Common use of Cuenta del Financiamiento Clause in Contracts

Cuenta del Financiamiento. Cuando un Financiamiento quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario deberá abrir la Cuenta del Financiamiento correspondiente, en el cual deberá abonar y cargar las cantidades que procedan conforme al numeral 10.2.2 anterior y a los párrafos siguientes: 10.3.1 La Cuenta del Financiamiento, se fondeará con cargo a la Cuenta Individual con las cantidades necesarias para alcanzar los montos solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago aplicable, para lo cual se considerarán los recursos que se encuentren abonados derivados de las cantidades se reciban de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento y, en su caso, de los rendimientos correspondientes; 10.3.2 Si dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles previos a la Fecha de Pago, los recursos referidos en el numeral anterior no fueran suficientes para cubrir la Cantidad Requerida del Financiamiento del Periodo de Pago, en términos de la Solicitud de Pago aplicable, el Fiduciario abonará a la Cuenta Individual, con cargo al Fondo de Reserva hasta donde baste y alcance, los montos solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago. 10.3.3 Si los recursos de la Cuenta del Financiamiento siguieran siendo insuficiente después de aplicar el Fondo de Reserva, el Fiduciario: (a) Si se trata de un Financiamiento que tiene vinculado un Contrato de GPO, dispondrá del Contrato de GPO a través de la Solicitud de Disposición en la Fecha de Determinación, para cubrir la Solicitud de Pago en la Fecha de Pago, en los términos y plazos previstos en el Contrato de GPO y, en el caso que no existiera Monto Disponible (según dicho término se define en el Contrato de GPO) o éste fuera insuficiente, enviará una notificación al Fideicomitente informándole la insuficiencia de recursos a efecto de que realice una aportación adicional de recursos.

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Samples: Fideicomiso, Fideicomiso, Fideicomiso

Cuenta del Financiamiento. Cuando un Financiamiento quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario Fiduciario, a más tardar el Día Hábil siguiente, deberá abrir la Cuenta del Financiamiento correspondiente, en el la cual deberá abonar y cargar las cantidades que procedan conforme al numeral 10.2.2 anterior y a los párrafos siguientes: 10.3.1 La Cuenta del Financiamiento, Financiamiento se fondeará con cargo a la Cuenta Individual con las cantidades necesarias para alcanzar los montos solicitados la Cantidad Requerida del Financiamiento solicitada por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago aplicable, para lo cual se considerarán los recursos que se encuentren abonados derivados de las cantidades que se reciban hubieren recibido de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento y, en su caso, de los rendimientos correspondientes; 10.3.2 Si dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles previos a la Fecha de Pago, los recursos referidos en el numeral anterior no fueran suficientes para cubrir la Cantidad Requerida del Financiamiento del Periodo de Pago, en términos de la Solicitud de Pago aplicable, el Fiduciario abonará a la Cuenta Individual, con cargo al Fondo de Reserva hasta donde baste y alcance, los montos solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago. 10.3.3 Si los recursos de la Cuenta del Financiamiento siguieran siendo insuficiente insuficientes después de aplicar el Fondo de Reserva, el Fiduciario: (a) Si se trata de un Financiamiento que tiene vinculado un Contrato de GPO, dispondrá del Contrato de GPO a través Fiduciario procederá en términos de la Solicitud sección 6.1 de Disposición en la Cláusula Sexta. 10.3.4 En cada Fecha de DeterminaciónPago, para el Fiduciario deberá cubrir con cargo a la Cuenta del Financiamiento la Cantidad Requerida del Financiamiento, por los conceptos y montos indicados en la Solicitud de Pago en la Fecha de Pagoaplicable, en los términos y plazos previstos en pagaderas bajo el Contrato de GPO y, en el caso que no existiera Monto Disponible (según dicho término se define en el Contrato de GPO) o éste fuera insuficiente, enviará una notificación al Fideicomitente informándole la insuficiencia de recursos a efecto de que realice una aportación adicional de recursosFinanciamiento.

