Common use of CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA Clause in Contracts

CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C se incluirá la documentación relativa a criterios cuantificables de forma automática: OFERTA ECONÓMICA. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo I al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera su sentido. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación celebrará un primer acto, de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP, a los efectos de su calificación administrativa. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismo, la Mesa podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir la presentación de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas. En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.

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CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C se incluirá la documentación relativa a criterios cuantificables oferta económica de forma automática: OFERTA ECONÓMICA. La proposición económica se presentará redactada conforme al modelo fijado en conformidad con el Anexo I al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la ofertaII. En la proposición se indicará como partida independiente el importe Serán de cuenta del Impuesto sobre el Valor Añadido. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe contratista todos los gastos derivados de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador publicación de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, licitación en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera Boletines Oficiales y en su sentido. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación celebrará un primer acto, de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP, a los efectos de su calificación administrativa. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables caso en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a prensa diaria u otros medios de difusión hasta un importe máximo de trescientos euros. Colegiación como abogado ejerciente Los licitadores estarán exentos de los interesados requisitos de acreditación de la solvencia económica y concederá financiera y técnica y profesional por tratarse de un plazo contrato de servicios cuyo valor estimado no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismo, la Mesa podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir la presentación exceda de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo 35.000 € de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.6 11 del RGLCAP. La Mesa- Seguros: El contratista deberá contratar póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos profesionales, una vez calificada la documentación presentada de explotación y subsanadospatronal, en su caso, derivados de su actividad durante la ejecución del presente contrato. El límite mínimo de indemnización por siniestro será de 300.000 euros. Se acreditará mediante copia de la póliza de responsabilidad civil y justificante de pago de la prima o certificado de entidad aseguradora. La adscripción de abogado colegiado con título EGA o equivalente y medios materiales necesarios para la correcta ejecución del contrato. La información y datos objeto del servicio de asesoramiento en materia de derecho de familia se encuentran amparados por Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, por lo que la entidad adjudicataria, a la finalización del contrato deberá devolver en los defectos u omisiones observadosservicios sociales de la Mancomunidad los soportes o destruir o borrar la totalidad de los ficheros que contengan datos de carácter personal, procederá sin que le esté permitido guardar copia alguna. Asimismo, la entidad adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a determinar las empresas los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligados a no hacer púbicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo de vigencia del contrato. Las obligaciones del contratista en materia de confidencialidad y protección de datos tienen el carácter de condición especial de ejecución del contrato y su cumplimiento se acreditará durante la ejecución del contrato. Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6 y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla, por lo que la empresa adjudicataria del contrato deberá observar en la ejecución del contrato la cooficialidad de ambos idiomas, euskera y castellano, sujetando la actividad a criterios de bilingüismo y de respeto a los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas. Las obligaciones lingüísticas constituyen una condición especial de ejecución del contrato. El contratista está obligado a la utilización del formato electrónico para la expedición y remisión de facturas. Las facturas electrónicas se ajustarán al formato estructurado de la facturación electrónica Facturae, versión 3.2. y estarán firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. El contratista deberá presentar la factura electrónica a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas en la dirección de la web de la Mancomunidad de la Merindad de Durango: xxx.xxxxxxxx.xxx/xxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxx.xxxxxx. CIF de la entidad Nombre de la entidad Nombre de la Oficina Gestora Nombre de la Unidad Tramitadora Nombre de la Oficina Contable P4800001B MANCOMUNIDAD DE LA MERINDAD DE DURANGO MANCOMUNIDAD DE LA MERINDAD DE DURANGO X00000000 XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX XX XXXXXXX X00000000 XXXXXXXXXXXX DE LA MERINDAD DE DURANGO X00000000 La factura deberá detallar con la debida precisión y separación los servicios prestados durante el período al que se ajustan refiere la facturación, identificando número de expediente y número de horas de servicio prestadas, totalizando al final el número de horas prestadas y multiplicando por el precio hora de adjudicación, lo que dará como resultado el montante total del precio a satisfacer por la Mancomunidad. Para la correcta remisión de la factura al órgano destinatario, la factura deberá indicar: Órgano competente en materia de contabilidad pública: Intervención. Órgano de contratación: Presidente. Órgano destinatario de la factura: Servicios Sociales - El incumplimiento de los criterios de selección valoración: hasta un 10% del presupuesto del contrato. - El cumplimiento defectuoso de las mismas prestaciones objeto del contrato: hasta un 10% del presupuesto del contrato. - El cumplimiento defectuoso de las condiciones especiales de ejecución del contrato: hasta un 10% del presupuesto del contrato - Por demora de conformidad con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las el artículo 212.4 del TRLCSP. Son causas específicas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado resolución del contrato: - El incumplimiento o cumplimiento defectuoso reiterado de la calificación prestación objeto del contrato y de los documentos presentados por términos contenidos en su oferta. - El incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales calificadas como tales en los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazopliegos. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio - El incumplimiento de las proposiciones limitaciones específicas en relación con los criterios materia de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicassubcontratación. En todo casoAbadiño, la valoración a 20 de los criterios cuantificables febrero de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la misma2017.

