Costo de procesamiento (CP) Cláusulas de Ejemplo

Costo de procesamiento (CP). De acuerdo con la encuesta al Auxiliar Administrativo, se tiene que el tiempo de cargue y procesamiento de la información ha sido tomado con base en la información y trabajo de campo realizado para la facturación con otros acueductos veredales, siendo el tiempo de procesamiento de una factura por suscriptor (TU) de 0,71 minutos, del mismo modo se proyecta una prestación del servicio de aseo para los 137 suscriptores (QU) de la vereda El Xxxxx lo que representa un tiempo de procesamiento total (TP) de 97,27 minutos (1,62 horas). CHP = Costo de la hora de dedicación del Auxiliar Administrativo a la facturación conjunta CP = Costo hora de procesamiento CHP = 1.289.430,12 / 240 o 419.064,79 / 78 CHP = 5.372,63 / hora CMP Costo por Minuto = CHP / 60 CMP = 89,5438/ minuto CP = 0.71 * 137 * 89,5438 * 0.25 CP = 2.177,48 - Otros costos en el procesamiento En cada ciclo de facturación se debe tener en cuenta el costo de energía consumida (CKW), el cual se determina con base en el valor del KW reflejado en la factura de consumo de energía de la empresa Codensa S.A. E.S.P., para el mes de octubre de 2015, en las instalaciones de Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., para un costo promedio de consumo de 402,82 $/KW (Factura No 411060961-1 del 28 de Oct. de 2015). De acuerdo con lo informado, el equipo de cómputo requerido, consume aproximadamente 2,4 KW/H. CKW = 402,821 * TP * 2,4 * PAES CKW = 402,821 * 1,62 * 2,4 * 25% CKW = 391,8240 Otros costo de procesamiento, como la depreciación de los equipos utilizados (DE), no se consideran puesto que se utilizarán los mismos que en la actualidad emplea Aguas y Aseo de Subachoque S.A. E.S.P., prestador solicitante. En resumen el costo de procesamiento será: Fuente: Auto de pruebas 001 de 14 de octubre de 2015, cálculos CRA
Costo de procesamiento (CP). El procesamiento de información comprende la ejecución de actividades tales como revisión de listados de usuarios, consumos, verificación de consumos excesivos novedades digitación de lectura de consumo de los usuarios y de cobros adicionales. De acuerdo con lo informado en la actividad de cargue y procesamiento de información de las 138 facturas de servicio de acueducto se requieren un total de 2 horas, en labor conjunta entre la contadora y el revisor fiscal representa la aplicación de 4 horas laborales de cada uno (240 minutos), por tanto el tiempo laboral de procesamiento de una factura por suscriptor (TU) 1,73913 minutos. Del total de 138 suscriptores QUTotal vereda El Xxxxx, la prestación del servicio de aseo se proyecta para 46 suscriptores (QUAs), que demandan un tiempo de procesamiento total (TP) de 80 minutos. TU = 240 / 138 = 1,73913 minuto / factura CHP = Costo hora de dedicación en procesamiento de la contadora y el revisor fiscal CHP = Remuneración mensual contadora / Horas laborales + Remuneración mensual revisor fiscal / Horas laborales CHP = (300.000/5) + (300.000 / 5) CHP = $120.000/ hora CHPTOTAL = CHP * 2(horas) CHPTOTAL = $240.000 CMP = CHPTOTAL/ 120 CMP = $2.000 / minuto El procesamiento de cada factura corresponde a dos servicios, luego el costo a asumir para el servicio de aseo (PAES) corresponderá al 25% del costo. QUT = Total facturas procesadas (acueducto y aseo) QUT = 138 QUAS = Facturas con servicios compartidos QUAS = 46 CP = Costo de procesamiento CP = TU * QUAS * CMP * 25(%) CP = 1,73913 * 46 * 2.000 * 0,25 CP = $40.000 CP factura por suscriptor = $869,57 por factura de aseo - Otros costos en el procesamiento: Arrendamiento Local Oficina La Asociación de Usuarios por arrendamiento del local donde funciona la oficina paga un canon por valor de $150.000. Minutos al día = 24 * 60 = 1440 CCAmin = $150.000 / (30 * 1440) CCAmin = $3,4722 / minuto CAF= Costo de arrendamiento por facturas de aseo CAF = CCAmin * TU * QUAS * 50% CAF = 3,4722 * 1, 73913 * 46 * 0,25 CAF = $69,44 CAF por suscriptor = 1,51 - Costo de Energía En cada ciclo de facturación se debe tener en cuenta el costo de energía consumida (CKW), el cual se determina con base en el valor del septiembre de 2015, en las instalaciones de la Asociación de Usuarios del Acueducto de la Vereda El Xxxxx - Asuavalle, para un costo promedio de consumo de 393,9654 $/KW (Factura No 408052471-9 del 29 de septiembre de 2015). De acuerdo con lo informado, el equipo de cómputo requerido,...

Related to Costo de procesamiento (CP)

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Tratamiento de Datos En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.

  • DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN3 Etapa Fecha, hora y lugar

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • CUMPLIMIENTO DE LA LEY El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.

  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS (art. 196 LCSP). 23.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 del presente pliego. 23.2.- Si llegado el final del plazo establecido, el contratista hubiere incurrido en demora, por causa imputable al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total. 23.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista. 23.4.- La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración. 23.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 197.2 de la LCSP.