cómputo requerido, consume aproximadamente 2,4 KW/H. CKW = 402,821 * TP * 2,4 * PAES CKW = 402,821 * 1,62 * 2,4 * 25% CKW = 391,8240 Otros costo de procesamiento, como la depreciación de los equipos utilizados (DE), no se consideran puesto que se utilizarán los mismos que en la actualidad emplea Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., prestador solicitante. En resumen el costo de procesamiento será: Fuente: Auto de pruebas 001 de 14 de octubre de 2015, cálculos CRA De acuerdo con lo informado por la empresa Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., con base en el manejo de los convenios que se tienen de facturación conjunta entre la empresa Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., y otros acueductos veredales del municipio de Subachoque, con el fin de minimizar los costos de impresión de la factura de los servicios públicos de acueducto y aseo, se estipula que la impresión de la facturación conjunta se realizara en las instalaciones y equipos de cómputo e impresión del solicitante con el objetivo de que el acueducto concedente no incurra en costos tales como de insumos y materiales (tóner), depreciación de equipos, gastos de energía y desplazamientos. Por tal motivo los...

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.