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CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C B se incluirá la oferta económica de conformidad con el Anexo I y la documentación relativa a otros criterios cuantificables de forma automática: OFERTA ECONÓMICAautomática -si los hubiere-. La proposición económica se presentará redactada escrita a máquina y firmada por el licitador o persona que le represente conforme al modelo fijado en el Anexo I al presente pliegoX xxx xxxxxx, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. A todos los efectos se entenderán incluidos en el precio ofertado todos los conceptos incluyendo gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal y el beneficio industrial del contratista, excepto el IVA que será repercutido como partida independiente. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base tipo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera su sentido. Vencido el plazo Los errores de presentación cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección En caso de proposicionesdiscrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números (con la excepción de que la cantidad exceda del tipo de licitación) prevalecerá la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación celebrará un primer actoadopte otra postura. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero en el caso de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 del TRLCSPautorice en la carátula de este pliego, a los efectos de su calificación administrativapodrá contener cuantas soluciones variantes se autoricen, y, en consecuencia, ofertas económicas variantes. Si durante la Mesa observase defectos u omisiones subsanables tramitación de un procedimiento y antes de la formalización del contrato se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora por una operación de fusión, escisión, transmisión del patrimonio empresarial o de una rama de la actividad, le sucederá en su posición en el procedimiento la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismosociedad absorbente, la Mesa podrá recabar resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del empresario aclaraciones sobre los certificados patrimonio empresarial o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y documentos presentados o requerir la presentación ausencia de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse prohibición de contratar y acredite su solvencia y clasificación en las condiciones exigidas en este pliego de cláusulas administrativas particulares para poder participar en el plazo procedimiento de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas. En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la mismaadjudicación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Del Contrato De Servicios Relacionado Con La Prestacion Del Servicio De Ayuda a Domilicio Sad Del Ayuntamiento De Gatika

CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C se incluirá la documentación relativa a criterios cuantificables de forma automática: OFERTA ECONÓMICAECONÓMICA Y SERVICIOS EXTRORDINARIOS DE REFUERZO DEL SERVICIO. La proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo I al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera su sentido. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación celebrará un primer acto, de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 130 de la Ley de Contratos del TRLCSPSector Público, a los efectos de su calificación administrativa. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismo, la Mesa podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir la presentación de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas. En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.

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CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C se incluirá la documentación relativa a criterios cuantificables de forma automática: Contendrá una OFERTA ECONÓMICA. ECONÓMICA La proposición económica se presentará redactada escrita a máquina firmada por el licitador o persona que le represente conforme al modelo fijado en el Anexo I al II del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base tipo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera su sentido. Vencido el plazo Los errores de presentación cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección En caso de proposicionesdiscrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números (con la excepción de que la cantidad exceda del tipo de licitación) prevalecerá la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación celebrará un primer acto, de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP, a los efectos de su calificación administrativa. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismo, la Mesa podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir la presentación de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas. En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la mismaadopte otra postura.

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CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C se incluirá la documentación relativa a criterios cuantificables de forma automática: OFERTA ECONÓMICAContendrá la oferta económica (Anexo II) y ampliación del plazo de garantía (Anexo V). La proposición económica se presentará redactada escrita a máquina firmada por el licitador o persona que le represente conforme al modelo fijado en el Anexo I al II del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base tipo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera su sentido. Vencido el plazo Los errores de presentación cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección En caso de proposicionesdiscrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números (con la excepción de que la cantidad exceda del tipo de licitación) prevalecerá la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación celebrará un primer acto, de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP, a los efectos de su calificación administrativa. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismo, la Mesa podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir la presentación de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas. En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la mismaadopte otra postura.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Del Contrato De Suministro De Camión Con Caja De Carga, Plataforma Elevadora Y Grúa Para La Recogida De Voluminosos Del Servicio De Recogida Y Tratamiento De Residuos Sólidos Urbanos De La Mancomunidad De La

CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA. Dentro del sobre C se incluirá la documentación relativa a criterios cuantificables de forma automática: Contendrá una OFERTA ECONÓMICA. ECONÓMICA La proposición económica se presentará redactada escrita a máquina firmada por el licitador o persona que le represente conforme al modelo fijado en el Anexo I al II del presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base tipo de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo no será causa bastante para el rechazo, si ello no altera su sentido. Vencido el plazo Los errores de presentación cuenta en la oferta económica darán lugar a su corrección. En caso de proposicionesdiscrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada en números (con la excepción de que la cantidad exceda del tipo de licitación) prevalecerá la cantidad que se consigne en letras, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del examen de la documentación, la Mesa de Contratación celebrará un primer acto, de carácter no público, para la apertura del sobre A) de documentación administrativa a que se refiere el artículo 146 del TRLCSP, a los efectos de su calificación administrativa. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Asimismo, la Mesa podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerir la presentación de otros documentos complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días naturales sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el artículo 83.6 del RGLCAP. La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La Mesa, en acto público, comunicará el resultado de la calificación de los documentos presentados por los licitadores con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Seguidamente, procederá a la apertura del sobre B) de criterios no cuantificables automáticamente de los licitadores admitidos, y acordará la remisión de la documentación contenida en el mismo a informe del departamento promotor, para el estudio de las proposiciones en relación con los criterios de adjudicación no cuantificables por fórmulas. Asimismo, para la valoración de las proposiciones presentadas podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos. Recibido el informe de valoración de los criterios no cuantificables automáticamente, la Mesa de Contratación, en acto público, dará a conocer el resultado de la evaluación de los criterios no cuantificables de forma automática. A continuación procederá a la apertura del sobre C) de criterios evaluables de forma automática de las proposiciones admitidas y a la lectura de las ofertas económicas. En todo caso, la valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquellos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. Finalmente la Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta de adjudicación al órgano de contratación que haya de efectuar la mismaadopte otra postura.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para Adjudicacion De Contrato De Servicios