FORMA DE EJECUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

FORMA DE EJECUCIÓN. 19.1.1. El adjudicatario contará con el personal adecuado para la ejecución del contrato. Si fuera necesario procederá de inmediato a la sustitución del personal, de forma que la adjudicación del contrato quede siempre asegurada. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. 19.1.2. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen inadecuados. En este caso, podrán retenerse hasta que se produzca y se reciba de conformidad el nuevo suministro, los artículos defectuosos previamente entregados. El plazo para la reposición citada, será como máximo la mitad del establecido como plazo de entrega de los bienes en el contrato, salvo que en el Pliego de Prescripciones Técnicas se establezca una regulación diferente. Serán por cuenta del contratista todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada o reposición de los artículos defectuosos, salvo otra indicación expresa en el Pliego (apartado 19.5 del Cuadro de Características). Si se estima con presunción fundada, que los citados bienes no iban a ser aptos para el fin que se adquirieron, ni aún después de su reposición por el adjudicatario, podrán rechazarse los bienes, dejándolos de cuenta del adjudicatario y quedando exenta la Administración en este caso de la obligación de pago y por lo tanto, con derecho a la devolución del precio satisfecho. 19.1.3. En el contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. 19.1.4. No se harán por el contratista alteraciones, correcciones, omisiones o variaciones en los bienes o productos objeto del suministro contratado, salvo aprobación expresa del órgano de contratación. 19.1.5. La Administración, en virtud del contrato adjudicado y durante el plazo de ejecución del mismo, podrá obtener los suministros especificados y previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el presente Pliego a los precios señalados en las proposiciones de los adjudicatarios, según los modelos y marcas que oferten. A este respecto, el empresario podrá proponer al órgano de contratación, siempre por escrito, la sustitución de alguno de los bienes contratados, sin aumento de precio, por otros que reúnan mejores cualidades o, en general, cualquier otra mejora de las cond...
FORMA DE EJECUCIÓN. No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización, salvo cuando hubiese sido objeto de tramitación urgente, en cuyo caso, podrá acordarse el comienzo de la ejecución siempre que se haya constituido la garantía definitiva. El contratista queda obligado a realizar el suministro en los términos recogidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas y en el de Prescripciones Técnicas. El contrato se ejecutará a riesgo y ▇▇▇▇▇▇▇ del contratista; siendo por su cuenta la indemnización por los daños que se causen tanto a la USC como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios fueran ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la USC. El contratista está obligado al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes en relación con la actividad desarrollada. Para utilizar materiales, suministros, procedimientos y equipos en la ejecución del objeto del contrato deberá obtener las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación correspondientes, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos, siendo responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial y debiendo indemnizar a la USC por todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de cualquier tipo de reclamaciones. El contratista quedará obligado, con respecto al personal que emplee en la fabricación, entrega, distribución, instalación, y montaje del suministro objeto del contrato, al cumplimiento de las disposiciones en materia de Legislación Laboral y de Seguridad Social vigentes durante la ejecución del contrato, así como la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. De ser necesaria la coordinación de actividades empresariales en materia de Prevención de Riesgos para la ejecución del contrato se estará a lo dispuesto en el procedimiento de coordinación de actividades empresariales de la USC accesible desde la dirección web ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇- 02.pdf. A fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato, la USC podrá ejercer la facultad de dirección e inspección, previa comunicación e identificación ante el contratista por los servicios técnicos propios de la USC o los expresamente concertados al efecto. La USC tiene la facultad de ser informada del proceso de fabr...