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Samples: Fideicomiso Maestro Irrevocable De Administración Y Fuente De Pago, Fideicomiso

Cuenta del Financiamiento. Cuando un Financiamiento quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario Fiduciario, a más tardar el Día Hábil siguiente, deberá abrir la Cuenta del Financiamiento correspondiente, en el la cual deberá abonar y cargar las cantidades que procedan conforme al numeral 10.2.2 anterior y a los párrafos siguientes: 10.3.1 La Cuenta del Financiamiento, Financiamiento se fondeará con cargo a la Cuenta Individual con las cantidades necesarias para alcanzar los montos solicitados la Cantidad Requerida del Financiamiento solicitada por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago aplicable, para lo cual se considerarán los recursos que se encuentren abonados derivados de las cantidades que se reciban hubieren recibido de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento y, en su caso, de los rendimientos correspondientes; 10.3.2 Si dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles previos a la Fecha de Pago, los recursos referidos en el numeral anterior no fueran suficientes para cubrir la Cantidad Requerida del Financiamiento del Periodo de Pago, en términos de la Solicitud de Pago aplicable, el Fiduciario abonará a la Cuenta Individual, con cargo al Fondo de Reserva hasta donde baste y alcance, los montos solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago. 10.3.3 Si los recursos de la Cuenta del Financiamiento siguieran siendo insuficiente insuficientes después de aplicar el Fondo de Reserva, el Fiduciario: (a) Fiduciario procederá conforme a lo siguiente: Si se trata de un Financiamiento que tiene vinculado un Contrato de GPOGarantía, dispondrá del Contrato de GPO Garantía a través de la Solicitud de Disposición en la Fecha de Determinación, para cubrir la Solicitud de Pago en la Fecha de Pago, en los términos y plazos previstos en el Contrato de GPO Garantía y, en el caso que no existiera Monto Disponible (según dicho término se define en el Contrato de GPOGarantía) o éste fuera insuficiente, enviará una notificación un requerimiento de recursos al Fideicomitente informándole en términos de la insuficiencia sección 6.1 de la Cláusula Sexta. Si se trata de un Financiamiento que no tiene vinculado un Contrato de Garantía, enviará un requerimiento de recursos al Fideicomitente en términos de la sección 6.1 de la Cláusula Sexta. 10.3.4 En cada Fecha de Pago, el Fiduciario deberá cubrir con cargo a efecto la Cuenta del Financiamiento la Cantidad Requerida del Financiamiento, por los conceptos y montos indicados en la Solicitud de que realice una aportación adicional de recursosPago aplicable, pagaderas bajo el Financiamiento.

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Samples: Fideicomiso Maestro, Fideicomiso Maestro

Cuenta del Financiamiento. Cuando un Financiamiento quede inscrito en el Registro del Fideicomiso, el Fiduciario deberá abrir la Cuenta del Financiamiento correspondiente, en el cual deberá abonar y cargar las cantidades que procedan conforme al numeral 10.2.2 anterior y a los párrafos siguientes: 10.3.1 La Cuenta del Financiamiento, se fondeará con cargo a la Cuenta Individual con las cantidades necesarias para alcanzar los montos solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago aplicable, para lo cual se considerarán los recursos que se encuentren abonados derivados de las cantidades que se reciban de los Contratos de Cobertura de la Tasa de Referencia y/o de los Instrumentos Derivados asociados al Financiamiento y, en su caso, de los rendimientos correspondientes; 10.3.2 Si dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles previos a la Fecha de Pago, los recursos referidos en el numeral anterior no fueran suficientes para cubrir la Cantidad Requerida del Financiamiento del Periodo de Pago, en términos de la Solicitud de Pago aplicable, el Fiduciario abonará a la Cuenta Individual, con cargo al Fondo de Reserva hasta donde baste y alcance, los montos solicitados por el Fideicomisario en Primer Lugar A en la Solicitud de Pago. 10.3.3 Si los recursos de la Cuenta del Financiamiento siguieran siendo insuficiente después de aplicar el Fondo de Reserva, el Fiduciario: (a) : Si se trata de un Financiamiento que tiene vinculado un Contrato de GPOGarantía, dispondrá del Contrato de GPO Garantía a través de la Solicitud de Disposición en la Fecha de Determinación, para cubrir la Solicitud de Pago en la Fecha de Pago, en los términos y plazos previstos en el Contrato de GPO Garantía y, en el caso que no existiera Monto Disponible (según dicho término se define en el Contrato de GPOGarantía) o éste fuera insuficiente, enviará una notificación al Fideicomitente informándole la insuficiencia de recursos a efecto de que realice una aportación adicional de recursos. Si se trata de un Financiamiento que no tiene vinculado un Contrato de Garantía, enviará una notificación al Fideicomitente informándole la insuficiencia de recursos a efecto de que realice una aportación adicional de recursos. 10.3.4 En cada Fecha de Pago, el Fiduciario deberá cubrir con cargo a la Cuenta del Financiamiento los conceptos y montos indicados en la Solicitud de Pago aplicable, pagaderas bajo el Financiamiento.

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Samples: Fideicomiso Maestro, Fideicomiso Maestro