FORMA DE EJECUCIÓN. Una vez que el replanteo de las fundaciones hubiera sido aprobado por la Supervisión de la Obra, se podrá dar comienzo a las excavaciones correspondientes. Se procederá al aflojamiento y extracción de los materiales en los lugares demarcados. Los materiales que sean utilizados posteriormente para rellenar zanjas o excavaciones, se apilarán convenientemente a los lados de las mismas, a una distancia prudencial que no cause presiones sobre sus paredes. Los materiales sobrantes de la excavación serán trasladados y acumulados en los lugares indicados por la Supervisión de Obra, aun cuando estuvieran fuera de los límites de la obra, para su posterior transporte a los botaderos establecidos por las autoridades locales. A medida que progrese la excavación, se tendrá especial cuidado del comportamiento de las paredes, a fin de evitar deslizamientos. Si esto sucediese no se podrá fundar sin antes limpiar completamente el material que pudiera llegar al fondo de la excavación. Cuando las excavaciones demanden la construcción de entibados y apuntalamientos, estos deberán ser proyectados por el Contratista y revisados y aprobados por la Supervisión de Obra. Esta aprobación no eximirá al Contratista de las responsabilidades que emerjan en caso ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de los entibados y apuntalamientos. Cuando las excavaciones requieran achicamiento o agotamiento, el Contratista dispondrá el número y clase de unidades de bombeo necesarias. El agua extraída se evacuará de manera que no cause ningún daño a la obra y a terceros. El fondo de las excavaciones será horizontal y en los sectores donde el terreno destinado a fundar sea inclinado, se dispondrá de escalones de base horizontal, con aprobación previa de la Supervisión de Obra. Se tendrá especial cuidado de no remover el fondo de las excavaciones que servirán de base a la cimentación y una vez terminadas las mismas, se limpiará la tierra suelta u otro material que pueda afectar el trabajo de cimentación o calidad de los cimientos. Las zanjas o excavaciones terminadas deberán presentar superficies sin irregularidades y tanto las paredes como el fondo tendrán las dimensiones indicadas en los planos. En caso de excavarse demás, por debajo del límite inferior especificado en los planos de construcción o indicados por la Supervisión de Obra, el Contratista rellenará el exceso por su cuenta y riesgo, relleno que será propuesto a la Supervisión de Obra y aprobado por esta instancia antes y después de su ejecución.
FORMA DE EJECUCIÓN. 5.1.1. El contrato se ejecutará a riesgo y ▇▇▇▇▇▇▇ del contratista, con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la Administración al contratista. El contratista contará con el personal adecuado para la ejecución del contrato. Si fuera necesario procederá inmediatamente a la sustitución del personal preciso de forma que la buena ejecución del contrato quede siempre asegurada. 5.1.2. Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, la Administración podrá recabar del contratista la designación de una persona que actúe como delegado suyo, para organizar la realización del contrato y poner en práctica las observaciones que para el exacto cumplimiento del contrato le fuesen formuladas por el órgano de contratación. 5.1.3. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen inadecuados. En este caso, podrán retenerse los artículos defectuosos previamente entregados hasta que se produzca y se reciba de conformidad el nuevo suministro. El plazo para la reposición citada será como máximo la mitad del establecido en el contrato como plazo de entrega de los bienes. 5.1.4. La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso, de los bienes, correrá siempre a cargo del adjudicatario quien deberá pedirlas en su propio nombre
FORMA DE EJECUCIÓN. 3.7.1 Lugar de realización de los trabajos
FORMA DE EJECUCIÓN. Antes de la colocación de las piezas deberán remojarse a fin de quedar saturadas de agua. Asimismo, previamente deberán regarse las superficies a revestir. Una vez ejecutado el revoque grueso, se colocará la cerámica con cemento cola. A objeto de obtener una adecuada alineación y nivelación se colocarán las respectivas maestras y se utilizarán guías ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y clavos de ½” a 1 ½” para mantener la separación entre piezas, los mismos que serán retirados una vez que hubiera fraguado el mortero. Concluida la operación del colocado, se aplicará una lechada de cemento blanco para cubrir las juntas, limpiándose luego con un trapo seco la superficie obtenida.
FORMA DE EJECUCIÓN. Las barandas serán construidas siguiendo los planos de detalle y/o indicaciones de la Supervisión de Obra, verificando las medidas en obra. Las soldaduras deberán ser pulidas. El empotramiento de las barandas en el H°A° de las escaleras deberá hacerse mediante pernos de anclaje o mediante planchas embebidas en el H° para luego proceder al soldado de los tubos de soporte. Se tendrá especial cuidado en la firmeza de los mismos. Antes de la entrega en obra y colocación, recibirán dos manos de pintura anticorrosiva. El acabado será con pintura al aceite mate de acuerdo al color especificado en el proyecto o indicación de la Supervisión de Obra. Los espesores de los tubos deberán ser verificados para garantizar una duración y seguridad óptimas.
FORMA DE EJECUCIÓN. Previamente a la colocación de la primera capa de mortero, se limpiarán las superficies de todo material suelto y sobrantes de mortero. Luego se colocarán maestras horizontales y verticales a distancias no mayores a dos (2) metros, las cuales deberán estar perfectamente niveladas unas con las otras, con el objeto de asegurar la obtención de una superficie pareja y uniforme. Humedecidas las superficies se castigarán con una primera mano de mezcla, hasta alcanzar el nivel determinado por las maestras y cubra toda irregularidad en las superficies donde se aplique el revoque, nivelando y enrasando posteriormente con una regla entre maestra y maestra. Después se efectuará un rayado vertical con clavos a objeto de asegurar la adherencia de la segunda capa de acabado, que será aplicada con un espesor de 1.5 a 2.0 mm, dependiendo del tipo de textura especificado en los documentos técnicos que forman parte del proyecto, formulario de presentación de propuestas y/o instrucciones de la Supervisión de Obra, empleando para el efecto herramientas adecuadas y mano de obra especializada. El acabado será bajo instrucciones de la Supervisión de Obra.
FORMA DE EJECUCIÓN. Sobre la superficie limpia y húmeda del contrapiso de concreto, se colocarán a lienza y nivel las piezas de cerámica, asentadas con cemento cola que debe ser provisto en obra en envases cerrados y originales, bajo instrucciones de la Supervisión de Obra. Las cerámicas deberán ser colocadas en perfecta nivelación y alineación. A objeto de obtener una adecuada alineación y nivelación se colocarán las respectivas maestras y se utilizarán guías ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y clavos de ½” a 1 ½” para mantener la separación entre piezas, los mismos que serán retirados una vez que hubiera fraguado el mortero; posteriormente se procederá a cubrir las juntas entre piezas con lechada de cemento puro aprobado por la Supervisión de Obra. El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias para evitar el tránsito sobre la cerámica recién colocada mientras no haya transcurrido el período de fraguado en su integridad.
FORMA DE EJECUCIÓN. Para la construcción de los dinteles, se armará un encofrado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ con su respectivo puntal, donde se colocarán tres fierros corrugados de 8mm, la longitud estará definida por el ancho del dintel y el solape (traslape) será de 15 cm en ambos lados sobre los muros. Todos los ladrillos deberán mojarse abundantemente antes de su colocación y se colocarán en hileras perfectamente horizontales y a plomada, asentándolos sobre una capa de mortero con un espesor mínimo de 1 cm. Se cuidará especialmente de que los ladrillos tengan un correcta trabazón entre hilera y en los cruces entre muros. Los ladrillos colocados en forma inmediata adyacentes a elementos estructurales de hormigón armado (losas, vigas, columnas, etc.) deberán ser firmemente adheridos a los mismos, para lo cual, previa a la colocación del mortero, se picará adecuadamente la superficie de los elementos estructurales del hormigón armado, de tal manera que se obtenga una superficie rugosa que asegure una buena adherencia. El mortero de cemento y arena en la proporción 1:5 será mezclado en las cantidades necesarias para su empleo inmediato. Se rechazará el uso de todo mortero que tenga 30 minutos o más a partir del momento de mezclado. El mortero será de una consistencia que se asegure su trabajabilidad y la manipulación de masas compactas, densas y con aspecto y coloración uniformes.